CSJ - SP J.Roncallo(14-12-1961)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(14-12-1961)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1961
CORTE. SURADA 2 JUBRICa
NO0SÑ8
Magistrado Ponentes De AULIO RONCALLO ACOSTA «005: Bonotádycatorce de diciembre de mil novecientos sesenta y un0.. LA.520S z z So procedo a ronoivor 61 rocurao oxtriorginario de casación interpuesto centra la pentenoía del quines (15) de » m s coptiombro de vid novecientos noventa (14960), por modio de la . cual el Tribunal Suporior 401 Dictpito Iuátotal do Ibagué con e t p ádoná a EDUARDO BABATIVAa le pona principal de ceho (8) años z y vola (6) mosoo de proviélo sono roopeornsadblo de los dolitos40 hontcídio y logignos _personslos de quo fueron yictinao; sa — A o pu orden, Marmel Salvador Aguirre y Gustavo Rodrígueso Eotima la Sala que los hechos genoradoros del progcno se hallan relatadop acertadenenteo on cl fallod e primera inetan odas Por notivo de das campañas pacifictao quo las autoridades de los Iiunicipdos han vonido adelantañáo, 01 Alioaida ds Palan soncurrió a la fracción do “Buenos Aires” el trop de oct bro últino (año do 14959, nolara la Corto) y on capa do Gtontol Martínoz colobró uns rounión con las gentos de la rogi$ élons » oxpláco la política de convivencia quo 01 Gobierno propicia, al 7
m2 11089 cono len ddrigontes dé los dos parti41d rootsíir,are o ol burzo macstro del Ingprs y ya entro cinco y solo de la taráo, Edusro €o Babativas do quiséo ndic o on ol proceso que es uno éxlos» capitanes 60 la grusada pacifista, por u duenta y ricego quiso continuoron la prógicao n que antes había ontado enmpofiado el Alsalte, pero como a11f estuviovon presentos individuos que $1 songidcraba poldgrosos y contrariosal movimiento contra 108 = vicientoson el ouni $1 feryorosanonto participaba y quiads por cu escapa sultura y compronsién del temas pe salió Eo la cucaew tión tratada, lansanto ándiry crocorimtinaacisono s cóntra aque» llos quo $1 cónsidorata onenágos de la pas y la tranquilidad y torminéó por a alensarsó sobre Gustavo Ráoríguoz a quien luogo Go despojar de la poínilla (machote) son la nícos lenionó » in» modinatcosaté mmoortanl tpuñeala da €n 01 oatónago a Tianuel Sal» vador Aguirre pór suya vonsocuoncia este agredido falloció Im tantos después, habícndo levantado su cadivore l Inspoctor Depare tonontadd e Policia de Palocabildo, "Sk gindícado Pabativav e rovelad e autos cono hájo na» tural do Evangelina Pabativa, nacidoe n 0achotá (Cunde)y vocino do Falan, de$ 6 años de edad, cacacodn oAn a Rosa Chitivas d0
profeción agricultor y con anteseñentes judicisioss 10.3 LEGUDO GRADO. ál procoro se lo imprimió el tránite gonsagrado ón 01 Dooreto númoro 0012 del 4 de junio de 1.959y y consecuontomentes provía claunues de la invoptigay ctriasólanño a las partos para ologarG a conclusión, con focho 15 do marzo do 1,960 ol Suoa Sh gundo Superior de Ibagué proflia rsoniteónci a de: priner grados cuya parte rosolutiva os d0l tenor siguientos 1:090 €CONDENASH a EDUARDO BABÁTIVA, de lap vondiciónes civiles anotadas en esta providoncia; como autor responsa vie del delito de honicidio en la porgama de Mlanucld Selva dor Aguirre Colina y lostonos porsenalos en Guatayo Rodrí guez, hocho que tuvo lugar en las últimas horas de la tar de del tros de octubre del año próximo parado on la Lrage ción de "Buenos Afros" dol municipio de Palan, a pubgar » la pona Go RUEVE (9) AÑOS y SEIS (6) ESSES de prosidio » que purgará en 61 estableriniento de castigo que desimno la Dirocaión Gonoral 49 Prisiones y a pagar, on abetrac» tó, eL valor te loo perjuicios civilos peorionados son 109 delítos y a las Sigúiontoo porno fcocvoriaos pago de las costas procesales, interdicción del ejorsicio de de rochos y funciones públicas por un poríodo Íguel al de la
