CSJ - SP L.Mesa(07-09-1972)1
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Mesa(07-09-1972)1
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
...... ----------------~-= -:.-~-:-,). goap St!PRlU!A DI J:USTIO, U §ALA PDAJA .· Aprobado: Act.a 1 33 Magistrado pon.entEU JJ~·· LUIS EDUARDO t.JlESA VELASQUEZ Bogotá, siete de aeptiambre de mil novecientos setenta y doa. VI§T.O§,:f En fechado el 16 de nQ1!!iembre de 1.971, eso:~r1to dirigido al Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Cal1o el docto:r Gustavo Martinez-Gonzál&z formul6 denuncia contra Fi ladelf'o 0@r6n y !~ar1na Guerrero de Gutiérrez. o Jiménez, por falso testimonio al:~. un prooeeo policivd, de le.nza:miento por o \. ,11 1 .... cupao1ón de hacho con relao16n a un inmueble de propiedad de l.os Ferrocarriles Nacionales de Colombia entidad a la 11 aquálo También denunció el doctor Mart!nez o\u~l ~e.preaentaba en el aludido escrito al abogado José Home Murcia Gonzlile~ por falta s. la ética profesional, y a fu;noionarios de la Al eald!~ de ca.li y de la Gobernaci6n del Vall~ del Cau.ca por po•ible delito prevaricato. d~ .,} Del proceso penal que se 1nici6 contra los nom- .i brados Filadelfo Cerón y Marina Guerrero por falso testimonio \ ,. se tomaron las presentes copias, con el fin de que la Co:rte decida EJi se inicia o no sumario contra elGobernador ocasio
nal d491 Depart.amento del Valle del Cauoa. ! 1 ta resoluci6n de la Gobernaci6n que motivó la qu..! ' ja del doctor Mart:!nez contra quienes la suscribieron dice as:{:. "RESOLUOIQN N11BRO 0064 GOJ!ERNACION DEL nEPART! oMEITO I.lEL VALLE DEL CA'UCAoOali, :Enero quince de mil novécie,!! toe y uno. Procedentes de la Alcaldía Municipal de Cae.~ttenta11, se encuentran en este D<$spacho las diligencias sobre "Lan - 2 .... zam1ento poto Ooupaci6n de Hecho" promovidas por la sefiora Roealba o Rosalbina Santander Vda, de Gut1eirez contra los etñores Saiom6n Buiz y Emilio'G'aro!a por apelación que el apoderado <te los demandados interpuso contra la Resoluci6n 11 1095 del 9 de julio de 1.970 originario de la misma. Alea! La demanda tue por el Dr. José Bome Murcia dia~- p~eeentada eegán pode~·eonfe:J>ido por la querellante en la cual solicitó que de conformidad con el procedimiento indicado por el dé o:réto 992/30 y otras normas ooncordantea ordenara el Lan~a mi$nto por ocupao16n de Hecho de loa sefto:tes Saloxn6n Ruie y Em111o flarota, del tnmueble ubicado en el paraje de "I,os Chorros" Oorreg1mSento de Melendez. con una cabida aproxim,! d.a de :3o 767 o07 li$ o2 e identificado por los eigui~ntes i1nd.!.
ros: en 61,30 Me. con propiedad de Susana Puerta;
NOR~Eo
SUR en 511)40 M.s. con calle en proyecto,, ORIEN'.fE'en 62ol0 Mts. oon pndio él~ Esther Julia Vargas de R1os y OCOIDEN~E en 72,- \i' 40 .mtao oon carrera en proyecto.- Como\heohos adujo los e1-· 1' ¡·, guientes: eu mandante ha pose:!do materialmente el de,! p~edio o~ito en :forma pllblioat y continua desde hace más de dos afioa ba$ta el d!a 15 4e de 1.970, fu' cuando fué ~ayo despoJ~ da en forma violenta por •arias personas comandadas por los seilores SalomtSn Ruiz y Em1.l1o Garo!ao cometiendo. en esta fo-r' ' 1 ma Wla verdaders ocupación de Beoho.- Para respa. ldar su de·- 1 ~ mand.a el Sr Bome los siguientes dooumentoeu lQ o-P,g PJt~sentó o .i de:- conferido por la aefiora llosalba o Roaal'bina Santander ' 1 vda,. de Guti6rrez o""' 2 Q oDeclaraciones rendidas ,e ;;xt;ra.-juicio ante el Despacho Juzgado 49 01v11 Municipal de Cali por d~l los S(iito:ree Filad.elto GU$JT6n y MaJ;>ina Guene:ro de J1m~nez; 'go_ Copia de la escritura p\1bl1ca 59 1.544 dal lº de Junio de l-o967~- pasada en la Notaría tercera de esta oiuc:tad, de
