CSJ - SP J.Roncallo(20-09-1973)4
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(20-09-1973)4
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1973
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¡ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 1 .. ( ,1
SALA DE CASACIDN PENAL ' 1
1 ' 1 1
Magiotredo Ponenta:
DJ" .JULIO RONCAU.O ACOST A.
Aprobado: Acta N9 39 de 20· da opptism bre da 1.'~.
..........
V I S TOS: Mediante provi:dEincia dal nueve da ·.junio del año en cur= ' · i no el Tribunal Suporier dal Diotnt o Judicial de Barranquilla declara que loo hacheo Qqu{' invepttSadoo no oonoti tuyén delito y, án canoecuericia, o,t dena cesar el procedimiento en eatao d1Uger:te1ao con fundamente. en el ar-· _,'l: ' '' 1 e. t!culo 1.83 del de p.p. . 1 t¡ i Oe la l"9ferlda decia16n conoce 1a Cml"'ta en grado deconsulta. a ~nos de la noJ"Sta. ·citada. ., .. i¡ Al caneeptuar oobre el anunto mate~ del informativo, 1' la Proéuradur!a S'egt.nda Delegada Oboarva. que la Pl"'Vidancia del Tribunal caroco de un veFdadero dlioio proceaal., pueo no contiene elCpoaici6n de cargoo, ni hQCS ra~erencia a loo elementoo de juicio que lo detaJW1naron a dar apl1caci6n al precepto invoC6ldo (articulo ~ del C. de P.P.)., no
GJbDtante· lo cual eot1ma qua la PJ"'vidancia eonsultacta daba confirmara~, 1 . 1 por lao oimJientes razones. qua la Sala acaga por canaidorar qua ranajan con. BlCacti tud la o1 tuacién f~etica '1 juridica da autoo: aPrimara. • - Euatorgio Rivet'El p~ent6 denuncia a.nte al - -2Trlburtai Suporior da: BaJTanqu1Ua contra loo 'func1enar1oa qua reaultart .-eoporulablets da h~r e.r;optado y actuacb en un denuru:io crl-minal 0 falso, -ambiguo~ carontt;l da, pn¡abao y psl'$tnaña qua conb"& mi prasrant6 Miguel • • • • ! ••.• ' - Antonio Cocuy Ban-t.oo •.••• ' Q cp.mn¡tl:J.ante hiu en ou é.Scrtto ·una amplia narrac16n efe leo 1nc1dooclao clel QanCtonac:fo. croeaoe para amcluir qua - . ' loo funeionarioo· qua 1nterv1n1ét"QB en ou tJ"atil1 tac14n violaron diopoai- ~ ' • 1 ·cionao legalaa, paro no óOñalfl cuálao ni por· qu~ concepto. . . ' 'En la ampliaci6n da ou d~a aclar-4 qua la acusa- • . . . • . z c16n oa. rofaria a quien ·~ ol ~o de mayo ·ara titular del JuZgado oct&-
. . ' l . vo Penal eunicipal' al Juez Pr1maro SUperlor y o ou F1ocal. 'Loa cargoo,. 0ear1Cl"C3t6 el denunciante, 'oon .l os dS violac16n da clarao diapooic1onaa la . . . galas y an eopacial da los· arta. • 14 .. 124~, 163, 217 264 y 320· del c. de P. 0 p. • OscfetO 409 de l.9 ?1 •••••• ' ' . . . . cibido la denuncia en la cual oa lo 61tribuyan graveo delitos, oin qua eotrsviei'a debi~ta fum:ISmantada, 'ya qua lo.o doctmlantoo .que il:B acompaña ron na!$ tienen qua ver con loo hochoo danune1adoo. • Tamb1~ la hace: el - . eargo de· no haberle raouelto w petición. de aplica:c16n del articulo 163 .;. del c. de P.P. 0 ca= lo ooi.icit6. al d!a. oiguiente da su indagatoria, Set:J,! pai\ando documentan o aclaratoriao de loa hachoo' .. "Acuo6 al Juez Pl!'imer"O Superior 0 porque acepteS la mioaa denuncie y ha contir:wac:to· la investigación da hachoo quQ antA plOBSrJanta probadoo (oie) qua no ha ~Jnatido. • "Y, final.men~,ea contra del Fiocal del Juzgado Prime . ro Superior. formula ·c:argao pl'l!'QUa 0d16 una vlota fiocal adversa a mi oo
lic1tud.' - ·- --------~J i 1' 1 ! "Segunda.- Se practicó diligencie. da inspecci6n judi= oial a1 proceso por falsedad contra Eustergio Rivera, por denvncia deAntonio Coeuy. Tal diligencia demostr6 que el Juaz Octavo Panal MunicipSl, al cual correspolldi6 el negocio por rapar~. ebr16' l.a correapondien ' . te investigaci6n y·el 25 de.mayo de 1.9?1 recib16 irtdagaotira al acusado. Eustorgli.c Rivera. oolicit6 aplicar al articule 153 del Código de Procedi- ~ientQ Panal,. a parecer t~l 2? de mayo da. 1 .. 9?1., y el 11 de junio ae envió la actuación a l.os Juzgados Superioras, sin resolver la petición anterior. "En el mes de junio EU;. ::\l~agado Prim'aro SuperiOr aprehen dim el conocimiento del negocio, ordenó aopliar la investigación y negó la aplicación del articulo 153 dal Código de Precedimiento Panal. Ig,t.talmP.nte eomision6 pare· la practica d~ varias diligencias y el 13 de enero de ¡972 ..._ declaró cerrada la :investigación. El 7 de marzo .siguiente $r::lbresey6 de fin! tivamente en favor de ~ustcrgio Rivera. Oi.cho pronunciamiento, en el cual ea calificó d13 temararia y de mala fe la denuncia, ft::e ctJnfirmado por elSuperior integralmente, es decir • incluyendo le orden de sacar copia de io conducente para. 'qua se adelante investigación penal contra al señor Miguel