pena principal impuestas póítidade la patria potestad, as la tuviere, publicación especial de esta centoneía y pór» dida da tods pensión, jubilación o siaido do retiro de sa ráoter ofíciado "NINGASB 61 sentenciaóo anten nonbradeo la suspon sión 69 la ejoccución do la sentoneía y el poráéón judicial. Vanpúlsces copia %s le iniiopensable y romitase ad coñor dues Fenal 801 Circuito de Honda para que $0 —. ánvegtigua e1 dolitó de felad testimonio en qué hubiera incurrido Luis Miguel Barzón Roneros” | En la sentencia rosurrids e1 iribunal reformó el fallo del geque en el sentido ya exprosado, ya también, on ol de "oxw tonder la invostigación por el delito do falso testánonio a Adow pod Hartínos y Soratín Porres, En lo denás fué confirmados El pontenciador de vogundo grados después de roferirse -» a lo» Glementos de juicio que cotimó fundamentalor, Apoya yu dos cisión en lap siguientes sonsiderncienonas Pia la investigación que ha dado Jugar al presente progos 1094 so ss infringióren los Artes 562 y 371 del O. Poy que tratan de low áclitop de homicidio y lesíonos personales; cuyos elementos objotivos o matertalos están comprobados con la diligoncia del lgvantamiento del enddver y ha partida de defunción de Manus » Salvador. Aguirro Colina de una parte, y ton el reconocimiento+
médico legal y el testimoniod e las porsenas que preseñnalaron + los hechos de la Stra parte; bastando solamonte por sotudiar 01 agpacto da la responsalab oisnllifiicadcióan ddo, l og delitos y la pena que le pueda corresponder el provesados “Eg un hecho oferto que Eguardo Babativa puprinió la vi. da de Mianuol Salvador Aguirro Colina y lesionó el cuerpo de va tavo Rodrímucz, modiento el empleo de arma cortante y posada, - por cuanto así lo confiesa 91 mácmo procegado y do atestiguan las personas que presenciaron total o parcialdmonte la ejocución do loo hechos; aún los testigos que con nue declaraciones proten don faveregor a Babativas "Sobro el roparo qué el defensor haco a la providencia = tonfiente a ebtonoy a favor de vu defendido la molalidad de la ira o el intenso dolor nreiveido por la suetracciónde la bestia sulayr,on tiempo anterior, sé puode afirmor que apareco noridias namontó aus Bdusráo Babativaal calode rs uo copay sco n Un 9Xow trerado entusinomo por predicar la pacificaciónde su región, so descontroló domaniado al llogar a su pensamiente dicha pérdida, » y on un momento de ímpetu preducido por la aotualización dol 6xww traovió 401 animal se lansó contra Aguárra Colina y Bcáríguez con lag consocuencias ya cónocidas; y entoncohsay que tenor en cusne ta que Báuardo Habaticovn al a misión que él niiemo:sehabiía ámpuenteo
y que a gu turno tomaba a posho, no es porgorna peligrosa y antes e 5. 1:092 pór el contrario so trats de un ciudadano que quiso hacor Inia perar la tronquiládad de su campo, y por otra parto hay. que pensar en quo un trabajader honpado y portinas en oua laboros cotidianas gufre on su tols profunda intimidad los rágoros de la uds nínina póraióa quo anisós roprosenta para é% y ou fami , lía un duen tienpo duo trabaje y sacrificios; y sun cuando ne . so fustifica su rescuión desde el punto de vícta de haber pra goaido pontra Aguírre y Redráguos con la violencia con que lo hizo, el es explica que hubiera obrado en eso estado de ira + e poro con la eusoncia de la gravo o injusta provocación que el A a arts 28 del €, Pe axágo como otrounstanoia nodificadora del » A dclíto, poro on cambio dicha situación debe anotárcelo a fam. e vor del procesado cono ciremotancia de menor poligrosidad e - (numoral 3% G01 Arte 38 del Os Pedi y también a cu favor oxia A te la otra circunstancia contenióa on el mumoral 5%, por oneón frorue 01 protocado ón ustedo de enbriagaoa voluntaria no proog A denadS. “Gamo oxieto 61 corcurco material de que habla 01 syto 33 del Cs Pen por haberso cometido ho selamonte ol delito de homicidio sáno tenbién el de lesiones porsmmalops cabo en Log
