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CSJ - SP J.Velasco(02-07-1971)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Velasco(02-07-1971)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL Aprobado: Acta Número 23 de 19?1

Magistrado Ponente Or. José Maria Velasco Guerrero. V i S t O S El tribunal superior de Tunja consulta su providencia de 31 de marzo de 1971 por medio de la cual declaró prescrita la acci6n en el proceso adelantado contra el Dr. Gabriel Torres Cor tés, ex-juez municipal de Muzo, sindicado por un presunto delito de detenci6n arbitraria. Los hechos que dieron origen a estas diligencias los \ sintetiza el procurador segundo delegado en lo penal, en la siguien te forma: "El 2D de junio de 1953 el Alcalde de Muzo puso a di!!_ posici6n de Gabriel Torres Cortés, Juez Municipal de la misma po blaci6n, al detenido Ignacio Chaparro, sindicado de contrabando de esmeraldas. El 24 el detenido pidi6 al Juez acusado la libertad incondicional; tramitada la solicitud, por auto del 2? del mismo mes se concedi6 libertad con fianza, sin que se le hubiese recibi do indagatoria o practicado prueba alguna, lo que originó la inv!s tigaci6n que se revisa. "En la indagatoria el acusado acept6 haber tenido por su cuenta, la calidad de detenido a Ignacio Chaparro pero como no se allegaron las pruebas necesarias para dictarle auto de detención lo dej6 en libertad con fianza. "Por Acuerdo 9 del 14 de febrero de 1953 el acusado fue nombrado Juez Municipal de Muzo, tom6 posesión del cargo el 12 de

febrero del mismo año y se encontraba en ejercicio del cargo para la época de los hechos." Rituada en forma legal la segunda instancia se corrió trasl~ do al Ministerio Público. En su viste de 17 de junio último, en ple no acuerdo con lo resuelto por el sentenciador, solicita la confirma ción de la providencia consultada.

Consideraciones.

Como los hechos atribuidos al funcionario inculpado tuvieron ocurrencia entre el 20 y el 27 de junio de 1953, y a la fecha de hoy ha transcurrido un tiempo superior, con mucho, al que las normas per tinentes señalan para que se opere la extinción de la acción penal -cin co añosla Sala confirmará la providencia consultada.

Decisión.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema -Sala de Casación Penaladministrando justicia en nombre de la República y por autori dad de la ley, en todas sus partes la providencia consultada. CONFIR~~ Notifiquese, cópiese y devuélvase.

JOSE MARIA VELASCO GUERRERO MARIO ALARIO DI FILIPPO

HJMBERTO BARRERA DOMINGUEZ ALVARO LUNA GOMEZ

LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS CARLOS PEREZ

LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO JULIO RONCALLO AGOSTA

J. EVENCIO POSADA V.

-Secretario-

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