CSJ - SP J.Roncallo(18-10-1973)1
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(18-10-1973)1
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1973
i t'
'CORTE SUPREMA OE JUSTICIA
!i.
SALA DE CASACIOU PENAL l 1 t
1 BogotáD dieciocho do' octutn-e de mil novecientoo ostenta y treó. 1 '·. Megia~ Pon·;· '1 : ' or~JUUO mlNCAU.O AtoSTA ~~ Aeta ·~0 · 43 da 18 dé octubre· 111 ' . ·de 1·9?3~ ..... u. : ¡ V X STO St Ccnoulta el Tr1bw!al, SUpencr da1 Ciiotrit.o Judicial .ese· Cali. la 1 ' ¡ cm providencia del di~ julio dal eib st Q;IJ'Ql:)~ pa¡- mad1ti> de 1a en ·cual ODbrOOS}'4 def"initi~t;e ·f'EM:3r cfs1 Cbctor-.l.UlS CARLOS .DANZA ' ¡ !lo J\.Jr3z Saxto ~ d31 CirCuito da ·CQ11 0 ~ del cargo de pre; ' ¡1 i vmcatc imt~tgadrl sri 1®• ~: cS1l:.$g'snci$o., 1' flantnJ dOl traoit$ de oot;JUnda -~- la ~ Primera 1 ~ ' Oelagacta oootiena .qva .no os le puocfe ~ o1 ~ de ~cato ; ' al Jua2t GC'UOadD. 0 ~- o1 oo t1ena en. cuenta que no oolemeuto oo da clarl1 il:ilpedi(fo pare oegutr c:onocientto dal ~ que diera o¡mrtuni-
'. ·cfad .s:tara f'orc:ularlo la gTI?.Ml. áCUOaci6n 0 o1no ~ GA cr.Ql pl~ • no ·md.ote· el ·m:mor· GOOmO· da 111mpatte .o ~eroi& . -·p ara. con lao .~ _. . ten°¡; .~SI) por 1em cualeo etJUmo ®a al :o. suo aplic6 co~ta el e.J't!culo 491 dal C. ~ P.P. ·Y queó ~ co~0 la· dacioi6n CO!l OUl tilda deba c:tJftfirc:aroe. En ·OU ·~ oter cta Juez Sexto Penal dol Cift:uit D do Celi el, doCtor ' ' -Luitl Carloó t!anzano ccnoc!$ de un ~ pdlá). p~ contra Ef'Ja!n Saz'J"é!ml. ViUegao, par cupueoto delito da attuoo de conf'ianza dommciac:to por el .JueZ D§cir!m cf3 Inotrucci&t ~o .kstiJo Quijano Buotamanta.~ -· ·' / . .- Con tal 01Xl~ la oeficra Ult.td.la 911 da ~ ~- anta la ~ ~ OioUi.tal de la ctuctdd ·~da s 100 d::ló· ftlnéiotarico pm- - vatiao hschao:o ·en ® oentir deUC.~. Cé:ln'ID iJl Tribunal oboervam ...,.. de ~ . . ' . que os tm.taba. ~o in~Cioneo dlferontebo entre 1ao cualrao no mdG
' ' . . . . .. ' ' ~ . ' .. ,, . . ' . ~ ·tta vtnculo -~ da. . ~d$5~ ~té~ del 13 de dici~ ' ' tJn;~ cta 1 ~m orden6 p~ 1ao 1nveot1gacicnao la primera pare eoel!! 0 rscer la conwcta dol. JueZ . Quijano Buoté1n::ante reopacto da la acuooc16n relativa a un pl"SSUAto abuotl) de autori~o y la oegunda 0 o osa la pro oents0 'para averiguar Gl cargo de prev$ricato0 f"ormulado al doctor Luio Carloo Manzana. SegGn la dsrlum;isnte el Juez Manzano oé n~6 oiatem4t1camente a 0 't ' com:eder la llbartad a SarraÍ10,VUlegao, a pesar da q119·.en el 1nf~ ; ·~: !l ti\ Al centra ou ·s opcoo ootaba plenamsnta ~otrecm que lao 1mputacionao ·' delictuooao hacheo a <e caracian de todo fundamente. Mad& qua en una · ~ligencia de careo. realizada entre cal doctor Quijano y Serrano V1llegao, el Juez Luio .Carlco Manzano le hsbia pedicte al oegundo de loo nmnbradoo ' \' que 019 ~ara fllOO PJ"Oblsma Bl [)re Qu1Jan0o pG~ qu8 6 61 (al 01ndiC& \ 1 ¡ '1, ¡1 1!: do) -le conven~· ... Y anota, en o!nteoio qua ou eopooo f'ue llamado a jui
