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CSJ - SP J.Velasco(13-08-1971)2

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Velasco(13-08-1971)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL Aprobado: Acta Número 30 de 1971

Magistrado Ponente Dr. José Maria Velasco Guerrero. J Bogotá, ~ V i S t o S El señor Gustavo Gómez Herrera, quien se identificó per~ nalmente ante la Secretaria de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia con la cédula da ciudadanía Nº 117. 459 de Bogotá, presentó denuncia criminal contra el Dr. Climaco Buitrago, 11por los supuestos delitos consagrados en los Capitulo·s 29, 32, 42 •••• , del Titulo 3º del Código Penal", según los hechos que a continuación se transcri ben: "El Dr. Climaco Buitrago, en su condición de Magistrado del H. Tribunal Superior de Aduanas, viajó en el mes de diciembre de 1.970 a la ciudad de Santa Marta, acompañado da su fam~lia. En aque lla localidad se encontró can el señor Alonso González Rubia, quien al parecer ocupaba en dicha ciudad el cargo de fiscal. "Dicho señor González, se dedicó a atender al Dr. Buitrago en forma tan 'especial', hasta conseguir de la solemne promesa de ~ste 'hacerlo nombrar a primera oportunidad', como en realidad lo hizo, Juez de Aduanas en una de las ciudades de la costa Atlántica, para pagarle asi y recomensarle sus atenciones y dedicaciones. "Fué así, como al quedar una vacante de un Juzgada de Ins trucción Penal Aduanera en la ciudad de Barvanquilla, el Dr. Buitrago en forma por demás habilidosa, 'invitó' .a su colega el Dr. Luis E. Val

Eharrama Rojas a unas libacion'.'-<5 y ya cuando estas se encontraban en al! tado avanzado, le hizo la confesi6n de sus compromisos con el Dr. Alva ro González Rubio, pidi~ndole que le diera su 'voto' para poderle cum plir a su pupilo, ya que tenía asegurado el voto de su otro colega el - 2Dr. Hernando Naranjo Marín. "Planeadas as! las cosas y valiéndose del carga que actual mente desempeña, fue como al reunirse en la tarde del día 24 del CQ rriente mes, se presentó la votación y el Dr. Buitrago Botella, le pudo cumplir lo ofrecido a González Rubio y pagarle de esta manera las atenciones que este le brindara en sus ~acaciones. "A más de la forma inmoral como procedió dicho H. Magistra do, falta total de ética y por demás indecorosa, verán los H. Magis trados a quienes tengo el alto honor de dirigirme, como se han vial~ do y para el caso que acabo da denunciar, las normas precitadas, en las cuales está encajado legalmente la violación de la conducta del funcionario denunciado, donde. también existe el corrupto de tráfico de influencias, actos estos de por demás punibles y que no se compa decen en manera alguna." Registró la siguiente dirección; calle 13 Nº 9-33, Teléfono 42-18-24. Como los hechos denunciados implicaban igualmente a los ma gistrados doctores Luis E. Valderrarna Rojas y Hernando Naranjo Marín, por auto de 3 de julio último se ordenó que el señor Gustavo Gómez l::!e

rrera ratificara su denuncia, bajo juramento, indicando en forma pr!! cisa los elementos de juicio, declaracioneá·de testigos. etc., que permitieran demostrar la veracidad de sus afirmaciones. La Secretaría de la Sala el 12 de julio de este año en obe decimiento a lo ordenado por el Magistrado Sustanciador, en oficio Nº 614 comunicó al denunciante, a la dirección consignada en su denuncia, que debía presentarse a esta Corporación para los fines especificados en el auto de 3 de julio próximo pasado. Con fecha 3 de agosto postrero, el Oficinista Juc1icial José f;,n rique González Urrego i.nformó a la Secretaria que no le había sido po sible localizar ei señor Gustavo Gómez Herrera en la direcctón indicada, y que allí y en el teléfono N9 42-18-24 contestaron que no lo conocían. Se considera. - 3En las circunstancias detalladas en los párraf'os anteceden tes la Sala considera que no es d¡;:¡l OO!IO abrir invGstigación por los presuntbos delitos atribuidos a los magistrados del tribunal superior da aduana, doctores Climaco Buitrago, Luis E. Valderrama RoJas y Ha! nando Naranjo Marín, pues todo parece indiCiilr que se trata de una df!. nuncia irrelevante. El señor Gómez Herrera que, según informe secr.f!. tarial, concurrió personalmente a la Secretaria de la Sala a presen tar su denuncia y se identificó exhibiendo su cédula de ciudadanía Nº 117.459 de Bogotá, dio una dirección y un teHífona acomodatic:Los, que

falta de seriedad en sus actuaciones. de~uestran

Decisión.

En m6rito de lo expuesto, la Corte Suprema -Gala de Casación Penaladministrando justicia en nombre de la República y por autori dad de la ley, SE ABSTIENE de abrir investigación y ORDENA archivar el expediente. Cópiese, notifiquese y cúmplase,

JOSE MARIA VELASCO GUERRERO MARIO AU\RIO DI FILIPPO

1-UMBERTO BARRER,A, OOf?'liNGUEZ ,ü.LIJAfiO LUNA GOMEZ

LUIS EDUARDO MESA VB_ASfJJEZ LUIS CAHLOS PE.REZ

LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO JULIO RONCALLD ACOSTA

J. EVENCIO POSADJI. V.

-secretario-

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