CSJ - SP L.Mesa(01-03-1971)2
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Mesa(01-03-1971)2
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
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CORTE SUPREMA DE ..nJSTICIA 1
·SALA DE CASACION PENAL
1
AprobadO: Acta #S-dé 19 de febrero de 1.9?1
Magistrado Ponente:
0R. LUIS EDUARDO MESA VELASQUE'Z
1 Bogotá, primero de marzo demil novecientos setenta ! y uno.
V I. S T O S: Consulto el Tribunal Superior del Oistrit o Judi cial de Buoarame1ngo. su provida~ia de 24 de npviembre ~1 timo, por lo cuSl. déclal"G prescrita la acción disciplinElrio adelantada en el· pre sente juicio contra el doctor RAFAEL OIAZ HERRl::AA por faltas contra . la ática profesional o ~1 atribuidas por e1 dOctor Gonzalo AfanQdor ~ a decisión qua tom6 el gua "de conformidad con los articules 112 y 115 del C. P. y con reiterada jurisprudencia da la H. Corta Suprema". ltl ProCl.n'Qdor Primero DelegadO en lo Penal, en vi!! ta datetdo el 3 de los corrientes, solicita la confirmacidn da la re solucidn de la 1nate.ncio 0 pt.tee "da la misma ~lla ea desprende qua el 01 timo acto reoli~do por el abogado. R.afael Diaz. Herrera y calif i- .c ac1o·· por el querellante como lesivo da l.o ática profesional E?B varif! e6 en septiembre 18 -de 1-.969 lo cual respaldo legalmente la. declara 0 . toria de preacrlpt)i6n de la occi6ft disoiplinor1o hecho por el H. Tri
bunal Superior da Bucoramonga y qua obligo a que se le imparta con 0 firmaci6n a lo providencia a estudio". Cumplido el trémite da rigor, se procede a resolver. Por medio de escrito de 3 de diciembre de 1.969 el doctor Gonzalo Afcnodor acusO ante el Tribunal Superior de Buca romonga al doctor Aafoel Oiaz ~ra, cuya cOlidad da abogado aa e_! tablaciO suficientemente, por falte a la lilOral profesional, consis tente en haberle inferido agravios en dos memoriales presentados en -----·· - - ----- ---~----=---- -2un juicio adelantado en el Juzgado Tercero Civil de ese Cir ejecuti~o cuito por Mario Oiaz Herrera Contra--Jo1ro Ol ave, cuya reprasentacidn· · tenia el abogado denunciante. ¡ Los escritos injuriosos Q que hace referencio el qU! j rallarita fueron dirigidos al juez qu~ conoc!a de dicho asunto y o la Sg la Civil. del Tribunal Superior d~ Sucoramanga, y aparecen fechados el 23 de junio y el 16 de septiembre de 1.969 en su ·orden. 1 En consecuencia,· en raz6n del tiempo. transcurrido · desde el Olt.imci acto imputado al abogado Diez Herrero, superior a un año, se el fendroeno de la .prascripci6n disciplinaria, de acuerdo opa~ con lo dispuesto en el art!cÚlo 115 del Cddigo Penal, aplicable al ca so por similitud de materias y· a falta de norm·a expresa. en la legislacidn que regia en esa entonces, y por ello .habr6 de confirmose la deci
. ' sión que ea objeto de la consulta, pues la pra~cripcidn no fue renu""' ciada. ,., ~ E S O L u-i-'lf I O N: Por lo exPuesto, la Coitef Suprema -SOla Panal-, de acuerdo con al Procurador Primero Delegado Parial, administrando justi ,,' 1 cia en nombre de lo Repl1blica y por autoridad de la ley, CONFIRMA la ! - del Tribunal Superior de Bucaramanga de que se ha hecho providenci~ ~ . 1 rito, por la cual se declaro prescrito la acc16n disciplinaria edelant~ 1 do en estas diligencias contra el abogado Rafael Diez Herrera, l)or fal~ 1' ~ : ta a la ~tica profesional, adicion6ndola en el sentido de que se otdena cesar todo procedi~iento contra el inculpado por el mismo hScho. Cdpieae notif!quase y davudlvaaa. 1
JOSE MARIA VELASCO GUERRERO MARIO ALARIO Ot FlLIPPO
HIJMBERTO 6ARRERA OOMINGUEZ ALVARO LUNA GOMEZ 1 _¡1 -- -- }1
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t,UIB EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS-CARLOS PEREZ
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LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO JULIO RONCALLO ACOSTA t
J. EVENCIO POSADA V.
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