na igual der aplicación a nota norma, que a ou turno da tuvo on cuenta el funcionario de primera Ínctanciós "im viota de que contra ol procósado oxioto 14 circunos tancia de mayor poligronitad contenida on el nunoral 2% delArts 37 401 CoPs por habor sido sontenciadeo con entoriorádad por c1 doláto de lesiones personslos, ho se puedo pavtir del — níntno do sanción que impone 01 Arte 362 dol + Pey 00 dccás do 8 años de presidio, dobléndoya sumentay entoncos por ante aspecto dos mósts más, puos ya b6 ha áloho que a su favor cotá. e. Ó 11D93 01 que obró en fmpota de ira y en estado de embriaguez vol» toría no preordonada del delito; con el aunento da cuatro mopen sas Sor concepto de la acumulación del delito de lostonon porog nales, quedando onfonces 01 precosado $0n uns pena de ocho als y seis moses de prosidios” | El £ajle dol Pribunal so acusa cón fundamento únicoe n la sogunda €o las caucales de casación provistes en el artículo 567 del Código 46 Procodinionte Ponsls mi plonteamiento gonórico.de lpo cargos sstá Formilado asía X A n i Wha contencia que contené a Láusmdo Babativa- » congiaerándolcoomo autor del delito do homicitiode 15 cual (sic) fué e1 pujoto paoivo Manuel Calvader Aguirre Colina) incurrió»
on grave orroyde hecho sl atribuirlo un valor gue m0 ticnen las pruóboo y negarlea otro que en realigod bi tienon; asímdsmo novo valoré on la ventenciaa posar de enfar acroditada on el pro. coso las pruebas (sio) de convicción que sirvon de bapo para de torminarJo s elementos constitutivoGsel delito ná les que sirven para probar cjreunstancios oxinentes o modificadoras de la rospon sabilidads Considora ol demandaqnuet elo s testimonios de = Libardo Romero (£.9)p Davíd Rueta (Lo. 10 y 11), Jouó$ AntonioMos(£,12) y Poderico Génoz (f. 16), en dos cuales £undomonta Lu. monto so apoya el felio acusado para afirmarla rosponsobilidad ponad dol roos caregen de vorágtoza ¿ene idad inorininativas por» que al manos algunos Go talos doclarantos tenfan fama de tandolo. roo o mulcantos on la región ón dontdo ocurrierolnó6 n hochos 4 que va contras el procesos Sobrae l particular dico el rocurroentoy o T 11094 “De las doponiciones rondidao por los testigos Uravio (ole) Reyos, Oratiniano Días, Saúl Avendado, Emiláo Mal Bonados Domingo Avonáanlio, Abigas1 Linares, Ludo Alvaro Cárdonass, Anibal Cárdenas y Pablo Volósquoga yo ftoduca que por lo nenos ad gunos de los dcclarantes ontro llos bidardo Romeyr Joou ó Anto
nio Días, portonoolan a las cuadrillas de handoloros de "La Pla» ya, cuya porsonalidad gatá oquiparada 6 igualada son Los toneop tos que sobra la porsonalitad de Monuel Salvador Aguirro y Gua tovo Rogrígues tenían lae gentoo de la rogién sobreo u cdta poli grovídady para devpemtocar a loa de que o1 pindicado Eduardo Baba tiva conocódorás la rogién, y de una manera amplia y varomid los había domunciado a las autoridados como olomontoo neleantes y portuybadores de la pas", Y agrogae n solaciócnon los civados tcotigoo de cargos “la foma de declarar estos tostigoo lleva in» volucrate 61 énámod e complicitaád con cl compañoro ropto, la = inyunidad on ol dinfrdee vsot a poquéña cociy calgdunoas dda » opto boutigon, probablenonto duclaráron ón 26á forma por ovio. tarso cemplicacioñep prociganonte gon los maleantes vivos quoquedaban en pié para rospaldarcu totel encubrimiento,” La oriw sica anterior concluyo son las siguiontes afirmaciones? “Sofior Magistrado, on loo campos oxiste la "LEY POL SILENCIO", y gu violación equivale á la peden muaert os por 000 muchos de 1l0s testigos quo en añ prineipiogono sl coñor« » Luís Garzón dijo no habor victo nata y los otroy gue dsclararon on forma contesten e se los dobe toner on cuenta sstas declaras
