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CSJ - SP J.Roncallo(12-12-1972)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Roncallo(12-12-1972)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

'r CORTE SUPP.EMA DE ~STICIA SALA DE CASACION PENAL Bngotá, doce de diciembre de mil novecientos setenta y dos.

Magistrado Ponente:

Dr .JULIO RONCALLO ACOST A.

Aproba.cto: Acta N!J 46 da l2 de diciembre Efe 1.9?2 •

.........

V I S T O S: Con el fin de obtener el concepto previsto Pt>r al art10.1lo 44 ctel CQdigo de Procedimiento Penal, el Ministerio de Jtfsticia a enviaro a esta Sala de la Corta, con Oficio Nf2 696 del 5 da los corrientes, la 52, licitud fonnulada por el doctor Juan de la Rasa Luna, apoderado de la PB!: ' te civil, sobre cambio de radicac16n efel proceso que adelanta el JuzgadrJ Unico Supf3rlor de Pemplona contra ALFREDO NAVAFUiO GONZALEZ por el delito '-. de homicidio en la persons de Pablo Alberto Ja~~e~ Orduz.

De los elementos de juicio aportados por el solicitante se desprende: a).- Que en el Juzgado Unico Superior de Pamplona cursa a~ tualmente el mencionado proceso contra Alfredo Navarro Gcnzález • por eldelito de hnmicidio en Pablo Alberto Jaimes Orduz, habho ocurriafo la ~ da del ? de marzo de l.S 69 en el parque de la poblac16n da Herrán. b )- crQue en la actualidad la aludida causa se encuentra en Secretaria pendiente de que se efectúe la captura del enjuiciado Alf "rado -

-2Navarro González, confoma a órdenes impartidas para el ef'ecto, c::cmo quiera que la Sala Penal del H. Tribunal Superior efe la ciudad en f'allo dal doce (12) de febrero ctal año en OJrSD, al áesatar el recurso da ap.!! lac16n interpuesto pnr el señor apt~derada de la parte civil. revoc6 la ~ia absolutoria proferidá por este Juzgado el vei.nt1siete (27) de octubre de mil novecientos setenta y uno (1.9'71) y en su lugar, daclaró contrario a la evidencia procesal el veredicto emitido pnr el Jurado de Conciencia y consecuencialmente orcten6 convocatoria de un nuevo Jurado. o e)- Que en el c1 tado procaso actCla cano apodarae> de la parte civil el dactor Juan de la Rosa Luna Rico, a quien se le recenn ció personaría como tal mediante provi~cia del 1? ele marzo de 1.9?0. d}- Que o la audiencia pública calebrae!a en el referido proceso aaisti6 un numeroso trublico, que desde el principio del acto de jó traducir ostensibles manifestaciones ~ parcialidad en f~ del prg cesaete, conducta colectiva en la cual se fundan los testigos V!ctor Julio Camperos Ram!rez, Isabel Pabén áa Mem:fcza y Jeslia Uar!a Ortiz Cácares pa ra considerar que el veredicto absolutoria proFer_i.de per los jueCScS deconciencia no obedeció al libre convencimiento del tribunal papular, sino al clima o ambiente en qus ~e desenvolvi6 la audiencia.

e}- Que cuan<!9 ocurrieron los hectms de que se ocupa elproceso, Alfredo Navarro Gonznez desempeñaba el cargo de Alcalde Munici pal de Herrán. Los elementos de Juicio qua acaban da resañarse panniten ... concluir que, en afet:~, el medio snc1al de Pamplona no ofrece las garan tías suficientes para que los jueces de hecho cumplan en este proceso, 1! -3brea c1e toda coacei6n, la delicada func~ón que la ley les impone, sien do por tanto conveniente, para asegurar el bien inestimable efe una reo ta adminiatraci.oo de justi.cia, que el procesado Navarro Gtmzál.~ sea juz= gado en otro Oistrit o. En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casac16n Penal, enTE CONCEPTO. FAVORABLE sobre el cambio de radicación del proceso a que se refiere el presente dictalnen. Cópiese y devuélvase al Ministerio de Justicia.

LUIS ENRIQUE flOMEF\0 SOTO MARro ALARID DI FlUPPO

HUMBERTO BAARERA oo:.m'ffiUEZ AL VP .R O LUNA GOMEZ

LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS CARl.OS PEREZ

JULIO· RON CALLO ACOST A JOSE MARIA VELASCO GUERRERO

J. E.VENCIO POSADA V.

Secretario.

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