CSJ - SP L.Mesa(05-03-1971)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Mesa(05-03-1971)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Aprobado: Aeta #6 marzo 19 de 1.9?1
Magistrado Ponente: EDUARDO DR. LÚIS MESA vELASQUEZ:' eagotá, cióco::: _-, de ·m.arzo de. mil novecientos setenta y uno.
VI. S T O S: a · Procede 'la Corte ~solver de _plano res~cto de
. ~ la recusación propuesta por' el doctor Jorge Enrique Rivera Gelvis contra el Magistrado del Tribunal SUperior de Ctlcuta doctor MANUEL BLANCO SUAREZ, e.n el juicio disciplinario que en esa. Cprporación se adelanta contra aqu1U por presunta falta a la t1tica profesional del abogado, de nunciada por el señor Cenón Ortega Rodríguez. La recusación fue formulada mediante escrito de 1~ de noviembre 61 timo, en loa siguientes t~l'lllinos: acamo Magistrado Ponen~~ actúa Udt . Honor6Ple Ma-- . ,· .. gistrado MANUEL BLANCO ·suAREZ, a quien recuso· para intervenir en ellas, {en las diligencias disciplinari~s contra el doct9r Rivera Gelvis, acla- . . - \ re la Corte} por la razón poderosá que· Ud. no ignora, de qua_ fui uno de los declarantes dentro de la investigaci6n que en años enteriores adelan tó contra~:Ud. el entonces Procurador del Distrito Judicial de Ctlcuta, Or. HOLGER ENfiiQUE VANEGAS NAVARRO y mi declaración, de la cual Ud. debe te
ner conocimiento, no le. favorecía en ninguna manera. 8Por la anterior razón, considero que existe la ca~ sel.de impedimento contemplada en al numeral 59 del art. ?3 del C. de P.
P. , de grave enemistad de parte suya para con el susori to y si Ud. cons! dera que por su parte no existe esa enemistad,grave, no es menos cierto
.... ~--~ que habiendo sido uno de los declarantes en contra suya en la referida i2 vestigación, no está Ud. en capacidad de juzgar con cabeza fria y ánimo desapercibido mi conducta profesional". (fl. 14). '¡ ·) ~ .. ''\') l ?' -2El Magistrado doctor Blanco Suárez reconoce como cierto ®S en diligencias administrativas_ da car4cter disciplinario a delantadas contra M en al año anterior por la Procuradurla Oistrital, para averiguar presunto ejercicio ilegal de la abogacfs las cuales fue 0 manto ron archivadas en el mismo d~pacho por falta da para acusaci6n, "una el doctor Rivera Gelvis rindi6 'ék!claraci6n, no jurada, cuyo texto y t~nninos fueron de tal inocuidad e ineficacia, qua edn el miemo suscrito Magistrado ya· habia olvidat;to", y afirma que no conserva por ello ning¡1n amta sentimiertto dQ entipat!a o avers16n hacia el doctor Rivera; que "ni tad, ni enemist~ lo vinculan a ~"• y que "la causal de enemi~tad grave aducida por el recusante respecto da mi persona, no tiene, segdn mi leal
saber 'f· entender, fundamento legal alguno, puesto que muy lejos del sus crito ha estado y está abrigar esa clase de sant1miento contra el Or. Ri vera Gelv is" ( f'ls. 17 y 18). SE CONSIDERA a.- La competencia da la Corta para ldeoiulir la re cuaac16n emerit ada, al no aceptar el Magistrado Blanco Sunz los fundamentos· invocados por el recusante, fluye del ar c. ticulo ?? del de P. P., de confonnidád ~ .la razo~da interpretac16n que de esta dispasic14n hizo la Sala en sentencia de 4 de agosto de 1. 958 {G. J., Tomo LXXXVIU, Nos •. a1.99-2200,. pAgs. ?44 Y.ss.). b.- El doctor Rivera Salvia no acompaii6 a su escrito de recusac16n ninguna prueba., en orden a de mostrar la causal de 1nhibici6n invocada, como ha debido hacerlo por pra~ ~ del art1culo 76 inciso 29, ibidem, y los motivos qua alega, en 0 la parte que ftleron admitidos por el Magistrado Blanco Su4rez • no dan ba se alguna para. presumir qua ha)liiiitl originado enemistad entre dl y el refer!. do funcionario. e.- No habiéfi-'Íosa establecido la causal de recusa ci6n propuesta, el citado Magist;radc) debe cont! nuar conociendo del asunto. ¡· i: i1 1 ''1 i. . .. 1, ,1 1¡' !
OECISION
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--' 1En virtud da lo expuesto, la Corte SUprema -sala Pe il ' nal-, administrando justicia ~n nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA INFUNDADA la recusaci6n fo1'1t!Ulada por el doctor Jorge En rique Rivera Galvis contra al Magia~ del TribUnal SUperior de Cticuta 1' doctor Manuel Blanco Suérez, en el presente juicio disciplinario, y orde ¡1 ¡: na devolver el elq)ediante al tribunal dé origen para qua .se contimle el PF9. cedimiento. ¡, i¡ l !' · C6piase, notift~ese y cdnlplase. 1,, ·,., 1
JOSE MARIA VELASCO GUERREAD MARIO Al.,ARIO DI FlLIPPO :(
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HUMBERTO SAMERA OO?JIINGUEZ AL.VARO LUNA GOUEZ ti
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LUIS EDUARDO MESA .V ELASQUEZ LUIS 'CARLos PEREZ
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LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO · JULIO RONCALLO ACOSTA
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