regia trada en la. Ofioina de i.egi,e tro de . Ine trwnenb1dament~, . tos Pl1bliooe 4e eatq ciudad en el Libro I, tomo 224 Pago 469~ l?a:rt1d.a 3143<f Matr:íoula 1221113, Folie 137 tomo 466o4º•- 0e:rt1f1ea4o del Regle tro de Instrumentos :Públicos y Privados de Cali en relación oon el predio a que f.le refiere la. escri tura citada en el punto antel:"iOroReunidos como estaban loe requisitos qué para el efecto selialan los art.s. 22 y 3º del Deoli'eto 992 ds lo9'0 la Alcald.!a aoog16 la demanda presentada '
- - 7 dicteS iutdiatamente la Resolución Nro. 095 de Julio 9 de lo970 el "Lanzamiento por Ooupao16n de Re de~r~tando oho" solicitado y QUe es motivode a-pelaci6n9 En el mome,ni . to ae notititlar¡¡e la Reeoluo.ión, el querellado Emilio Ga_E c1a-man1fest6 que su nomc¡.e es llablo Exailio Giraldo y n6
EmUio Garci& corno venia ti¡gurando y que ade~á& estaba en el lote mediante un contrato ele arrendamiento celebrado por 'l y loe lf<arroea.J"J-iles Nacio:naleeol?oateriormente se aootn• paflaron al negocio: 1) Fotocopia del contrato celebrado en tl'te loe Fenooan'il.ee Naoionalee y el se%1or Smilio Giraldo;
- Oopia en term.ofast de la Escritura. Nro. 731 celebrada e,u t;rte los sefiore$' Gustavo Iiolgu1n LLo:reda en su cax:-4oter de Jefe de.t'ré!:tico del Ferroca~ril del J?ao!fioo y El!as Lenis por medio de la oua.l adq,uirieron los i'e:r:rocarriles Nacionales va,-ios lotes de ttnoeno. ubicados en l.aa pa:rtes altas y bajas de Melen<l<ae; 3) copia de la .s~nteneia ~rofer1da por el Juzga11 do 29 01v11 del Oirollito,' el :50 de Mar~o .de lo965 y confirmaele. por ~l tribunal 5ttpeJ"ior <lel.Dist:rito Judicial ftl&diante la cual as le d~vol1116 a los Fen-ooarr1les Nacionales un lote O,B yo dominio he.'bú tlisputado la sei'iora susana Puerta J 4) Ie;ual1 1 mente aparece e.op1a. de la tiil:tgencia de ent~ega del lote a.nt.! riormante mencionado; 5} Pode): conferido por .loe lifUe.:l"ellados Emilio Giraldo y Samuel. .Ruiz al dr Gustavo ~ut!nes Gonzálelih1) 'base en el pocler conterido,. el 4r. Mart:lnez interpuso,el r Co~ !1 ' J:ecurao de apelación métivo de esta providencia que auatent6 con los eieuientea argumentos: 1) Es falso el heoho de la Oc,l!
pac16n porque el predio en mención pertenece a los lfenocal-r,! lee Ncionalee entidad a que fué entregado en virtud de senten cia p:roterida por el Juzgado Treos Oivi~ Munioi.pal da.·Oali; 2) Reoi'bido el lote por loa Ferrowa:rriles, 6etos lo dieron en arrendamiento al aeftor Emilio GiraldoJ 3) Propone igualmente la exoepeo16n de cosa Juzgada po;r haber sido ya objeto de lit,! gio el mencionado lote; 4) Alega asimismo la de IneR excepo~6n ta Demanda por cuanto la Demanda se dil,!C18i6 contra Emilio Giraldo (Inquili:no de los Fenooa~riles) y Salomón Ruiz (Vigi-- lante de la impresa) de donde ee deduce que a se ha dequi~ll bido demaJ~dar fué a los u.derrooanilee Nacionales"; 5) Es tamc:a - 4bién moti' lo de apelaoi6n la "Fol 'ta de :Presupuesto a proce sales para la aco16n interpuesta por la par:t.e demandan-t;e . - al no llenarao los ;-equis1 toa ~' e ~ xi.gidos por el Decreto 992- /30¡'6) El loté que o& pretende recupera¡- no es el mismo a que se re:fie;re la E$or1 tu:re No. l .544 del 12 de Ju.."lio de 1.- 967 de la Notar!a tercera presentada como t!ulo por la paz te En este éatado y,oomo el seftor Gobernador
