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CSJ - SP J.Velasco(29-01-1971)3

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP J.Velasco(29-01-1971)3
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

CGRTE SUPREMA DE ,JUSTICIA

SALA DE CAS,;CII1N PENAL Aprobado: Acta Número é·Ll de 1371 Magia trado Po<1en te Dr. José Maria Vela.;¡_ ca Guerrero. Bogo té, V :L s t o S C.Jnsulte el Tribunal Superior de f'opayán su providencia ,;e 19 de octubre del año pasado por medlo de 19. cual d~claró prescrita la acción penal y ordenó cesar todo procedimiento en contra de Silvio Cé sar Medina Madi na, ex-Juez Pr-omi~::.cuo MunicipaJ. da Caloto.

Los hBchos at.r-ibuldos f: :ll sindicado, como consecuencia de la visita practicada al expediente que, por el delito de asocl.oción para delinquir, cursaba en el Juzgado a su cargo contra Fé:lix Conde Yul8, P~ dro Dagua y otros, son los de haber rev·qcado por auto de 13 de agosto de 1961 la detsnción quo pasa be sobre los acusado~• .

En el BX!JEJd i.cnte se encuentra acrecLi..tada lE! calirJsd dn Juez de Gilvío Cézar Madína !Jedi.na, de cuyu cargo tomó posesión el 1[1 ds a gosto de i961 (folios :?2 vto., 23 y f.¡.1). La incriminación consis Le on que lu re1vocatoria del auto por el cual se había privsdo de libertad a los señores Félix C:mdR Yu · lB, PBdro Dagua y otros, fue dictado el m:l~;mo dia tlJn r¡ua tomó posesión

del CIII'JO de Jw;,z "romiscua Municipal de Cal<Jto. fn.1 la sindica pur eJ. dnli t:(J de pt•IE'wericm.to r que según el f!rt, 29 del Decreto ?5?5 de 1963 tisne señalada una pena máxima dEl c1n co años. Como el hecho atri.b:;:f.do al "indicado tuvo ocurrencia en ago~ to de 1961, a J.e fecha (enero de 19?·1) ha transcurrido "'"' tiempo sup~ rior al que la norma pertinente precisa pera que se extinga ls. acción penal. En consecuenciat habrá de confirmarse la providencia consult_2 da, acorde con lo solicitado par el Procurador ;>Q Delegado en lo Penal. D e e i s i ó n 2 Por lo expuesto, la r:orte Supr8f1\e -.Sala de Gasactón f-"'~e:nal­ administrando justicia en nombre cte la I·;opúbiica y por autoridad de la ley, CONFIRMA en todas sus partes la provioencia consultads por el Tribtma.l Superj.or de Popayán, de fecr.a 1Q de octubre de 1910, pz:;o ferida en la causa contra Silvia Cé!lar Medina Medina, sindicado del delito de prevaricato en su condición de Juez Promisc•Jo Munl.cipal de Caloto (Cauca.). Cópiese, notiflquese y devuélvase.

JOSE Mf,RIA VELAGCO GUF.Ri1ERO MAflli} f1LARIO DI FILIP?f)

HJMBERTO BARHERA DOMl"lGUEZ ALVAf:lO LUNA GOMEZ

Lüi.G EQ\_jt\RDO f.I.ESf\ VELASQUEZ LUIS CAi'il05 f'EREZ

JUU:l RC!:-IC!'.LL:t ACOS TA

J. EliLNClO Pi\SADA V.

-Secretario- •

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