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CSJ - SP L.Mesa(25-10-1973)2

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Mesa(25-10-1973)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1973

- - COR!E SUPREBA EE JUS!ICIA SALA PIDJAL Aprobado: acta 11 44 l!agiotrado ponente: Dr. LUIS EDUARDO ImSA VEL!SQUE.Z Bogotd, veinticino de octubre de cil novecientos se tenta y tree.

VIS~OS: i"r!

Por auto de 11 do ca7o del ai'io en curao, el bunal Superior del Di-strito Judicial de Santa Roaa de Vite~ bo llao6 a responder en Juicio a Luis Darlo Rico Raoos, ex Juez Promscuo del Circuito do Paz de Ariporo, por deli toe do concusión, prevaricato 7 peculado, cooot1dos durante el lapso cooprendido entre el 13 de octnbro de 1.9n 7 ol 9 do novieobre de 1.972, cuando de:Je!!!petl6 dicho cpleo, En la ma oa providencia sobreae76 teoporalcente en favor del c1800 procesado con respecto a otros posibles delitos de concusión, en perJuicio de Ana Parra Vda. de Rlaf!o, 7 falsedad en un público. doc~entoContra eso proveido interpusieron el acusado 7 su defensor el recurso de apelación, que lee fUe concedido 7 se tramtó en esta inatanoia hasta ponerlo en estado de resolver, a lo cual se procede. Loo hechos oater1e del proceso pueden co~pen-­ diarae del siguiente 1:10do: 1.- 1U Juez inculpado Darlo Rico Rru:oo d1ot6 auto de proceder contra Jairo Jacinto Avila, por violencia

carnal, 7 libró orden de captura contra-el sindicado, la que 1 •• 2 ~ cuo~da por eopleados del •DAS" • Una vez que f'ue aprehendido AVlla, el cenc1onado juen le exig16 por au •. llbel'taél la auca do 3 1.500.oo, l.oa que consiglñ6 aquál en proéotm:Jo con ~a Cl:l.igos, a qldenea enter6 del conl)Ql'tmñento del ~c1onarto 7 del destino que darla a ese dinero. De to1 hecho tuvieron conocimento, 7 nai lo eteat1guazon en el 6Ul:l81'1o, Carlos Luia llartínez (n. 156), el agente del "llAS" Augusto Albal'recin (fi.376) 7 el Penonero lhm1c1pa1 de Paz de Ariporo Ra1U Guevara Bodlna ( tl.l85) • ftende tenbién a demoatl'ar al injusto descl'i to, COl:lO imU.c1o, el que el procesado Je1ro Jacinto Avila no hubiel'B sido pl'ivado de su 11ber'ted, en cuopliLúento de la 1'8noluc16n qae en eso een~ido habia dictado el jues ) Meo Ral:!Oa, una ves que f'ue captul'ado 7 puesto a diapos,! c16n de aqu61, c11'cunatanc1a aquella que p:rop1c16 la ~ ga de Avila (V. fa. 144v, 250 7 316). - l 2.- Lo narra así el colaborador fiscal: •Andrés

Avelino Vega Ullchuca tenía una let.rn de ceab1.o por trel! ·c1.1 pesos contra Cart:en Rosa Roldán Celei ta. por un ·ladl'i llo que le había vendido. Vencido el pl.azo 7 co::o no ae le cancelarn la deuda, el benef1cio1'1o recU1'1'16 al Juez P:roniacuo llan1c1pal,ignac1o Escobar en bunca do protecc16n para aae intel'8seo 1nsat1sfochoo. B1 f'lmc1onarto llao6 la atenc16n a la deudol'B, 7 ésta dospu6o ·ent:rog6 ol dinero al Jues Rico Ral:!Oe, qlden por aqaelloa diao ae al1centab:l 1 l. ' en el restaurante de Careen Rosa, 7 así le quedaba cáa ~ácil para que le llevara la letra cuando Vega tlachuca 1 'l '¡ recibiera el cUnero. Pero el Juez Rico Raaoa v16 la oportunJ.dad para ganarse algunos pesos, 7 cuando Avel! no Vega se presen't6 a reclatrarle el dinero que le había deJado Carmen Rosa Rold6n. eopez6 por decirle que nece sitaba de la intarvenci6n de un abogado para rec]arnar el dinero. luego le pidió oeiacientoa pesos para hacer que la deudora le pagara la letra • 7 ~inal.rnenta hizo que Ve ga le endosara la letra, lo que hizo el Juez por eu pro pia cuenta, 7 solo le entregó tres Dil doscientos pasos, apropiándoaa a la :tuerza de cuatrocientos pesos (na. 39,

