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CSJ - SP J.Roncallo(14-03-1972)4

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Roncallo(14-03-1972)4
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

;''J CDf3Tft. sypBEMfl D§ JUSTIC:t8 SALA D§ CASA!i!lN PENAL¡ Bagota, oatorce de mar'Zo de mil novecientos s_¡;atento y c:tos. MagistradO Penante•

Dr. JULIO RONCAllD ACOSTA.

Apnbadl: u Acto Nte da 14 de mano de

1.9?2• ......... V I S 'r O St éonsvlto el TJ"itJunol SUQanew del Distrito· Judlcial de Bogote su providencia del cinco· da, mar&n ~1timo.0 mediante la cual cteclarO ~ que el hecho imputadO en esta Pt'Qceso o Anwimed~ ViUate Nif'lo, en su ~ · de ~~da Juez PenQl Municipal da "foPQipf. no 8$ constitutivo delito, Y• 0 con$eeuantéments of'dena 34 eesac16n da todO proocadimtento contra el J"Bf'Qooío 0 ' . Estima el MiniSterio PÓblico, rec>raaentadO en 8$to opor tunidad por 1a PtoCUJ'acfurla Segunda Oel~adta11 que la condUCta del Juei ac! eado en al coso eub-.Judice ea hallá aMento de dclo ~4n por· la Cúal sol! 0 éitéa C&\JB SS· confirme le providenCia CoRESUltE:!.doo Ce los elementos d$ Juicio qua el lnf'ormatiw comporta ae ·deSI)J'ende qua el domingo 2 de Junio 'de 1.968 ae .~troron an le tienda de

Juan Cru~ G~rreroo ·aituQdo en Topoipi, el Juez Panal d$ esa Munid.f)1o,Arq1J-i metfSG Vill• Niñoo y RobeFtO Aomaro Matla a quien el nombr!:ldó funcionario 0 o~16. una cerveza, que ~ste no acspt6. Pot" al contrario,_ 1ncrép6 al Ju$a el hacer oatanteci6n del armo qua portaba prc;Jfiri,endo contna al miémO P9la11 -- ·------·- -.·.--~- ·~-~·~-- -~---~~ .. r·· -~ ' 1. brma manifies~ante procaces y calificlndole da arbitrario. dict4 el ? de Junio citadO la Aeaoluc16n n4m~ro 005o mediante la cual, - in\IOCOI'tda al ort!cul~ 309 de la Ley 49 dé 1.,913 ( C6digo de F14li.an Polit ! co y Municipal), aancion6 Romero Mat1s can tNs d!as de arrestot sanc16n Q que se hizo ef'ectiva cumplidos los ~mitea da rigOF legal, a pgrtir del 0 ? de julio siguiente. Cwtsicleró sin embargo Romero Matiz que el Juez no_e brado heb!a inc\ifrrido en el delito de detenc16n Qi"bitrcria y~ en consecua.a cia, fonnul6 contra. él denurtcie. erimiool en tal sentido cante el hoy extin guido Tribunal Swperior del Oistrtto Judici&l de ltpaquir6 CorpPJ"nci6n de 0 la cuti pt1S6 en roz6n da nuevas ftOJ'mae sobre cctnpatenc1a. al Tribunol su

0 0 perior da Sogo~0 qua in1c16 lo etapa instructive medio.nte auto del 19 de op¡llticambré de 1. 969. En su inlfagotarit\ Arquimedes Vil.late expreso, ena s!ntesiao que cuando se d1rig1o a mi&El el domlAQO de junio de 1.9Gs con su familia, oo detuvo en lo·puerta del establecimiento de Juan Guerrero a esperar a su esposa y a sw hiJa: Qtm hasta ell! 1eg6 Roberto Aomaro Matiz, quien al preguntarle ai le provocaba tomar alguno cose le re$pcndió con 0 C)O.labros ultFQJantes, coliflcándolc adads de arbitzW.to y dasafil5nctolo 0 0 a que hiCiet'Q wo del rev6lver. Tal verst6n fue plenom&Ate conf'imcu.:ta por los tes~ni.QS ~e Ganaro Clavijo &drigue~ y Juan de· la Cruz Guerr9J"Q Ce~ t~s. Importo los siguientes conceptos de la trona~bir Procurac:tur!a. Segwnda sobre el tema de autl)s: --··---- -- ~ --~-=·~ -~--===~=~~~~~~~~~~~~~~~~ ~~ '1 1 -~ .. it ' -use deduce de 1as Pnlebtas recibidas ~ue Romero Matiz 1 faltó al respeto t1l fWfllC1cmerta y lo t11d6 de. arbtirario en raa6n de al~os j .• 1 nG;1goo1aa. ti'Ell!litadas por, n4eta. Se ref'ieFe Gl .Juez en su inqetorio a. un eu

