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CSJ - SP L.Mesa(11-06-1971)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Mesa(11-06-1971)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

CORTE SUPRURA OE JUSTICIA

SALA DE CASACIDN PENAL l/20

Aprobado: Acta

Magistrado Ponente: DR. LUÍS EDUAROO MESA \IEl.ASQUEt Sogoti once de junio de mil novecient6os setenta 0 y uno.

---··~~·-·· V I S T .O S.: Por consulta conoce la Corta de la providencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial da Bogotl da facha 3 da dici~ bre de 1.. . 970 mediante la cual se declara, de aQUercfo con él Fiscal Ter cer-O dé la Corporaci6n y. . dandO api1cac16n el ar~tculo 153 dal c. de P. P. , ! que los hechos imputados al Juez Quinto Pen8l M~nicipal de la misma ci~ mo dad Oloctor ROBERTO CARDENAS ULUlA por los espO'sos Belarmino Bonilla GutiArra2 y Paulina Amaya de Bonilla, en dalíUncia escrita present1:;1da ante la P.rócuradurta General da le Naci6n el 22 de ®ril de 1.970 como cons 0 titutivos de los delitos de datenc16n arbitrario, c:oheého y prevaricato, cometidos en parj uicio ele los querellantes, na eJdstiemn,. y se ordena en consecuencia casar todo· procedimiento contra dicho funcionario. De la .actuaci6n se dio en et;1ta i.nstaDcia traslado al Ministerio, POblico y luego se fij6. el a$Unto en lista, por los· t~rmi­

nos y para los 'finas indicados en al articulo 35 del den:reto 1358 de 1'. 964. El Procurador Segundo Delegada en lo Penal, en CO!l eepto fecha4o el 24 de mayo Gl timo, solicita la canfi!'III$cidn del provei do co11SUltado., por estar plenamente demostrado qua el Juez acusadO no cg,. meti6 los il!citos por los cualat3 fue d~nunciatfQ. El cargo Cf.lnCt'Sto que los c:6nyugas Bonilla Arnaya formulan al Juez C4rdenasUlloa es el de ~los privado da su libertad !! ! ' durante algunos d!as sin fundamen"tb legal, por •presiones del Or. Luis SSI: · 1 miento Buit rago, actualmente Magi~tralio de la Cot-te ~uprema c$e Justicia", por dificultades surgidas en una ·~t::i~dad de hecho~ -existente entra el ·i i ! h 1 ,i i denunciante Belarmino Bonilla Gu:ti ~~y el doctor Sarmiento Buitrago, por lo cual el funcionario .i ncriminado comet16 loa delit oa de .c:tetenci6n arbi~raria.o cohecho y.·prevaricato0 ' {na. 2 .a 4). los· resul.tadns· de la presente 1mrest1gaci&t. acredi• tano en f'orma.~ plena;• ~ el Jue:z Ci\rdeaas U11oa~. cuyo carilcta.r de tal se comprob!S con•las col)iS.!Sdel· acuerdo de nombrartd.ento· y de la diligencia de

poaes16n· y la certif'icae16n. oficial sobre ajei'Cic::io del cargo,, prd.en6, lat ' j. eal)tura · de Belarmihc 9on111a y· de Su· eap~se Paullf'\a Amaya. de BOnilla ~n :¡ ; ¡ :¡ ·baaa legat· en el arttetÍlo 41' del c$ereto t358 da 1 .. 964 y con. apthya proba ' torio en· 4enuncia serta y t~atificada bajo· juramento qua presenttS el dot> tor .Hi§ctor Ju11o Esteban Slchie$•· como $Jl)oderatb. del doctor LUi!3 Sarmiento Bu1trá90•· él. 25 de octubre de 1.969 ·acompañada de documentos fidedignos 0. qua· la rapaldábaA en l)arteé asenci alas (di\igeneia efe ias¡;mcci$\ judicial da folios 79 y siguientes). Tambidra estA J)robado que l$ señt:Jre Amaya de Bonilla fue capturada el 4 ·de noviembre de 1·.969; que e;.a le racibi6 indagatoria al d!a siguiente• y que ·el? dal mismo mes se le resolvi6 su situa~dn J~ 1' rldica daj4tidola en li~ incondicionaló ,poli' falta de r.ré'ito pare det,! i .i1 nerla preventivamente. Lo que quiere decir que el Juez C4rdenas Ulloa cumpli& rigUro~teD a $U leal saber y Mtender~. lo precep~een los arttculos 41;~ Co: 43 y 49 ~1 decl"éto '1358 de t.9S4. (val" aeta da i~páo­

