CSJ - SP J.Roncallo(07-02-1969)2
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(07-02-1969)2
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1969
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASAOION PENAL Bogotá, siete de febrero de mil novecientos sesenta y nueve.
Magistrado Ponente:
Dr.JULIO RONCALLO ACOSTA.
Aprobado: Acta N9 de 7 de ~ Pebrero de 1.969o
V I S T O S: - Procede la Corte a decidir la colisión negativa de com petenciaa que ha surgido entre los Jueces Cuarto Penal Municipal de_lbagué y Primero Penal Municipal de Armero, a raíz de la denum / 1cia presentada por la señora Rosa Valderrama de Polanía contra = Remando Santos, por la apropiación de una suma de ' Ye~es ind~bida dinero. / A N T E C E D EN T E S Para efectuar siembras de maíz sorgo y millo, H~rnando Ye= pes Santos y Lázaro-Herrera formaron una sociedad, en octubre de= 1.967. Herrera 4edi6 sus derechos en el menciona= Poste~iormente, do negocio a la señora Rosa Valderrama de Polanía. Loa productos de la cosechas fueron vendidos a la Sociedad "Purina", la que cu~ bri6 su valor con-unos cheques girados a favor de Yepes Santos y= ,, su socia, Rosa Valderrama de Polania. Yepes Santos pidió a Rosa ~ de Polanía que endosara los cheques dichos para él hacerlos efec= tivos, pues eran contra Bancos de Bogotá, en la, seguridad de que= él, tan pronto recibiera su valor, entregaría a la endosante la = suma que le correspondiera •
. . '"'" __,L__ .......,;_ __= =""""""==~-......... ¡;¡¡¡¡¡¡;¡~. .........- --------------------- - 2Endosados los cheques, Remando Yepes Santos los consignó en su cuenta, en el Banco del Comercio, en la ciudad de !bagué,= pero hasta la fecha, según se desprende de estas diligencias, no ha pagado a Rosa Valderrama de Pol anía su parte y se niega a ha= cerlo. El Juez Cuarto Penal Municipal de !bagué sostiene que el conocimiento de este proceso al Juez Penal Municipal corre~ponde de flariqui ta, pues el contrato en virtud del cual se formó la s.2ciedad entre Yepes y Herrera se firmó allí, o bien al Primero Pe nal Uunicipal de Armero, en donde se celebró una convención adi= cionalo Por su parte, el Juez Primero Penal Municipal de Armero a s~stiene que lá.competenciéG~n el campo penal no se fija porra= zón de la r~sidencia del presunto o de los presuntos responsables, sino de ac/u erdo con el \ ' del c. de P.P., esto es, por el artícu~~~55 lugár en donde la infracción se cometió •
- SE CONSIDERA;j a).- Los funcionarios que han intervenido en la instruc= ción de este proceso han calificado la infracción como un delito de abuso de confianza, caso de que el hecho denunciad,o haya ten-i " do cumplimiento, dentro de los términos narrados por la denunci~ te. Para los efectos de la fijación de competencia, la Corte se
atiene a esta calificación que, desde luego, debe teners·e como = 1 1.. provisional. \ \ \ = b).- Los hechos llevan a pensar que el lugar en donde, en realidad, se apropió Hernando Yepes Santos de los dineros que= -~J ---.--- •' ~ - 3pertenecen o pueden pertenecer a Rosa Valderrama de Polanía, fue .. la ciudad de !bagué, pues fue allí en donde se depositaron a la= cuenta de aquél los cheques girados por Purina y fue allí en . do~ de él tom6 ese dinero para sí. ( e).~ Los otros hechos narrados -giró de los cheqqes, endoso de los mismos, etc.- son ajenos a la imputaci6n investi~ da y no han de tenerse en cuenta pªra efectos de la fijaci6n de= competencia. d).- De acuerdo con el artículo 55 del·c. de P.P. es juez competente el del territorio en donde se cameti6 la infrac= ción, esto es, el de la ciudad de !bagué, en la cual, además, se ordenó la práctica de algunas diligencias tendientes a la demos= tración del hecho denunciado y antes de abrir la correspondiente . ' in,ves_tigación. / Por lo expuesto, la Corte Suprema ~Sala de Casación Penáladministrando justicia en nombre de la República y por au= toridad de la Ley, DECIDE esta colisión de competencias en el == sentido de ordenar que este proceso vaya al Juez Cuarto Penal llu= nicipal de !bagué, competente para conocer de' él, previo aviso de lo aquí resuelto al Juez Primero Penal r.'Iunicipal de Armeroo
Cópiese, notifíquese y devuélvase.
LUIS CARLOS ZAMBRANO HUMBERTO BARRERA DOMINGUEZ
SM11UEL BARRI i..JUTOS RES TREPO LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ
SillON MONTERO TORRES ANTONIO MORENO MOSQUERA
EFREN OSEJ O PEÑA JULIO RONCALLO ACOSTA
Jo EVENCIO PQ ADA Vo Secretario o