CSJ - SP J.Velasco(27-11-1973)4
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Velasco(27-11-1973)4
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1973
1 1 876 1 1
CORTE :;UPRJlMA DE JUSTIClAo
1 SALA DJJ CASAC ION P1~N AL o Aprobado& acta Noo ~~P de lo973o Magictrado ponante doctor Jooé Velosco ~!a Guerrero o Bogotá" 2 ,J ~ov. 1973 ,•.::.:· ~-<~-="'?~~ V i s t o a: medianto sentencia de dieciooho de enero dl timo, al Tribunal ~;upcr1cr de BoBotá confirmeS la de primera originaria del Juzgado Noveno Suporior do estainot~~oia, ciudad, y condenó ll Uacadonio urart!nez Pinilla a la pena - >... -... ~.-' .r-":"~:;:1:'';'.·-.,-.<_o:..,..,__,~ .. "'-:.~~').-.-"";._....,b ..- ·..-~ 'i... .. ~-:¡·ir-:r--:7; principal de quince añoo de preo1dio y a las accesorias correspondientes como de homicidio agravado on la ~csponoable persona de ou hcrnano Amilcar. m.. proc:eaado interpuso recurso de casaciónoportuna~ente. ~tido por la Corte, y presantada an tiem po la demanda de c~oo16n, se declaró ajustada" a loa requi eiton formales ao ley.
HCCHOS Y ACTUAOION PfiOCESAL·:
aox,a noche del 26 de meyo do 1968 en casa de 0
Aguotfn Boh4rquaz en jurisdicción del de T! ~un1cip1o baclq ~ tu6 muerto de una cuchillada el seíior Amilca.r Uart!naz o 'F'inilla y <lesde un oomienz.o se sefialó como responsable a su hermano paterno t1o.cédonio Mart!nez 0 Pinillao n~otadQ la inveatigación al procesado fu~ 0 compromaticio en juicio con intervención del juradode conciencia por homicidio oimple 11. decisión refo~ da po:r ol. Q)Xtingu.ido Tribunal. Superior da Fusagasugá en el de responsabilizarlo de homicidio e~tido agr~ vado 014 rn~cSn del parentesco entro víctima y victi0 - -- -- -- -------~----- ---·-~,---=e •2• ~- 877. marioo "VerifiCada la au,diencia pública, el jurado de conciencia lo halló culpable de homicidio pero -. sin oaracter!oticas de asesinato, veredicto declara do. contrario a·la evidenc~a de los hechos por loa.- juzgadores.· de instancia. o . "El nuovo jurado convocado en esta causa af'irm6 oateg&rice.mente la responsabilidad del sindica . do. y el ·juzgado del conocimiento lo condenó ·a la lle.o. na principal de quince afíos de presidio y a las ·san• éiones acQésorias correspondientes, pronunciamiento Qonfirmado en todas sus partes mediante la sentencia :recurrida en easación"oo
LA lJW'lANDA DE CASAClON:
, Al amparo de l~s· causales ouart·a y primerase formulan dos C3r$OS a la sentencia del Tribunal Superior de Bogotáo
Cargo Primero: · ......._ Violaoi&n de la Conotituoión Política por ha• bet' errado el ful.ladot' en la denominao~cSn jur!dica de los • hechos o ~e sustenta as!: - El vered1cto del jurado •én la primera vista pÚblica- "a! ea reaponaa.ble pero sin las caraoter!stioas de asesinato porque mediaron circunstancias que según nuéstro or1 terio atend!ln au aeto" équivale a reconocer que el homi•· 0 oidio · pod{a imtlut~se al procesado en el grado de pretentin tencionalo Si loa Jueces de las instancias calificaron los hechos como asesinato, O.enqminaron equivocadamente la in fraoci6n e inou.trieron en núlidado~
/' { .. 3- ¡ ~·· ·, Ségundo cargo: - 1 !{1 1' í Se formula en el _&rilpi to de la causal pr1tneJ>a 1 0 y se aduce que el sentenciado~ tuvo por demostrado el paren rf tesco entre la v!cti.Ina y su viot1iriar1o sin que da autoa cons taran las partidas de ·sl.ls naoinner,.tos y del matrimonio de sus padres; por lo··cual dicho parenterlOO no se podía. proponer co mo circunstancia de agravaci&n del .homicidio (ordinal lo. del artículo 363 ·del Código Penal) en el ouestioná.l'io sometido al
.JUl"adOo
CONSXPERAClONES LA CORTE:
D~ . . Cargo primeroo .. El. Procurador Delega• Seg~do do en lo Penal pide que se deseche el. recurso interpuesto a no~bre·del procesado Macedonio ~art!nez Ptnilla po~que ~do leca de graves fallas tdonio~$ insubsanablés que impiden el estudio de los cargos formul.ados al amparo de las causales cuarta y .Pt-ímera y destaca o6mo resulta paradójico "q,ue e). . vere~ioto· ~echa~ado por loe j'u eces de instancia eqaival.g€\ al reconocimiento del homicidio p)!.eterintencional# pues de lo~ ttSrminos en que fué concebidQ.·-G· se colige. la ausencia dél prop6sito de matax-, ni la e~istencia de~ do~o determinado de lesionar y, más extravagaLnt~; que dicha véredicc16n ae to• me corno "antecedente .. de la ~~tifioaoicSn del mtS;-i to del suma. ... rio ya efectuada".- · A contin~aoidn transcribe de la doctrina de la Corte un párrafo corrésJ:iondi.en te al fallo de caaacicSnque decidicS la demanda d~ LU1n 4hgel Salazar y otrop dei • '. . tenor que sigue: •tQuien ~ega. ep. oas~icS:n~ en el marco de la. causal 4ao del artículo 58() del c. de J?oPop que el juicio está viciado de nulidad porque ~ el auto de procede~ se tn• o.urricS en error respecto de la denomiíla.c.16n jurídica de la
infracci6n (Art,. 210~> nwn4 5., del c. de P.p.). -ha dicho la Corte Suprema de Justic'-a• tiene el debel' da demostrar,, para la prosper1~ad de la acusación, mediante. . razonado estudiodel ha~ probatoriost que los juzgadores de las instancias .,._ ..... .; --··----~-
- 4- ..,,.., 4eafi~an la :r~al.id.fld fa.ctioia 4o1 pr.Óooso por enores 0 ..;.a.a hecho o da derechoen la dé la prueba lo m~oraoitSn 11 q\le ha de hace~· no• el ®máZldi:nUto ¡ o ele oof4~0bar po;:· • on411sis jW:ÍdiCOu". 01 · n.Q.· o oh. t~~.to lo~ _hechO a que el fa•' Uador tuvo como eotabl~c1dos0 r.¡uó la norma en la oaal fue. . rcm s~bswni.dos no era l.o . reQtorta del· tipo penal o1no otra" o ·
0 La causal. de· n~·ldad Úivooooa por el rocu rrents la presc1tiba ol ntmoral .. ,o. del arttculo 210 dél CeS digo de Prooedimiénto ·P enai Y:· ll:lo tiene cabida en e te caso 0 El porqtae · el auto da proc-eder tu& redactado con oefiimiento a - ~o o rcqu1si tos formale.s eltigi~a por el artfcW.o 483 clal o8 .... digo de Procedimiellto PanGJ.
P :1 en eu parte resolu tiv a oontie• ne~ eo:no conol\.\aidn de lt)o p~oounas eentadaa en la motiVE!loel Uomam1ento a jtücio por e~ delito clo homicidioqque denooo;o · ~ mina el Cc1d1gó PEmál an su Tt:~\Alo 13 0 capitulo 1 g o Oa be ad-. va.rtir qua el jtU1gadOr o,n sl:·a\1to ·<le Pl'OCed<WI) no detarm! 0 n& dentro dél ¡&,.aro 4él del~tol) en sa parto ·reDoluti17a 0 l.e oopecio del amo on: la motiva la calif'i• asesinato~> ~ua bi~o cooi&t. del hecho im~tado a ~ee:tónio. ma.rtmaz Pinilla, con la.s oir<:-Ul1otanc:i.sa ospootficaaoras que lu.ogo. fueron incluí• das en el cu.estiona.rio abouet!t to afirma. tiv a.:-aente por el jure.- Las cUcunotoncia.s 1 atenuaJltes de agra"~Ulntos la l"Gapen.sab1lidad no alterem el nomen jwrie de la fia.ura de11ct1v a poro lo espec1fic€$ dentro da su. categorttl~ !al fu~ 0 lo ocurrido on el presente .ioo.oo '3 en eata.o conaiciones, a\Sn 0 oi el cargo se hubiosa jfox-~ado correotamenta 0 no podría • proape"'aro m. demandante reite!'tl que en OSJ"~Q se~C.oo""
el proceso falta la ~eba dol parentesco entre la víctima ou victimario produoidQo ~ legalm~tG. Al basta con el l?roctU-ado .. ~opO)ct(l). ~cordal" c6mo el art!aul.o 336 dol d641go dE> l?rocedi!llionto Ponal. auto riza la clamostracidn loo elcmontos conatittatlvos 4Q la4~ cual.ql.d.ora qu.GJ data aaa con loo medioo ordlnainhtacoi~n0 0 -,- Como· 18.0 eirctms·tanoias que agravan o 61~étl la res:Ponon.bil1da& OOI\ thl:pendi~tQO dol noche t>TinOi:Pal eali• tioado genESrica.menta¡¡ partl los .efectos do la pr\1oba. corren pareja suerte con él y ~e dcmucr.Ertran liberalmenteo En al e~pedient~ eonota el parentaoco de con• s~\linidad do l.os llc¡,-·mnnoa l11f:U·t-!lloe P:tnilla~ .ce)ll.fesa.<lo por m ·--- el :roourronte 1 aceptado ,por ~4W proGcni toras o procesado no lo Objet~ on las inst~¡nc\afh I~a censura a e limi td a sefia• lar au auuonoiaInvoc<S ... a!- l.11t eauaal primora de canooitSn~ pero no dotcrmin6 en oumb1o el concepto de 1á vio1ac16n 0 0 ni la norma auElt::mcial. inf;r~da por el senteneia.d.oro Y la.
Corte n.o puede enmondar de ofitd.o e:J.tos d.efeO'tos ostensibles da la. dc~anda qu.e impiden ou. vr·osperidado-.
Vioto lo oucl. l .. J: \' Cort.e ;;uprci!la -Se.l.a de Oa 0 saoi&n Penal.- admini~1trand.o jui:r~icia én nomb:-e de la RePlá blica '11 por autoridt'l.d do ~u lt~', NO CADA' la eentc:.moi.a reouJ":rida..
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JULIO E01fOALLO AC00~l\
ESfEBAH lEIIDECK OIlVm,LA Conjuezo Jo .~'vano1o l~oam.da V •. SoorotOJ'~Oó --~ -~- -----~ ~