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CSJ - SP L.Mesa(08-09-1971)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Mesa(08-09-1971)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

COR'l'E SUPREMA OE JUSTICIA

SALA QE: CASACION PENAL

Aprobado: Acta f/34

Magistrada Ponent$:--· OA. LUIS S)UAAOO MESA vet.ASQUEZ Bogot4, ocho de septiembre de mil novecientos setenta y uno. -~ y 1 S T O S: \' 1 l ea decida la conaulta ciol Tribunal ~ de Medall!n, con nJSpecto al auto de 6 da julio tlltimoo por el álal se declara PT.Secrita la ac CJ c16n penal c.ti.sciplinaris adelantada en esté procsso contra el abogado · JOSE HOYOS MJJt\loz por f'al tes a la ~ticai profesional y eEj ordena osaar el Proceclimianta. El juicio se 1nic16 por queja del doctor Guill,enno Aivera Gireld(), for mulada por escrito ante la 'Procuredurta Distrital de Medell!n el 25 da :r.ikA qua Junio da 1. 9?0 en la 1nc:N1Pf.1 al sbogadQ Hoyos MuRo2 ~ hCer fal 0 Su! tado a la moral prof'etñonal al acapts!' podar ds ·la seAora Virginia a rez da Serger, quien el querellante venta rapl"esantando, en juicio de separación de bienes contra Motti.s 9áa-g&r S. , cuando ya la litis ae habla definido con fallo favorable a la demandante y el abogado denuncian te hab!a retirado el expediente d~l Juzgado Mptimo Civil del Circuito de Madell!n, doru1a cure6 al juiciO_, ~ el' registro da la sentencia.

La presunta falta· mat$'ia de le. inveQtigao16n SUQad16 el 12 de mayo ·de 1. 9?0 • t'scha an la cual al doctor Hoh'QS Mufloz, cuyo caricter ~ abogado se ac.red1t6 suf'1cier't~te0 acapt6 Gll poder a qua haca referencia el d2 nunciante. En raz6n del tia mpo discurrido desde entonces, suparios a un afio, le ag 3!UJ ci6n represora se extingui6 por prel9cri.pc16n, El . ~.-minos del articulo 115 del C6digo Penál, Q~:JliC$ble al. ·caso sub Judics por las ~onas que _:;egu,., abonlii\n el A S y a} Procurador_ _ Oalegado an lo Panal, y no . ha biendo renunciado el prof'asional inC\illP.at.b a 1~ praecripcidn, para lo ~!UJ --- 757E"""1t - ! ' / / ' i \ ¡') ¡' .. , j; \ 1 :~: ! '1,· •" 1 : :· 1 : 11 l ' cual la facultaba el articulo 1:12 del amaritado estatuto, no tenia al 1 1! .1 lj tribunal da instanCia tacultad pera haQSr daclaracianas distintas de 1 las que hi%0 en la providancia qua se ~-. qua no ofrece ningOn re 1 paro y qua serA par tanto confitmar:ta. !1 ¡ '1 ' ·'

'' 1 ' o tt e t a t o N: Por la anpueatQ la Corte Suprema -5ala Psnal•, de acuér'CO can al Praca! 0 radar Segundo Delegado en la Panal, ·a ctministrandí) juetioia en nombre da [, la Rsp6bliea y por wtoridád da la ley, CONFIRMA la providancia abJato 1' 11 la da consulte da origen y fecha exp~doa an la parta motiva. 1 ~ 1 1 ' i1 0 . '·, ·\: \' . \ 1:¡ : ,:1\· ·~1 '' 1 '·'~l\ lil '1 :¡ \' '¡' •f'¡ 1), l. :;; ,. l

MARIO ALARtO DI F'ILIFSO :1 ,1. 11 1 ':. . '1 r

Al.. VAAO LUNA OOMEZ

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LUIS ~ARDO MESA VtLASQUEZ l.UXS CAAL.OS PERt!Z

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LUIS. ENRIQUE A01.1ERO SOTO

J. E\IENCIO POSADA V.

Sacratario ~ ','

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