ciones ya que ou aprociación a la los de la erátíica dol tootiag nio, no puodon áyrociaree con 61 lleno de los requinitos del hon beo que deslara on la otudad robeado de todas las garontías de de DD mo 1895 voguridad, porque 01 hombre del campo y onpovialuonte on ol rutí- norío plan de vida del campesino en los ciático agotañoo per la — vicloncia y en especialon el Departamentdoel Leláma on dondo e. doclarar o sontor a la justicia la roalídna de los hochos dnplica la pena de muerte.” A continuación y en capítulo titulaso "Pruebas dejadas de aprociar”, insioto en criticar el criterio taloratiyo de la pruvba adoptado pur 01 Tribunady rolterando la conpido= ración que 6uto lo asigna piona orcáibilidad al tontimonio de su Joton peligrosos somo Gustavo Rodríguos (01 lesionado), Joró An tonio Días y Libaráo Ronoro, al paso que vo la niega a los de » Añonod Martános (£+ 87), Luio Garsón (£os 20, 81 y 83), Jonguán Rauípos (£, 84) y Pablo Valásquess olomentos de juicio estas Ús» t4moo ques roopaldafidola vorción á6 loc hcohos suminiatrados por 01 procosado, permiten ootructurar ón sl caso de autos una logÉ= timo dofonsa putativas 81 actor expono luego algunas consígoracionos ds orden jurídico sobre cl error esencial de hoeho y concluyo 004ol siguiente "resumen del cargo formulado dentro dei mareo de da causal gogunáa softalada en 01 artículo 567a "if, Impugno la sentenci0a01 Tribunal Superior + d01 Diotrito Juatcial de Ibagué, proforiós en contra de má róprg contado, on la puetontación do cste roeurso oxtraofiihorá: soción, sn rasén de que on dicho fallo so le atribuyó un valor «o probatorio que no tágno a la vorsién cuniniptrada por Eduardo—. Cotatáva on la pícxza procesal de su indagatorís ya que gtla tiena ou valor intrínscoo y Gobé ner considorada al tenor del artículo11096 005 del Ca 85 PaPe y 40 la doctrina y jurisprudencia pentada por la Ho Corto Suprema de Juoticias "28 ¿e Eatá debidamente acreditado en el oxpodien to tanto la pornonolidad de los sujotos que declararon on favor ác EGuardo Pabativds prueba que como se han analízado cenilecvan (vdc) la inpuesmsción de la porsonalidad do los Pentigos que como so dijo en ol desarrollo dol esrgoy osualtan op hechos y 165 Luo ron testigos ocularés ús 1o0s movimicntos de ataque o tontativas hochao pb» Gustavo Rodrigues. 098, Dontro de este proceso no solamente con lao doclaermcionos oficiales sino con “las dociarasionos tootimonta lon c6tá Sobidamento acreditada la conducta de ná dofondido y 00% tao manifeotaciones y cotas probanzas ño fueron tonidas cn cuonta
on su Zavors dit, El Pribunal fundó la contencia contenstoria on les tostinonios do csjón rendidos por loo mjotes tachados 40 so raleontos es decir fundándoso en las deponiclenos 4e Luto Urrg g0, Libardo Bonoro, Duviá Rueda, Josó Antonto Dína y Potoyico Gó» nod) quicnos peseón un alto grado de peligrosidad, y auicnoa están roconosidos on la región como los maleantes dol grupo de "La Playa” lo forzoso congluár que en el caso de Eduardo Bobativa sa le d1ó » a loo hechos úns intorprotación que on sana lógica no so 143 po dla admitir y os los atribuyó un valor probatoráo que no toníans y cono consecuencia de esta grave orros, bo produjo por partadol Pribunal Suporior de Ibagué una dotorminación injusta que le acorreó a má defendido una grayo canción penaly: “o tal manera quo la contoncia impugnado incurrió w 1091097 en el orror proviato en ol nunorald 2% del artículo 567 dy) da do P.P. o oca que oxdsyt aest á compiotanente femostrade la causal sogunán de casación, "Al no apreciaren dobids formas logicamento iio 30 de un lado los circunstancias modificadoras del hecho quo ene eusdran porfectanente dentro del numeral 20 del artículo 23 801 Us Po Ñ . e "Solicito on consecuencia de la manóra más po0po= tuosa y comedlds que se invnlído la sentencia y es .procodn a dd0tar la que doba roonplazaria como lo díspono el articulo 570 01 Cs. d9 PoR? El uoñor Procurador Segundo Delegado en 10 Penal, La en su extensa viotas analigada espacio la pruebode cargy ol a que en el procogo obra a £avor del inorininado; confrogta el has» lance crítico son la indagotoria del roo y concluyo oxprecanto » que, en vu concoptos "Yo hay Guda de que PARABIVA obré a fausa do un error esencial de hechos error que detorminó la forzación on su mente de unos enonágos que blandicndo su arma so le irían . a grrojar en traposd e eláminarios