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CSJ - SP L.Mesa(23-05-1972)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Mesa(23-05-1972)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

CORTE SUPRFMA OE JUSTICIA

SALA. PENAL

Aprobado: Acta No.17

Magistrado DR. LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ

PQ~~nte: ,, 1 VISTOS E1 Tribunal Superior da Neiva, mediante sentencia de 11 de febrero último, absolvi6 el Or. MANUEL RAMOS MARTINF.Z con relac16n ·a los cargos que, por supuestas f'altas a la profesional del abo-.. ~tica gedo, le formu16 el señor Juan Bustos en escrito dirigido a esa Corpo raci6n al 1? de abril de 1.971. En grado de consulta conoce la Corte de aquella decisi6n, y como se cumpli6 el trámite propio de la segunda instancia se procede ,¡1 ' a resolver. El querellante Bustos acus6 al abogado Ramos Martinez por dos motivos,a saber: 1Q.- Haber devuelto a Urbano Cabrera una letra de cambio por valor de $ 2.00_9.00, que le entreg6 el denunciante Bustos para el cobro, 'pero con endoso simple, sin nota de "reendoso". 29 .... Abandono de un juicio ejecutivo instaurado por el Or •. Ramos con base en una letra de cambio, tambi~n por valor de $ 2.000.00, .girada por Roberto Perdomo y Guillermo Plazas Alcid a faV.or de Bustos, en dosada por ~ste al bbogado Ramos para su cobro ( fs. 6 y 7 ). Respecto de esas inculpaciones el Dr. Ramos Mart!nez expl! c6, en memorial de descargos, el primero de los instrumentos mencion! Q4~

dos lo devolvi6 a su mandante Bustos cuando uno de los obligados en ~1, señor Guillermo Perdomo, demostr6 el pago de la suma a que estaba obligado, ,,, circunstancia que le impedta legal y moralmente ejercitar nueva acci6nde cobro. Oice tambi~n que no le puso a tal documento negociable la no ta de "reendoso" por olvido y porque más tarde el señor Bustos no qui so acudir a su oficina para ese fi~-en raz6n de desavenencias surgidas entre ellos. Y en lo concerniente a la segunda letra de cambio, manifestd el abogado Ramos que obtuvo judicialmente su pago y entregd a su poderdante Juan Bustos el dinero que le correspondía (fs. 10 a 13). ti '!' ',11 Una inspeccidn judicial practicada por el Magistrado su-s tanciador en el Juzgado Tercero Civil Municiapl de Neiva, donde curs6 el juicio ejecutivo promovido por el Or, Manuel Ramos Mart!nez contra ,, 1 Roberto Perdomo y Guillermo Plazas Alcid, con fundamento án la letra de cambio de que habla el denunciante, comprob6 que el proceso se adelant6 en forma diligente y oulmin6 con el pago de la obl1gaci6n que pesa~a s2 bre los deddores (fs. 24 a 27 ). Los descargos del abogado Ramos, comprobados en lo sustan . ' ' cial con la diligencia que vienen de citarse 'y con el testimonio del se- . ' ñor Roperto Perdomo ( fs. 31 a 33 ), sinceran su conducta, tal como loreoonocid el Tribunal de primera instancia, y por ello habrá de confirmar se la absoluci.6n pronunciada en su favor, OE::C!6ION: - Por lo expuesto, la Corte Suprema - Sala Penal -, de acuer do con el Procurador S.egundo Delegado Penal, administrando justicia en nombre de la Aep~blica y por autoridad de~ ley, confirma la providencia consultada, de la que se ha hecho m~rito en la parte motiva. C~piese, notif!quese y devul9lvase.

LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO MARIO ALAAIO DI FILIPPO

HUMBERTO BARRERA OOMINGUEZ ALVARO LUNA GOMEZ

LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS CARLOS PEREZ

JULIO RONCALLO ACOSTA JOSE MARIA VELASCO GUERREAD

J. Evencio Posada V•

...Secretario-

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