CSJ - SP J.Velasco(22-09-1972)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Velasco(22-09-1972)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA .SALA OE CASACION PéNAL ApJ'Obádo: Aeta Natnero 35 da 1. 9?2
Magistrado PoBenté JostS Marta Velasco ar-~ Guar'Tem• t 2 SE T . 1972 Bogotd 0 V 1 s t o a a Resuelva la Corta al recurso dé casacidn a~ordinario . w_ a;u: - , • interpuesto por loa procesados Gilb~ Si2"ral Luis, FmnC!:.ecp S~a-_ _ _ w. rra Angel 8alt1n O:rtega Go o. Gonzalo y Lui!;a.(duardo T~OAa·ocontra 0 ~-- l" a"' " a'" a" n" t 2 ~. "a. _L= g~ 1·~ ~·. . ..: d. : ~.; . . ..; ?.:=.,'!: $- d+t e.. ~" ~!~. 2J: ~.:a ea:~ m~~~ ~~~~ ~~ dr. eJI II 1I o< ~J" 1~ g" .~ _~ ,! P' ,fl ri q! f~ .~ !r !:" ,' !- :~ ,t .. d·~ ." ;~ :: l: :t e~. oJ" rf ,f ' ,"~ e~ l~~ - T... r. i, __. b.. u-.. n...· a ... l.... Superior da cac~>~ta _mediante la cual loa procasact¡,s recurrcmtea Gil• bárto Sierra G~lve~ y Angel Bal~ Ortega G~lvaz futn"'n r;ondenados a la pena principal da treinta y sais ( 36) y· tre1n~ ( 30) años ·dé P!",2
sidio respáotivamentap y a las accesorias de rigor como coautores 0 0 .do.s de homicidios-~~~~~? ,Y..!!2!!~~!'1!1~.-~~~ · Declarado admisible al recvrao e)(ti'aordinarto da c:BSI;lci~n 11 se ordend traa~do a loa procesados paPá que mediante abogado inacrtto en la Corte y con poder $Jfic::iente p~ irttervent.r ante ella ·formu_~ 0 ran las respéctivaa demandaa. m ..r apreaentac14n da Gilbarto Sial'Ta B~lvaa y Angal Balt1n Ortega GQlvazD lo hizo¡;. e.n su debida oportt,;nida.d el abOgado f:lam1n1o 0 Barrera y su escrito $9 calificd ajustacto par su áapacto fomal a 0 0 loa r.aquiáit oe aeftalados an al articulo S?a del edditlo .da Procadim1en tQ Penái. Y aa daclatd desierto al r-ett.il'SO én Q.Janto a loa d~s PJ"2 cesados; pues aeg\1n el informa aacre~l aa abátUVi~ de éuStentar . ~ loo--- AntecadéntOSo El 1'1 de marta da 1.969 en la easa da -La Chispiadora" Gi! berta Sierra G.nvez ultrajd a TeodQlinda Barajes de Sierra y a la mádre da ~ata0 da nombra Delfina. Pareaa que Gilberto golpeílS a Oalfina
0 quien ea ctefandid con un cuchillo qua tomd da unamesa cercana P habi~dolo h.! ,------------
-ar ridó en 01 pachó uquie;rdó "arriba da la tatUla"o aMa tereSa ae h! 0 20 presente dn el lUQaF de loa econtacimisnto!:l Ana de Dioa G~vaz0m~ drO da Gilbartoo y ~a lo lle"" a áU finca ~AgusblaraCf!1" o luego do ams nazatt El· Teodólinda y a Oalfina Stu'éjaso . "Sl dfa 18 da marzo da 1o969ó en la finca de propiadad am.va&o o d,a Ana da Oios llamada 0A{J'Ja. ..b lanca o y en iaa horas .da .ta noetto_ al ~ oo. reuni.Qi"'n laG. eiguient~ ~naG
GIL9ERTO St.fiCAA GEJ.,VQ 0 8$..~ ORTeGA GQ.VS% 0 Luta FRANCJSCQ
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ANA OS OI0$
