CSJ - SP L.Mesa(13-06-1972)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Mesa(13-06-1972)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
OOR!E SUPREMA DE JUST¡piA ·SALA PENAL Aprobados acta # 20 48 ll'ddti O d$ 1of7Q 11 1
Magistrado ponente: Dr. LUIS EDUARDO MESA VEAASQUEZ :tlo$.iit~~ ttflt.nv ::a: ;}uflit> .e~ .ID;~.l llOVtJ.ut¡;;:nt<L::!l sq;tata
,,1 ' V I S T OS: En el preBente proe:eso. edelantado entre el ex. .. agente de la Polio!a lracional JOSUE PALACIOS CAl CEDO por homicidio en la IJersona ~.e Julio Mu:?loz Nar ., ,, váez, el dr;fensol:" del acusado, doo.tor Gonzalo Guer:re 11 '1 ro B.,sol1cit6 al Juzgado Pri1 mero 1 b uperior de P. asto- , 1 1 que conoce del asunto en primera instarwia • =·mediante escrito de 13 de mayo d.e 1.972, que decretara la nu 1 '' lidad de lo actuado a partir del auto de proceder, inclusive, porque en su sentir el sindicado debía ser juzgado por la Justicia Penal fl111 tar • y concluy6 su ' 1. demanda manifestando que "de no accederse a la deel_! retoria dé nulidad • .,e:xpresamente le :propongo a sus. 1 s; negativa". (fls. 19J y 195). ¡ compet~ncia ! '' :1 El Juez Primero Superior, ;por auto de 15 del l mi.smo mes, sostuvo E'n la parte motiva de la providen•
'! 1 1 cia que era él el competente :r•ara conocer d.el caso,p~ - ro deci.di6 abstene:r:·se ds nresolver sobre la declarato ria de nulidae propuesta", ' y orden6 el envio del p' roceso a la Corte, "para que dirima la colisi6n de com. ... petencia negativa" (fls. 196 198). ~ SE CONSILERA: "Hay colisión óe comp.tencias. ... dice el artó 67 ,l o. del de PoPo• cuando doa o más jueces o tribunales consideran que a cada ·uno de ellos exclusivamente le 1 ' el conocimiento de un asunto criminal, o co~responde J cuando se niegan a conocer de él por considerar que 1 ; 1 no ea de la competencia de ninguno de ellosn. l 1 ' 1 b).- En est.-:aegocio no existe esa clase de 1 con:fl.icto pues la Justicia Penal Militar, represent!, ,i¡ d~ por el Comando del Departamento de Polioia Narifio, 1 1 que aotu6 inicialmente en la investigación penal. es ·,1 timó que la competencia era de la Justicia ordinaria 1 (auto de 16 de agosto de la97lfl.142), y el Juzgado 1 ;J .Primero Superior de l.,asto, al que eorrespondi6 el as~ 1 tot acept6 las razonos del juez militar y avoc6 el oo nooimiento del (auto de 23 de agosto de 1.971• p~oceao j fl.l45), y sigue considerando que es •1 quien debe co• 1 '1 · noc$r del proceso (auto de 15 de m~yo dG 1.972-fls.l96 1
y os.). 1 o) ..... No existiendo colisi6n de ningú.n género i'· ' entre el Ooma.ndo del Departamento de l'olic:!a Na.riflo y el Juzgado .Primexo Superior de Pasto con respecto a oúal de ellos concierne el j·uzgamiento. del procesado JosutS Palacios Caiéedo, sino, por el o ontrario • iden tidad de criterios ·en el sentido de que ello compete al juez ordinario, la Corte no puede hacer declarac16n distinta de la que reconozca aquella verdad. 11 l
DECISIOlh
;'\ : 1 A m~rito de lo expuesto, la Corte Suprema - S,! la penaladministrando justie_ia en nombre de la Repú ,, •·¡· blica y por autoridad de la ley, declEn:·a que en el pr,! :¡ l;i aente proceso no ha habido colisi6n de competenoiasp y ordena devolver los autos al juzgado de origen. C6pieae, \ ' ') /j 1 ' 1 =~L~~-=-=-===--=--~--=-----------------------------------------------~ \
- 3LUIS J5NRIQUE RO.amRO SOTO MARIO ALARIO DI FILI:Pl?O
ALVAliO LUNA GOMEZ
LUIS P.DUt\RDO MESA LUIS CARLOS PESEZ
VI~LASQU:EZ JOSB ?lU1RL~ VELASCO GUE!tRERO Jo ~, P. o. sad-a Vo A~enoio - Seoreta~io - ,i J ! 1 ¡· ¡1 1: .1)¡ 1 :