CSJ - SP L.Mesa(17-11-1971)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Mesa(17-11-1971)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
CORTE SUPREMA OE JUSTICIA
SALA DE OASACION PENAL Aprobado 1 Acta l/45 Magistrado Ponente; DAo LyiS EDUARDO MESA vn.ASQtJEZ diez y siete de noviembre de mil novecientos Bogo~. setenta y uno. V l S T O §: Consulta el Tribunal Superior del Distrito Judtcial da Neiva su sentencia da 20 da septiembre del corriente aíia, par la cual se absuelva al a fjogado GREGORtO AL.VAREZ BUSTAMENTE por supuesta falta a la moral profesional investigada en las presentes diligencias .. Con ocasic5n dél traslado qua ee -dio del proceso al \Ministerio POblieo, en cumplimiento de lo dispuesto en al art. 665 del c. da P. P.,el Pro curador Primero Delegado en lo Penal emitid concepto solicitandO da la Corte qua se confirma el fallo ameritado.
Para decidir se toma en cuanta: a).- En providencia da 2 de diciembre da 1.9?0, proferida en juicio de expropiac16n adelantado par el Instituto da la Reforma Agraria con •er1 tra Enrique Polanía Joven, respecto del inmueble llama.do Cardo", laSala Civil del Tribunal SUperior de Neiva dispuso que ea compulsaran co - . - pias a fin de qua se averiguara por via disciplinaria una posible falta a la por parta del doctor Gregario Alvarez Buetamente, por habar ~tioa dado \1ate una COt'\stancia o daclaraci&í 111f'ormal, qua hito valer en dicho
juicio el representanta Judicial da la parte datnáJ'1dada, en el sentido de que ~1 no hábia recibido poder formal del señor Enrique Pólaní.a Joven P!. re actuar al"t su nombre en el juiéio antes mencionado, af'irmaoi6n que pu so en duda el tribunal por algunas referencias que aparec!an en al proc~ n. so raepectivo ( 79}. b) .- Con basQ en las copias y en lo ordenado por la Bala Civil ( f1.s. 1 tul. a se irai.ci6 el presente procaso disciplinario. se tramiteS en legal f'orma y culminó con al fallo etrtora sometido a c:oneul ta. o).- El profésicmQl Alv~t euatamanta, en la oportunidad pare presen tar dae~s. aawara qua na fue apodentekJ judicial del eeftar Pg, lanfa Joven en al Juicio da enq;JNpiac1t5n J"Gf'arido, aunque admita qse a coq:,aM a a~l y le dio oonsaJQ en al.Qunes gaationas da carácter admi- .. - n1atrat1vo vinculadas con dict'IQ aeunto, y edJunt6 eartificaci.dn dal'Juea qua canocs dE~ tal Juicio, aagOn la cual en el aJ:CJ)édienta "no aperaea po dar e].gur10 otorgado par del demandado (Polania Joven) al Or. Gregario Al VéU"Ga Bustamantott (na. 83 vta. e S?). ,., 1 d)... El Tribunal Administrativo da1 Huila, en pmvidencia da 31 de Ju
U.o da 1. SS? qvs en copié ea traJo a eistao diligencias • I)J'Ctl'lUncia da en al Juicio da ~ropiao!dn antes indicado, 1 .no acspt4 J,.tn recurso 1!- !, ta~sto por el Qbogado aqui ineulPfildo porque no encuentra allegado a 1 (1 • 1 loa autos el podar qUa la haya canfmdo al sefior Enrique Polanta Joven al Or .. Gro¡orio Alvarez Sustamanta pa,ro representarlo en las diligencias a e.dministra.tivas adelantada& por al Instituto Colombiano de la Reforma gn¡rla, qua originaran la Reeoluo16n NtJ 1sr;s da 2? de fsbroero da 1. 967, dictada par al Seranta General d~l nombrado Instituto y legalmente ElPl".Q bada por su Junta Oiractiva y por al Gobiatfto Nacional (arta •. 42, 30, 32 del Ose. 333? da 1.SS1) c:onti'Q .la oual cal Dr-. Alvarez Bustamanta e n. Jercl te sl ~ dg consulte" { SS). a}..... Sra aportQron copies dal acuerdo pe:r al cual al Tribunal Supart.ct' de taogota :recib1~ al doctor Gragor1o Alvarsz Buatama.,.te como abg, .gado { f'l-. 1? vto. , C. 1/2) , y ds la 1n$Cr1pcidn del tni.smo profesional en é)l Tribunal Superior de Ne1\S. ( tl. 6S fte • y vto. ) • .-, ---------~~-------------------.,....,......--,.__..,..,_~-,
\~~~\ ., 1 ?1 ' 1 §slyndshSa comprob6 pl~nte qua al mentado Pf!Ofes1onal no fue a PGdeNdct dolt SGAor Enrique Polanie Joven en al juicio da a)( prop:t.aciSn seguido contra a&te por gl Instituto Colombiano da la Raf'or ma AgreMa con t'eSPEJeto al tnmuabla danomi.nado "El Cardo'. Tercera.- No habiéndQ sido a1 doctor Alvarea Bustan'laAte epocare.do judicial del ssfloro Ptl.l.aAta Joven en al ref'sriefo Juicio, no f'a! to ~l a la verdad en lEil man1f'estaci6n aeCJ!i.ta cuya copia ~ca el '1 ,1 f'olio 70, de Qíya a)SOtltud duda la Sala Civil del Triburral Superior da Ne1va. ni int:UJ"rid al h.acsr eea daclarac14n sn ninguna tlranagrasUn a la moral profeaional. CUf!!1e.- PQr las somat'ae rezones qva precaden obri en Juatic1a ;y con 0 an-eglo a la. ley la Sala Panal dial nt)ltl~ TribUnal al die• ter el fallo absolutorio qua se r'Q\Iiaa al que serd conf'irmado. 0 .:¡: 1' 1, F A l L. Ot A éi.to da lo mcpuasto, la Carta~ ..SS1a Pénalde acuardo con 0 el Procurador Prittaro Do legadO Panal administrando justicia an nt3fftblre 0 de la Reli~Gblica y por autoridad da la ley, CONFIRtJIA le éentsncla. R!Qta
ria da la consulta. da origen y f'~ axpresatbs. en la part.Q motiva. 1 ''Í ,¡ 1 } 1 ' 1 '1 ¡1 ''• 1 1 .
LUIS .90UAROO MESA VELASQUEZ t,;U!S CARL,.OS P!REZ
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JULIO RON CALLO ACOST A 1 v•
J. EVENCIO PoSADA .S ecretario ;' j 1, r. í \ l.
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