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CSJ - SP L.Mesa(11-06-1971)2

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Mesa(11-06-1971)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

r1 1:1

CORTE SUPREMA OE JUSTICIA

1

SALA OE CASACION PENAL

1

AprobadO: A.cta·-1120

Magistrado Ponente:

OR. LUiS EOUARQO MESA \IELAsQUEZ '

',i 1' Sogotéi, once de junio de mil novecientos seten ! ' ta y uno. . 1

VI STO S:

'l. :r .. i!l Consulta el Tribunal Superior da Naiva su auto de 1 1 ¡' '\' :. 1¡ 22 de lliSf'Zo Olti.mo, por el .:eual se sobrasee,de.f'initiva~~JSnte en f'avor del jf!i J~ez ·Promiscuo Municipal ·de Ptlerto Aieo (CSquetá) señor HECTOR PAARROQUIN jl' :¡ JIMENEZ, pór .CárgO!t que le fontul6 el ciudadanO: Mateo Vergara Gonzálaz ¡1¡ 1' ante la Pi'ocuradur!$ Oistri t.al de ese lugar ·por\ (:Jresunta complicidad su- !' ' , ' ya en el apoderamiento por parte· dél séñor Edu~ Uárquez de la suma de S14.000.oo que el denunciante entregtS a aquel .f'uncionario para canc-elar una obligacit5n hipotecaria a f'avor·de Maria Te~sa· Murillo viudad de Gu 1' ;· 1 til§rrez. ' 1 E'l Procurador Ségundo Delegado Penal a quien se 0 corri6 el traslado ordenado por el articula 35 del decreto 1358.de 1.964,

sintetiza los hechos y le actuaci6n procesal cumpli<fa, en estos t~rminos: "En escrito del tre.s da mayo de 1.970 dirigidO al Prdeurador d~l Distrito Judicial de Neiva, el ciudadano Mateo Vergara .. ''' Goiizález, solicit6 se' investigara la condUc~ del Juez Promiscuo Municipal da Puerto Rico y la del ciudadano Edua"'o Márquez en atencitSn a que el denunciªnte entregó al f'uncionario la suma de $14.000.oo, para cance ',,i lar la obligaci6n 'hipotecaria a favor de .Maria Teresa Murillo Vda. de G~ ti~rrez y a cargo de Márquaz, y ~te Oltimo recibid el dinero del funcig nario con el encargo de consignarlo en la Caja de C~dito Agrario da la localidad lo cual no cumpli6 pues desde ese momento da~ci6 del lu gar sin poder ser localizado por les autoridades. 0Ratificada la denuncia se comision6 al Juez 32 de -2Instrucc16n Criminal de esa Distrito Judicial para adelantar la investi- • ga~ic5n y entro las dil1g~ncias practicadaS se encuentra la indagatoria del Uarroqu!n. e~z "El 6 de julio siguiente el funcionario de instrus cic5n dispusa. compulsar ,col)ia del Proceso con destino al iritlunal Superior .de Neiva para que .conociera lo relativo al funcionario. . -La C!lrporaci6n cit eda en auto de 29, de julio del aiio pasadO· dispuso que ".Para ,perfeccionar .la .p~nte invest1gaci6n•, se