injustamente”. Importa conoter la manora cono ol señor Procura dor fogumep u pencamionto cobre al caso Qub-judicos o "Ahora Wens conooiádos los hochoo que aparsoen» probados en 01 prócesos0 ad monos, resueltas a favor 40d roo algunas dudas que en la actualidad sen incalvablos, es preoigo - » li >- (1098 ubicar dentro de las normas pensleo la conducta de EDUARDO BABARI Vás Para lograw tel propócitasoto e Despacho considora que los Sis» guientes hechos sirven pora tipifisíc eavornt o gonstido poorlro0s$ "a) Tanto MANUEL SALVADOR AGUIRRE cono GOSRAYO RQ PRIGUEZ disfrutabande fama eh 01 sentido de pertenecer al grupo de loo maleanteqsue producían actos violentos en la rogión do Palane Por lo anterior oran considerados como sujetos peñigroson,
tb) EDUARDO BABARIVA a consecuencia de haberse cone vortido en 01 colaborador de las autoridados para lograr la pacificaciónan dácho lugar había obtenido Lo onemiatad de los antánocialoo y. 00mo es L£ác41 deducirio, la da Aguírro y Rodrigues, por lo cund es explicable el tonor del procesaedn o0 1 sontidode que quepían Glininario. %6) Al verificarse algunos movimientos de Roárígues on cuanto trataba de hacer uso de la poánilla que portabaal cinto y eroyongo BABARIVA ques seguramente, lo protonáfe agredir graveo injuotamonte en dícho momento so lanzó cóntra RODRIGUEZ y quitán áolo dícha arna Bolpeó a Sete la quien hirió) y lo minno a Aguárra (quicn Iuogo purió e consesuencia de las horidas rocibidan¿ 0SpO=e cialmente la inferién en el cestado faquiorao) o. v4) BABATIVA hárió a AGUTIRAB porque en au imsginación so exeó un polígro inminente para su integridad personals tos do vaz que AGUIBAB disfrutaba de fama como Individuo antisocialy altonoros y adonás Babatíva ora quien precisamente con más colo+ pobía procurado volaborar con lao auterídadoo para perseguir a » we 12 » 11099 quícnes cómetían actos violenteon sl a rogiónd o Patan. Por otra parto, ontee Aguirre y xRodrbguea existimiae gran amistad,
Mg) Bo eicrtos finalmernto, que BABARIVA habíaingorido licor o corveza y que en el ostablecimiente 40 OTONIEL DARDINEZ contaba lonzendo frases irónicas o indiroctas contra quionés en dñao entorioros le habían hurtado un seneviontos Lrue to do una labor honrada y sufrida, cono lo Xog6nocá ol Tribunal aásquen, poro tenbién es acoptable que al vor a Rodrígues y + Águipro ojecrutar movinientes esppechoson creyera razonablemente quo iba a por víctima de una agresión, "sá tales son los hachos que pormiten dofinir +» la situación furfdicad o BABARIVA 69 procioo analizar la ánvoca ción dol arte 23 601 CS. Penal que el recurrente aloga a favor801 roos en cuanto a la dencotraciónon el proceso de la modalá dad contemplada oñ 01 ordinal2 % y nás coneretamente por haberobrado BABARIVA por error esencdei aheclho s no provenionto de nogligonoias dobra este particularla Procuraduría se pronuncia on cotos tórminos» n doctrina postenída por 21 Des 1U18 ZADRA 80 ofármó con todo fundamento y acierto que 109 clenentos integran tos de la legítima defenca putetiva (ouya ubicación dobo hallax so dentro del referida ordinel y art, mencionado) son los viguley AKA _ ate AAo R A $0ns Yite Orconela rasonoblo en el sujeto de hallarse )
anto ún peligro aotusl, grave e ¿njuodo que qn poaládad no oxistoj 12% Que osa oroencia o convicciósnea suscitada POr un error esencial de hecho no proveniente de sogligoncias i38Quo el poligro imaginario so relaciono cón 01 ataque a uan bien jurídicanonte pretegido; y -» » 13 “ (1190 '4%- Que haya proporcieóntnro la violencia supues ta y 1a roaceíón defensivas (Dectrinas Ponales de la Procuraduría correspondiente a 1952, pág, 185+) "El anterior plentoamiento que prohija opte Despa cho roquioros pubs, la confrontación de los hechos del proceso con los edcmentoo entes relacionados, para definirp á on 01 Ga» : : Se puede concea dfaovorr de EDUARDO BABADIVA ol cotedo do legítima dofensa putatávas. So procodo ací; "Halla respaléo ouficientoen los autos quo olro0 BADAPIVA hubiera tonido la oreoncin razonada de que so has llaba ante un pelígro actual, grave e injueto contra su into. grigad porponal, que en verásd,n o exisLtos iañóom,ane s y mo vimiontoo de Agudyh Rrodrrigoue s Suoron Intorprotados por elprocenado como la ojccución innodlata de au doseo do 6lhiminar a Dabtativa, el persoguídor y delator do eu conducta de antisoeladoss Tal peligro que solo tuvo oxtstencia rosal en su nonto,
