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CSJ - SP J.Roncallo(31-07-1973)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Roncallo(31-07-1973)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1973

•·. CORTE SUPRM OE JUSTICIA SALA'()( CASACION PENAL 8ogot4 treinta y uno de julio· de mil novecientos setenta y tz:oea. · 0 Magiátracb Ponente; . Or.JlJLIO RONCAL.LD ACQSTA. ,, . . . ApJ!'Qbad9 a. Acta . NO .3 2 de 31 de julio ' de 1~9?3. .......... ! 1 ' :' 1 1 ' ; 1 V I S i' O 8: :¡ ,_ _ ~ Previo el trámite 'cn"Opio del asunto reviaa la Co.t .1 te, en grado da consulta, la providencia del dos da febrero último, '1 Por medio ~ la cual el Tribunal Superior del Distrito Ju-dicial do 1: Bogad sobresea definit!vamente en favor· cte la doctora Cecilia. Ser pa de Cerún 0. en su cal"E1cterde JUez Cuarto Civil Municipal.c:fe. esta. l1 i' ciudad ·respecto dG loa delitos de prevaricato ·y falsedad, objeto0 1' da lea presentes diligencias. H

·.' 1 :¡ A N T E C O N T E S '

~ ·~ .i 1 1 En escrito praoentado ante el Tribunal Superior de '1 ( ' Bogotá ol 28 de abril de l. 9?1, ol doctor JQrge ·Chárry Montealegredenunció penalmante a la doctora Cecilia Serpa da Cót'ISn Juez Cuarto 11 Civil Municipal de .le misma ciudad por los hechos que a eontinuac16n

0 ae sintetizan 1 a)- !n juicio ejecutivo da ~or cuantia instaurado en el Juzgado Cuarto Civil Municipal da BogotlS por el doctor EdgarCcárSn S&lchez contra Marcial Meaiaa R., el doctor Hemando Cifuentes, i •'. como apoderaefo de ~Rold4n Motor, Ltda ... pJ"'QQviÓ incidente ds leven 1' • \' tamiento del secuestro de un automotor Land Rove:r distinguido can - ·, 1 0 . ; ;11 . placas D-lo-e5?, afirmando qua dicha f"im~l era la propietaria y posa_! . 1 ' dora c:tel referidO vah!culo. i. ~ . :! ! ¡ '¡! ) ! \ b )• Dentro del trémi te de la a:rticulaci6n el doctor Charry Montealegre para entonc;as apoderado da "Aoldán Motor, L,tda.11 0 , '¡' ',1, sol1cit6 una cartifieaci6n de la Be~tarla da Transpon.ea y T~ sito sobre propiedad del automotor y las decle.racianes de Sergio •

A. Bedoya, Manuel Correa y GlOria do Coi"''Qa. Aunque tales pruabaa fueJ'on dscrotadas, no se 11~ el despacho padido y 0la aeflore •

11 Juez ae neg6 a racibir el teat~nio de Gori.e da Correa". = e)- Hasta el 18 de diciemb~ de 1.9?0, fecha sn que venc16 el témino probatorio de la articul6ci6n,. no se habian ac:t 1decretado 1aa pruebas pedidas por al ejecutante. Sl proceso ejecuti J

