CSJ - SP J.Roncallo(14-03-1969)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(14-03-1969)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1969
\----- - \ ~'i '1 ~ 'it! ( CORTE SU':'·RErlA DE JUSTICIA SALA DE CASAOION PENA.L Bosotá, catorce de marzo de mil noveciontoa seaenta y nueve.
Uagistrado Ponente:
l Dr.JULIO RONOALLO ACOSTA.
1.
Aprobado: Acta N9 12 de 14 de Marzo de 1.969.
+++++++ V I S T O S: Procede la Corte a resolver la colisión negativa de cÓmJ>etoncias que ea ha ~-·Et~:~ado entre ol Juez 79 Ponal r.!Unici= = pal de ~anizalea y el Comando del Departamento de. Policía de Caldea, pára conocer del delito cometido por loa Agentes de Po= licia Gustavo Betancourt y José Jonáa Torres según las= Obando~ constancias procesales. Ante la Inopecc16n Sef!UJlda de Permanencia de la ciu= dad de tlan1zales, presentó denuncia el doctor Antonio José Gon;:: zelez eaycedo, por la austrecc16n do algunos bienes muebles de= su propiedad, hecho ocurrido el 10 de noviembre de 1.968, cuan= do dejó estacionado su automóvil fr-ente al 11Rotel Espailol" • Loa Agentes del F-2 Nos. 1117 y 1222, comisionados para la invest! 0 gación correspondiente, capturaron al ménor Carlos Arturo Rios, = quien oonfoe6 haber participado en la eom1e16n del delito, en compafiia de otros sujetoa. Posteriormente, los Agentes del F-2=
1 .· 11 ':' .: - 2establecieron que los Agentes de Policía Gustavo Bataneo José Joná.s Torres Obando habían vendi<lo unos binóculos y lAD.a= cámara fotográfica, objetos que formaban parte. de los sustra! dos automóvil del doctor Gonzáles Caycedo, y que aquéllos de~ ¡ 1 habían deco~isado a unos menores que se disponían a abandonar la ciudad. El Juez 79 Municipal sostiene que la competea Pena~ - oia para conocer de la que pudieron cometer los A = inf~accióngentes Betancourt y Torrea, corresponde a la justicia Castren= se, pues el hecho se cumplió cuando dichos agentes ejecutaban un acto del servicio. ~ropio = Por su parte, el Comando de Policía considera que la competencia es de la Justicia Ordinaria, pues el delito no= fue cometido por los Agentes, ncon ooasi6m del servicio", sino como "simples delincuentes". Asi se expresa el Comando de la Policía: "Hasta el momento del decomiso los Agentes BETANCOURT y TORRES OBANDO, posiblemente estaban ejecutando actos inheren== tes a sus funciones, pero cuando decidieron apropiarse los ele~ tos que se dice fueron decomisados, lo que aconteció ~uando opt~ = ron por venderlos, no estaban actuando 66W OSASION DEL SERVICIO O POR CAUSA DEL MISMO O DE FUNCIONES INHERENTES A SU CARGO deAgente~ de la Policía.- En ese instánte, fué cuando se consumó el delito contra la propiedad que es materia de imputabilidad, y en=
ese momento ellos estaban obrando como simples delincuentes, no== como policiales. "Es que en el caso sub-judice, considera este == desp~ cho, se debe tener en cuenta no el acto inicial (decomiso) que no fué delictivo, sino el acto consumativo (negociación) que si fué= -----------=---·------ ________________ .:;. .. .• " r '( 1 - 3ilícito y que tuvo ocurrencia no con ocasi6n del servicio, o a causa del mismo de las funciones de Agentes de la Policía en = los incriminados, sino simplemente cuando obraban como cual = ·particular que decide verificar una apropiaoi6n ilícita, qui~r o más claramente, cuando actuaron movidos por su propia volun= tad, por su intima intenci6n, sin que para ello entrara en jue go para nada Ju calidad de miembros de la Policía Nacional". - SE CONSIDERA: 1º.-Es-cierto que los Agentes de Policía, Betancourt'y Torres, al decomisar los objetos, que fueron el producto del = robo o hurto cometido en perjuicio _de los interese¡;J del doctor ! González Caycedo, estaban obrando en ejercicio de su cargo, o= sea, cumplían .Kunciones propias, pues a ellos está encomendada la guarda y defensa de los derechos de los·asooiados. / 2º·- En cambio, cuando los Agentes de Policía, cumplida ya su misi6n de detener a·los ladrones y de quitarles los obj-e tos, productosde la infracc16n, resolvieron apropiarse tales·= bienes, ya estaban obrando, no como Agentes de Policía, sino =
como delincuentes comunes. Su deber era entregar los muebles = decomiaados a la autoridad que debía conocer del sumario res== pectivo, pero en manera alguna podría decirse que; entre-sus= funciones, estuviera la de apropiarse tales bienes y enaj~nar= los en la forma en que lo hicierono 32.- Los Agentes, como se ve, estuvieron cumpliendo ac= - tos propios de su oficio cuando persigu_ieron a los delincuentes y cua"n do les decomisaron los objetos robados. Pero ~eapartaron de esas funciones, cuando, lejos de entregar el producto del· ro bo a la autoridad competente, resolvieron tomarlo para si y - -.--· ~---- ----_.._,._,__ _____ --- ~,..._---~---~---- __._,._ --- -- --- ,....l __, . __ ------.--~- ~ 1 J ""\ 1 •• ,. l l - 4aprovecharse de él. ~1 · En consecuencia, no se contempla aqui ninguna de las hipótesis previstas el articulo 11 del Decreto Legislat! e~ 1 vo 1667 de 1.966, adoptado como ley por ~a número 48 de 1.9 67.(Diciembre 5), conforme al cual "El personal de la Poli= cía Nacional que con ocasi6n del servicio Cf:pJr causa del m1.2, mo o de funciones inherentes a su cargo, cometa un delito = será juzgado de acuerdo con las normas del C.6digo de Justi= cia Penal Militar y de las disposiciones que lo modifiquen= o adicionen." 4º·- Por consiguiente, el delito cometido por Betan=
~ourt y Torrea es de competencia de la justicia ordinaria,= / y asi se resolverá. La inveatigaci6n y fallo, de acuerdo = con los a~tículoe 1º del Decreto 528 de 1.964 y 55 del C.de · ·p~P., corresponde a los jueces municipales • / Por lo expuesto, la Corte $uprema - Sala de Caeaci6n Penaladministrando justicia en nombre d~ la República y = por autoridad de la Ley, DIRIME la col1si6n negativa da que se tratap en el sentido~ enviar este proceso al J~ez 1º P~ nal Municipal de Manizales, para que continúe conocienqo de él, ·por ser de su competencia. Mee aviso al Comando de Po= licia del Departamento de Caldas. Cópiese, not!fiquese y cúmplase.
EFREN OSEJO PEÑA HUMBERTO BARRERA DOtUNGUE2
SAMUEL BARRIENTOS RESTREPO LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ
SIMON MONTERO TORRES ANTONIO MORENO MOSQUERA
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JULIO RONCALLO ACOSTA LUIS ZAMBRANO
CL~S
J, EVENCIO POSADA V• .
- Secretario. •, / /