CSJ - SP J.Roncallo(10-05-1973)2
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(10-05-1973)2
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1973
.·¡ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PeNAL Bcgot4o ·diez ~e may .o · da mil nOvecientas áetenta· y tres'! . • 1 •• Magist;r'ádO :Pc;mente: . · · · ' . Dr.JUUO RONC.AL.LO AcesT A.·. J . ' ; . AP}'Obacb: . Ac' ta ·NO' . 18. de 9 de mayo da J.r, 1.9?3 •. 1 u ....... •. \ ~ 1 ¡ ¡ vI a r·o s: f C~lida 1& tr'anli taei~n de rigor, procede 'la Co~e e revi 1 ·¡· . . l1i aaro en virtud de ~l.áeWn ir1te,;ueata poi' el ' oefior F'ia~ Segundo del ',• 11 1 1 '111 ; i Tri~ Suportar de PaatG 0,. el·~uto da vaintissiS (26)de febrero (iltimo 1l..' dictadO pOI'" eoa Corpon10~n en el.;· -i}I'OeeOo seguido centra: ARQuiMEDES n: G\JSWA BURBk\!IJtt, ~ue%. Promtocuo Ta!Titor1al de Puerto Aoi.o, por el cte .l.1 to ®.abuso de eutoridad y mediante el cual ~MUGA la declaratoria de nulic$d~.~~trada por al SI'"• Fiocal ~ y ordét1a que en firmE:J este auto, 0 regrese ol nego~io .al eotudio para auto de calificac16n.~ CONCEPTO. DEL PROtUl~. ' ! · .
' l. O Procurador S.egundo 0~1~~ en. lo Penal conceptaa lo ¡1 1 ' . s. iguiente a .. El oeflor Fiscal Segundo del Tribunal Superior de Pasto an ea~ to del trace de febrero del. corTiant.e año · pid16 la nulidad del '11 auto del tr"eq c!Sl miCím:J moo que· declar'6 .cerrada está invest1gaci6n por 0 ' no habeTOe dictacb por la Sala de Oeci016n sino par el Mag.iatrado Sus- · tanciadOr. : 1 ··-;. ;• 1'l' "La C1 tada Corporac16n · en providencia del veintioeis de 1 '' 1 1 fabrero nerl6 la ool1c1t ud de nulidad centré¡ .la cual recurritS en apela ~ 1 ! 1 ' ci6n el re~ntante del MWotorio PGblico. •Este problema Juridico planteado por el señor F"'iacal Se :¡ gundo del Tribunal Superior de Pasto ya hab{a oido propuesto a la Henal"! 1 1 1 ble Corte Suprema da Juoticia la cual lo J"GGOlvilS en el sentido de comoJ 1, ,,.,. j • 1: 1 ' :V .. J J.' '¡' partir el cr1t erio j"r1ctico del Tribunal Superior de Paoto y confirmar ou dec1oi~n de 110 declarar la nulic:fad oolicitada. · "En· v.~d0 asiéte larazt1n al juagador 8 qliO porque el.
euto drá cl.auoura d9 lá 1nvesUgac16n ea da p~ tr4mi te y la ley Pi"Qce . Qa1 en forma espec!fiea 101 reglamente en el Ell'1dculo 4?2 y declara ttue ,, contra 61 a6lo se' actmite el TeCui'So dé repoeioi6n 0. con lo e~ confirma ou·. na~lets ya puntualuatra. e;, a eonoecuencia eota ProCUl"a~a Delegada eoiicit a 0 a .. la Honorable Corta Su~ de Juaticia 0 con tolb retspeto, confinnar e_l auto recurrido •" k B E C .O N S .I O S R A a · i" ) v· Ciertamente; como lo a~ote el Co~borador0 la providen 1 1~1 !' " ; ¡'' 1 cia que declara clauounuifa la atapa invaatigativa es de aquéllas que se ) 'l li ! ) lt. limitan a dispener un tr&lit e para impulsar la actuac16n. Dicho de otra !¡' !,1 1, ' .manera a ES ·w. auto dé sustanciae16n. Yo por tanto 0 • aegGn lo diepeno el ~ 1 1 articulo i?4 del C. dé P.P., debe dictarse por el Magistrado ponentetanto en la Corte Suprema· como en los Tribunales Superiores. lo anterior ! ' i. · sfgn1f1ca que la deCisit5n re~da no aiSlo se ciñe al precepto conteni '1 do en. el ~culo 4?2 de la obra citada, sino tambi&1 a lo establecido '
,' en loe ordinales 29 y 39 del articulo 169 ib!dem. En consecuéAcia, ha1" !b rá da confirin. ál"Ge. · • . . ' \1 : ¡; 1' 1' 11 l: 1 1 1 Por lo expueato, la Corte Suprema -Gala da Casacic5n Penal con de acuerdo la P:roeurac:rur1a Segunda y administrando justicia en nombra '' '1 de la RepObliea y por auto.ridad de la l_ey CONFIRMA la providencia apela 0 '1 1 da., de fecha y origen 1ndicaG$0s en la parte motiva. Cc5piese not1f1quese y 0. devu61~e.
FILIPPO
ALVARO LUNA· GOME% . MARIO ALARIO OX 1 1
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HU~JBERTO BARRERA 'OOMINGUEZ LUIS· EOUAADO MESA VaASQUEZ
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