0 MARXA y PAl.ll.1NA 0. segdn oo desprende dal infonnativo convitno recordar que el. eeflor. GONZA\JJ TARAzaNA 0 no éé quodéS allf 0 a1no Q1 la otl"a ft.nca tainbi~ dé PJ"'J)iadad de la .s~ra ANA O! DIOS G$-VE% loo ilamada· 0Temprani~00 e1 nos atonanca a lo afinoodo por GPRGONlo GAt. vts \lll;.~o
Háeta (lqu! OE.tt4 domostrádo plénamente _por ·propia c;onf.asi6n . de lo.e. Cándanado~o .'--ae veraiqnes d.~~ pQr loa ,$1ndi~a y hoy condena.®O 'Oan ssmojantaa en ~~a genári:ll""$$ 0 áal• ' w lo afinr$do POr GONZALO TARI\l.OW\ 0 qUisn sn su ~·1na . das~tonao al paree~ qoofi~o apar~doa"' de ~s versiqnes · eda a.d ea aá p0r sus eómpaRsfoao Segdn oata:. var$16n GIL$EATO SIERAA 0: 'OATfrGA aavEZo l.UlS FRANQ¡BCO SURAAo ·GON$.0 TAAAZrJNA . y .LUIS EDUAF,40Q lAAAZDNA en las .hOn:ta .. de l.a noché salieron 0 a . del la finc:a OA~lanc;aG y ea dir1j1caron al O'fablaib0 l\.1gar en donde §S. sncontrab3 1aa v!c~s oa.PINA BARAJAS· y su 0 JOse Ba . hija. J\N~ DEL. CAR!9J. BARAJAS 0 , y el ~ovqn ~ atERRA RAJA8 0 quisn rQSUl~ oar 01, dnico testigo dó lqa hoch0a 0 llg gsrón a dicha caes con lintomaa y al paróCOJ" co.n una asc;op¡
ta y cuchillQS y prooedioron a dar ·muerta a las ya menciona• dElo ¡l~OQnas"o. (fso 7 Co N9 9)o , fi1 TribUnal oentcnciador ·c:Qnfinru$ como ·.ya se dijo 1á ··pro"! 0 0 donc1a pranvnciada POr e1 ·Juzgc1dq. q~ l;iuportor dei Q1cutao ~ todas sus partóa~ . la demandao .~.;._ :. . U ~~ ~c:Uaa a1 f$11o· do ea9\md0 gmm, etln apoye sn la ~~e4i. ·~ p~ta· 'en ·al artículo: 58.0 dal OddlS'Q da PnscQdimten to Per\al.~ -haber sidO diqtado en juió1o \40~0 do hulidady ~ 0 col® ~nft'ingidOs -~otoanclalmontG lQs ordaiándentoa 'contenidos sn al ar ~culo ~ .,o la Conoti tuci6n Polftica en cuanto diacipllnán el derecho 0 dG datenaao n recurronte E1CSPta qua el 18 dó fllSr%0 el~ i o969 én las horas au dé 1a nac;ha y a.n la v~ dE:l •El Tablazo' Del fina .B araja& ·y hÍJa Ana dél Carmen recibióron muerta vio1GJ1~ con ama da fuego y cUchilloo FuQnl.n t:.~1nd1cadó~ ~ coa.utoTés sn .cn,cttoa aéontecimiéntaa 0!1
barto Sierra G&.vaz 0 AngG). BeldA O~ GtllvOJ: 0 L.uis Francisco S1orra 0 '------------- . - -.. - --- ---... --.-- -·-- --.- --·----- -- --·-·--------' Gonzalo y luia Edl:.la.-do 1'EU-azona y Ana dé Dios G~lvez. da Sierra, todos loa cual~ rindiaror.l ·t.ru·Jcigatori.á aaia~idoa ·Por Ambrosio VivieacaaD 0 Emilio Buitr'ago Guti.'~0 Elisaó Morerio·, Sallas Rincdn y Carlos 'Ramt~ raz, algunos da los cuáles actuaron tambi~ como· euretdorea. Niriguno ·oa dé ellos osterttaba t:!tulo do ·abogado; equ:t toma ·pie\ el .recurrentepara ratificar su CeAaura y eonclui.r qua loa pro.~doa carocisron en absoluto del. auXilio da profesionales ·c qtttpatantaa, QUyo natural ~u1 te.dó· no podfa aS' diveréO al da la V1olaoidn anotadé.o Todo lo antsnor lo suatEmta el dataar.'ldañta con numerosas tranacripcionsa da aentenc1aa da la. Corta, dic:~wdaa ~ ocaaidft ~~a h¡ bar reconocido proaparidad en ~sos tJif9l"antes, a· QarGóS tfabidámenta 0 acwsar fórmulados para violaciones Cierla.s · dai ártfét.llo 28 de la. Ct;;na