mar5;o .Pfl~- hUrto de Joyaa, en al c:Ual figura Romero Matii como éOmprádor. Igual eootr'l r~~enta al cuitado de Aometro Jos6 . del tQl"man Mo11no. óa adela.nt6 un nago0 11 . . cio por ~~olo ilegal de le: m.edtctna y •esta conducta r:da no ~e gust6 a la familia Romero Mfltit0 de donde SIB explica '((Ue tal.' ve~ el señor Aobsrto ROtP! Ustiz haya tenido leterita una reAcilla u odio contra el Juez.-o' · J"'Q "l..las' inJurieS c;ontra el funcionario se l'etlli~ por roión de su& funcione$ y emtenCCiE ·ara el ca$o de 1nvocuo el articulo 119 del t;6digo Judicial, i1ol"tTia asp~l, máS como el Jwea d16 aplieact6n al a... tfeulo 309 del C. de R. P,. y M. camat16 equivoCac18n en cuanto a la 'wraoi6n de lo aanc~~ •, .. En reléc16n á ltas ritualidades proce(\fi~entslas ~· 6\pliOOJ" la madi~ oorrec;cionol no hay ~ qwa fonnular. '1) Que al ®tOr aeorif\mciQOOrio o empleado pdblic.cr, el ctrol est6 pl~te cc.mpTObodo en EWta Qpórtur\idf.íd. '2) Que prive a alguno persona da su l1bertGld ele

0 mente, qua tamb1&1 aparece acreditado en este coso~ y "3) Qua al hec:lho ea ejecuta con abuso de las funciones o indat:dcfomante es decir, CUtlndG lá ley .no autoriza u ordena aquella pnwci.Sn 0 de la libertad. . ==----==-========---·<Si=;;;=-:-,-,.=·--=--~--.. -~-,~ ~~~. -~~. 1~ ~ ~! 1 •ton~iate este Olt~ elemen~ •en la intenc16n c;; Pr'OI36sito de privm" crJe su l:lbmsd a una perscnc sableAdO el fUActona tio o empleado ~blico' q\le su noto Glf;¡l eont;rorto a l.Qs. ~·.reguladoras . de' la propia: nctivltfad oficial•. (Corta .$ t:.t~ da. Juat1cio GtWto da ~ \1 • 0 dá febrero de 1.946). ttE]. pro~1 to dél funcionario no 'ue otro que el de epliCGlr' les nonfta$ 1ego1es lo cuol se deduce no solo de lo axpl1occ16n por0 41 dcac.ta etno de la actuaci4A cuida~ que sigu16 pGlJ"a lo .QP11eaei6n Q8 la ' medidO. Por utm:~ parta las a~ lagolas mencionadas ·dan lugar a cU.v~ 0 interpretacic;nes y ten cierto S$:, que mientras el proGUJ"adór del Qistrit o •

· (v&:tsé oficio NB 0898 folio-16, del t;uademo da la 1ru:te.gac16n Pr"S11m1~ár) • 0 cita Cf:lfm) norma apli.CGble s1 QJ'ttettlQ ll9 del ~digo Jud1c1Ql 0 al Tribunal Suparic»- da UpaquW msncion6 el articulo 309· del Cc$digo de ~irnan Polit! ,¡· ce y Mut'!iciJ)al, anotandO 'que existe una· con~dicc16n, entre lo dispusato .. er1 al ertfculo. 309' cittttlo y ·~1 art!culo 4B_ c!sl Oecret.c ~traordtnario 3347 de 1.9SQ (tía. debidO citar el ~creta 354?150) que su~6 el orti:culo 119 en dal CoJ;o""' Se plas~ esta contre..dicCi6rt 1o etreunstancia de 'que qutenae • desobedecen o f~lton al· :respeto t;.\1. fu.ncionat'io en eJercieS.o·de sus functones o por :n¡z4n da ·ellaua~ se le p~eda, ~Cionar QQJ'i arresto ~ak; de ve1nt1Cúa tro ttoras 9 y en ~mbio, a qutenaa lo ,hacen fuéni de tal~ ctrcwnstancias; se le puad& eancionrar Con· 6U'Te&to de ~Q dies • ., >:'' Ctt Q luego .el PrOcurador~,· an qpoyó de tales ~pnes0

el:·auto :s;rofvidO pgr ln Corte al' .17 de febrero ~ 1.94Íl~ cUya esenei¡a doo-· trinariá eoi1s1ate en exprebar que la ·preQUne1t3n da bu$1'1Q fe a.n elllle.ldo de ~ceder· J.Oa · J'uecea al aplicar laé ctispoeiciones legales no puede aceptarse sino en p~~cia de preceptos o de hechns que condu%can s distintfllS interl 1 :1 ;i j " I)J"etac1c.mes, mas no culiil,..do existen nomas oltitras éXPJ"GSáa y terminantes 0 de la ley, y ~O.o concluyendo que en el pr~ente caso "Ul buena fe 0 del e\.tf'lCionario ea . M~epte, porque .-esp~cto del raiQqiO punto dé derecho · ditacreparon auto,n.dades 9uperiorés a. ~1 en las qua debe presutnÍrse máyor · '¡ 1 pf'$l)QJ'cio16n Jurldica y. lat'ga exper:iencia.• . t..a cal.idad de Juaa Penal Mun1o1pa1 de Topaip! 0 • eoncu~te en ~uimeda~ ·Villat e Nilio pera la ~ea da loa heChos que ea 1,). ,,, '1: la atribuyen est4 plenamenté con1Jn"Qbadll mediante copia del Acuerdo NI 16 del lll de $~pt1entbra de 1.9t:35 0. por· medio dél. cual el Tribunal Superieír del Oistrito Judicial da Zipaqui~ lo al1gi6 Pera aquel cmt;OJ copia del actp

de posesién re$pectiVQ; y constancia sobre si. ejercicio de funciones exp! 0 did a ·por el Alcalde Municipal .d e aquella pablac16n el 21 de rtob,iembr'e da 1' ' 1 •. 969.· Se hall~ ElSfmiamo démoatrocto c¡ue el señor Roberto Aomero Matiz fue pr1v•(!p de li.bertt'l(;t mediante OJ'den del Juez V11lote N11io 0 . ' . desde la$ cinc;o de lé. tarde del ? .Qei Julio da 1.968, hasta al d!a 10 del mismp mea e las c1nc:;Q da la mniit;na vole da«::11' por dOs d!a$ y madio. 0 0 Sin amb~.~ rewlt a ,otante COinó 1o' observa lQ .... 0

Procurac: M"'ia, que no !llMi.SU6 en al Juea OQUSa1do la intenc:16n o prop6si to • dé PJ"ivar de 1s libertad a Romero Matia •iendo qt.ae eu acto e.-c eontfoa.. 11 rio a las normas l"E!guladl:m.Jo • ~ ac-tividad ofic1Gl porque loe preceptos 0 consagrados Elf1 los artfculoa ~~ del C6digo Judicial anterior y 309 $1 Q.§

1 '1 digo dé RA;iman Polftico y Municipal tlM sido obJeto da divan~Ss intsrpra- :1' tl.lciones por parte de los Jueces y Tribunales de la RepGbli~, cerno oeu= ,. l en. rr16, inol.usive,; al caso Qe autos. flfll otros t~nOSil: (1 la lu~ de los

elementOs .de Juicio obi"Qntes en ei ·informativo es preciso ~firmar Que la \ conctuctQ ctal funcioner1-o ~cusado estA ·exentó ctra dolo,· elet'A$nto avbJstivo i 'l sin $1' ~1 al delito ae de$1ntagra. · d1 ·! Obr4~ pwes con· acieno $l Ju,tu' ac' tor da primer ~ 11 Qrtldo 01 ~tar el caso sub .J udice con taplicac16n del art,eulo 153 del o. de P.P., auetltuic:to pcnel lA1 da la cod1f'tcao16n vig$Áte. . . ... ma -sale·· di¡:) Caaaci&~ PenQ1• -tta aewardo con la ProCUJI'Qdur!a $agunda y edminis ' . ' . t:rmncto JU$ticia en nombre de la Rei]Óblica y por autoridad da la t..ay CONFXR 11 e al auto eons~ltúdo, da fecha y procedencia indicsu:les en la parte motiva. C6p19$a r!totlffquese y devuiUvaae. 0 ' . . GmftG AL.VAJ!ílt) ~A. 1 ,¡

LUIS CARLOS PEREZ

. . Jl.lllO AONCAL.L.O ACOSTA

J. EVENO!O POSADA V. • Secretario. -

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