56, 57, 7 190). 0Bo pudiendo eludir concretaD:ente el :recibo del dinero 7 el endoso a eu :tevor de la mencionada letra, Pr:! tende Justificar su collduots diciendo que el instrm:tento negociable lo compró a Avelino Vega. Bato entá deSl:lentido con loa testúlonioa de Carmen Rosa Roldán y del Disco Av.! lino Vega, c01:1o tac.bién por el ill.atnm:ento que obra enautos (:tl. 56), en el cual aparece el endose que Rico Remoa miaao se biza•. Sobre la exacción ilegal de que ~e víctima Ve ga obran la declaración dé ét~te (:tl.57), el testioonio de Rosa Helena Roldán ( :tl.39), la letra de caobio con nota de endoso puesta por el incr1Dinsdo (:tl.56), loa careos que ¡quállos sootuvieron con ol ex-Juez Rico Ranos (na. 187 7 190 vto)y las -4-e.posicionee de otras peraOIUlD que tuvieron conociciento del hecho por veroi6n que oyeron 4 \ respecto del c.18ll10 (fe. 88 v., 165, 247, entre otros). 3.- La Policía cap~ a ~ael Alvarez iiMrez, por prea1mto delito sexual, y ante ella acudió el juez Rico Raooa en denanda de eu libertad, pretextando que no existía orden de capttU"S contra el retenido, 1 la eolio,! tud :fue atendida. Obtenida la libertad de Alvarez, Rico Ramos lo aocetió a int~daciones, manifestándole que la

denuncia que existía en su contra era grave 7 podrfa a~ rrear serios perjuicios, incluso para el matri.conio que estaba pr6x1mo a contraer, y tras esas coacciones le dijo que si le daba $ 3.000.oo no pasaría nada, a lo cual acc~ dió Alvarez, por teaor, según su afirmación, de perder el eapleo 1 de verse en di.ficultades con au proma'tida (na. 61 vto y 113vto).

Del hecho resUQido so in: fo~ el Juez Ulmicipal de Paz de Ariporo, seilor Ignacio Escobar, a quien el per

(n. aa Judicado contó lo sucedido vto). - El :tuncionario aquí acusado negó, como era na tural, la expoliación a que somati6 a Rafael Alvarez, agregando que ni siquiera lo conocía, afin:JBci6n ésta falsa 7 que constituye indicio en contra del procesado, pues hay constancias de que lo so:cetió a indagatoria, le resolvió la situación jurídica, se alicentaban en el ci~ co restatU'Snte y part1ci~6 en el natriconio civil que Al varez contrajo con Ana Deyanira Abril el 7 de jlmio de 1.972, en el que Rico Baaos actuó coco Juez, sin ser COf! petente para ello, ya que el concernía al Juez Ou BBWlto ) \-~ ( 5 \ n.1oipal (Le¡ 54 de 1924). 4.- A.l Juzgado a cargo del inculpado Rico Ral:lna correopondió un proceso por rap~ conn-a Lu1a Uelson Rodrigues. por hechos sucedidos en Yáaara. Bl Juez le exp~ a6 a Rodrigues, despulSa de conprarle un revólver, que le arreglaba el asunto penal por la Slll!l!l de 8 l.OOO.oo, o de $ 600.oo. dinero que Rodrigues le entreg6 en el despacho. 1• cw:~plleudo la ilícita augest16n, sin oÍr al llinisterio Pi1bl1co. el juez Rico dictó un auto. fechado el 7 de d.i ciecbre de 1.971. ordenando 0no proseguir la 1nveet1gaci6n•, providencia que no fue notificada al colaborador fiscal n1 somatida a consult;a 1 por virtud de la cual se archivó el sw::tario. Acreditan lo anterior las declaraciones de fiel son Ro~guez 1 el careo practicado entre áste 1 el Juez acusado (fa. 21. 117 1 179 vto) , así col!lo tanbién la dili genc1a de inspecci~n judicial sobre el sumario que se 1n1 ·c16 contra Rodrlguez por rapto de J1ld1th 06::nez (tl.l48). 5.- Rosa Helena Roldán for.oul6 ante el juzgado a cargo de Rico Hnaoa denuncia contra Uapole6n Plórez por callmn1a. Se 1n1ci6 el correspondiente Bw:ISrio. 1 Flórez fue 1ndagator1ado. Posteriormente el juez Rico le canife,!! t6 a Flóres que e1 asunto era grave 1 se ofreció cooo C,!! 0 diadora para convemer a la querellante de que desistiera