0 cio centra toda evidencia prabatorta. Oe todO lo cual infiere la oeñora · .tL.\.1.1~ Gil de Sarr'$110 que el Juez actíOadó 1ncurr16 en el delito de PI'! !' 1 varicato. 1 1 '·' Al reciblroela indagatm"ia, al Juez Manzano m:an1faot6 que, en efec= : 1 1, to, al correopondarla en reparto la denunci.a da Buotamante Su1Jano contra Sorreno Villsgao la labor 1notNct1va aotuvo a cargo, cabi en ou totali 0 dad, dol Juez 22 Penal Mun.icipal, quien diopuoo la datenci6n preventiva del oindicado y nág6 lan oolicit udeo de libertad que fiota formulam, Al volver el asunto a ou Oeopactlo, 1ncorpor6 al inf'onnativo otroo elementoo do juicio, y con apoyo en tocto el con.jur1to ·p!'f.'Dbatário, calif1e6 el ~ri- '· .• !' j,. -sto de la inveot1gac16n con auto d9 procader que el Tribunal ravoc6 1 luego, profiriendo en ou lugar un oobreoaitniento tempóral. Pooterio-r mente, en praoencia de loo oargoo qua tanto a Gl CDtdD al ductor Quio. jtano leo hicieoa la osfiaJ"a da. SerTano ce daclar6 impedido, habienc:b 0 paoado el negocio al conoCimiento dal Juzgado ~ptimo Penal da~ Ci.r= cuito .previa viaita eapecial que oobra el miOUID llevara a thino,
0 oin reparoo, la Proeuractur!a Oibtrital de Cali. Al preguntarle el1notructor an tomo a 1ao ramneo· en quo oo fundara para proferir el llamamiento a juicio centra SSJ"J'eno Villegao, reopot:td16, en ouma, que tal cfeteminaci~n oe hábfa apoyado en el haz probatorio del procaoo y 0 agreg6 qua ~1 "en ningOA momento neg6 haber recibido del denuncian te. el dinoro qua le ~fa dejado a guardar y oin qua hubiara CQmpi'Oba al dinero do que hubiera entregado ,mcpreoo.do al denunciante QuijanoBuotamanta ••• " Nsg6 da moef() categ6rico al haber inninuactg a SSJ'J"am') . en el careo que le arreglara el preblema al ctnctor QuiJano. En cuanto a loo dem§o elamentoo de juicio qua al inf'onnativo COiaporta0 el. Colaborador da la Corte ha compendiado ou contenido eoen . c1a1 an la oiguient:e fc:m>la 1 "lEl copia dOl acta de· vioi ta que af'ectu~ el pl"'pio Procurador Oiotrital de CaU (flo. 22 a 27), confirma lo que cebra al reopecto aoevar6 el indagado. Sobre la conducta de ~te0 el Dr. Dedfilo Can~ - 1~ .haca un elevado elogio y reoalta las vi.rtudoo de honaoticfad, rectJl tud y capacidad que adornan al Juez aeuoado tantD como la pureza et1 OU . .
