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CSJ - SP L.Mesa(20-06-1972)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Mesa(20-06-1972)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

CORTE S~PR~A DE JUSTICIA SALA l?ENAL aprobado: acta # 21

Magistrado ponente: Dr. LUIS EDUARDO t'!ESA VELASQUEZ

-- -- Bogotd, junio veinte da mil novecientos setenta y dOISo ', '1 V I S T O Si El Jefe la Oficina Jur:!dica del Ministerio d~ de Justicia, por o:fic1o NO 344 de 6 de los corrientes, di!, puso enviar @ esta Sala de la Corte las presentes diligen ae oiae, con él fin obtener su concepto respecto del cambio clo radiQación del proceso que se adelanta en Juzga ~1 do Séptimo Superior de t1edell:!n contra Jorge Mart!nez· Mal" t!nez o Alfonso Ramos Mogollón, por los delitos de homici dio y robo, cometidos en la persona y contra loe intereses de Carlos Gutiérre.z o La. solioi tud fue hecha en escrito de 19 de ma yo último por el Fiscal Séptimo Superior de Medell:!n; con :fundamento en la "enaJenación mental" que padece el sindi oado y que motivó su traslado al Anexo Siquiátrico de la Penitenciaría Central de l3ogot~, donde se encuentra en tr~ tam1ento, circunstancia quQ ha dificultado el impulso del juicio y en especial la celebración de la audiencia, que no ha sido posible. , r i1 •' La petición fue acompañada d$ las pruebas de r1 1:1. 1· gor, entre las cuales se destaca el dictamen del Instituto ! d~ Med1oina .l.legal de Bogotá. suscrito por el profesor Gui-·

llermo Uribe Oualla, ampliamente rflzonado y que concluye así: ,, 1

  • 2J

,, ,, "CONCLUSIONES~ lt E.l examinado Jorge Martínez Mart!nez o Alfonso Ramos MOgollón ha tenido manifesta ciones en au paiq1:..ismo comode.sorientaci6n en el tiempo y el espacio;, alúpinaoiones' auditivas y visuales; nota. .. hle ineoherenoia en sus ideas, y reacciones de tipo im pulsivo que corresponde a una esquizofrenia. En nue.!! 2~. tro concepto este individuo en la en que se le ~poca ac~ ea como participante en un homicidio y robo se encontra ba en estado de enajenaei6n mental porque su enfermedad 'ª· - puedd afirmarse que ea antigua. No obstante el trata miento qué ha tenido en e¡ anexo con colvul psiqui~trico soterapia y drogas neuroplepticas no ha tenido una apre• o1able mejoria. l?or lo tanto debe permanecer con medidas de seguridad ya que es individuo peligroso como lo demo~ tr6 la reacción que tuvo contra uno ele sus compañeros al darlé muerte por medio dEl golpes en·. el cráneo". De conformidad con lo prescrito en los arts. /¡ 44 y 46 del c. de P.P., el gobierno puede disponer,1 de ¡ 1 acuerdo con esta Sala de la Corte, el cambio de radica ei6n de procesos de competencia de Juez Superior, antes 1 d.e pronunciarse sent·encia de segunda instancia, entre .2 ! ¡, tros casos, 'cuando el procesado padezca grave enferme r•

' dad, debidamente comprobada, que exija cambio de clima o de residencia". La presente documentación acredita pllenamente la conveniencia' a lindes con la necesidad de adoptar a quella medida extraordinaria en este caso, como que la enterm.edad que sufre el procesado :Martínez o R.amos está científicamente demostrada y su tratamiento médico no pu~ de hacerse adecuadamente en los establecimientos de recl-u s16n de Medell!n, donde se sigue el proceso, que dicho : 1 sea no ha sido fallado ni siquiera en primera instancialo que explica que el sindicado haya sido ya traaladádo a la Penitenciaria óe Bogotá. Bn armon!a con las consideraciones que preceden,

  • \ ~- la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia emite con cepto favorable al cambio de._radioación del proceso al cual se ha hecho referencia. • 06p1eae y devuélvase con sus antecedentes a la Oficina de origen.

LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO MARIO ALARIO DI FI!..~IPPO

ALVARO LUNA GOMEZ

LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS CARLOS :PgREZ

JtJ!,IO RONCAtLO ACOS~A JOSE MARIA VELASQO OU ERRERO

J. Evencio Posada V. - Sect-etarioJ 1 . '

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