' '1 vo ent.r-6 y sali6 del DespaCho sin qua apareciere memor'ial alguno1' . c:Sel actor. Pera resulta que el 2? da enero da 1.9?1 fue notificado a 1 ) 1\ por estado un auto del 22 dnterior, mediante· el cual ea decretaron o pn.~sbaa solicit edas por f!dgato Cer6n dentro del incidente. Entre ellas ae orden6 le. rat1ficaQt6n de loa teatimonioa de Carlos Acoata y Nopo- .·. · ~csno Bemal "ex~te recibidas a extrajuicio" el 12 de Oiciem- :· · bre da l. 9?0 en el mtsmc) · Juzgado, no otlíStante, qua pare tal fecha esta . ba ·a&iérto a prueba ~1 i~cii~te. ~ara trátai' de legalizar la fala; •• -dad.~ el Secretario del Juzgado Gilberto Oapina · O~ue dej6 la constB!! '1, 9ia da qua ia ratif icac16n y demáS pn~a~ habi$n sido pedidas o por~ 1¡) namar,ttf;:l." '¡ ---- nen la providen$ que ahora ocupa la atenc16n de la Sala. RESULTADO Ot LA ACTUAClDN ~. c:uSnto raspa~tá al cargo da faleedEid, se practi- . 1 , • • ·• 1 . . • 1 c6 ~ 41,U.gencia. da 1ne~c16n judicial al. ejecutivo dé Edgar Car6n .contra ~ ~as y en. ~l~a ~· eate.bleci6 que el quto de 26 danovi~bre ~e 1.9?0;. ,que abri6. ol iftCidente a J;mJSbSLa por el t!rmino de .9 diaa, fUe notificado c:sor estados el 19 cfá dici~ siguiente,• . ' a. empezan.do a COJTGJ" el die Tmino que qued6 interrumpido al entrar . al ~cgQcio al Oospacho,· oin qu~ existan ~na~d.ao o 11\foi"'BS$ aeCre- . . ~9$il a1lbre· al particular. Asmrece conotaneia eecretar1al da que la eolio1t ud da PrUebaá .del .doctor J.qrge CtmTy fue ¡:,reaentado en tiempo. Existe .~~o~e qe igual origen en el cual se expre~ que al escrt to de pru~ ~.da le parte a~ fue PTOOentado en tiempo, solicitud que obra al foli.o 30 con un recibO da -f'echador ~ 15 de diciembre de 1.9?0. E-l doctor Cer6n acampafl6 a su memorial de pr,uebao declaraeiones axtraju1 ;¡,,. ¡, . . ~io, cuya. recepc16n se produJo en el miemo Juzgado, previa pet1c16n ,, prepantacla el 12 do d1c1tMibre da 1. 9?0. Obra al folio 34 dal proceso eJecutivo constancia. de que el Secrotario pea6 al despacho al 21 de ... Glf'SJ"' de 1. 971 el memorial de Pf\labas de la parta actora, con indica- ,'1 : ! ¡1 oi6n de qua fue presentado en tiempo, prvabl¡l~ que se decrotSJ"'n el d!a

22 l!lSdiante ,providencia que se notific6 por eetádos el 2?. 0 fjcpli® 1.1!~ Jue en su iru:tagatoria -Y lo corrobore 2 ol Sect'Starioqué preocuf)Qda ~por laa vi&i ~. qua le hiciera la Proc!! radur!a y obs91"Vando qua lea decl.taracion$5 axtre.Juicio no hab1an sido copiadas en ~ del Juzgado a au cargo, laO. tl\'ae1ad6 a otras hojas dé· papel sallado y, traa nuevo juramento. y confrontaci6n, fueron f~ · das otra vez por loe ctáelarantes. En cuanto al cargo d6l prevar1cato, en la modalidad cmio1va a que se refiero el Gltimo del articulo 20 del Decreto inc~ 2625 ds 1.963, ae aMorte ostanaiblo vaaSo invootigativo, pues ni ,.. siquiera ae interrog6 á 1a Juez acuooda SObre tal extremo, ni se reQi• biaro" los testimonios de -.uis A. Romero y Cllnchá da Ramirez, citados · en la. ·denuncio. Jr¡ '' ~ . , .. . -... ·- 4E CON· S I'o SR A C ION S Es i~~estianable qua al anterior esquema prabao tprio dej~ en el ~irno del. juzgador la convieci.Sn de que existen . .. aan' . ¡ en la presente irhiest~eaci6n una sel"ie de. hechos dudosos que es precieo cteapej~ a i'"in .d a. esclarecer ~namente la condUcta dé la

' . . ~uaz a~da. En este CJrdan de ideas la Corte acóge sin reservas el en criterió que OO,bre el particular exporte el ProcUradOr Segundo los pArrafea pEn"tinentea t1e e\.1· Juicioso concepto• · •e:n efectoi debe• .~clEU"ElJ'Se si ea cierto• como lo dice el d!! ,nuncianta, qve l!3l ~EjCJiente entti5o .y· aáli6 del Despacho en . { ' varias oportutd,dades• eon· poeterioric;fad al 1$ de 'diCiembre de 1.9?0, pues de. sor ello verdad~ ·no. $e explica el por qu~ no 11 ae ~ubieTS agregado a la actuaei6n incldental'el escrito dé 1• • ' 1 pruebas de la ~ ·actora aino hasta ·el 21 da· enero de 1~911. ~· precisa inte~ga~ al aéersterio aob~ este aspecto Yo cOmo lo sugiere la acusada, ~ su indagatoria, efectuar una inspec--· oi6n Judicial al libro Diario del Juzgado para establecer si al.lf .r ealmente exista constancia so~ Pe.tici6n de pruebas. "Tambi~n resulta procedente que el doctor ~n ampl!e su de 1 i ' ' clae rac16n para S)(pliaa~ por quli 9 . estando ilbiertO el incidente- - "1 1! 'i a pruebas desde el' 2 de diciembre de 1.9?o,: no salicit6 directa . .. . . !t¡ ' I'!Jent~: y dentrQ ,del Juicio· ejecutivo las declaracicneo de Carlos . l 1•