vida ~blica y privada. ( f'l. 29). "Tal vaz, prematuramente, oe decler6 cerrada la 1nveot1gaci6n ' ·'. , y al calificar ou m6rito, al Tribunal opin6 la cQanvoniencia de ·.hacerlo con un oobreoa1mientc temporal, para qua en la pooteriar etapa oa allegaran variao piazao proceoalea que arrojaran luz aobra loo hachaa, taloo como lao copleo cle los autoá calif '1catorioa providanciao de0 detenc16n y libertao, careoo e ~.ru:fagatortao. tomadao del proceoo oegu! da a Serrana Villegao (fl. 47 v.} éoi como da 1':1 providencia por la0 n. cual el Dr. Manzano ee dscleri it$ed1ttc» ( 99) ~. aTodD ella oa hizo a cabalidad como aparece de lao extenoao '' copiao que ocupan loo t"olioo· 52 a 110, da auerte· que la inveotigación cont6 con ouf'icienteo elementao de Juicio para que rccibiera una cali ficaci4n, como en ef'ecto lo hizo el Tribunal '!1 que eo objeto da la con- ; 1 Advisrte asimismo la ~c:uracflilr1la que la cal1cfad da Juez Sexto 1 ' il Penal del Circuito de Cal1 0 cmncu!Tellta en el dootor luio 6arloo ~n%2 1 no para. la 6Poca ~ l~ul heehoa inveotigados. en entao diligencias, eotá
aCJ"'ditada en autos con la prueba. id6naa. . '· 1' 1. la Corta ha expraaado en mOltiplee GPQI'tunidades que loo Jueceo, 1, oingularoo o calsg.1adoo, gozan da prudente y nocaoario arbitrio en la 1 :1 apreciac16n del cantenido pro~torio del proceoo •. Tal es la. doctl-i1na • ' ..\ que, en suma, ae cteoprende de la interpratac14n arm6nica y oiotemátiea ,/ do 1aD nonnao reguladonm da la prueba en el C6digo de Pi"'cadimientoPenal. Por ello ba rGcardadn tambioo, al exponar su eriteHo cobra el tema, qua el ccnvencimiento (.::Onatituye"" prmisoa intelectual no~ . ~ ble matemáticamente, ni socnetido por tanto a una determinada tarifa reo pecto da loo medico parouaoivon que ¡o ~al"rll61J'en en un caco concreto. ' 1 El hacho de que en el evento de autoo· al Juez Manzano hubieaeadquiridO el convencimiento d& qlJl.BJ!Jbel' ~etonado procaoo ccntrá Serrano -sVilletJSO oa ~tan leD preoupueotoo legalao. para calificar el drito "ª - del m.mrario con providencia enjuic1ato'r1a no· pueda oervir da baos 0 . ra fot'QUlarla el cargo de prevaricatc. Na ~aunque el ouperior Jer4.r'quie&, en denarrello da la ~petenci,a funcional de segunda ins
tancia hubie1"'61 revocado el llamamiento a Juicio para OGbrooe:eF defi 0nitivamente en favor del otndicado. Y meneo oervirA -argumentando a.= . - . f'ol'tiori o coo au1yor raz6nsi oa. a~ qua· ~1 autQ ~a proceder .;. . f'ua ouati tuic:fo por un oobre_oeimiento temporal • lo cu$1. demueotra que la conducta. da, Serrano na ee hallaba plettamente ~cida. Ca o~ lado, como lo puntuali~a al Procurador~ no éxiQte en el praaen~ informativo.. probanza alguna de la· cual se daoprenc:ta la in correccián moral del Juez aC::uaado·, elemento subjetivo del pravaricato. Aa1 laa eaoe.o, eo precioo reconaCEil" qua actu6 acal"tadamente el juzga- ! ·- dor de primar grado al deoatar _e l prraoanta _a aunto dando ap11caci6n al c. articulo 491 del da P.P. En virtud do leo razonen que .preceden, la Corte SUprema-!Sala de Caoa~n Penal.-e1:fminiotrando juoticia en nambr.a de .la Rep~blica y por a!! toridad da la Ley, amF'IRMA el eebreséirniento definitivo a3noultacm ds 1 f'echa y erigen referlctoo en la parte 1Il:)t1va. ,· C.ópiese, notif'tQueaa y dawAl.vase.
AlVARO LUNA GOMEZ. MARIO Al.ARm OI f'ILIPPO
LUIS EDUARDO ME.SA VEtASQUEZ
WIS CAALOS PEAEZ LUIS ENRIQUE RmJEm SOTO
1 ¡'
JULIO RONCALLO ACOST A 1
11 1
J. 6.VENCIO POSADA V.
Secrcatario.