era gravo € injusto, adenda, En ofecto, Rodrigues portabá una poinillsa al sínto y trataba de hacor uso de elias tad: erma es a no dudarlod e naturalesa mortal cuandoe s eagrímida o00n fuor s2s Pabativa proforía indirectas contra 109 maleantoss ob clog $o3 poro no las había dirigido contra Aguirro ná Roúrigzuos, por lo cual la imaginaria agrosiónde dotos on su monto fue injusta, toda voz quo tenía por orígon remotol a porscoución que Eabati» va hacía a los antisociolos gracias a la colaboración que prostaba a das autoridadosa | "Que la anterior orconcia tuvo por origon un error ononcíal de hocho,an o proveniente de negligenciaos por Ígual acoptables Podrá arglirse quo Bahativah a debido ovitar la ora» ción de buscar poloa A lon lesionados; pero no se olvide que el «dl 11101 áfa de autos precisanento había tenido lugar una concontración en la casa Gol mismo OPORMD MARTINZI (dendo esurricr10o n— » hoohoa investigados) propiciada por las autoridades y con el » fín do lograr el entendimionto40 los habitantes de le región y ovitar la viglencía on dícho lugar, Por Lo tanto Babativa = cotaba en tal sitio por imperioso deber e yu conciencia de » ' hombro sano y anigótd e eolaboraren todas las campañas tendion tos A lograr la pacificación del lugar dondo habla ubicado su hogar. Mal podría óxigirss que fuera $1 prooicamonte quien no
tonfa por qué hallarso en el coteblesimisntodo Otonicl Harto nozo De modo quo eu conduacl tseuadi,r a dicho oítio y permi» | nocór e11f tras le conferenciao rounién que no había yorifiaado con las autoriéados; no 6ra fruto de la inprudencia, de la « nogligontias tienes negligonto fue eu 6róencia de quo íba | | a ser agrodido por AGUIRAR y RODRIGUBZ,: Su convicción fue la concocuencia de un rápido razenantento que llogó a qu montos | hoy co árta a ounpláy la amenaza que pesaba onseu contra, dem | bió dociras mentalmente Bababiya. Para ollo había motivos fun | dados, ya conocidos y analizados. "EL podigro en que so vió colocado BABADIVA ¿por la conclucién oquivocadqaue se forjó en su nonta, iba en con tra do eu integridad personal, bien jurídicamente tutelados por último, la forma rápida como debió actuny PABAPIVA ato ul temor fundado 40 que ¿ba a sor atacado gravo o injuotamonte por AGUIRES y RÓDRIGBEZlo impidió csonsidorar cuál era la reacción proporcionada a la violencia supuestas ou obrar fuo impule1vo y remita dificil afirmar que en su roce o 15 102 ción so excedió. Naglo nas quo$ 1 sabía hasta dende ora neces sario obrar en las circunstancias en que 10 házos Pórquo da « poligronídad de sue presuntos agresores ora bien recongoión
en la región y en cllogra sm ás fácil considerar su habilidad para menojar las armas que ootímar eu ignorancia en el manejo ño las mismas,” Como lógica conclusiónd e lo expuestos, da Proeh raduría cctima que la causal ecgunda ha sido plonenmente demog traúa y, un consecuencia, pído a la Corte que invalido la s6a tencia recurriós y en su lugar profiera da que ¿oboe reemplazay la, conformó al mandato contenido en o1 artículo 5705 letra a), 301 Cs de Pele o SE CONSIDERA: So trata aquí, frente a la presentaciónde log face tores anteríoros, de definirsí la resolución adoptada por elfribunal consulta con exagtitug el contenido probatorio del procego, o sí, pore l tontrartó, en eu valoración pudo el falla Gor de segundo grado incurrir en gravo orrór, atríbuyendo a de toruinadeo hsohos ua alenificado de que carecen ón cuanto A 15 dcnostración do la rosponsabilidad del procosadoy o noganáo a => otros yu podor domostrativo de una causal negativa de juotifáca ción. Es aponsa obvio, por tanto, que para decidir so imponeun ozmon de los elementosde juicio aportados sl procesos ya que el donandante togas ón una u otra forma, la totalSeld adu6ruvó áp ra Latorios : 1)- La prugba de cargos BA fallo soucado suotenta la responsabilidad= 1103 del procesado on 2os testimonios de Libardo Romoro, David Ruedas to0é Antonio Dina Potogico Génos, Marco Tulio Raníros y Gustas
