CSJ - SP J.Roncallo(14-03-1972)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(14-03-1972)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
CORTÉ $WPREMA JUSTICIA
O~ SALA DE PeNAL CASACI~N Bogot6, catorce de marzo de mil novecientos setenta y dos. Magistradp Ponentes
Or.JULIO RONCALLO ACOSTA.
Aprobad!;): ,Acta NI! 8 dé 14 de marzo de 1.912. Ht • ntJ VI S T O.St Conaul ~· al "tribunal Superior del Oistrit o Judicial de Boa got& 1~ providencia da diea~ (10) de noviembre de mil novecientos setenta y uno. mediante la cual declara preeQrlta la acci6n penal disciplinarioadelantada en estas diligencias contra los doctores Edilberto teaAroila ' . y Guillermo Forero Guerro.ro, por faltas a la ~tita profesional!) y ordena todo procedimiénta en su ces~ contra~ G6mez C~po El.fas .Garz6n aeus6 a los aludidos abogados de no haber adelantada con la debida diligencia algunos asuntos profesionáles cuya gestiSn les hab!a confiado. 61 Procurador Segundo Oelagado en lo Penal conceptOa lo • siguiente: "El expediente informa que al doctor !'. tt·1.i lberto Zea Ardila se le di6 podar para intervenir en un juicio de separaci.Sn de bienes y - él 22 de julio de 1.96? mandan-te le I!!!Xigi6 la devolue!'l!n de.lós pape SU . . les entregados para su debiendo tenerse en cuenta esta fecha· - g~tiónp . . para contar el periodo prescriptivo de la falta que se le imputa.
"Al doctór f='orero Guerrero se le otiDI:fll6 podar dentro de • un negocio penal el 22 de septiembre de l~96?j en el que· obtuvo la libet tad de su client<'t. SE\3 ignora su posterior intervenei6n y la fa"'ª c(Jma ... · f'inzalizó el citado proceso. Para efectos de la prescr,ipoi6n debe cantar . . . . .~ se a partir del 13 de noviembre de 1.96?, d!a en que se dicS comienzo a_la· investigación disciplinaria. "Los heéhos tuvieron dentro da la vigencia de oct.~wencia la ley 69 de 1.945 y de acuerdo con lo estatu!do en el art!culo llS del C.P. l..o prescripción de la acción operaba en estos casos en al t.§rmino de un año. desde las fechas an:tes anotede.e.he transcurrido "~ot¡Jo un tiempo superior el indicado; se-concluye que lae acciones discipl! marias se hallttn prescritas •. " Con fundamento en las razones que precepen, la CorteSuprema -sala de Caeaci6n Penal. .. ae acuerdo con el Ministerio POblico y administrando justicia en nombre de la RepOblioa y por eutorid~de la Ley• ~ONF,'IRM,A. le providenQiEl consultada, de fecha y origen anota. . dos en la parte motiva, C6piese, notif!~uese y devuAlvese el Tribunal Superior u del Distrito Judicial de Bogotli.