CSJ - SP J.Roncallo(16-11-1972)3
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(16-11-1972)3
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
CORTE SUPREMA OE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL 8cgot6, diecioeio ca novieobre ca mil rovacie:ntos setenta y dos.
Penante: Ueg~
Or.JUl.IO RONCAUO ACOSTA.
Aprobaéo; Acto: 42 de l6 de noviembre .......... da 1.9?2• V I S T O S: en groc!o da cansulta .-ev1sa esta Sala da la Ctlrta, previo al tmnite del rigor legal, la providencia del once da septiembre del aRo en curso, medionte la cual al Tribunal SUperior cte BogotA sobresee definlti\lamenta en favor del dootor ALVARO CUB..l.AR GOMEZ, en su condici6n de~ Oaea CivU del C'iral1to de esta c:iuctnd, respecto de los cargos qua "· le fOJ"'rll.&loTa el Osctor Luis Carlos Sotelo, como presuntamente constitut1wa da loa deUt oo de prevoricato y falser!:ld en documentos. ANTECEDENTES a)- En danunc1o presentada ente al Tribunol SYps= r1or de 8ogot6 el 2 da Julio da 1.971 y ltltifit:acb b:ljo la ~ del ~ rocanto el 16 de dicho mm, el doetor Luis rmloa Sotelo dió cuenta da loa siguientes hechas, en eu sentir dalictuosos: El demmc1ante, en su cal"ácter de ~erado del 03ctor Luis~ Manrique, prcmov16 juicio ejecutiw- ' ~ contra lo eociecbd OSolath ltda. ". El asunto, previo reparta, auTeSPQndi6
al Juzgac!o 12 Civil dsl C1n:uito a cargo del doetor CWllED" Gámez. A pe 0 ticlén d9l Gbogat:m Sotalo el Juzgado dacret6 el embargo y secuestro PJ'9V6!! tiv a; de bienea, medidas que aa a,rm¡J) ieran a tn:lvGs de dillgenc1as practicados ~ el JuzgaC) ~ Civil Munictpol de Bogotá y la Alcaldfa de Basa. 1 / fJQs por 1ntarvenc1&1 dal apadSl'O.Co de la parte demsndae1 el Juez Cuéllar dea'etó el desemtnl"go ele todos los bienas dac1sSón cantro la cual 1nta,t 1 ~ el personero de Espinosa b!anrique los l"8CUl"88S da reposi.c16n y da • alzada. El Juzg~ na repuso el auto respectivo ni concad16 la apelac16n, ~rque el apelante no iruü.cd ~ afecta en que deseaba que t19 le concedi.!! ra el reCUl"SQ. Oa esta Oltim!l reoolvc16n pid16 rf$CS1.c16n el dOctor So~ lo y, ~to. que sa le mcpidieran copias da las .derrás piezas parti.nan~ para reasrrlr ea hecho anta el ~or. El Juzgado nsg4 le ~icilln y dispuso qua se expidienln las cop1os sol1c1tactas. Agrega el ~te qua no obstante estar pan dirinta-~d4n el raa.woo de ~che Yo par. témta, no hallarse ej~
- '" . " tcr1aCa la providencia GUS ~crat' el desambargo, el Juez ofició a las secuestres ccmun!GA.nmles tal ~da y o~les la entrega ~ los ~ - nas a la sociedad ds::ano.bi!B. Oe la a,<tarior de!tiUoa que al Juez . Cuéllar G6