Libardo Romoros» Bolata que después de la rounión en cayo de Otonicl Hartános %21 ceñor Eduardo Rabvativa so puso G hochar haímms y viejas, (vic) díviondo que ahí había unos ti> pos que no lo guetahan a 61 y muchas cosas mas, tn todo caso eg taba alegando, poro no po dirigía Skreotamonto a ningunos onton 0os de un momento a otros ¿legó y lo arrebató le poinidia al he rido la cual Alovata al cinto y con olía nina 10 pegó Una pulia» lada en el ostónago y ub machetaso en la cabeza y el finado AGUL AND evtaba ahí corea y ontanooo EDUARDO BAPAPIVAS lo pogó la pue finiada, 0d muerto cuanto lo hirioron canínó varács moteros y cayé en la cala de la casa del soñor OPONIAL HARPINEZ: 0. ¿so.aj Gcogués do que BRUARDO PABAPIVA Hizo lo antorior, voltió (sic) y so Luo can la poinilla on la nor eo...? Agroga quo Robatiya na disouw 9 Emédocho puso cuidado". (Le 9) tió con persona alguna "perqu David, Rusdas” Se rofioro, scene sl sntorior deponop tos a los narofsticas Slucísnos gonóricas proforidao por Balitde va conten los cdrounstantos, diclanio que "ahí sotaban los lado. nos de Buenos Aírog”y y añlado que “do un menento a otro el soñor CDUARDO BADARLVA 16 axió viajo a un muchacho que ootaba ahí para
do do nombre GUSPAVO BODRIGUEZ y lo quité 4a poíntlia quo esta ”» ldovaba ad cinto"; que no eo pudo dar cuonta do pi hírio a Redef quoz "porque por la gento no pude yor, poro pÉ vá Qlaramento cuando el acñior EDUARDO BARADIVA, lo posó una puñalada al occiso UANUEL SALVADOR ABUÍBRE, ol ouni aponáao do apuasliaron (sio) aa. sinó un moenento do para adontro.s.essrrss” (fo 10 y 11), > 17 - ¿104 . Digas Rofíoro que después quo hude pasado la rounión pacifista propiciada por sí Alcaldo de Palan "el señor de nombro EDUARDO DABAPIVA po puso a alogar ahí on la tiendas bochanáo baínao, (580) dictendo QUA D1 ERAN UNOS ALMNGUA ¿ADOS y ayriando HADRES y decía QUE ROSA GALLINAS, no 90 a quion ls decía 200, pues Úl elegaba solo y nadío lo oentostó nadas ni la ¿sola nuda, $1 páguió alegando solo, salíó al patio alogandos luego $1 se fué a la puerta de la tionda y GUSTAVO RODRIGUBA co» taba on el quicio de la puerta do la tícnáa y ontonteo EDUARDO« BABATIVYA, con un acto sápicos de quitó la poinilia que Suotayo Ha vaba al cinto y lo mantó una puñaloós al misno que portaba la o poinilla o ses a GUETAVO RODRÍONDA, la cual se la pogó en el pue
tómazOyerovoe.y acto veguido y pin habor meúlado átoguoto algunos lo mandg un machoteso' a la cabeza al mácmo GUSTAVO, 7020... «0150» -guida en el másmo sitio DDUARDO BABADIVA, do mandó la puñalada e. ad occiso UANUEL SALVADOR AGUIRRE, cuando RABADIVA lo pogó lapuñalada al muerto, aluanmsó a csminay como dios metros y cayó | dentro de la cala de la e5us del esñor OTONTEL MARTINEZ? (2412) > Redorico démode= Despues de roforiros a la reuntén on caga de Otonisl llartínosz y al longuaje morésa que ompicaha e. Babetivas Agregar "sesorsoról no Ss dirigia a nadie ni nodlo — le contestaba y de un mononto a otro se dirigió a dendo ovotaba GULPAYO y lo quitó una pointila quo tenía y con ella misma lo + mandó una puñalada al muenacho, 61 cusi on Gpoamomentos sotaba garade on la puerta de la cantina del soñor Otenicl Lnrtánas,, - yo mo encontraba adentro de la tiendan en 02 mostratora la pulsa.” lada se la pegó en 01 ontónago y acto seguidos le pogó un poini. ilago en la cabold+rerr..y Ontontees EDUARDO BABATIVA, VOLtAÓ (ole) y le mandg una puflalada a MASUNL SALVADOR AGUIRRE, 01 <o cual ontaba desculdadosoaoerras e? (Lo 14).