de la querella. Rico persuadió a Fl6ren de que pagando $ 2.000.oo, por concepto de perJuicios corales, obtendría la finalización dol proceso. Días después el noobrndo juez le entregó e Pl6ran un aecorial de deaistiaiento firaado i.! 1 6 \ por Rosa Helena Roldáu• 7 le diJo que el asunto estaba arreglado 7 hnbío coD-tado ~ 2 .ooo.oo. dinero que i'16rez le dio a Rico. Aquél preaen't6 luego en el J~gado el ~ :ter1do eocr1'to do dea1sUniento. el que :tue aceptado por auto do 15 do cnrzo de 1.972. Inpor'ta ono'tar que Ro1!S Helena RolUn no rcc1b16 dinero por el de-a1aUlñento. seg6n a:t1rma al :tollo :n. n1 preaent6 peraonaJr:cnte ese escrito. no obstante lo cual el cecre'tarlo dol Juzg3Cio. Lu1.e Carlos Vegn. le pnno nota de presentacJ.6n personal por aq~lla, cmplJ.en do -dieorden del Juez Rico Raooa. Lo narrado en este mmeral. aparece probado con las declaraciones de napole6n Pl6res (fa. 50 vto) 7 168 7 as). Rosa Helena Roldán (:tl.29) 7 LUis Carloa Vega (:n. '26), 1 con dllJ.genc1a de 1nBpecc16n Judidal (:n. 140 vto). Bl aoueado Rico ad!:d.U6 haber rec1bJ.do ~a

de lJapole6n Pl6res la auca de S 2.000.oo, pero alegó que este dinoro correoponCI{a al pago de igual eUI:Ia que antes le había prestado a Pl6rez. 'lal excuaa es inaceptable ¡:o~ estar reflida cm1 las det:Oatrscionea del 8tliJ3r1o. 6.- Relata el !! guo, cono acargo nliaero a1e'te0 : 0La sei'ors Pol1carpa R1aflo Jda. de PtSrez tenia una casa de su propicdnd en el de la población de Paz do cnn~ Ar1poro. Celebró negocio de conpraventa con José Ilan.r1que 7 faniHa, qui.cnea entraron o tenían posoa16n de la o1sT;:a.

. -- -------, l \! 7 Estos no C\ll:ll)lioron el neg~o 7 hubo rescia16n del con . trato, pero los Banrique se negaron a en1;regar el 1mme ( ble hasta "tanto no se leo diera 1ndemtl.sac1.6n por valor de 8 6.000.oo. Doi!a Policarpa, cientraa tanto, vend16 al. aeftor Bnn1 f>noi.o llarliio la caaa. Ae1 pues, se lo cre6 un probleml a dicl!a aeflora, que veáooa cooo f'ue aoluci.onado apenas fUe conocido por el aeflor Rico Ranos: ) • ••••e l Dr. Juez, safior RICO, ae aconsejó que 1, debia arregl.ume a las buenas porque a El1 :;10r la le7 ~ (

lía perJud1.csda 7 peligroso ir a una cáJ'cel 70; así fue arreglaoos m:rtgable::ento porque ¡:or lo que ce dijo el 1 1 Juez, 70 ae dió ciado 7 por eso arreglá e las buenas, sin juicio porque eso no habia papeleo ni había nada ••• l. Luego tui 7 le dí lo plata al señor que tenía la casa que oe llana Joa.S t!anri.que 7 n:e la en~reg6 después de darle toda la plata la que diJeron o asan cinco Cl1.l qui nientos pesos porque 70 leD dije que no tenía trlo, 7 ellos ao pedían seis c.1l peaos ••••l mEGtmTADO: Quiere d_! c~a al el seflor Juez del Circldto, seftor Luis Rico, le 1ns1nu6 por varilla veces que arregl.ora el probleca de la casa, medi.ente !lllcnasa de que 1ria a la cárcel? C~i'O: 'Si seflor, var1aa veces ce diJo que podía ser? castigada 7 qua tm:lbitSn ce podían qui. tnr la .caei ta si no arreglaba ••••• •. Pl. 59. "Respecto de los activos que hs¡a podido tener el ecueado Rico Raz::os para presionar 7 obliaar a la seflore Pollcarpa para quo arreglara 'a lna buenao• 7 en tregara el dinero o llnnr1que, la declo.ronte cOJ:tCDta: 8 • PBRGUB!ADA; Qlúere decirnos si se cU6 cuenta

