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CSJ - SP J.Velasco(17-11-1972)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Velasco(17-11-1972)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

CORTE SUPREMA OE: JUSnCIA

SALA DE CASACION PENAL

Ap:rotlado: Acta N\1ma:ro 4 .;z._. Magistrado Ponente Dr. Jos6 María Velasoo Guarrero. f 1 MOV. i972. BogoU, V i S t O S Dirime le. Corte el impedimento manifestado por el Magis'tr!, do del Tribunal Superior de Sincelejo doctor Enrique Orozco Ce.stellanos para seguir conociancto en el proceso qtJe e.llí se adelanta contra el Dr. Blas Romero Harrí~déz, en su eondicioo de Juez Civil del Circuito de Sincelejo, por abuse de I!!Utoridad y prevaricato. Previo el sortao de un conjuez para que integrara la Sala ,_ ·dual que hebrfa ele resolver al impedimento, no se acept6 puesto que las razones aleg111de.s por el declarante consistan solamente en que su recusante manifiesta que no puede ser juez en su caso al Magistrado que en la fecha ostanta la calidad de demandado en un juicio de que 61 per sonalmente conoce como JUez Civil del CirtlUito de aquella localidesd, h.! cho que le ha granjeado la enemistad grave del daT16ndado. El doctor Enrique Orozco Castellanos obsarva qua dicho mo_!i va no pu~a justificar la enamistad grave denunciada por el recusante ~0 causal de impedimento, enanistad no alentada ni consentida por el Megistreu:m, PSJ"G indicativa de los sentimientos ingratos que abriga en su contra el doctor Sltls Romerrn Herntlndaz, por lo cual solicite., muy 8!1

carecidamante, ur separado del conocimiento $1"1 al proeeso seguido con tra su recusante. Como los motivos de que hace m6rito el Magistrado Enrique Orozco Castellanos pare. C'Jeel.c!rar i,mfJadimento carecen de la gravedad r:! querida por la causal quinta del. art!culo 78 del C6digo de ProcedimiEJ!! to Pensl, y ser el procesado recuente, juez, a su vez, en el negocio civil en que el Magistraóo figura como demandado, no ha sido erigido en ce.u$al da recusacitSn, hebrtl de resolverse el incidente en el sentido de confirmar el prove!do del vaintidos de setiembre de aste año por medio del cual el Tribunal Superior de Sincelejo no acaptt$ el impedimenta que se dirime. En consecul!!lflcia el doctor Enrique Orozco CastellE11nos pn.,se guirá c:or.ociendo en el n~ocio que en dicho Tribunal aa adslanta COf! trn al doctor Slaa dor~ro Hemánd&i!, iJOr los presuntos dwlitoa de agu SCJ do autaridnd y prr~vn.rictito. Aui l..:~ .CfltH.Jeh·e la Corte Suprema -G!!, la de CasaGión Penaladministrando ,íustic:i.a an nombre da la Rst-1dbli ca y por autorided de la ley ..

LUIS ENRIQUE ROi.:t::t".O SOTO MARIO ALAHlíJ íJI FILIPPO

HUMBf:.'"RTO SARREPA OOMINGUEZ ALVARO LU~\ GO~EZ

LUIS CKlL: JS rEnt:z

JULIO RONCALLO ACUSTA

J. EVE~CIO POSADA V.

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