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CSJ - SP J.Velasco(28-04-1971)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Velasco(28-04-1971)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Aprobado: Acta Número /).3 da 197 1

_, Magistrado Ponente Dr. José Maria Velasco Guerrero. Bogotá, V i S t o S Se procede a resolver la consulte formulada por el tri~ nal superior de Neiva de su providencia de 5 de febrero del present~ año, por medio de la cual declaró prescrita la acción en el negocio que por faltas contra la ética profesional fue seguido a los doctores Parmenio Alarcón Gutiérrez y Luis Jorge Guzmán, denuncia S~JÚn presa~ teda por Aura Ramirez ante el procurador del distrito de la misma ci~ dad. Hechos y ectue.ción procesal • Dijo la quejosa que ante el juzgado seg.undo civil munici pal de Neiva adelantó un juicio ejecutivo contra Jorge Benito Chacón D1az, con base en una letra de C'"mbio cuyo monto alcanzaba la sume de cuatro mil pesos, para lo cual dio poder loe acusados. Al primero, 1\1 c0111o endosatario pera el cobro, y al segundo como su apoderado dentro del juicio. Como consecuencia del éxito de la acción -dicese liqui dó le obligación exigible por capital, más el aumento por concepto da intereses y las costes del juicio. Pero que los abogados omitieron entregarle dichas sumas o, al menos, lo cobraron honorarios excesivos. A la queja se le dio el trámite señalado en la ley 69 de

1945. Se aportaron el expediente les pruebas pera acreditar la condici.ón de abogados en ejercicio de los doctores Alarcón Gutiérrez y Soto Guzmán.

Se allegaron asimismo al .informativo copias del juicio ejecutivo y se ~ cucharon los descargos de los denunciados. - 2Se estableció en forma fehaciente que de las sumes pegadas por el ejecutado, el abogado Alarcón Gutiérrez recibió dos partidas: -una por mtl doscientos pesos y otra por "'il, de las cuales entregó e le qu.! rellante mil ochocientos pesos, en cheque del popular, y descontó, ~neo a su favor, por concepto de honorarios, la suma de cuatrocientos pesos. Por su parte el doctor Soto Guzmán entregó a la señora Aura R~ - mtrez de Ramtrez tres mi.l ciento cincuenta y seis pesos con cuarenta CF.ll1 . tavos, y dejó en su poder, iguel<Pente por honorarios, la cantidad de quinientos diecisets pesos. Los "echos atribuidos a los l.nculp.5dos tuvieron ocurrencia en el eño de 1'369, par lo cual el tribunal !!uperior de Neiva, d'3clsr6 orea cri ta la queja. Concepto del Procurador. Pide que aeronfirme la providencia consultada pero con el ro paro al tribunal superior de Neiva de haber declarado prescrita la qu~ ja -y na la acd6n disciplinaria instaurada contra los profesionales en cuestióncon olvido de que, e su vez, debie ordenar casar toda proce dimiento en su contra, infannalidad que deberá ser correnida por esta Sala.

Consideraciones.

La Sala no advierte conducta contravencional alguna imputable a las doctores Parmenio Alarc6n Gut.iérrez y Luis .Jorge Soto Guzmán, pues

na aparecen excesivas las honorarios por ceda una de ellas, ~~veng~dos en su ceso concreto, Pero además, '•)miJ la adviertoor1 el tribunal de Nej. va y el Procurador Primero Delegado en lo Penal, si los hechos atribui das a les imputados tuvieron ocurrencia en el año da 1969, el tiempo transcurrido desde entonces, superior a un eña, ha enervado la acción disciplinaria, qua debe declararse prescrita, can las correcciones ano tadas por el Mi n !.sterio Público. - 3Decisión: En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema -Sala de Ca~ ción Penaladministrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, resuelve: Declarar prescrita la acción disciplinaria en el proceso adelantado contra los doctores Parmenio Alarc6n Gutiérrez y Luis Jorge Soto Guzmán, materia da la consulta formulada por el tribunal superior de Neiva, y ordena qua case todo procedimiento ~1 su con tra, Notifiqu~e, cópiese y devuélvase,

JOSE MARIA VELASCD GUERRE>lO MARIIJ ALARIO DI FILIPPO

HUMSF.RTO BARRERA OOMINGUEZ ALVARO LUNA GOMEZ

LUIS EOUAflOO MESA VB._ASOOEZ LUIS CARLOS PffiEZ

LUIS 5'11RIWE HOMERO SOTO JULIO RONCALLO ACGSTA

J. EVENCIIJ POSADA V,

-Secretario-

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