de que el oeaor JlmZ DEL CIRCUZ!O. sefl.or Rico. visitara o ~recuentara le casa de los señores que babi taba.n la cosa que cUco no le querían-entregar o si se entendía bien con Jos6 fiianrique? C~~'lO: ·~cían que al.M iba a tocar-trago 7 tinto muchas veces 7 que eran muy aai-- gos •••• • t1. 59 vto. •Respecto a la conducta general de Rico, exP.!! so la declarante: •si. he oido de que d~ consejos 7 he oido decir ' 1 ! que cobra platas por arregla~es 3u1cios. pero no me con!! t3 directmtento •••• • t1.59 vto. "Al t1. 174 obra la declaración del seiior BoJJ! ~acio norifio. segundo cacprador del incueble de la sefio ra Pollcarpa. Re:f"iere esta declarante loe episodJ.os re~ tivos a la co~pra del "incueble 7 eopec"ialccnte la reten ción del m=o por los IIanrique. Agrega :finall:lente (t1. 1 7J vto) • que la eefiora Polloarpa le cont6 que le habia tocado • poner la plata sobre la cesa del Juzgado para ahi si enseguida entregar la casa •••• • "Avellno 4oa6 tlanrique (t1.118v.) 7 Siriace llanrique ( t1.117) • peraolUlo bene:ficiadas con el dinero execo"ionado a Policerpa. "in:forcan sobre el problei:lS que

habían tenido con .Seta. del cual babia nonooido Rico Ra mos 7 el arreglo aaigable por D 5.500.oo -~·- 9 "'Ual.cUna Cutnlar ( fi.l43 v), auxiliar del Jll! gado de Rico, v16 que la sefiora Policarpa dialogaba rr.! cuentecente con el Jues. J~ José 1'arqu1no, A1calde del ounicipio por la época, aupo del aa1mto y aupo taJ:ib1én que babia sido arreglado en el Juzgado del C1rcu1 to. ( n.n1 y 112). aED este caso el SC128odo Rico Raoos actuó pe ro no para obtener Utilidad él sino 1m tercero". 7.-Entre Bax1m111ano Benavides y Adelaida Ga oa oe susc1t6 un conrlicto acerca de casa de propio 1m0 dad del prioero y que ocupaba la segunda desde hacía do ce afios. Enterado el Juez Rico Rimos de que la sefiora Gaoa se negaba s restituir el inoueble, le expresó a Be navides que le harla entregar la casa si le daba la sUt:a de i 5.000.oo, dinero que erectivacente rec1bi6 el fUn. clonarlo, en dos contados. Pue así Rico Rsl::oa aco CODO nestó a la aeilora Adela1da para que entregara la casa, en erecto ocurr16 •. co~ Sobre el hecho anterior oilitan loa test1ro Dios de nax1n111ano Benav1dea (fl.63), Adelaida G~ (u .212), lral.dina Cdllar (u .142 vto.), Juan 1'orqu1no

Vargas (fi.ll3) y Pedro Chaparról (fi.233), a1mque solo el priooro de lon noobradoa asevera que le entregó loa S 5.000.oo al Ju.es Rico, de lo cual no hubo testigos presenciales, pues los deponentes que se el ton inrorcan de episodios atinentes al dlrerendo surgido entre Bena rarea vides y la señorn Gaca y la cooo cnln1n6. 1 l.O \ 8.- Por o~icio !J9 275 de ll de dicimbre de 1..9n, d ~uez Rico Ranoo ¡dd16 al. Juzgado flulúcipa.l de Paz de A.riporo el. envio de 0 l.as dlligeneias S'8'1Il"Z'. _ r1as en avenausci6n do l.a mterle de !Inrla Patly Uora l.es, ~unto con el. arca cateria de la '1nvesUga46n° ( n .275 vw.) , sollcit ud a l.a cual. accedió el Jusz Dunicipa.l. • Bl. proceso en mención llegó a aanoo del. ~uez na acusado, con el rev6l.ver marca col t. calibre 38. 755300, pertenec1ente a Honero florales (n. 209). hor caDo do Sarla F~, 7 el 9 de ~ehroro de 1.972 s1D que 0 hubiera realizado ac~ciones. Rico Ramos ordenó rem tir el sm:mrio de que ce viene hablando al Juez SuJ)Orior de Sogm::oao, qu1en era el co:rpetente. pero sin el. rev6l. ver descrito. BD 1nspecci6n al re~arido negocio se hal.l6 e~

