CSJ - SP L.Mesa(22-02-1972)3
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Mesa(22-02-1972)3
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
COR\E SU~9~ OE J\.B\lCtA
SALA PENAL
Aprobado; Acta N~ ~. Febrero 22/72
Magistrado Ponente: DA. LUIS EDUARDO MESA VELASGIUEZ veintidos de febréro de mil novecientos seBagot~, tanta y dos.
VISTOS: 1\ En providencia de 22 de noviembre de 19?1, sometida a '. 1 consulta con la Corte, el Tribunal Superior de Tunja declaró, daE . 1do aplicación al art. 163 del C. de P. P. y de acuerdo con el Fis . ..¡ cal lg de la Corporación, Qua el doctor PEORO BECERRA AVALA, Juez Segundo Civil dé ese Circuito. "no cometió delito alguno de los 1 1 denunciados por la señora Marina Fonseca de\Sánchez ante el Juz gado de Permanencia de Túnja al día tres de septiembre de mil .no vecientos setenta", y ordenó en consecuencia la cesación del pro
1· ¡ ! cedimiento adelantado contra aquél. • l Con motivo del traslado que del asunto se dió en esta instancia al Ministerio Público en cumplimiento de lo preceptuadoen al art. 566 del C. de P. P., el Procurador Segundo Delegado Pe
- . . nal emitió concepto con fecha 3 dé los corrientes, en el que scli . cite que se la providencia con.sul por existir vicies revc;~que t~da, . . de procedimiento que deben ser subsanados por el a.suo antes detomar una decisión de fondo sobra el objeto del Funda su proceso~
petición en las consideraciones que se.trasladan:
Teresa de Sánchez presentó denuncia contra "~~ría el doctor Pedro Becerra Ayala, Juez Segundo Civil del Circuito da i.¡\ 1 Tunja y su secretario, ante el Juzgado da Permanencia de esa ciu dad ~1 3 da septiembre de 19?0. Enviada la actuación correspondió al Juzgado Segund~ Penal Municipal el cual declaró abierta la in i \ vestigac1~n por auto de septiembre ? de 19?0 y practicó las prim-e i. i ¡ ~ -~-- -~---'- --======="""===--="':-:=-====-"',..,..-,~::-:::=~-=---======~====~~::::;:::==~=· '~ ·¡· !'' ·Y ··~ . . i· . '1 - 2 ... .. '• : ~. '1 ras diligencias. El expediente se remitió al Tribunal Superior de - 1' l Tunja y el Magistrado Sustancia~ dispuso continuar la investiga . ción y al efscto Ordenó. como única diligencia, practicar una in-s . paeción judicial que en definitiva no se realizó. "En opinión de este Despacho todav!a no se ha de cidido por quien corresponde si debe o no iniciarse investigación '.1, penal y por tanto resulta improcedente aplicar en esta oportunidad el art!culo 163 del C.P.P. 1'' ' . •1 ' '1 ' - "Las anteriores consideraciones lleva a esta P.rocu . Delegada a solicitar, comedidamente da la H. Corte Suprema rad~.U"Ía de Justicia, revocar la providencia consultada para que el juzga - ,,
1· dar de primQr grado acepta una decisión respecta de la actuacióncumplida por el Juzgado Segundo Penal Municipal de Tunja." ' 1 La Corte acoge las atinadas razones del colaboradorFiscal, pues ciertamente hasta el presente el Tribunal Superiorde Tunja, a quien concierne jutgar en primar grado a los Juecesde su jurisdicción por causas de responsabilidad • no ha abi.arto - .' '1 ' formalmente investigación contra el Juez Becerra Ayala, respecto de los hechos que le imputa la denunciante Marina Fonseca de Sán chez, t;DOtivo por al cual no se ha iniciado wlictaroante proceso p-e nal contra dicho funcionario, cuyo fuero exige qua sea al Tribunal competente al que se pronuncia sobre la imputación a fin da 0 qua decida si sea abre o no sumario. Claramente dispone el artículo 52 del c. de P. P., que reproduce y praQi!l loa alcances del artfculo 61 del anterior es tatuto, qua en loa procesos por delitos cuyo conocimiento esté - atribuído a un Tribunal Superior de distrito judicial •al ~~gietrado sustancia~or será el funcionario de instrucción~ t y as éste quien an tal carácter deba resolver, teniendo en cuanta lo previ-a ·- - te en el artículo 320 ibídem, si se abro o no investigación an ta les casos, 1 \• ... 3 - '\1 A mérito da lo expuesto, la Corte Suprema -Sale Penal-, administrando justicia en nomo~e-de le RepÚblica y por autoridad de la ley, REVOCA la providencia consultada, de proce(!encia y fecha e~
prasadas. y ORDENA devolver el expediente al Tribunal de origen pa• ra qua se proceda con arreglo a las consideraciones de la parte mo tiva, ,¡ C~piase, nottf{queee y cúmplase. ·,'
t..UIB ENRlQUE ROMERO SOTO
Al-VARO LUNA GOMEZ
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LUIS EOUA.ROO MESA VELASQUEZ LUIS CARl,.OS PEREZ
JULIO RONCAU.O ACOSTA JOSE MARIA VEl.ASCO GUERRERO
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J. Evanoio Fosada V. .... Secretario -
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