> 1 e 2105 Marto fulto Martínoss= Doclara 16 ságuiontos "Roo sábado tros do 104 corrientos, deppudo de habor pasade uns rounién con ol Sri Alcaldes de Palenms cotaba yo abí en Buenos Aáros y cuando so fueron ne quedó aná en el 0 porío y Don Bduardo Estativas es encontrada tonándeso una tora sn on la tionda de Otonicl Martínog, estaba toemándogo lo pervena y diclondo que un macho so lo habían robadossispory deofa que ahí ontabtan los pícaros quo le habian robado al nacho y qué había uno de leo que le gustaban robar y ahí lo estoy mirando y qma 64 no 16 guotaban los pícaros y 1 dojó atsontir celo y ortadaun muchacho OVSTAVO, parado a un laútto de la puerta y Gon EDUAR po lo dijo Vds como que ya la quiore sacas y so do fue encina y lo cuido (ola) uns poínillo que GUSTAVO cargata on 61 ciato y le condó un puntaso 01 coténago $1 cual vo lo 11bró GUSTAVO y corrió para adontro y cuando estuvo adentro don EDUARDO lo pegó un pol= nílloco en la caborá, Inmodiatanente trinoó afuera ¿ondo estate CANAL SALVADOR AGUIRAB y lo dijo Vd, du uno de esop tanbión y — ahé mícno le manté la puficladas Hago conctar que onto cucodié an forma instantanea”, Habiéndolo proguntado v1 inotructor al dvolezanto
cá ontro Batativa, Aguirro y BodrÍgues hubo intercambio de palas bras antes do sourrir loo hechos sontostós "Eo ceñory Ro tuvios ron vocos de ninguna espccios puos múlo le contostó ná lo dijo » roto a las baínmao (oí0) que hocné (eto) Gen EDUARDO,” Y al pre guntároolo sá Tlanuol Aguirre y Gustavo Roáríguos “00 le arrina» ron Ya Lorna sospechega el señor Eduardo Rabativa, rospondiós “Jo ceñor he su 16 oxrímaron, óllon ostaban rotíradoo:” (La 19). Guatavo, Rofríguos Gnlándn.+» Dice, en lo anencialyo quo la tarda do autosy despudo de la reforita rounión con el Ad» d r z (106 caláo do Palen, so hallaba $1 porado en una do lao puortan de la casa de Otenisl llartínos, "cuandó on 0s6s momentos y víaquó modiara dgocunión niaguna 9 motivo algunó, se acoréo a mbr no desenfundó la poinilla que yo portaba al cinto, la que 06 tata debidanonte encubiortads y auto sóguido me tiró un macho taso en da enbosa y un puntaso en ol abécmon,s y luego se diri gió hacia donde 6 haliata Vasmol Aguirro, y también 10 asontó unos nachotazos o pulislada y dodo pÉ murió ensoguidasurno.orso
ys? (20. 97 y 37 Yo). La buena conducta del procesado y la colaboración quo Éénto vonia preutando a las eutoridados ón las campodas endsrosatog a oxtirpar la vicioncía en da rogión de PFalan hallan — rospoláo en cl aúgtificado dol Alenias f
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