Cocuy Barrl.os por el delito c!e falsas impu:taciones hechas ante las autoridadas.' ' "En relación con el cargo al Fiscal, sa estableció que emiti6 concepto desfeoorable a la cesación ele procedimiento. 1 1 ¡1 i, '1 '-'Tercera.- El Juez Octave Penal Municipal, en criterio ¡•1 ' ¡ w 'i de esta Despacha, no cometió d0li algun:3 por habar ordene~ do la inves- ''1 ¡ tigación penal an contra de Eustorgio Rivera, pues al tener c0nocimiento •• 1 da un hecho qu·e podia constituir una infracción penal., cuya investigació:n cleb!a in.iciarae, de oficio, su. deber era el da ordenar sin tardanza la av! : 1 r1guaci6n cnrraapondicnta. Se trataba, da acuerde mn la den!Jtlcia de un 7 delito da falsedad,. q\;!e deb!a ser investigado can prontitud. . ' ·T i' ' . ~·- l ;, . ' .; ' 1 ' 1 ' ! ! . ) 1 > ,;.~a,.,.~ i -~~ 1 ~n. cuanto .al hat'ho deJ rro. habar ~lto. 'ó~te la patiei&lde· cel5l$Ci6n d~ ~tmie~~••' sm1b ss edVi~ 1:lW o1 delito 1 1 • > denunciado t!lra da e~ da los-~: aupartores .y ~ ellw ~
JT®Pond!a 1~ d~áe!6n sobre epllcob1lida:d del articulo 153, cntli:ln- • 11 - ' ce& vfgmte.. ~ b;'E,ltatae; de un prcnunc1amiGntG da fondo~ ~ unao· .. «as el ~0 dal. proe~..ado pmoo ttantr:o da ~ lepeo CtQpU6 V:$J"l-ao dio l1tJ~i!ric1as instnJ:ctiwe, CM el f'in m· psrfGteionar la ac.tuact&n. $1n qua . se advierrta qua ·~ dtm:cra t:~becieciera e 1ntem:l6n ®losa l)flr'a I'ElteiQui un acto que deb!a qur$lir cn· raz6n da Stl!l ·~~ 1 '1 1 "En cuanto al JutaZ Supsl"ior le oeu~ ~t'Q, ~pr.o.- .,1 11 ' . Es.tSba viota da tocta ~n. esto funci.cn=rio eD la ob11gaci&:t de ccnti- '1 ' 1 ¡'t: ' p~oiem:lmto 11ue favoreció intélgl"~te a quien ~ra lD denuncie, '·'1: lilt' ~ inveatiqar, 1¡walnmnte, la conducto. de qUien 1o·af!US6 .. "El f;i~al d!!l Juzgado Pri!~~JfO Superior limitri ·SU ~,_ ctucta a emiti-r les .c tmcaptvg que cn"dena la ley,- primeru en relactán can 1
la ar,olicaei6n del articulo 153 del C6dir;rc de: ~cedtm1ent0 Panal, ancan 1 ces vigente, y luego para la c:altf'icación ctal prooeso. En la primére o-pa-r 1' tunidad ciert:amente cf16 un canceote actvan.o o la selic:itud de Mvera co:2 0 \,,, capto QMe marec16 ser acogicU! por el f'unc1onart,o dal. conooimiento, aio. - que exista 1ndicac.1án alguna de ~e su proeedsl" ebo.deci -~·re a raz.ones di= ! !Jtmo de loa i'unc1onari'-'S acuSadc$' 1nf'd.ngi6 noJ"':D penal alg~. Por Ql - -. i! contrario, rus "ermctivas cono\n;tas s.e caracterizan p0r ol ~liQ!ientc 1 dal debeJ'" logal h!llne&ta y razo~ltJmanto entsndicto. En·~. ha 0 brá de conflZ'!IUD"oo la. decis16n SOOletida a eo,nsult a. ·- -....... ._ ·~-,, .. -sP.tlr lo expuesto, le Corte Suprema -sale da Casación P! nal• o!do al concepto del Procurador y administrando justicia en nombre 1 de la Repúbli~ y por autoridad de la Ley, C O .N F I A MA la providenc~a consultada, de feqha y origen indicadas en la parte motiva. C6piese, notifíquese y devuélvase al Tribunal Superior
del.Oistrito Judicial de Barranquilla.
. ALJ?.().RO LUNA GOMEZ WAAIO ALARIO DI F!LIPPO :t: l
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HUMBERTO BARRERA OOMINGUEZ LUIS EDUAAOO MESA VRASQU~
1 1 ' t ' d., '
LUIS CARLOS PEREZ WIS ENAIQUE P.OMrnO. SOTO . ; i. ' e
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/. · ' JtJLIO RONCALLO ACOSTA JOSE MARIA VELASCO GUERRERO ' ... l ' :\\ .\ ' • ' 1 y /. . i ' ' 1 . ~ ..: ; '1 l< . \'
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J • EVENCIO POSADA V• ,.¡, ' '
,. Secretario. \ ' i l ¡¡'. , .• . 1 \ \ /· 11 ·. j :¡ 1 ' :j¡, !l 1