CSJ - SP L.Mesa(30-05-1972)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Mesa(30-05-1972)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
CORTE SUPREMA DE JUSTICXA SALA.PE.NAL Aprobado: Acta 1 18 de Mayo 26 de 1.972 Magistrado Ponente DR .tUIS EDUARDO l':$SA VELASQUEZ 1 Bogotá, mayo treinta ye mil novecientos setenta y dos. V I S T O S; En providEmcia <le 23 de febrero del presente ailo, que ha venido a la Corte en grado de consulta, el Tr,! bunal Superior de !bagué sobreseyó definitivamente en favor -- d.e la doctora ANA LUCIA MOSCOSO RODRIGUEZ, ex-Juez Penal de Armero. con relaoi6n a los cargos de abuso de autoridad y prevarioato que le atribuyé el dooto:r Rafael Rojss Kurm~m en denuncia pl"eaentada el 19 de die~embre de 1.969. El Procurador Segundo Delegado Fenal, en re_. :presentac16n dél Ministerio Publico, y el apoderado.judi-· cial de la inculpada, en presentados en tiempo, e~oritos demandan la confirmaci6n del proveido en cuesti6n. Las conductas qua oomo constitutivas de infras o1ones déi la ley penal, le i1nput6 el denunciante a la doct.2 1 1 ta Mcsooso, las resum16 esta Sala en otra ocasi6nt así: n19.- Haber retardado indebidamente la decisipn acerca de una petio16n hecha por el doc• tor Gustavo :Rend6n Gaviria, en el carácter de apoderado ju i 1 dicial de Santiago Ariza Macíaa, para qua se revocara el a.!!
- 1 :' to de detenci6n dictado contra éste en proceso por lesiones personales iniciado en el extinguido Juzgado Primero Penal Municipal de Armeroo "2S! .- Haber rehusado, sin motivo acep legal~>- tar la sustituci6n que pretendi6 hacer el doctor Rend6n Gavir1a ~n el abogado Gilberto Giraldo Herriiera
1i . J 1 ¡ 1 'l ¡, '\' l. j, l! ¡, ¡\. ) del poder que había recib:loo del sindicado Santiago Ariza 1' Me.o!ea, no obstante que el do<rtor Rend6n ten!a ya reoono. . 1 e ida su peraonel"ia' pa.ra aobal't. como abogado inacri to en \ el juzgado donde se orig1nt5 el procesoo y fe¡cultad expre sa para austitu!ro 1 ¡, } 1- ••39 .. - Haber retardado irregularmente la resolul oi6n eobre u.n segundo memorial qua el doo- ¡, ll tor Rend6.n Gav1r1a pre!:Jent6 para. sustitu!r el poder de que .... 1 se ha heoho w4r1 to en el a.bo¡a.do Rafael Ulises Kurmen Ro- ,1 , 1 jas" o 1 1 ':1 1:
RESUL!fADOS .:OE LA INV.88!lGAClON; :J
¡, ' 1' En el sumario adelantado ppr el Tribunal de la 1' ,¡ instancia ae astableaid; ¡: a~.- En el ;Juzgaelo P:rime.ro Penal Municipal de Ar
ID.Qro se in!oió un. proceso o<.>ntra Santiago Ariza Macfaa, por lea1ones an la persona de Gonzalo Arango. b) ~~- El sindicad.o Ariza Mao:!aa nombró como apodtlr.! j. do, con facultad para sustituir, al doctor Gustavo Rend6n !¡ d abogado ti tu.lado e ineori to en aquel d.eapacho.p a Gavi~ia., quien aa le reconooi6 persone:r:!.a para actW'ilr en d1cbo eará,g t~:r { d.iligenciae de inspecciones ~udieialea de :folios ll a 12 y 17 y se.). o) ..... Los do a Juzgados Penalet:J Municipales de .c\rme. . ro fueron abolidos a virtud de diapo.aioiones del decreto 900 - ''' do l.969p y en su lugar se creó el Juzgado Penal Municipal ~ del C!rculo Armero-Lérida v para el cual f'ue nombrada como 1 juez la doeto:ta Ana Luc:!a. Moacoao Rodr!guez, quien ae pose sion6 del ca.$'go el 12 dt.roeptiombre de 11!969. d).- A la juez Moseoao Rodr!guez le correspondi6 - 3entonces seguir conociendo del sumario que se hacbfa ini. . eiado en el axti.nguido Juzgado P:rime::r;-o Penal contra San tiago Ariza Mªo!as, y profirió contra éste auto de dete~ otón,:ft1chado ol ·2.1 de octubre. de 1.969. e).- El doctor Rendón Gaviria, invocando su cal.!
dad de apoderado de Arizap debidamente posesionado, soli }: - cit6 la revocación de aquella medida cautelar. De la peti \ 1 oi6n se corrió traslado al respectivo Agente del Ministe-.. ,1,1 ' \ 1¡ rio Pl1blico, quien emiti6 concepto favorE;tble. ¡' ! 1 f)o• Bilándose el proceso en esas condiciones, el secretor.i o dio a la juez el siguiente informe: "Que 1¡ ,, ·· el Dr • c:'HJSTAVO R1iNDON GAVIRIA, apoderado judicial del si,n \ dicado SANTIAGO AR!ZA HKClAS, no se encuentra inscrito en 1' ' este Juzgado que naci6 el primero de septiembre de lo969; mediants Decreto 900 del citado afio1en Mayo 31. En el ex• \ ea 1 tinto Juzgado Primero Penal Munic1pS:l del lugar, si se !i cu.entra ~.nscri to, pero este Juzgado se acab6 cuando entr6 1 1" a regir el Decreto antes citado". {fl.l12). !' g) .... con base en el informetz;¡n,¡:.3Cri to, la doctora· Moscoso Rodr!guez quién venia El:xigiendo a todos los abo~ dos que pretendian litigar en el despacho a su cargo la ¡: inscripc16n correspondiente (fl.70 vto. y 82), dict6 el 5 de di.ciembre de 1.969, en el sumario ameritado, un auto 1 de este tenol"; "l?ermanezoa el expediente en la secretaría '1 hasta tanto el apoderado del sindicado Santiago Ariza Ma
o1as se inscriba en este Despacho y así poder resolver su ¡ pedimento" (fls. 112 y 113). 1 h).- El doctor Rend6n quien alegaba que 1 ·'' