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CSJ - SP J.Roncallo(21-11-1969)2

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Roncallo(21-11-1969)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1969

CORfE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DB C.ASACION PENAL Bogotá, veintiuno de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve.

Magistrado Ponente:

Dr.JULIO AOOSTA.

RORCALL~

!

Aprobado: Acta N2 47 de 21 de f

1 Novi6mbre de 1.969. +++:!++++++ V I S i' O S: Entra la Corte a resolver el 1ncidenta de colisión ne= gativa de competencias que se ha suscitado entra el Juzgado Se~ do Superior de Santa Ma~a y el Juzgado Unico de la misma catego= ría de Riohacha para conocer de un proceso qu~ por el delito de 0 hol!lioidio en la pc.raon.a de José Francisco Casti-llo, ee ziguo a = JrJ:ENEz, ALEJAUDRO MANUEL ACOSTA segán hechos sucedidos el 11 de= febrero de 1.958 en el ;Junici¡;io de lTiaieao (Guajira) oEste proceso fue adelantado por el Juzgodo Tercero Su perior de Santa MortQ el que por auto de 31 de agosto de 1.965 0 0 0 orden6 remitir el expedienta a loe Juzgaqos Superiores do R~~Cha {Reparto) dé a,cucrdo con ol articulo 17 de la Ley 19 de 1 964 c.2 o 0 rreepondiéndome al Segundo SupGr1oró Ahora en virtud de la nueva 0 d1stribuc16n territorial este proceso pasó al Juzgado Unico Supe=

rior de la misma ciudad el cual por auto de octubre 2 del afio en 0 curs.o deolar6 que no era conrpetente paraconocer de él, baeándo= 0 se para ello en el incioo 29 del articulo 95 del Decreto 1356 de= 1.964. Dice el funcionario que habiendo sido en Santa Marta en == 1 donde se profirió al llamemicnto a juicio en contra de Acoeta Ji= ménez, auto que quedó ejecutoriado antes de en vigencia el 1 ent~ar Decreto citado, ea a loa Jueces Superiores de aquella ciudad a = 1 quienes corresponde su conocimiento orde~ asi su remisión a = ~1 , 0 1 dichos funcionarios. A su vez, el Juzgado Segundo Superior de Santa rnar= 1 ta, por auto de octubre 31 del afio en curso, no acepta la compe== 1 tencia que el contenido del art,culo 17 dela Ley= manif~stand'o 1 19 de 1.964 es claro cuando dice que todos los negocios que estén lil al conocimiento de cualquier otra autoridad, pasarán EN EL ES~ADO EN QUE SB I§NCUENT.R.E.N (Subraya el Juzgado) , a los funcionarios com .

  • 1

-~-"-- -~-=--~""t;-,. - 2- »atentes del Diotrito Judicial de la Guajira.

Se considera: "Ro es aplicable al presente evento lo prescrito en el incioo 29 del articulo 95 del Decreto 1356 de 1.964, ~or ser - ésta una disposic16n general que se refiere a la división terri torial judicial establecida por dicho decreto, antes de la cre-a

ci6n del Distrito Judicial de Riohacha. °Creado éote por la Ley 19 de 1.964 en el articu= 0 lo 17 de esta ley se dispuso: negoioa del orden judicial, de lo Contencioso ~tos Administra.tivo, Labo~al. y de Menores, que fueren de la = - competencia de los Tribunales y Juzgadosr.-del Distrito Judioial de Riohacha y que estén al conocliilie.tito de cual=;:% quier otra autoridad, pasarán en el estado en que se en= ouentren, a los tunoionarioa competentes del mencionado= distrito judicial a partir de la fecha de funcionamiento del Departamento de 1a Guajira. tr nwo se hizo en este precepto la excepci6n que cona~ gra el referido inciso 29, 1 como se trata de una norma especial 1 posterior que regula integramente la materia sobro que versa 0 !j priva sobre dispuesto en tal cuya no ~o ino~eo; ap~caci6n aut~ riza el 18 de la Ley 19 ya que con la interpretaci6n contraria ¡1 0 ea dejaria parcialmente ain efecto lo prescrito expresa, clara e incondicionalmente por el articulo 17". Por lo expuesto, la Corte Suprema -sala Penala<lm! nietrando justicia en nombre de la Rep~blioa y por autoridad de= la Ley DIRIME la oolisi6n planteada en el ' sentido de DECI.AEAR = 0 que el conocimiento de este proceso corresponde al Juzgado Unico Superior de Riohaoha. Dáse aviso de lo aquí reouelto al Juzgado Segundo =

Superior de Santa Marta. C6piese notifiquese y cúmplase. 0

EPREN OSEJO PEflA BABRERA DOMINGUEZ

BDMBER~O

SAMUEL BARRIENTOS RESTREPO LUIS EDUARDO lllE!1A VELASQUEZ ------"- - 3SIMON MONTERO TORRES ANTOnio uorumo l'JOSQtmRA

JULIO ROlVCALLO/ ACOSTA LUIS CARLOS ZArmRANO

J. EVENCIO POSADA V.

Secretario - . } ,·

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