' k • ' -· ,. ~ titucidm Nácionalo oo Como el aaAor PZ"QCW"adoF Semmdo Oelegado lo Penal io. ti,! ce notorio, · la nulidad constitucional alsgablé · en caaaci~n:o cuyo ~e ter ~apcional obliga Q reconocarlo axcluaivameÁta cuando ªdquiáre p-ro porciones qua da suyo eocavan las bá.aea mismas del proe$SO y nu¡a ~~· torios derechos si.tatá:nói,álaade 1nexeueablé omisidn tál~s como los EP 0 0 lati.vtli:l a la daf8rlaa ·del. prbcaaado 0, ~;tQ ea 0 por lo misriiQ 0 Qnia nulidad euelquiera que puada alegarse al c;apricho oal ~eeutr.enta; puoa at1n laé 6 -· nuU~da.dea qu'a no· oatt::mtan ~ constttuc1Qnal daban ssr ·inwcactas den fJ . . trQ. del aarco eatrtato y limitado .que lás otorg6 al lagiáladór a1 CO""" aasrarlea en f'oma taxativa para que rm sa tuv1es8ñ como .taléá las sJ.m 0 ... ple'a 'ir~~dactas en ·c¡Ue ·m.ial.en tAcurrir los fu.r1c1onartoá la ·tm . . . (;.! A f!lita.Ci&i del proc6áéio. Aat pueá $Olameñté pueda acudi.rse a la. nUlidad
. cpnoti~01ot1a1 CiJmQ I"E!mádio procesal de la Vialéicidn ,de :hOI'ttláS 8Uá~n Ci.alés0 Si aá dS!liutWtta aat1afac;torie:mente1 vale decir ton plenitud.o. <iue_l,a~, ae(lion$9 u omS.u1onea 'del proceso' c;mtrsñañ graves léa101'l~ a . astado. los intereses bl!31eos gatantitadoa po~ al·. a las partas qua en 1n'téW1<?nano ~1 Ea el miemo Proouredor q!;lien po.ne de resalto que ningt.mQ de los proce$3doa caracid da la dafenaa debida 0· y ae·loa· eont:tend deapu~a da haber aidO o~dos y vencidos en el juioióo No una sino \lilrtaa veces fuai"ón escuchadOs en indaga torla • Su situacidn fue e>CPlii:Sda' en suces1Váa o~ortun1dadea0 Sin limitac1ónaa., _., ·. ... 4""" . . . ~ .', y Si durante aqueila diligencia AO tUvieron el a~xilio de profesiofUa nales competentes_, por motivos ajenos a las obligacion~s de loe · Cionarios, que '~r.a casos como el de autos, consisten· en nombrar 0 • .. ! • . ' : en ,., • ' ~ perso~s honestas que asesoren a los sindicados lee diligenc~s de indágato~ria, cuando se carezca de abogados inscritas, resider:.~ee
. en el' lllgar ,donc.le se' practica., en el juicio, ~ partÚ· de la. notif'i eacidn del auto de proced~r, estuvieron asistidos por abogados com- . patentes, designados pGr ellos mismos 0 que los represe~n taron y éj~ éieron su dE;l~ensa en fonna din&lica. interponiérido loa recuráos ' dél de caso.