te constano1a, con l.a ~1ma del secretario del Juzgado del. C1rcu1 to Lu1s Car1oa Vega: °COD o~1c1o DD 197 de ~eella dicienbre 22 del 71 so reni.U6 el rev6lver IJ9 755300. cal.1bre 32 carca colt caballito, al sei!or Je~e de Tinterial. de .Guerra del B~ército Racional Bogotá0 {fi.276). ano acontece que tal rev6lver no fue enviado a D1nguna dependencia dol B~érc1to, lo que se acrcd1t6 con ~oroe del Collmldanto General del Ejército (~1.347) y gediante inspección ~ud1c1al (fi.331 vto.). ....,., '. 1 11 \ iaeb1én es deoostr6 con certificaciones expedldes por el nuevo Juez Proo1scuo del C1rcu1 to de Paz de Arlporo (fi.257 7 317) que no se dejó copia del ofi- - cio 197 • antes citado • n.1 e e encontr6 recibo alguno del al'!JB extraviada, n.1 constancia de que en verdad hubiere sido envia~a al Ejército. B1 Secretario Luis Carlos Vega sostuvo en de claración que él personalmente no hab!a enviado el arga de que e e treta a n1ng1ma porte. 9.-8Loo esposos BenJac!n Berrera 7 Luz Slriao Castro ('fa. 222 7 22') -relata el Agente del !11n.1ster1o Puolicocontrataron una nucbacha de Paz de Ar1poro pa

ra el servicio d~éstico en Sogacoso. lo que dlo lugar a que la cadre de la Joven loe denunciare por proxenetismo. Bl Juez Jaco Ral:los ordenó la captura de Luz U1r1ac Castro, 7 advertido que la slndicada ten.6a un nifio de pocos días de nsci.do, le dijo que tenia que pagar una "aallta" de ci.nco 1:1.11 pesos. o de lo contrario lr!a a la Cárcel. Anta esta si tuaoi6n. 7 por ser madre de varios hiJos. no tuvo cás que acceder a las exigencias del flmo1onsr1o que resolvió rebaJar la culta a tres o11 pe~ sos, con tal que fuera de un solo contado. Recurr16 ·Luz tllr1ac Castro a su hercano Ol:lar que lo adeudaba un di.ne ro. 7 éste g1r6 un choque por tres c11 pesos contra la CaJa Agraria 7 a favor del "doctor R1co0 quien perso- , nslcente lo cobr6. alfo pudiendo eludir el cargo, por estar de1 . 1 12 1 \ ', 1 cos~rado que personalmell-te hi:so e~ec~lvo el cheque, vo! l vi6 a decir que E!"8 por aDa deuda conttaida por Ocsr Cae ~. cuando al aeaor Cas~ eacaSSilento conocía al Jue:s•. Respecto de este cargo, a ~s de loa testlco nios de los esposos Herrera Cae~ 7 de loa careos enne éstos 7 el inculpado Hlco (re. 224 v. 7 226 v-to.), obra

la decleraci6n de Ol:!ar castro (fi.229). quien re~noce l;lue a peUci6n de su hel'!:IBD8 Luz llirtac 7 para pagarle aDa deuda le gireS un cheque por 8 3.000.oo, a ravor de Luis Darlo Rico. B1 procesado Rico acep~6 haber recibido y co brado dicho inatrucento, pretendiendo cualificar su co~ ducta con la alegnci6n de que la causa era un prés~o que le había hecho al girndor (fi. 225 vto.). Tiende a corfoborar la icputaci6n el indicio consistente en que el Juez Rico Ramos puso en libertad a la citada seffora Castro, qUien había sido ca];lll:tada, sin auto previo (n. 226). 10.- Alirio llecbe Echenique -narra el 'rribu-· ~ IUll. de primera iDa tanelalfl;te condenado Juntacen te con otros, a la pena de nueve ceses de pr1si6n, cooo responsable de hur-to de ganado cayor. La respectiva aente~ cia fue prorertda por el Juez Hico Rm:los, quien para erectos de la eJecuc16n de la cis=, oÑen6 la captura de Ueche. A éste le rue suspendida la libertad, pero de bido a su buen comportaciento rue nocbrndo •ordenamm" 13 dentro del e:::tablec1l:l1ento carcelario, circunstancia que le percitía salir y entreviatarse con el Juez Rico Ramos. Cua.lquier día Rico le habló que podía deJarlo en 1 i

