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CSJ - SP J.Velasco(26-10-1972)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Velasco(26-10-1972)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

COHTE SUPRBI'.A DE JUSTICltJ.

SALA DE CASACI0!\1 P 8'>4AL Aprbba.cto: Acta NúmCII'D 39 de 1. 9?2 ~~agl.stl. . ado Pl,')rH!nt:e Dr. Jos~ Metr:!tl Vele~ seo Guerrero. Bogotá, 1 i OGl. i37Z Vistot~ Consulta el Trit;;unel Supar1-or de !bagué S>.A providencia de 31 da ag.o&to pasado por medio tie la cual aboolvid al doctor HEJrnando Montensgro Meza de los cargos qua le fueron imputados com."l pretenea· menta contrsrios a la ática proresional por su d~unciante Celmire 5~ rrano Romero. El Procurador Seg'Ufldo Oiiilegado en lo Pmal se refiere nu.!! vtflment¡¡e a este negocio del que ya se ocupd 1& Corte en p:rovidenc:i.a da 3 de marzo último, y nlar.ifi~sta: »se le atribuyó al acueae'll:J como f"'+.l ta a la mo.ral pro eii fesional no heber gestionado oportunm y eftca.zmente la traga de un inmueble a la querellante, asunto para el cual se CV"m¡:¡romatió Rned:iante COrltrato verbal celebrado ~:~1 18 de Junio de 1.9?0, !'1ilcibiendo como hono:r-arioa la r"..antidf3.d de dos mil pesos. "A la queja instaurada se lfll dio al trtirnite prav:l.st.o en el Decreto 196 de 19'71., Se oy6 en ft;q:loaic:i&l da desea::

gc1s al inculpado, cuyo earácte1~ de atogado quedd flllatablec!, do t sa tuvieron como pruebas la.m pedidas por fstm y ss Pf'!lC tioaron las que se consideraron conducentes al esclarecimien to de loa hachos. - ••t:n exolicacidn de su conducta el doctor W.ontensgro Uaza acept6 haberse comprometido con su mandante a edelan tarle judicial o axtrajut:licialmente la particidn de un pro o!i dio rural del cual era dueña an coman y proindivioo con lia Reinaso. Obtuvo qua ~ata consintisra en la p~rtición amigable, hizo medir el inmueble de un agrimensor y adelan t6 otras gestiones, cubrill!ndo los gastas con el dinero ré= cibido eo~::~o honorarios.. Ss negd ~<:~. continuar le gesti6n ~ comandada porque eu r$1Jreeentada la exigió que la divisidn se hiciera extensiva a un predio de propiedad de la Reinoeo. nlos elementos dm juicio tre!dos al informativo res~l di dan la versión del acusado y damuestran qua despleg6 la bida diligencia y cuidt!ido en la gestión profesional ancom~ dada .. "Sin ernbargo, la fal tta imputada es de aquellas trans gresiones de na~Jraleza permanente en las que el t~rmino­ de prescripción no discurre desde cuando se celebro el con trato de rMndato sino desde que se verifir..d el éiltim..'"l acto como :r-.aul ta da lo dispuesta en el artfculo 106 del Cddigo

Panal. 11A falt-a de ccmprobacidn de esta circunstancia, el término de preacripcidn comienza a correr desde el momento M que el Tribunal Super:l.or avocó al conocimiento del asun to pues con esrte acto procesal e e n1m1i f'iesta la voluntad de axami!11Rr la conductll!l omisiva. 1S,e sabe que la falta denuncie.u:b. tuvo su manireste.cidn ' y desarrollo an vi.gencia de las leyti!S 21 d3 1931 y 69 de 1945 la queja f'ue instaurada el 24 de abril de 19?1 y el 1 Tr::l.bunal Superior ds Ibagué avocó au conocil'iimnto por auto. del 25 de agosto del miswo año. "Bajo el anterior rl!gimen disociplinario esta clase de con travenciones prescribía en un año oonf'orme lo dispone el e:r título '115 del Gódigo P ertal. Como en el presente caso tra.';s currit.S me1s da un año eontac.lo desda qua Bl!!l inició la investi' gacidn disciplinaria. ain que 51! haya puesto '!"in a la actua: ción, la acción promovida prescribió.u m Oe lo dicho por Proc.urador y de 1& revisión atenta da las constancias procesales se concluya qt. ..u ~ cualquiera sea la f'echa que ae tomo en consideracidn para len!$ ef~~Wtos de raaonocer pre~~eri ta la acci&-1 seguida contra el doctor Hemando Monteneuro Mez& -la del t.~ltimo acto. a, falt.a de prueba eobre ti particular,la 'fecha en que

tuvo comi0n:z.o el proceso cuya invest:i.gaci(~n evocó el Tribunal Superior de Ibagu6aquella se encuentra prescrita,. Oicr~ lo anteriors la Corta Suprema -Sala de Ca~~ci6n Penal administrando justicia en nombre de le Repdblica y por autoridad de la ley• REVOCA la providencia consultada y en su lugar ordMa cesar fel P!.O cedimi.ento por encontrarse prel!Scrita la acción disciplinara incoada contra el doctor Hernando Montenegro Meaza,.

LUIS ENRIQUE ROME:RO SOTO MARIO AlARIO 01 Fl.L!PPO

AL VARO LUNf.\ GOME:l

LUIS EDUARDO MESA VELASQUE:Z LUIS CARLOS PERE:Z

.JULIO RONCALLO ACOSTA JOSE MARIA VELASCO GUERRERO

J • EVOCIO POSADA V.

Secretario

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