~. promoviendo la actividad .loe Jueces, solicitando la p~cttca de'pnlebas·y llevando en fin, su vacer:!a e~ la audiencia pl1blica~ 0 en forma acuciosa y meritoria, como aparece acreditada de autos a fo• lioe 147 a 172 del cuaderno ndmaro segundo del expedienta. Todo lo eacu cual muestra a las 'claras que los proceaados recurrentes fueron chados ~· el, proceso • ·paro espeoiaiments en el J~icio en . forma ad~~ 1 da, y que sus abogados ejercier¿n con amplitud y calificadamente sus "1 d~echos y prarro¡}ativaso · Por timo, el Procurador Segundo Delegado en io Penal·rafuta al recurrente con apoyo en recientes providencias. . . ·' de la Corte, cuyo texto se transcribe a continuaci6n. nA este prop6sito cumple recordar que en ya numerosas oportunidades ha expresado la Corte el criterio -ratificado en sentencia de casaci6n de Z7 da febrero y 9 de marzo de 19?0, entre otras-. ~•;que la nu"lida.d supralegal por ei aba~ dono del procesado al arbitrio exclusivo del f'unt:1onarlo
0 s61o se produce c~ndo la indefensidn ha sido total•' (CeS! ci6n de 29 de mqyo de 19?0), . "Y .. en otra ocaaicSn también dijo esta g,tidad: "•Al desarroll~r la doctrino. de la. .nulidad constitucio nal o s!;lpral,.egal, elaborada con fund-.:un~to e~ el artículo- . 26 de la Carta, 1!=1~ Corte ha sostenido, de ~nera reiterada; ·t;q;.ae se viola el der.echo c!e .d efensa y, por ende se quebranta la nonnacitSn constitucional, cuando en, el jt;dcio el proc~ do caraca en absoluto de los mediOs t~cnicos adecuados pera '· !"EEbatir· loa cargos concr.etamente fcx:rnuladoa a trav~s del ag tó de proceder o cuando se le priva<de las oportunidade~ y garantías ·consagradas para que los cíuctadanos comparezcan ante la justicia, aunqu.e aquellas irregularidades no se ha;¡,¡. llen establecidas como causales legales de nulidad'\ CasaoitSn de R~gulo Vargas Lazada, 1? de octubre de 1969). Caáaci!Sn do Ullpi?!no Velosa Pinzdn. MagistradO Ponente: Dr. Mario Al! rio 01 Filippo, julio 18 da 19?2." Dicho lo anterior y como ciertamente en el caso de autos no se obser\la que los procesados hubiesen carecido en alguna fonna rala- -svante -de las prerrogativas atinentés a su defensa, sino todo lo con trario,· pues ~atuviel'ón asistidos ?or.dist1ngu1dós profesionales c:¡ue
ai;endieron é $U defensa en forma diligente. El cargo no pue~ pl'Qa p~al"o Oaciei.Sn. En 'mérito de lo sxpueato la Cortá 6uprsma ~ala de CáSabicSn 0 en Penal• administrando justicia 'non1bre de la Repl1bliea y por autQ,J•idad '\ da la ley, NO CASA la sentaneia.'da fecha. 24 da setiembre de 1,971 ~ 0 .'' 4 ..• - feri:da tlbr el Tribunal 8upenor dé Clleuta en el prcce5o eontra ~1lbarto . . ,. . ' Cópiese, notif!quese y dev.uélvase.
LUIS' ENRIQUE ROMEAO SOiO MARIO ALARIO DI Fll..lflPO
AL VARO LUNA GOMEZ
L.IJIS EDUARDO Mt;BA Va..A$QUEZ LUIS CARLQa PEAEl
JULIO RONCALLO ACOSTA JOSli MARIA VaASCO GUERRERO
..
Jo EVENCIO POSADA V,
Seoreterio J