libertad si 0 leventaba0 lo auca de S ,.aoo.oo para •co~ ooguirle" en Bogotli el concepto del consejo de d1ec1pli na. Ante la posibilidad de regressr a la libertad 1 an te el lñedo de permanecer mucho tiel!lpo a la sOl!lbra, filo che obtuvo, por eus prop1os cedios, la s= de S 1.880. oo y los depositó en lll a :anos de Rico. Loa restantes S 2.000.oo fueron entregados al venal por ~cionario José Concepci6n Díaz Camaeho, a nol:lbre de Uecbe. A li!e che le toc6 pagar el dinero así prestado por Diez, en trabajo, ún.1.cs c.anera que tenia para saldar esta cuenta. "El seflor Jos6 Concepci6n Diez caoacho al fl. :n3 v. confirca lo dicho por lleche respecto a la entre ga de loa S 2.000.oo a Rico. Sobre el particular expre sa que l!oehe le rog6 le prestara ese dinero y se lo e~ tregsra personalmente a Rico ya qua se trababa de con seguir la libertad. El testigo af1.raa que tleche le pag6 ese dinero en trabajo. Una vez entregado todo el d1nero A11r1o l!eche fue en con la f1.anza, de puest~ liberta~ pa.labra, de Díaz Camtcho. i •ne acuerco a una pricera 1nspecoi6n judicial practicada por el instructor sobra el proceso contra Al! eio Decho no !Ue hallada constancia alguna que ¡:erc1t1e

rs deduc1.r el co·Uvo por el cual cUcho co~euado fno puooto en libertad. Así lo hizo constar el inatructor al 1' lj 1 ..,.1 . 14 i 1 n. 151, aclarando que daba la ioprcsión o por lo cenos '1 procesal.oente so concluia que rJ.eche estuviera detenido, segiin orden de encarcelazñe.nto Nll 08 (n. }07) del 6 de carzo de 1.972. Se repite, en esta oportunidad el 1ns tructor no encontró providencia alguna que dispusiera la. libertad de t!echo ni cenos constancia al.guna aobre boleta de libertad. Apareofa si la constancia de arch1vo del proceso. •En une sesun.da inspección ocular, 1I1l8 de lao et:~pleadas &1 Juzgado extrajo de entre 1I1l8 gav.eta algunas actu.ociones de Rico Racos. Entre estos papelea se cons tató un auto in~rlooutorio rircado por Rico en que dis ponía 0 la auapen.sión• de la de~noión del sindicado Ali rio Beche (tl. 207), aceptando coco riador al seffor Juan c. 'larquieno. Tal actuación, coco ya se advirtió, no se encontraba anexada a1 respectivo expediente, el cual se encontraba en el archivo. •Bata actuación anót:ala por parte de Rico Ra cos está conrircando lo aseverado por IIeche y el testigo José Concepción nías en cuento a las ea1.gencies de

dinero por parte de aquél. Así pues, Rico Rm::os cucpll6 con Deche la propuesta que le hiciera de dejarlo en li bertad a caobiO de la SUI:!S de $ }.800.00. DO Otra expl1 cación ao obtiene al valorar los dichos de las persones cencionadaa y el auto ilegal que se acaba de co::Ientar en razón del cual, sin observancia de ninguno norcal. nustanc1al o adjetivo penal, se ordenó la libertad en referencia. Las irregularidades cencionadas se ¡:;ueden e~ 15 tetar a f1s. 149 vto., 15P vto., 7 151; 206 y v., 207 y vto.0 La irregular providencie por la cual Rico Ra coa otorg6 la libertad a Alirio Ueche rue reehada el 20 de cayo de 1.972 (11.207 vto) 7 se diot6 sin oir al Agente del tt1n1ster1o Pdbllco. y no se ordenó en ella au not1~icac16n. 11.- Od111a Sarabia ( t1.242v). pretendía deli!B!! dar por all.mentos a Getulio Vargas, cono padre na~l de 0119 hiJos l:lE!llOres, y se lo cm:nmic6 aei al juez Rico Raooa, qUien le prm:~eti6 ayudarle en ese prop6aito, por la sw:ra de S 2.000.oo, para un abogado que se encarga ria de la geat16n, dinero que le i"ue entregado a aqu41 t'uncionario, qUien, no obstante que ca.rec.!a de CO!lpeten

