CSJ - SP J.Roncallo(05-03-1971)2
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(05-03-1971)2
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
COFITE SUPREI.!A DE JUSTICIA SALA DECcABACION PENAL Bogotá, cinco ~a marzo da mil novecientoo setenta y uno.
Megiotredo ronente:
Dr. JULIO RONCALLO AGOSTA.
Aprobado: Acta ND 8 de 5 da marzo ......... de 1.971 •
VISTOS; Conoulta el Tribunal Superior del Diotrito de ~dicial Pamplona le providencie del 26 de noviembre de 1.970, mediante le cualresolvió declarar que la acción ~0301 ejercida en le presente investige ci6n, adelantada centre ESTEBAN LOPEZ A., en su cart!cter de Juez Promio cuo ll.unicipel dB Bochelema, por loo delitoo de abuso de autoridad y detención arbitraria, se ha extinguido por prescripción, y, conoecuantemente, dispuso la ceoación de todo procedimionto en contra del oindicado. Con oportunidad del traolado previoto por el ert!culo35 del Decreto 1358 de 1.964, la Procuradurie Segunda Delegada oolicite de lo Corte que conYirme aquella resoluci6n. En escrito Yschado el 2S do octubre de 1.959 dirigido1 al Preoidente del Tribunal Superior de Pamplona, Pablo Antonio Bautistapid16 que se inveotigero le cotiducta de Esteben López A., Juez Promiocuolf.unicipol de Bochelema, porque habiéndolo privado do le libertad el die 3 del meo y año QBncionedoo, s6lo vino e recibirle declaración indagatoria17 d!ao m!o tarde.
En leo diligancieo investigetives se ecredit6 la calidad oY!ciel del referido funcionario pare lo 6poce de loo hechos que determine ron lo denuncie. Se ajusto a derecho la providencie materia de la presente revioión, por cuanto habiéndose realizado le conducta preountamente delic tiva en el lapoo comprendido entre ol 3 y el 26 de octubre de 1.959 pare 1 la fecha de aquélla heb!en transcurrido máo de diez años, tiempo que excede --------------------, - 2con creces la pena mdxima prevista por el art!culo 295 del C.P., todo con c. forme a las normas contenidao en los art!culos 105 ib!dem y 153 del de P,P, (Art. lB de le Ley 16 da 1,969), Con en leo que preceden, la Corte apo~ consid~ciones Suprema -Bala de Caooci6n Penalde acuerdo con el Uinisterio P6blico y ad ministrando justicia en nómbre de la Rep6blice y por autoridad de la Ley, CONFIRMA le providencie conaultada 0 de fecha y origen indicados on la ~ to motiva. C6piese,nnotif!quese y dovu6lvase.
JOSE MARIA VELASCO GUERRERO UARIO ALARIO DI FILIPPO
HULlBERTO BARReRA OOIJINGUEZ ALVARO WNA GO!JEZ
LUIS EDUARDO UESA VELASG~EZ LUIS CARLOS PEREZ
LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO JULIO RONCALLO ACOSTA
J. EVENCIO POSADA V,
Secretario. -