de~andánte.• del Departamento Dr. Rengi:f'o Salce·d.o a e· declaró im• r.«a~ino ped14o para oonooer la Instancia po:r haberle oorreJ! ae~da. pendido el tallo de primera Instancia en au condi profer1~ oi6ll de Alcald.e.Munioipal de Oali y las partes no allanaron el impedimento durante .el t4rn11no legal del traslado, la !1 ' Presidencia ele le RGptblica designó éntonces por decreto N!2 2037 de 26 el el mismo mes al suseri, to Alvaro Escobar iavia oo~ao Gobernadoll .AO.-Boa a eteoto de conocer el nElgooio en S,! ta llUitane1a y d.eo14ir lo conduncenteó"" Oorresponde pues 11 al Go.'bernador A4 ..B oc esta providencia, en vil"tud del ~eviear r-ecurso de apelaoicSn into:rpuesto por el apoderado me los de.;.. 1 1 ~ 1 mandadoso• En esta Instancia el Dr. José Home Murcia. presen• :.¡ '\' t6 dentro del tti¡-mino dG f1jae16n en lista un memo:rial de '1 prtlebas; así como 'ta!:n'bi'n adjunt6 al preaen·te negocio" una ¡:1 1 ·¡1, cert1f1oaeión del Juzgado S'pt1mo Oiv11 del Circuito ae·cali _) ·¡ sob;-e el de que la aefiora Ro ea,lba o Rosalb ina S.antan. ... - lu~cho d$1' Vda de Guti,nez no figura como parte el juicio aded i
$:n ~ '( ~; lantado en el mencionado Juzgado, propuesto t'or los Ferroca• ~, rri.les Nacionales ..... Se trata en este negocio de la an~lizar .Pl'OOedenoia o irnp::rocedencia de la dec1si6n tomada por el Al• ca.lcle M\Ul.ioipal de Oal1 cuando dispuso el lanzamiento de los 9 sef1ores Emilio G1¡-al4o y Salom6n Ruis.- Sea ·del o aso resolvel'" $D. primer lu¡ar las ~ltcepc1ortes propuestae en su. memorial de apelao16n por el DJ>. Gustavo Mart:!r~.ez apoderado de los d emandados, comenzando con la excepción de la coaa Juzgadao Funda• menta dboha exoepc16n manifestando qu,e el lote mencionado .en estas dillgenoias ya fu~ objeto de litigio y .resuelto el caso mediante sentencia e jeouto~iada en favor de los Ferrocar¡oilea· NaQ:l.ona.lea que actuaron como demandados por la señora Susana ae Puex-ta "- "La exoepoi.~n cosa juz¡ada es el medio t4bn1oo ore!! ---------------------------------------------------------------===~~~~ - 51 do por el legislador oon el fin de bJ:tcer efectiva la san ción COn que la !~ay protege _J.ªa aentetHÜE\8 fii'llWSt la c·ual ae .consiste en considerar el tallo tal manera decisivo que \ exolure por oon.rpleto toda poai bilidad de e}{aminarse de nu,! vo el negocio o iSllalmente cualquiera nue'Va decisión sobre
la aistna rel.~\ción jurídica frente a loa que h.en sido partes, por la misma autoridad Judicial que dictó el pri a~a mer fallo~~ uea por otra parte dif¡,~enta". (Oaa •.2 7 Oct. 38 I lLVli, ;29} .- !)a exeapo:i.ón de cosa juzgada versa: l)Sobl.. e •f el .mis.mo tib je.~to. 2) :r..aa =mismas partea . En el ca.ao de a u-• ) tos, os tos dos presu¡:ruecto, o al menos de ellos no \U10 6@ ) configura, puesto que el lote objeto del li.tigio no corre.! ponde al quo ¡a fuera materia de en el o aso pro• e~mtencia puesto por S\u;ulr~ :h.terta oont:ra loe ferrooarrilee !ac1one. lea asi como han .figurado en uno y otro i;;a~;;ipoco en:Cren~ados de loa juicios como ¡;artes, las Roaalba o rtoaalbina se:ño~as ; Santander Vda.~ ds Gutiérl:·ez y Susana· PueX>ta.- Otra de las exoepc;iones p¡~opu~etss oo:rx·asponda a la Inepta 4emanda ~ El c. art. 333 del J. Dioet nta exeepoi6n de Inepta. demanda ti~ ne cabida los oasots s1guientest l)o•••••·•••·••&••• .. ••••"' ~n a)auando la de:manaa se 61.rig' eontt"a diversas persona. de la