cia para ello, adelan't;(S el juicio, con 1ntervenci6n in cidental de tm doctor Jaramllo, qUien cobr6 8 200.oo por su trabajo ( f1. '58), hasta dictar sentencia, en laque condenó a Getulio Vargas a pasar e la decandante una cuota ellnenticia periódica de $ 1.500.oo ~l. 298 y se). Odllia Sarabia con.s1gu16 aquel dinero con i'oribio 'farsche ( f1. 253 "1.), qUien gir6 el correspondiente cheque a ravor de tm doctor Jara.millo, pór petición de aqu4lla, quien a su vez lo pas6 a Rico RaQos. 12.- Cursaba en el Juzgado Promscuo Zle Paz de Ariporo un proceso por ho~cid1o contra ~to Cipriano Cor tés 7 su esposa tlercodes Ortiz. Para otorgarle a ésta la libertad, el juez Rico Racos lo ertg16 S 3.000.oo, de 16 acuerdo con la versicSn de Cort6s, quien ~1m6: .. • • ••••P ues respecto a la de~1n1c16n de 1:11 a-1 tuoc16n Jurídica no ce diJonada. Con relación a 1:11 se flora s:1 me hizo una proposj.cicSn de arreglo, can1~están­ d0l:l8 c¡uo 1ria a Bogotá 7 ce traia un alegato hecho por un abogado, por el cual. quedaba 1:11 oef!ors Ubre; yo le acepU la proposición ced1ante arreglo que hiciaoa de

  1. treo 1:111 pesos poro coz:zo no se loa conseguimos todos, ' por 6lt1mo se nog6 a no aceptar a una auca Dáa baJa, por lo tanto le enU"eg6 a 1:11 seflora dos oil pesos que ella le habia dado a U. Por lo tanto DO hubo arreglo en ese sentido •••• • (fl.268).

. ! Oediante 1napecc1cSn Judicial se establec16 que el incnlpado Rico Rm:loa actuó coco instructor en el proceso contra ~to Cipriano Cortás por hco1c1d1o en la pareona de Ricardo Abril niaflo ( fia. 270 y as) • Oaa no he posible obtener en el sw:mno el test1conio de Dercedeo 0rt1s de Cortáa, prneba da hada cental. 1cportanc1a para torear Juicio respecto del car go que le hace 'fito c•priano Cortés al ex-Juez Rico. 1,._ . En un proceso eJecutivo pro1:10vido por Junna Parra Vda. de Riaflo contra Eduardo Chaparro, no«2 cio que ee adelantaba en el Juzgado a cargo del proce~ do Rico Bal:!os, éste le ~6 a aquálla, según voraicSn del personero Dunicipo.l de Paz de Ariporo, soflor Raól Guevara lledina (fl.50), la s-.ma de B 2.000.oo para de-- ::;_. f 17 1 czetar el enbargo de bienes del denandado. Dice el Pera~ nero en au ~orce qua de tal ea1genc1a ae quel6 verbal

Dente ante 61 la eefio:ra Juana Parra, quien no ha decla~ do en este proceso. Con t'undw:ento en loe hechos que se dejan pze cisados , el Tribunal de priJ::Iera instancia, en la provi dencia apelada, llaa6 a responder en juicio el sindicado Luis Darlo Rico Raaoa por las siguientes inb'accionea: a).- Once dell toa de concusión, ccaeUdoa en perjuicio directo de Jairo Jacinto Av1la, Andria Avelino Vega, ~ael Alvarez Pá:raz, Delson Rodriguen, Ilopoleón Plórea, Pollcarpa B1aiio Vda. de P&rea, DarlJ:J:1.11sno Bena video, Lua tt1r1aa Castro, Al.1r1o Ileche Echenique, Od1lia Sarebia 7 lea esposen fl to Cipriano Cortés 7 Ilercedea Or Ua do cortés; b).- Doo deUtos de prevaricato, ccneuaadoa ~ en ·procesoo penales contra Ilolson Rodrigues 7 .A1irio I!e che Bchenique, procesos en los cuales dictó sendas autos notoriaaento ilegales, 7, e).- Un deli.to de peculado, por hoberse a~ piado del revólver que se había deccaiaado en diligencias adelantadas para establecer la causa de la auerte de !:!aria r 18 '¡ 1 PaDDy lloralea. Decid16 1gu.a11:1en~ el .! guo, en el auto que se revi.sa, sobreseer teopor&l.aente en favor del proce8.!