' p't 1,,, 1 Aooata y Nepomucerio Bemal que hubieran tenido· valor directo .. 0 dentro del inc1d~ta. y. en cambio pr~f.iri6· oolicitar declaracio nés: de _nudo hecho en al mismo juzgado, aabierldo que para su va l:l U.daz~. como posteriormente lo solicitó, se· requert& ratificaci&. ~~lta también equivocado, por decir lo menos, qua la Secre=· 1 tat-~~a guar-dara una petio16n de pruebas· ilar largo tiempo y solo 11, . ¡' ' . la entregara al Oeépacho cuando la COrttraparte no podfa aolicit ar 1 '' otroo ·para debatir laa del actor. 'i:i 0Cal"los Acosta Guzmafl manifestó que su primera declaraci& 11 1 1 \ 1 • fue rendida en el Oeapácho de la doctora Cacilla con laa fo,t 1, 1 0 mali~des de l~'• a1n retardar quien la hubiera escrito. Pero el doctor Cer6n expres6 que f'uA precisamente en la oficina del 11 0 ¡' -ac:tocl.ai'Q.nto Cfonde oo redactaron las respuestas de loe tssti'=' SOOo deW CfDnds ¡¡;;oculta un tanto exti-ai:fo que Al no recuerde ' h$choá. 1 , · . ~lea •. ; ' . ' i · ~Proca~ tamb1An recibir la decla.Nc16n · d.e·. Glorta Laicena '··t , (n. . se) ~ara, que, ~lique .las.·c~s~cias en :que se le o,t

dan6 .. copiar el ~to de lea declaraciones •. Igual4nente ea na-· , .. cesario tr$er .al CJJ'Qceso copia de.l memor1al que dice la Juez . . . . , . ~~ta el c.foctcr ~orge CharTy, . en. el ~1 advertia las 1"'! . . . .. . . gt.ilañdadea en el.·~ eJe~tivo .y,man1feataba que ae q~ ..... · ..J arla .ante la Procuractur!a, .. tCOtiw .qut;t .de~ la conducta · ' . . t •• . . , Todo. lo.· anteriqr, ·plantea ·la. ttaCQSida~ de revocar • 1 • . le· deCia~6n .exami,ads·, ·con e~ Obj~to do traer al 1nf~tivo: loa •. . elementos de juieiQ qua, .e1 Jle~~t:anta del: Ministerio PGblica, con ; ¡. ·. .....' 1 '· ~ . . , .. · Importa ~ que ett el expad1SJ1tQ QPérece acrec:J! " :¡·' · ' ' tada la Qalidad da f~cionaria de la. acusada ~n la· prueba 1d6nea: - ¡1 · 1 ¡l · Acuerdo de nombr6lmiento acta de poseai6n y ~ficado sobre eJarci 0 oto · cargo. ~1, ' 1 t , Por .lo . expuesto, la' Corte :SuS)rema ~la de Caeao16n 1¡· . ,Pen'al... f11~1raistr;a"r;to Jus~cta .e n nombre de . ~ Rep0bl1c:a y por autorid·:1

, dad. de la .t..ey, REVOCA al s.o~oimiento def'ini.t1vo conmiltado Yo en - :. . su lugar, §Q§RESE:E .TEYPoRAlMEM!g en. favor ~ la . d oc~ra CECILIA SERPA ¡ ~ DT:t ;CER.DN; .~ Cuarto C~yil Jhvnic1pal .da Bogotd, l"f3S$JSCto dé lós' éa_t ' goa . q~ Qe, le. han formulado· en .e atas · d il~~cias, y rcaabJ'e la 1nveati .. 1 •1 gaci~ hásta ~r tres· .( 3) meeea_, ·a Yin · de qúe se practiquen las pruebás ('I,J en la ... parte va .• • 1 s~a~s. ~ti '!' ., '11 1' l 1 '' C6pieae notiftqu0$9 y daWAlvasa al Tribunal de on- \ 0 1 ( , 1 • : ', ' 11. : ~

Al..VARO UJNA GOMEZ MAAIO Al,AAlO Ol Fll.IPPO

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LUIS EDUAf.\00 ME$~ VEl.ASQUEZ

' 1 1 . ~ ____ ~~ - '= ....... -& - ...:::::._ ....;. ; ,.... ~ , , ..--- --·- --. 1 ~-----. ·¡ :.1¡

LUIS CARLOS PEREZ l.

JULIO R~CAU..O ACOSTA JOSE MARIA VELASCO GUa:lRERO J ~ EVENCIO POSADA V • • Secretario. ...

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