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CSJ - SP L.Mesa(02-07-1971)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Mesa(02-07-1971)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

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\ ¡!. .: J . ' OE JUSTICIA :1 '.1ll CORTE.SUPAF~ ·i '·'!

SALA DE CASAC!ON PENAL AQrobado: Acte #23 ___ _ Magiatrado. Ponente: . DA. LUIS ._a>UAADQ. ~-- VELASQUEZ . .BogotA, dO$ dé Julio ds tnil t10\IEícientoS astan~ y uno. V I S T O S; · El Tribunal SUperior del Pist ri to .Judicial de Ve dellfn, en Sale Penal, dá acuerdo Oori el Agente del. '41nisterlo Nbli co y darldó apl1caci6n al articulo 1S de la ley 16 de· 1. 969, · declar6 prescri ter la acci6n penal: disciplinaria proOI3vida por 1$ sefiora Clara Acevedo de Aguctelo contra al abogado ROMAN GOMEZ' PINEDA par supuesta falta a la i!tica profesional, y orden6 en conse~encie, la ceaaci6n 0 de todo procedimiento con relaei6n a los mismos hechos. Oe eeá providencia conoC\:11 la Corte en grado de CO!l sulta. i 1 '1 O Próoúrador Segundo Delegado Panal, en concepto que ánteceda, ami tido en o¡:;ortunidad legal, pide que ea ~f'inna la el! .1 , • a cisi6n del S!!ib pues los hechos qua motivaron la queja que dio ori gen al .p resente Juicio ocumeron hace más de seis año$. . '

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En dei':Üaraci.Sn rendida ante el tribuóal de la i!'ls

tancia, el 2~ da ~tiembre de 1. 969 la sefiora Clera Estar Aoevedo de 0 Agudalo_ ac:us6 al doctor ~omás G6maz Pinada de ·haber incumplido un con trato celebrado con ella aAos atnt.s para iniciar y adelantar al juicio da sucesidn de su seflcar padre ( ns. 6 a a). La calidad de abogadO dal profesional imputado se ac~dit6 con la cartif1cac1dn of1c1al sobre el acuerdo Nt2S de junio 4 "irlJ2 de 1. 959 por medio del cual el Tribunal Superior c;le Medallfn o0den6 cribir como abogado. titulado al Dr. Román Gdmez Pinéda. . ( fl. 9). -- - ~ ~;. ' -2- ¡j ¡:. J' i .¡' Tomando en cuenta le (}poca an qua ocurrieron los hechos que ~$Cribe le qu~ll$nte, es__.licabla al ~. para los fi nas cts le e~tincidn da la et:;ei6n represora por raasn del tiemoo, al at, t!culo 115 del C6ct1go Penal, ·en ausencia de noma ti;ilspQcial y .por stmi1 11 tud de. materias an~ las ti"Ele~sionas a la moral prot'eei.onal y las 1,, contraVQnc1Qnes, como lo ~ resuelto esta Corf)oracitln en numerosas opot •,i 1 :1 ,, tunidedas· ;i ) i! 1 Oicha norma fiJa en un dio el t~ino de prescriP !:

r; cicSrt, pleao que transcurrid en el presenta asunto adn a partir de la fa ~;1 cha en que se fa~ta la aeueaci6n al ebogatto G~z Pi~da, por lo cual 1 procedit$ en legal forma el Tribunal Suparl.or de Medelltn al hacer las ~ 11 1¡, \ i claraciones que .c ontiene .lá J)lf'OV1dénc1a SQtDatida, a nonsult a, p¡.teá Cére :i' '1 c!a de COI'liJ)etancia Pa!"Q pronunciarsa sobra el fondo., por cuanto el int2, í: i·' resada .no renuncieS a la prescrlpoi6n, pare lo cual lo facult~ ~b ar ,. ¡::' ticulo 112 del t~digo ~nal. ,¡ 1 1 ¡r· D E C I S I O N: Por lo e~sto, la Corte Suprema ..Sala Penal-, da acuerdo con la Proeuradurfa,S egunda f.lel;agada Penal, administrando Justi• - cia en nombra de le Aept1blica y por auto!"icts• da, la ley, CONFI~A la pro videncia consultada' de prot:adancia y fecha e)(J,'Ire.sadas. ecSpiasa, natif'!quasa, y dew~lvase.

JOSE MARIA VELASOO GUERRERO MARIO ALAAIO DI FILIPPO

ALVARO LUNA GOMEZ

LUIS EDUARI:lO MESA VELASQIJEZ 1/ lj . li 1. i

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LUIS ENRIQUE· ROMERO SOTO·

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J. KVENciO A0SAoA V. i. secretario · '1 i1 i'1 ·

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