CSJ - SP L.Mesa(15-06-1973)2
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Mesa(15-06-1973)2
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1973
CORD SUPREHA .DB JUSUCIA SALA PlmAL Aprobado: acta IJ 24 de junio 14 de 1.973 !lagiatrado ponente: Dr. LUIS BDUABDO UBSA VELASQUEZ Bogotá, junio quince-de mil novecientos eetenta 1 tres. VIS!OS& Bl. !ribuDal Superior de V1llav1cenoio, mediante auto de 8 de marzo de 1.973, deolar6 presenta la acción p~ nal adelantada en este proceso contra el doctor JOSE AD!Oq91en BIO BELLO mBJIA, deaepeft6 las fUnciones de Juez 207 de Instrucoi6n Criminal, por posibl.ea·. dell toa contra la adm1n1.!! traoi6n pábllca, 1 ordenó la ceaao16n de todo procedioi:ento eontra el sindicado con relaci6n a loa mifmoa hechos. Baa decisión fue sometida a consulta con la Cor te, 1 en la oportunidad debida el Procurador Primero Delega• - do en lo Penal. em1ti6 concepto, en el que aollcita que se de ' creta la nulidad de dicha providencia y se ordene pasar el negocio al juez coapetente, con tlmdamento en lna siguientes consideraciones, que la Sala acoge& aLoa jueces de or1n1na] anteriores 1nst~coi6n a la vigencia del artículo 12 de'l Decreto 528 de 1.964, y qua eran noabradoa por el Gobierno y depend!an del Uiniste rio de Justicia, no han gozado de :tuero especial para el jU,! ganiento de loa delitos coaetidoa en ejercicio de sus
tunci~ o con ooaai6n de ellaa. n~a aBn repetidas oportunidadda la H. Corte Suprena de Justicia ha dicho que loa 1'ribunalea Superiores de Diatri• to Judicial son inoonpetentea para conocer de loa delitos de reaponaabili~ad atribuidos a loa jueces de Inatrucoi6n Crit:11 na1 dependientes del B1niaterio de Justicia. Bl. tuero solo cobijo a loa :tunoionarioa de 1natrucoi6n creados por Decreto 2267 de 1.969, designados por el !ribunal Superior, coco ola ramente se infiere del articulo 33, nlllleral 2g del C6d1go de 1 J 2 Procedimiento Penal•. La Corte resolve~ en aroonia con la petición del Colaborador Piscal, por compartir integraloente su opi Dión. ·-·- B E S O LU C I O B : Por lo expuesto, la Corte SUpreoa - Sala Penal-, administrando Justicia en nombre de la Repáblica y por aut~ rielad de la ley, declara la nulidad del auto de :techa 8 de marso del corriente afto dictado por el !ribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, obJeto de la consulta, y ordena devolver el proceso a esta Corporación para que, a su ves, lo envi~ al Jues competente pare su conocimiento. CÓpiese, noti:t!quese y c~plase.