CSJ - SP J.Velasco(16-05-1972)2
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Velasco(16-05-1972)2
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
OJRTE SUPflatA DE JUSTICIA
5f:iLA DE CASACION PENAL Apl"tlbedo: Acta NO.ero 15 dtt 1972 Mag.istnldo Ponants Or. Jo&6 Maria Ve la sco Gue~ro.
Vistos: U Tribunal S:h.operior de fU.ohaoha oonaiJl te su praviden_ cia del 27 ~ enero de eJSte eño por medio de la Ct.Ull sobrttsey6 d!, - finitivamtBOte en favor de Fauatino ~.lomirto Torres, jus;e pEnal mu nicipal de aquella ciudad, sináieado de preveriCI!Ito, con ocasión de haber instrutdo el sumario por el delito de h:on:!icimo imputado a Alvaro Barros Ari~:a, qui9fl, segOn el Pr·oountoor de ese Distrito Judicial, puso en libfarted, ciu~ de oirlo en ~atori.a, a P!! aar de los graves indieios que lo señalaban ~ autor del nomic! dio perpetre® en le de su concubif'Ul. {:)$~ Este procao se inieiá as1 con fúndemento en la ~~tousa ci6n conta.'1i~ en la Rnoluci6n NR O1 2 .·ole 1970, -rorig±naria de la ?rocuraduria Gia trit al de Rioheu::;n8.
Concepta dttl Procurador. El Procurador Segundo Oalagado en lo Pmnal, en el m0r1, torio estudie oontenido en eu vista del 20 de abrll último ·destact!l c&ao el Procurador Oistrit al • an la muy extensa n:tOtivaci6n de la
ReaolucicSn antes citaas, hace e&FGCial hincapit en el hecho de que Sarros Arua, si.ndica.eto de la li>lúm''ts v1olentta de Oertia A-riza, fue pue$to an liber"tad, sin más, oon l~tl'lfirmetoi6n dé· ~ lofl te~ttimo nios de 04rgos ¡·~tan si.oo rec:ibúms ein lt11 plsf'd.tl.ld d& l•s for'l"".r&!.i dsdss legales, habiéndose lait ado, por lo de-né&, a la acepteu:iónde los plant&amiento:a del ~® •por enoontrtlrse ajustadtt a dfl recno••, ain QUe púdien.a -~. •• definitiva, euel o cUiilles cie ltl$ oonettptos elol P6 trooinan't:e del sindi~oo f"uaron liiJa acogi.dltJs por el juzgado pues l!tl funcionario acuuoo nno ensay6 un utuctio del pro1 .. 2- "La Procuradur!e. Distrital -c:ontinóa el Ministerio Póbl! coconsicisr6 que las declaraciones fueron recibidas con la obser vancia de lo dispuesto en los articulas '147 • 148 y 235 del deroga- . do C. de P. P. • afirmaci6n cierta, pero sin que sea pertinente ol vidar que la valoración de las pruebas corresponde al juez por au sencia de tarifa legal pa:ca su apreciación. De otra parte, el De creto 528 de 1964, entonces vigente, estableci6 que los inspectores
de polid.a no eran funcionarios de instrucción y el '1358 del mismo año, articulo 65 les señal6 e.:specificamente su competencia, pero 1 el Oecreto '1726 de 1964 los facultaba, coma funcionarios de polic.ia judicial, "para localiza.r a los l:::estigos y recibirles declaración jurada a quienes'se considere indispensable o urgente11 de donde , debe concluirse que el juez aceptó el argumento del abogado en el sentido de que el dicho de los testigos corroboraba las afirmacio nes del 'indagado para fundamentar la excarcelaci6n.11 No pasa por alto el Ministerio Pablico que el juez raso! vi6 la situación juridica del sindicado el mismo dia que le recibi6 indagatoria,S..n incumplir las prescripciones del decreto 1358 de 1964, y aunque acepta que "tan delicado caso exigia una cuidadosa investigact6n .. , advierte que el ligero proceder del inculpado no des virtúa la presunci6n de buena fe que, salvo prueba en contrario, aR"t para los actos de los funcionarios.
Consideraciones.
Bien miradas las cosas, lo que el Minisb.ilr1.o Póblico ha S,! ñalado como conducta ligera del funcionario, fue ratificado por el juez superior a quien posteriormente se envi6 el proceso. Lejos de procader a la detención del sindicado, calific6 el sumario y proFirió sobreseimiento definitivo en su favor, providencia confirmada en su hora por el Tribunal Superior de Hiohacha, lo cual abona, más at1n si se quiere, la buena fe del funcionario inculpado.
Decisi6m. Sin otras consideraciones, la Corte Supl"eena ...Sala de Casación Penal. .. administrando justicia en nombre de la Rep6blica y par autoridad do la ley, en un todo de acuerdo con el Procurador Segunda Delegado rm lo Penal, CONFIRMA en todas sus partes la providencia consultada. - 3C6piese, notif!quese y devtJélvase al Tribunal de origen.
LUIS ENRIWE RO&.~EF\0 SOTO MARIO J\LARID DI FILIPPO
HUMBERTO BARRE:RA OOMINGUEZ AL W\FiO LUNA GO!vlEZ
LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS CARLOS PEREZ
JJLIO RONCALLO AGOSTA JOSE MARIA VIELASCD GUERHERO
J. EVENCIO POSADA V.
Secretario