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CSJ - SP J.Velasco(26-03-1973)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Velasco(26-03-1973)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1973

•·l.·~·::

CORTE: aUPREMA OE JUSTICIA

SALA ~· CASACION PENAL Apro~do: Acta Nl1m~ro }J de 1•973 ' Dr:. ·. . Magi~.trado Ponente Jós~ Marta Velasco .G~erraro. V.i 9 ~o S 1

Cono e: .~ la Corte en el Pr~ceso Q\J!iJ·. ppr .al dali to. de c'OW~t;a~·:h6n fue adelantado por el, Tribunal.:Superior . de Pasto contra el doctor Ricar ' ••. ; • ' • • • .. .•• ~ _. ,· • 1 • . • . • - do Pa~es Chav~, .en, s4 cond.icidn de Juez Segundo Territorial de Vill!! garz&1, a virtud ~e la apelaci~n i~,t!!J"puesta por el Fiscal t;:ua,-to de d! cha Corp~ci6n contra cil auP> mediante el cual sobrese.Yt1 temporaJ.mente . . . ' . ' en favor del proc.esacto, por ál ~~nni,no de seis meses. '- ) .' J ~.. • ~ cuen~ lQs autos_ de que el acusado cumplid .las funcionas . ' . -, . d~ Jua2 Territo#a]. ert la poblacidn de ViUagar%00 J,ntendencia del Pu~ 11 mayo, a, partir del 3 de octu.brt;J de 1.965 y qua· permanecit3 en el car,:go

0 J hasta al 1?· de ~aya de. 1. • 968, facha .Bfl la 0uaJ, ~tregd el. P~a~.o al s~

a ñor ~eo\náJ'do Villota!o .. d . -~ . Coneretameote se. atribuye al ~culpado-. el .. hab.er exigido a ' ,. . • • : l' • • • . ' • Luis Albsr,to Guerra ~&nez la:~ ~e $SOO.oo, para pon~ en libertad a : • • ' ••~ • ' ' • • • : • ¡ ' su padre don .Justo 0 quien h~b!a eldo deteni.do él 18 de mayo da 1.967 11 t... . . . . . . ; . . como presunto responsable do lesiones personales en Celso ll~. El d~ nuncianto y ·loa testigos de ~rgo sostienen. que Justo Guerra fue puesto en libertad el d!a siguiente de la delictuosa. e)d.gencia · de dineros y una UH ve~ q\Je aeta fue cumplida a. ~tisfaccid11. del,. Juez Ricardo Paredes Chaves por los familia re$ ~ prooeSf;ldo, :u..! d1 PQr átf .Par.t~ el; incuiPado. sostuvo en ~ indagatoria y ..e n '': lj,gsnciaa ds ~a can sus ~áadores que oiartam~te pudo haber reci• bido dineros de mano.éJ: SUY8)J• pe;ro no. para. ~1. par~on~lrnen~e, sino ~1%4&­ como dep~si to prov1e1onal, por ~oneepto, de la U.bertad ca1;.1cionada, que. legalrnmte pudO habm,- otorgado C\1, ~indicado. ~usw. GuermD y $0lament~

mientras loe <n.neras pod!an ser consi9nadoe .en .la cuenta corriente que . . para los efectos legal$$ tanla abi~ta al Juzgado de VUlagarz& en. la '· .1,. .... ~ Caja da Cr~dito Agrario de Mocoa, distante de allí 30 kil&netros, aproximadsJilente. Atribuye' le denuncia a la :malquerencia del tinterillo Bar meoD muy conocido en la regi&a. '· ' . . 1 ; - El Tribunal do Pasto sobreseyd temporalmente en favor del pro ... casado por .c ons~demr ~ue el astado ac . tu al de la . s averiguaciones, defi cientes· adn, no pannite. dictar auto d!3 llamamiento a juicio pero tampg 0 co definitivamsnte. so~eer El Fiscal Cuarto del TM.bunal St.~perior. da Pasto piensa que la ca!ificaci~n da concusidn que ~d a ·los hechos el Ttibunal de Pasto, ea equivocada, puesto· qúa el funcionario •segl.1n la· prueba recogida hasta ahoracuando presuntamente exigi~: dineros para poner.en.libertad a~Jüa­ to Guerra·, ·no acompañd· la· exigartcia de ameriazaa presentas o futuras,·· sino que pactd con ~uiá ·Alberto Guerr~ ·G &!ez la libEirtad de su· padre·,. don Ju,! to, ilícitamente, eri' acto contrario a sus debe:ras. y, agrega que el auto por da 3 de junio da ! .9fl}. ·el cual se. ord~ por el -.Juez dé Villagarz&1

la libertad Cáucionat1a de aqu6ló' ,as un· auto contrario' a· derecho, puesto' que la 'incapacidad qua' el perito· m&:fico eéilall5 al·· ofendido •'t8 d!a~ .sin ' ·conaeeuenoiasa· t~nninos· del ·artículo 37~21 del C6digo Penal, aparej!! ba al sintltcado 1 cOmó presunto responsable del delito da lesiones persa: pena . . · · . · - nalaá, ~.Ana/m:!nima de.'Brtis meses da prisi6n que tmpedta, en el ~;:aso e~!! 0 creto Gl beneficio de exC?U"Celaci6n, por i9ual ~~ntino- (Decreto 1358 de 1.964 art. 53) vigent:S para la· Apoca--de las imputaciones a Justo Gua0 0 rra. ' ' lo El_ Procurador Segundo Delegado ·en Penal encuent-ra en ~1 ·ego.;. _en tado actual de. las· inVestigaciones ea· correcta' la tnectida adopta.t;fa el . ' ! caso ·de·autos por el Tribunal Superior de Pasto por· cuanto ella se ajU!, 0 1 ta a cabalidad a los requisitQa establecido~ par el @.i't:!culo 489 del C;. · de P. P. y hace posible· ahondar m4s en la 1nvest1gacil5n pues, cierta 1 0 mente0 al menos por ahora0 se ofrece confusa y, en todo caso, no propicia a a fundamentar el llamemientó juicio t o' E!l eobresáimiento definitivo era

favor d.al sindicado• . '1' Obyiamente el astadO dmficiente de las averiguaciones t(:lmpoeo - :.[ pennite caU.ficar definitivamente si se trata eomo lo dice provisionalmen . . :o te· el Tribunal Superior de Pasto da un delito de concus:t"n o de cohecho 0 ;q calif1ce,do art. 161 del c. P. como lQ pretañda el apelante. Todo lo. 0. cual indica la conveniencia. de reabrir 1a invest1gaei6n para hacer lu~ cobré·.-... , puntos de. tanto int~ como los~·,<a.. notados por el Fiscal Cuarto. . .. '· .:,.· ~· . L j ,; ; : A m~toc$e lo expuesto,· la·Corte Suprama.~ala'Penal-.admini!. tramito justioié en nqmbre de ,la. Rept1bliea y por, autoridad de la ley•CO! FlAMA la proyidencia apelad,a~ · ' ; . ·~ i •

ALVARO LUNA GOMEZ MARIO ALARIO DI FILIPPO

. ¡:

HUMBEnTO ·BARRERA OOMINCl.JEZ LUIS EDUARDO MESA VELASQUE:Z .

LUIS CAnl.óS .PE.'AEZ · · LUIS tNRIQUE ROMERO SOTO '•: ' 1

..IUL.IO RONCAI..L.O ACOSTA JOSEMARIA Va..ASCO GUERRERO · .. 1 ... : ,J. EVENCIO PoSADA, V •

·.Secretario . \ / 1 ) 1 J

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