CSJ - SP L.Mesa(26-05-1972)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Mesa(26-05-1972)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL Aprobado: acta # 18
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Magistrado ponente: DR.LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ J'1;
¡, 1 :,1¡' Bogotá, mayo veiñtiseis de mil novecientos setenta y dos. : 1 1 !l 11
V I S T O S: '1
'1, Consulta el Tribunal Superior de Cartagena su providencia de 17 de febrero del pfesente afio, me-dia-n te la-cual sob:reeey6 definitivamente en favor del doctor ALFREDO Br~TIN VERS:ARA, ex-Juez Quip.to Penal Municipal de aquella ciudad, enmlac16n con el de falsedad en ~elito documentos que le atribuy6 el doctor Antonio He:rmes Luján en la denuncia que dio origen a este proceso, y declaró extinguida por prescripoi6n la acoi6n penal adelantada ,,1, contra el mismo ex-funcionario con respecto a supuestos ,, ' delitos de abuso de autoridad y prevaricato que también .,: ! le imputó el denunciante. .,_ ,¡ El Procurador Segundo Delegado en lo ~enal, con ocasión del traslado que en esta instancia se le dio 1 ! del asunto, emitió concepto, en el que solicita la con firmaci6n delproveido consultado, adicionándolo en el sentido de que se confirme también el auto de 7 de novi embre de 1.967, en el que el ~-quo declar6 prescrita la ácci6n y ordan6 cesar todo procedimiento contra el doctor
Batín Vergara con reloci6n a uno de los cargos formulados ¡! en la denuncia. ~l En escrito de 8 de febrero de 1.966 el doc tor Antonio Hermas Luján le atribuy6 al entonces Juez Quin to Penal Municipal de Cartagena los hechos que a continua cien se enumerant cometidos en un proceso penal seguido .. !1 ''; i ¡ 1 : i\ : ¿· \··¡'' J : 'i" '' ·:: ·. i 1 ! 'l ! contra Jeeds Alberto Giralda Velásquez, Hebel'to Rodelo ,1 ,¡ M1J'anda~ Villadel Otero Aoósta y otros. por 4elitos de ¡; "atraco, rbbo y/asociación delinquir"• a~ !\ ·' ·¡' l.• Haber omitido la indagatoria de Heberto Rodelo Mirandao a quien apoderaba el abogado denunciaD i¡/ i i te, y de Villadel Ote)'."o quienes se ¡vreáentaron volun 1 i : 11 ',; 1 tariamente al Juzgado a cargo entonces del profesional ,' , ' 'l aqu! inculpado., ; 1 2o• Haber del expediente el aeta aus~ra!do de la d1l1gen.c1a de reeonoc1m1en to en fila de personas practicada con intervene16n del procesado Villadel Ot,! 'li l í ro y de otro de loe sindicados. '·, '· l ' 3.,- Haber ordenado la preventiva d~tene16n . 1' de Heberto Rodelo Miranda por un delito inexistente en '! ¡ el Código Penal colombiano, o sea por "atraco"., 1 ,1:
1 ,¡ 4.- Haber dispuesto el envio a la Justicia Penal Militar del expediente x-espectivo mediante un 11 '' de l1 ' 1 simple'-"auto sustancia.c16n., 1 1 ' ,1 En orden.a establecer la verélad de los hechos denunciados, el Tribunal Supet"ior de Cartagena abri6 la eor:respond.iente investigac:lón el 17 de junio de 1.966, y en el óu.rso.de la miema como apunta el "re. .. 0 Proeuradol"~ 11 cib16 loe testimonios del personal subalterno del Juzga• do (fls. l8oc 19, 20 y 37) de las personas que asistieron 11 •• ! a la diligencia de reconocimiento (fl.s. 49, 50 y 5l)o a•- . c:redi t6 debidamente la calidad de Juez del acusado y el ¡'1, ejercicio de funciones por la época de autos (fls., 11, 9~~ 1!1. ¡ y 12), lo oy6 en declaración indagatoria (fl.,27); pract,! !' o6 inspección 3udic1al al·expediente (fl. 151) y alleg6 ; ' 1 otras probanzas". . ¡ . 1 1 1 '1 \ ' "'\'\ u:¡ 1, - 3 .... ,. 1 :¡r