obligada. a reapondfllr sob¡-e la cosa o heoho queee demanda.)) oo•••• En el caso do autos, claramente se apreoiQ que, loe aefiores Salomón iluiz y Emilio Giralda quienes figuran como J J1 4emandadoe en el juicio instaurado pol" Rosalba o Rosalbina Santander, eegún lo manifestad.o por su apoaerado ocupaban 1· ' ~l lote etL m~noi6n y por lo tn11to contra ellos debía dirigi,I se la 4~rnandat puée el Deor:eto.992 d$ 1.930 dice en su a:rto 6Q qu.tu 11Cwnplidas las formalidedea ee~ablecidas en el mismo decreto el Alcalde Municipal dictará inmeeiatarnente la orden d$ Lan:aamiento cont:ra loe oeupantesn.- Da donde ae deduce que eata aoci6n procede es contra las personas que est4n ocupando materialmeate e1 lo'te o bab1tao16n que originan la aoci6n. o t-ro de los ar¡umentos expueetoe por el Dt. Gustavo Mart:áe~ Gonsál~&Zp baca l"$.f<a:rancia a la falta de presupuestos procesa lee o A este respecto; el Despacho manifiesta, ·que la falta de ' ·' ' -.--.- -·- - 6l?J"tlsupue~tos proo$saJ.es se. refiere al no cum-p11miento de loe .JreqW.a1 toa ex1.g1dos para instaurar la aco16np en ea te
caso ele Lanzamiento pero que el presente negocio se han -~n oump,l1do según lo diapul$sto en-:-el d.ecreto 992/,0; por lo tanto seta no ea ac(f)ptada por el Deapaohootaa 4,! ob~ec16n m4e partes tJ'atadee por el apodel'Sdo de la que:rellada. aG~ l'Úi ten14as on cuenta en el momento de efeotuat-se la Dil1sene1a de Lanzamiento al tenor de lo dispuesto en el decre to 992/,0oAl la legalidad del decre estudia~ lan~amiento tado por la Al.oaldta Municipal de encuentra éste Des• Oali~ paoho~ qu$ era pertinente ya qu.e el tuno1onario ajustó su '! actuación & las disl}Osicionee vigentes que rigen la materia '1 de don4e ee conoluya_que debe confirmarse la Resolución ob de la Apelac-icSllo Po:r las anteriores oonsideraoll.oneso ~eto la Gcibernao16n del Departamento del Valle del Cauca, R E S !!
E t V B: •• 19.- Contrmar la Reaolueiá,n loo 095 de Julio 9 !¡ ' d$ l "970 or1gitt~ria de la Alc:aio.!a de \Cali o por la cual se ~\ decret6 ~l •Lanzamiento por Oeupaeión ~e H~cho" a favor ae Roealba o Rosa.lbina Santander Vda. de Gutié:nez y en con#}ara de loe sefio»as Salom6n B.uiz. y Emilio Garo!a. 22oDevolver e1 eapecU.ente a la oficina de origen, una vez notificado y
en la presente resoluo16no• ,a.- Condenar en eostas a ft~e 1 1 1 la parte apelante COPll:iSE Y JJOTIFIQtmSE .- ALVARO ESCOBAR ·, o11fAVIA Gobernador Ad-HocoJOBGE llESfREPO POTES, Seoretal"io 0 ) . de cTttstioieoLUZ ALBA ESCOBAR GIR.l&.LDO~ Directora Oficina 'o ( Fle. $8 a 61 ). Ju~!41oa .. ....., La reeoluci~n que e e ae~a. transcl"i ta está sufi cientemente motivada 7 en. ella no se advierte violación fl,! grante d$ la le,yp por ningán aspecto. Si las pruebas en que 1 se fund6 son falsas oueet16n que ae ventila en otro proce~ 0 eo y s1 por ello la dec1si6n adoptada en la antedicha ress 0 luc16n fue injusta, no por ello -.;;uede deduc:lrcele responsa. ... b111dad de naturaleza penal al doctor Alvaro Escoba:rWav!a~ quien como Gobernador ad-hoo la euaorib16 por impedimento d,& olarudo y aoepta.do del Gobema.(lor titUlar o ------------~-----------------------------------------===~--~, ,._ - 7 .... En ooneeouenoiap oomo pax-a la Sala es olaro que •1 doctor Eecol.)ar Nav!a no incurrió en ninguna 1nfraoci6n, 1 su ao,tuación rue sin lugar a duda de buena fe• dictará a.B to 1nh1b1 tor1op danc:lo aplicac16n al artículo 320 del C6di80
d.e Proeedimten to Penal o ¡ D E, O S I. O :N: Pe,. lo expuesto, la Oo.rte Suprema - Sala Penal ..;.• a4m1.n1st,rando juet1oia en nombre ·de la Re:ptiblioa y po:r auto• J>idad d$ la ley, se abstiene de iniciaJ:' sW(Jario oontt>a el dooto~ Alvaro !f3oobar Sav!a, respecto de los hechos do que se ha dado cuenta en. la parte motiva.
LUIS ENRIQUE ROMERO SO~O MaRIO ALARIO DI l?lLlPFO
ALVARO LtnU GODZ l.
LUIS EDUARDO MESA VELASQtJBZ ' .) , .l r
JVLIO ROIOA-LtO ABOSlfA v.
Jo Evenoio Posada ... Secretario -