ci6n oculat",. f'olio 82}. En cuanto a la detanci&t precautelativa del señor Bslannino Bonilla Guti~~l7 S$gtkt su propia ·m ani fastaci6n hecha en la denuncie qua moti,-,6 ute pl"ticeso. 'fue· pUesto ·eA· libertad por el i'efericb . . . Juez al dta sigui~u~te de su indaS$torl.a:o porque el funcion.phfi~ll1a116 f'und$.1nento. para privarlo de su libertad { f'olto 31J numat"al, 99 de la dé nu:ncia). Si m4a tanta. fUe de.~tada su prl$16n prov1sional 0 . Etllo se cfg;;,. bi6,g observa el sefior Rafaal flamt;Jr"' UQrcl•· Se:cretario del Juzgado,. a qua la sit uaci&l probatoria se ·modific S sensibl~nte en Có ntra del proce. .. .. ~, t saao Bonilla por la pr!ctica de una inspecci6n Judicial., lo que vino a S$r .confinnado por el hecho de que el Juez Oiaciaeis Penal del Cin::uit o de Bogotá# mediaate auto· de 11· de julio de 1.9?0. llam6 .a J'uicio a Boni0 1:: ' l¡ :: ¡ 1 !; ¡ 1 1 .1 i 1¡·, -3- :, :1¡ :l''l ! 11$ ·PGr' el delito da abUSo da ~~ ·y ··disPUso mantener su datem;i6n 1,1 \

.1 ' ·s1n ~·:aQX~ (fl.• as}~---- ' - tlo eñste en el ln~tivo elemento alguno de con vicc14n ·qUa pennitá dud&lde· la lQ.gal.idad de·· la$ oecisianás QUEJ tom4 al Juei: QW.ntc:J· Penal· Mun1ei,pal u Bogg,tl dOctor ~ Ulloa. en el proce 1·' so ameritadA• ni. dé la rectitud moral de equQ.:. 1 1 ~ ' '1 i, i, la af~dn de los .-tellentas de qu¡zj ·Por inf'OJ: 1 f ~ ¡. ·~ del sacre~ del ..tuaga¡:b ·r sf$"ido a.pleron quta el auto de deten u ! ;• ¡ d.6n Q.Ué pr1v6 de la liU:leFtad a ~· Bonillá Gu'ti~ obedaci.6 a· ,J -~ del ~ t.ui$ ~ 8\dtráQO"' 1\.$ de~da tlór el cite- - n' 1 do f"únciona:riO·t· saikJr· fl&f'ael ~ ·t.tora,o ..q uien eates&-icamenté re~ !t. sa vwai&t. . ¡ ' 1 1' ' 1 1 ' 1: ·t.a sala acoSé las ~né$ •\ que. fundámSnte el e, ' 9!!! le J)l"'V~ QbJeto ·~ la cansulta, CQmO tamb~ J.u ~taa eJ:I $$t& instancia poro el ~Ws~ P4bliQ> y ~ ello le ~in\ aprobf.

0 ci&t a aquella r'QSOlucidn.

OECISIOth. 1

Por· lo e~to, 1a Corte ~ -Seta Penal'""'~; de acuen1G ccm el Procurador ·~ Oeleuatb SA lo Psnsl 0 .~s~ ju¡ tid.a f;#1 nombre de la ~lica y •.PQr .~ de la l&.YoCONF'm~ la ~ videnc1é COASUlf:Qda¡ dé f'm;ha y ~ ·~ en ·1e ~ m.oUva. 1

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