. . me% incurris en sl delito tte pre\laTicato, ya Que con esas detsrm1naci.onea . - ' buscaba f'avorecer a la parte e:~ntraris, haáts el punto tla d~ que~ ta acons~tuyenl CauciM por el 1\"$ del valor ~ la obligac.ién a fin d8dasembargor les bienes, cuando el inciso 2o cal art!cvlo 1.018 del c.J. - ordenaba qua tal caud.Sn daba ser por ~ valor que cubra 1~ tetslidaEf de la obl1goci6n y las o::o-g,~." ( fls. 1 y 2). lo posteriormenteen el st:ntidn de simücar al denunc1.QQ) como autor fltel dir! etelito áa 'Faláadad' ad~ dal !le PRE.VAHICATO, pues al Oficio N9 532 gie:J al Juzgado 79 Civil ttunicipal de Bogota le introdujo alterad.ones ~ las que el ORIGINAL no coneuenta con la 00?!.~." {Fl. 14). b)- Abit!l"tn la etara im~tl"UCtiva y practicadas las -3PNebas qua ei!LTribunal est1m6 condUcentes, se declaro clausurada metf1en=
ta auto ctal.l? de febrero Gltimo. Obtenido el ccncaptEJ del respactivo Agen . SINIE'SIS PROOATORtA Se trej.eron al 1nfoJ'IUOtivs, dentro de la esf>era it1vaatigativa, los eiG\Jientes elementos de Juicio: Copias del Acuerdo N9 48 de 1.969, pt,r medio del cual el Tribunal SupariOJ" da Bcgot4 ellgió al d:Jctor Alwro Cu6Uar G6mez .JueZ 12 (M.]. del CircW.to m la ciudad nom bmda, y de la respectiva Acta de Poses16n. (fls. ?4 y ?5). - Copia.a del acta da viai~- ~ticada por el ~ ter Juvenal Castillo, Abcgado Visit adDr de la. Pror:uracturlo OelegaOi para lo V1gilenc1a Judicial; da los ctaacargas presenta&ls PQr el Juez Cuállor " . G&taz y su Secretario, Alfonso Terrea RDcna~ y del 011to O'l qua el Pro~ rac:or del ~tri to Judicial de Bogotá ccnsic!ara satisfactorias las EDCPl! c:ac1ones Gttdas par los funcionarios acusados. ( fls. 34, 42 y 46). Acta da lo ~16n jud1c1al praeticada en el juicio ejecutivo da Luis~ Maru1.qua contra _CSSolath Lttta.", ~ cia qv.a recoge los actos pmcesales aJecutaoos en tal procaso por el Juaz · Cu6llor Gómsz. (~a. 48 a 52). PeñaJoartm, en la qua se ref'iere in extensD a loari~'Th'es-a.spactQ;e 1ns1-'
deno1aa del mencionaQ) juicio ejecutivo}y.tala actuad.ón cfal Juez frente a las paticionaa da las partas. ( fl. 56 a 64) • - . ,_..., ._ ·- ~ Ind' aga" tor" ir a del dJ octor AlvaVr o CUWa./ r -G" ómez, enqua ~lica da ·manara c1rcunstanc1ada su procedai' en el tfecul"so del can= trovartió> procesa ejecutivo asrog8J1d.o que tiene la convicc16n de hobar 0 obrado honestmente pues intarprat6 la ley de aé:uerál con su leol saber 0 y entender, roz6n pmla cual el YaJTO qua pWiera habar en su actuaci&. nunca puet!a atribuirse a ti:Sla fe. 6 6 Ñ S I O E R A C I O N E.Ss La Proc:uraduria Primara Delegada fOJ"lCUla en su alégato juiciosas obsai'vacicnea eobre ~ deficiencias probat;o::, rias de la -investigo.cién Yo f~ en ellas, solicita que se revoque el sobreoo1miento definitivo cm'ISultac:a, a f1n da que en su lugar se so bresea temporalmente, para qua en la nueva etapa mmm-1al. sa traigan al ~ los elementos da juicio señaladoS en su com:epto. La Sala estima que, en efecto, las pruebas 1ndiccit3s por el colaboraeor son neceser1as pare esc1arecar p-1eaai:znta la conducttl del funcionaJi.O m:usado, y por ello reproCuce en lo pert1rtanta la refertca vista. antepOJdéndola CCDlD adea.tado
