CSJ - SP J.Velasco(25-02-1980)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Velasco(25-02-1980)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1980
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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CASACION PE~AL SAL.A DE ----, -- -- ... .-
, • P.proba(!o Ac t a ~~o.2Ode 21 de febrero/SO
Magistrado ponente: Dr. Jos~ Marta Velasco Guerrero. [~.ogotá ~ D. E ., ve; nt+ct neo de febrero de mi1 noveci entos ochenta.
"
V 1 S T O S - :
-----_. ,,-- EEl defensor del doctor Libardo Guerrero Muñoz solicita reposici6n del auto por medio delcual la Sala, el dia 10 de diciembre 01timo~ le neg6 la 1i- . bertad provisional por él ~~recada a favor de su defeldido) • con cita de providencia de la Corporaci6n de fecha 15 dey noviembre de 1974, revocatoria de una anterior que denegaba 1d€ntico beneficio al sirld1cado Juan Carlos Payares Gonzá - ex-Juez Penal Municipal de Sincelejo, insiste en su re lez, - c1affi8eión. Dicen las providencias invocadas en sus pasos pertinentes: condena condicional d cuandoHLa es pr o c e en t e se llenan a cabalidad los presupuestos establecidos en el articulo 80 del Código Penal, yaql~e es medida excepcional que solo favorece al procesado que por su baena conducta anterior, su personalidad, la naturaleza modalidadesy del delictuoso y los motivos determinan tlecho p °t e s el e n a 1 j u e z 1a -1' p 1e n a e o n v i e e i nI' de q u eJ _no as un peligro para la sociedad de que no·· y volverá a delinquir. 2 :: En e 1 p y'e s e n t e e a s o e e x i s t e p r u e b a d e q u e tí 11 sobre el Juez Payares González haya reca'4.o condenación por de1itos varios testigos a y b o n a n s u' b u e n a e n (1 u e t a a n ter io r , a u n u e n of.) (1 dan le raz6n de si dicho. 9 " f~o e a be p r e c; a a r 10m i s r e s p e e t o d e s u p e r n10sonalidad) de los motivos determillantes desu conducta pues resulta (Jemostrado que eldoctor Payares González fue test.igo de excep ci6n los que luego 11eg6 a conocer-· de hectlos en su carácter de juez; no se declar6 impedido para conocerlos sino que recibió la denun- .. cia~ no ~ealizó diligencia alguna, actitud 0R.isiva "tendieoote a favorecer de inequfvoco ¡nodo a la pessona con qtJien habfa departido en elsitio donde fue posefda carnalmente la joven _. Myriam Vitola. IIf~demás, el e c us a do ha reuído las consecuencias del a ; nves °t i g a ció n y no s e ha p r e s e t a d o afl responder por sus actos t1• y la providencia reformatoria:
1 ~ 11 °2 2 . - 113° 114~. Que las modalidades del h e c ho y circunstan cias que anota el Procurador Delegado, de resul tar probadas las que ~¡ern,iten aseverar la o sor1 c u r r e ne i a (!e 1 p r e v a r ; e a t o (1 e 1 q ti e s e sir. die a al ... doctOl~ Payares Gonz41ez. no resultaria equita y ~, tivo que igualnlente se tomaran en consideraci6n ell forma aislada, como motivos reveladores de y una alta peligrosidad del acusado. para hacer 1mprocedente el beneficio de la condena coodicional.!!. Sequidamente la Corte revoc6 la providencia recurrida. -- 3 = Se Co__nsidera - .- -. _. . , • En el vaso Paya res González se trataba ciertas mente de un prevaricato atribuido al ex-Juez de Sincelejo~ en materia penal, al paso que el prevaricato atri buido al doctor libardo Guerrero, es una sindicaci6n en materia civil, Es decir, aparentemente más leve. A Payares González se lo inculpaba de haber o mitido un acto propio de sus funciones, despu~s que habfa sido testigo de excepción de la violación carnal pa decida por la joven Myriam Vitola. Como juez recibi6 la denunc a no realizó ninguna diligencia, "ac tud omisiva en f y t t í diente a favorecer de modo inequívoco a la persona con quienhabfa de~art1do en el sitio donde aquella fue pose1da
lJ• El doctor Libardo Guerrero, en cambio, omite un acto puppio de sus funciones, previamente prometido. Aconseja a la familia Cabrera sobee la manera de esquivar las consecuencias judiciales en un negocio civil. Se ofrece para actuar por interpuesta persona como defensor desus intereses. Pacta honorarios, los recibe, consigue el abogado que ha de seguir el pleito bajo su direcci6n inmediata, previamente celebra sus amigos negocio de ganados a uti y con .- lidades. Pero el doctor libardo Guerrero actúa en la formacomo lo hace, no exclusivamente para favorecer a la familia Cabrera con quien tla iniciado amistad a prop6sitode una diligencia judicial que practica al fundo disputado en ejercicio de sus funciones. posteriormente actúa en conse y cuencia, no solo por amistad con la familia Cabrera, para fav
- - - 4vorecerla, sino también en defensa de sus propios intereses a los que supedita la imparcialidad de la justicia. Lo Que • deviene mezquino.
Mezquino es ciertamente aquello que exhibien
- . do precio - no importa la cuantía - carece ~ val&r. El peecio es justamente su más grosera cosificaci6n. la Por eso la avidez es mezquina, usura aquella granjey y t La Sala no dkute el pasado fn t a c hab l e deldoctor Libardo Guerrero Muñol, 10 reconoce y buebo, pues en el expediente no constan antecedentes suyoscontrarios a la hombría de bien~ atributo de su ya larga vida
años. aus a de cincuenta y siete Y es clero que en su c nadiedeberá imputarle dos veces una misma circunstancia modal delos hechos presuntamente delictuosos que se le atribuyen, como serfa tenerlos en cuenta como elementos compositivos del prevaricato al tiempo como circ·unstanc1as de mayor peligrosiy dad. Ocurre en el caso del docto~ Guerrero Muñozque la Sala ha· sopesado los .motivos que alentaron la conducta que se le imputa y encuentra en ellos mása~i.p d e u na r a z ó n par a 1n h i bi r s e d e e o n e e de r 1 e 1a 9 r a e i a r e e a da e ns o r , e pr écho , ejercicio 'ffi~;éféc'forla9 ~r su de f no por c sino en de competencia potestativa que al juzgador otroga el artfculola 453 del Código de Procedimiento Penal en armonía con el artí - s a e u 1 o 8 O del E t t o t 8·¡~Re ~r es i vo . -
- .f..~, Por este orden de ideas~ la Sala contesta a la defensa que sf est§ vigente la doctrina- • suya con apoyo en la cual solicita la libertad de su patro cinado que seguirá aplicándose en todos los casos concrey tos que se encuentren enpparidad con sus presupuestos.
Sin otras consideraciones la CORTE SUPREMA t __ DE JUSTICIA - Sala de Casación PenalM4.de
~~~one la providencia recurrida. Cópiesa, notiffquese cúmplase. y
PEORO ELlAS SERRANO ABADIA FABlO CALBERON BOTERO
DANTE L. FrORIllO PORRAS GtJSTAVO GOMEZ VELASQUEZ
ALVARO LUNA GOMEZ ALFONSO REYES ECHANDIA
LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO JOSE MARIA VELASCO GUERRERO
Alberto Mora Cogollos.