allegara constancia en orden a establecer el eJ~rcicio del &argo por PB!: !¡'' ' 1 i¡ te ~a Marroqu!n Jimfnez y copia. da la indagatoria rendida l)or Eduardo •' 1 U'-rquez. Sin mlis actuac16n, se cer.r6 la investigac16n y, como ya se di '¡ jo, se sobresey6 definitivamente en f'avor del e~uez Marroquín porque no se demostr6 entendimiento alguno .con· al. autor· de 'la apropiaci!Sn il!cit ea del dinero de. propiédad del señor Mateo Vargárá".· · Luego, en el capftulo de considaracionas, expone el Agente del Ministerio Nbli.co: - •Este Oespácho ·encuentra l.aa. siguientes fallas pro . casales: aoPrimero.-:la copia del inf'omativo contra MArquez y· Marroquin adelantado por el Juzgado 32 de Instrucc16n Crimioal consti tuya el antecedente sobra el cual. el Tribunal SUperior de Nei va deb!a pronunciarse en· orden. a disponer la ·i nieiacitSn de investigaci6n contra el funcionario o por el contrario abstenerse de ella. • •segundo.- Confonne a lo dispuesto en los art!cu1()9 61: del C6digo de Procedimiento Penal y 29' del Decreto 2267 de 1.969 0 al Magistrado Sustanciador corresponde en forma exclusiva dictar el auto cabedza de proceso.. las diUgencias a que se refiere el numeral anta- / rlor apenas serv!an de fundamento ~i!ll"& ese pronunciamiento. -"Tercero.-: n auto del 28 de julio de 1. 970 no es

Cábeza de proceso; al contrario ordentS continuar la investigaci6n pero ___________________ ......._ .~-- ----- ' l -3- ···:1 no eónval.id6 la actuación tmtSrlor ni diSpuSO la ratif icaci6n de las PN!! bas praetiGadas par ·el Jue% de Inatrueci4n. ·· - "Cuarto.~ la calificación del m§l-ito del ··proceso re sul t8 prematura· porqua ~·· replt e. no hay investigaci6n y tampOco se rae! 0 bi6 indagatoria corlforme a l.a ley al funcionario acusadb y lilenos se le di, clar6 reo en ausencia•. · · \ 1 '.i) En armonía con las razones transcrit&s el Procura 1 0 dor Delegado· solicita. a. la. Corte. que declara le nulidad· de 'la· providencia l '1,) consultad& y disponga que el Tribunal 2 gúo · "'se pronuncie respecto de las ¡1 al :';¡ 1 éopias remi tidSs par· Juzgado 39 de Instrucci6n Criminal en cuanto ata ' J .ñe al ex-Jua~ ~ctor Marroqu!ri8 • la sala acqga an su integridad el concepto del co laborador fiscal pues en verdad no hay proceso legalmente iniciadó con 0 tra el, Juez Marroquín JimGnez.. El Tribunal Superior de Naiva, al reci bir las copias que encabezan el expedienta ha debido decidir si habia o 0 no mérito para abrir investig!ici6n penal cqBtra el raf'erido funcionario

.\ y dictar el auto correspondiente en lugar del que aparece al folio 44. 1 Como jurl,dicamente no eld.ste en realidad sumario contra el Juez o el:Cl-Juaz H4§ctor Marroquin ·J imánez, se resolwrl en este proveído con Srreglo a la peticilSn' d91 Agente del Ministerio POblico. 1 ~ 1

O E C I B I O Nt

1 1 ' 1 1 :1 Por lo áxpuestó,. la. Corte Suprema ..Sala Par.tal-. deacuerdo con la opinión ctel Procurador ·segundo Delegado en 'lo Penal, admi . nistrando justicia en nombre de la Rapliblica y por autoridad da la ley, 1 1! 1 declara nulo el auto de sobresaimiQ.Qto definitivo consultado, por falta 1 ' de los presupuestos requeridos para· su pronunciamiento, y ordena devol \ ver el e~dier:tte al tribunal ti& origen para que proceda según lo indi~ -------------- --------- .. -~----~- --~---- ~1 ., ' 1 1 : -4- ;¡ '1 ·' 11 ' 1 ! do en la parte mOtiva. i 1 '1 .• ¡ 1 ' ! 1 '' .i ~ 1: :' '·1 i

. MARIO ALAAIO Ol FILIPRl 1

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LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS :PltREZ

CA~lOS

LUIS DIRIQUE ROMERO .S OTO JULIO RONCALl.O ACOSTA r

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J. EVENclo POSADA v. i ,.

SaeratEui.o L . ¡\.' :' ' .1 ! 1 1 i.l ·"'!"'· \

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