S®DJ"ta Jur!d1co a la decisi6n que habrl1 da tllmaroa. '- "El articulo 20 ~ Oaawato 2525 de 1.963, dice: 'El f\zncionar1o o empleam ~lico o e1 que tl"e!l aitm-lamstta ~ f\mc1ones p1blicas, qua a ssbiendas, profiera dio temsn, resoluc1&l alto o oontenslia amt:rer1as a lo ley ~ en PJ1- , 0 0 s16n de uno a cinCo años • • 9El e1Em2l'to objetivodel delito da prevaricam • ea el d1ctamen o resoluc1& auto o osntenc1a amtrartos a la ley. las0 0 Pl'OVidsncias que motivan WlS acci6n penal por provar1cato deben obrar enautes para que el juzgador fNCél mcem1rtar ei la deteJ"minacién im;lugnada es violatoria da lo ley, y detarminar a1 ae 1nCWT1ó en el reato. Al ~ el proosnta mcpa:Ut:nte, se observa qua oo se allegaron las mpias d.ebic!a 0 menta autenticadas da los ~ Cll juea qua li!Dtivarcn la presenta acd:6n 0 -s..- penal, lo aml imp!da EDUmdnar cada una de leS providáncias pant Sábsr a1 son v1olatol"1as da la ,ley o oo.; La proesatda da estos actos jurisdi_E cionales Pl"Qfer1doo por el juez s:m ind1spanssbles para .calif'imr el fi!!
rito del sumario ccn el Nn da Jl:)dai' dafinú- 0 en form ~ la Te.2 ponsabilidad dal juez demmaiado. "Ea imposible~ una rtedsS& da tanta tnm candenc:ia, como el sobreseimiento da~.nit1vo0 sin qwe obren en el cm:n:aso . los elementos msmos da1 presunto ctalito qua. sa le imputa al ductor Alva ro CWllar G&taz. Si al Juez acusado se le im;Ju~ habar proferido autos o sentencias contnu'ios a .la ley, ea ~t:o que en el sumarlo l"'e;Ja8en las copias de didlaá PJ'QVietencias para exa.nd.nar eu juridid dtJd y si pugnannomas abiertamente mn 1as proeagtableddaa. Ofempuco ebJ'en en autOs los of'1cios NOmelcs 532 y 633 de junio da 1.9?1 qua se tachan ccmo falses. Si el cargo es el da habar alterado al sentido de uno da ellos flOn1US el ~ no c;oneuel'da con la copia es apenas nemaorio qua obren en autos didu3s o1'1cios• ccmo· elemen.. 9 tas misiios del delito de f'alset:ad .. e... n~......... .... .' da Alfonso Torres Rcd19 aaa:etario del Juagá~ y Eq;ar Cait&t, Escrlbien 0 tor~ .. poioe que relaten lo qua ac:urri6 con la l"éCscc16n de los C:OS of! C1os ref"ar1d!Js segdn $e despJ"SJtde do loa descargos que presmatarun anta el
0 fUne1cnario da la ~ _Delega$ pat9 le Vigilanc1a Jud1c1el ( f1.42) • ~ - prem -Gála da Caoac16n Penalda acueii"Co con la- ~ Pr1nTera Dale . gada y ~ Jwrticia en •tambre da la RépGbltca y pnr etUtor1dad da la Ley _RfMlCA al eobresaimiento definitivo ccnsultat:o Yo én su lugar, §g 0 BP.ESEE Te!PORAWENi1! en ~awr c!al ~ ALVPfro CUR 1 AR GOltEZ en eu Ctl-· 0 n!ctar da Juez Ooca Civil del C1rcuito de Btlgott1 l'eSJlScto c2 los cargtJ90 qué sa la han ~cmm.aloO en estas d11.1gend.aov y reabre la invesUgac.1.&1 ~ ta p:Jr ~ (3) masas, a ffn do qua. se ~-ias prueb:la Sciial.ac!;m ... pór el PJ'Ocure.t!or. o ..
MARIO ALAAm DI Fll.IPPO
PJ..VPm LUNA GnUEZ ·
JULIO RCNCAllO ACOSTA
J. FJ/éWIO POSADA V•
-. Seere~o.