- SB CONSIDERA: a).- Con relación al primero de los cargos antes enuncia.... do... s, 0 q.. ue > de·~ ser' T ci• er·: t1o h' ab• rT i' a p~ od' ido' \, :"' •
constit~ ir un abuso de autoridad por mnisi6n, el Tribunal de la instancia declaró extinguida la acción penal, por prescri~ ci6n, en auto de 7 de nGviembre de ;.967. Esta providencia no estaba sujeta en ese entonces a consulta, y se ejecuto ·1' rió, pues por la época en que fue pronunciada los Tribuna " les Superiores de Distrito conoc!an "en única instancia" de los procesos contra loa jueces por delitos cometidos en ejercicio de sus :funciones, de conformidad con el art. 12 del decreto 528 de 1.964. que rigió hasta cuando entró en vigencia la ley 16 de 1.968. b).- Acerca del segundo cargo, atinente a la falsedad por .sup~esta sustracción de un documento, está ,, ' ciertamente establecido que el hecho no pues el existió;~) reconocimiento en fila de personas del sindicado V1lladel Otero Acosta, que hab!a sido ordenado, no se cumplió en realidad; por lo cual no se extendió acta alguna. As:í. se infiere de la declaración del Juez Bettn Vergara (fl.28) y dé los teBtimonios de su Secretario Rafael Ferre:xa P1,1e ... llo (fl.37) y del Sub ... Director de la Cárcel Nacional de Sumariados de Cartagena Oarlos Morón Díaz (f1.39), quie 11 '' nes han dado explicaciones suficientes sobre el hecho que motivó la acusación del denunciante. Por elJ.o fue acerta r do y legal el sobreseimiento definitivo proferido por el en favor del Juez inculpado. ~-guo : 1
' 1 o).- Por lo que toca al tercer cargo, en la h.! ' 1 '1 pótesis de que hubiera sido arbitraria la detención del \¡' "1 proeesado Heberto Rodelo Miranda, cuestión que no tuvo de \1: : mostración, la acción represora se enervó por prescripción, 'i por haber discurrido más-de cinco aflos desde cuando ello sucedió, pues la providencia encarcelatoria fue dictada el 22 de diciembre de 1.965, y el lapso indicado es el ext~ 1 ,, ' t1vo de la acc16n eegón los arta. 105 y 295 del OoP• \ 1 ,1 d)o• El pretendido abuso de o pre ¡; ;J 1' auto~idad varicato enunciado como cuarto oargo en razón del en. .. - 11 \i 1\ v!o del eltpediente a la justicia castense, ~conteoi6 ,: también hao~ más de cinco años, por cuyo motivo la acción penal se Gtlttingui6 y no puecl.e proseguix-se • tomando en ou • 1 enta lo dispuesto en los at:"ts. lOS, 171 y'l68 del. C.P. \ 1 e).- En consecuencia, la providencia que aho '1 1 ' ; l' ra se revisa, :fundada en las normas sustanciales cita(las y i ,:1 ¡ en el a.:rt. 163 del O. de P.P •• es legal y será confirmada.
DECISION: Por lo expuesto, la Oo~te Suprema - Sala Penal•o ' '; 1 1o!do el concepto del colaborador f.iscal, ad.ministrando jua
en '' \ . y \ - ';ticia:· nombre de: la Repdblica por autoridad de la ley, confirma e:n todas sus partes el auto sometido a consulta, i ¡: ' 1'1 ' de fecha y origen e:>rpresados en la parte moti va. q ~ . 1 Oópiese~ notif!quese y devuélvase. l ¡1·
LUIS ENRIQUE HOMERO SO~l'O MARIO ALARIO DI FILIPO
1
IlUM.BERTO BARRERA DOl\UNGUEZ ALVARO tUNA GOM.EZ
LUIS CARLOS :PEBEZ
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JOSE MARlA VELASCO GUERRERO
JULIO ROICALLO ACOSTA
J. Posada V. '1 l~vancio
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