do Rico Hncos con relac1.6n al cargo de concuai6n por eX! gencia de di.ncros a Juana Parra Vda. de BlaBo, al que se hace aluai6n en el nuceral 13 de eota providencia, 7 a la 1.cputac16n de falsedad en docucentos, activada en la ateo'taci6h, contrari.a a la verdad, de presentaci6n pere_2 nal de un eacri to de desist:iJ:ñento t1.:rcado por Roea Hel_2 na Roldán, en proceso contra Bapole6n Pl6rez, tal coao se pun"tualiscS en el nÚl:lero 6 del relato de loa hechos. p1 nal rente, dispuso el Juzgador de pri.cler grado que oe 1.nvest1gera separadaoente la pnrtlc1paci6n que hubiera podido tener el secretario del Juzgado Pro miscuo de Paz de Arlpo:ro eeftor Lula CSrloe Vega, en el presunto delito de falsedad de que se ha dado cuenta.

S E C O n SI D E B A: a).- Loo diversos delitos atribuidos al nc.ueado Luis Dario Blco Ra.ros aon aut6ncoos 7 el concu:rao que eo real, para el supuesto de una condena, de~rc1.nan al llegado el conento de la eon~nc13 hubiere ~:rl to P.! ra ello, coco lo concider6 el .!! guo. ni siquiera en loo canoa de concusión que se le 1nc:r1n1nan ae da la h1p6te sia del delito continuado, por ausencia del dolo unita rio propio de dicho ya que coda uno de las

fen6~o. 1-----',_,- --- 19 e%8coionos ilegales es~o dirigida por un designio par ticular. - b).- Aunque independientes en sus elacentos estructurales, loa 111o1tudes penales atribuidas al ~ cesado Bico presentAn una relación de conexidad circan~ tanc1nl, que 1.cpone su 1Dvesügao16n 7 ~allo en un CJJ.s DO proceso, ~ coJ:W oo ha venido haciendo, por I:~nDdato del ar~. 168 del c. de P.P. o).- Anall.zadas en su conJunto 7 con arreglo la sana críUca las pruobas atinentes a las ~rscoiones PQr las cuales ~ l]anado a Juicio el inculpado Bico R~ coa, 7 las concernientes a la responsabil.ida4 penal de ~ate, e1mplen las exigencias del art. 481 del estatuto prodesal penal para cUotar auto de proceder, coco se dm:meatrs en loa razonados estudios conten14oa en la 11r.2 videncia que se exansna 7 en l.a vista del Procurador Pr1 nero Penal, c1qaa conaidorsoiones prohiJa la ~lega4o Bala. d).- La h1p6teis de una co~abulaci6n de loa 4eponentea para perJudicar al ex-Juez Bico Racoa, p18.n teada por la de~enaa. ~carece de todo ~anc!anento •. Por lao· condiciones personales de loa declarantes, por la

~orca nanSfieataoente sincera cono rindieron sus expos1cionos, ¡;or la conprobaci6n que nncbas de auo ttrirmcioneo tuvieron en 1napecc1ones Judiciales 7 en hechos ind1ciar1oo • bien en ol pliego ele cargoo. las pan~iza.doa afi~ciones de aqu6llos cerceen cred1bil.idad. ' í 20 \ 1 e).- Las danm1nnciones 3urid1cas que el ~ - buna1 Superior de Santa Rosa de Viterbo dio a los hechos, en el auto que se estudia, son correcbs, 7 los sobre se1.a1entoa te1:1poralea que decre16 no ofrecen tlmpoco ~ paro a lo Sala. f)lBD consecuencia, se contiroará integral aante la providencio apelada. s) .- En el Uroino probatorio del. 3uicio se deben practicar las pruebas que echon de cenos el guo ~ , 7 el Procurador, 7 tel:tbi6n se debe hacer el evaluó del rev6lver que fUB obJeto del peculado que se acr1n1na al proceiUldo Rico Rs:l:los .• DBOISIOD: Por lo oxpueoto, la Corte SUprel:la -sala Penal-, de acuerco con el Colaborador Fiscal, adn1n1atrando JuoUcia on notlbre de la Repábllca 7 por autoridad de la .. 107 • confirca en todas ous partes la providencia apelada, de fecha 7 origen indicadas en la parte activa.

C6p1oso, not1fíqucso 7 devuAlvaao.

ALVARO LUDA Ga::IRZ DARlO ALARIO DI ~ILIPFO

2l. ' \

HII!1BSR5'0 BARRBRA DO!DJJGUB:Z.

LUIS CARLOS PBHBZ LUIS E!JlUQUE RcmmO SO!O

JULIO R<mCALLO ACOSi'A JOsE DABIA VBLASCO GUERRERO

J. Bvencio Pooada V. - secretario -

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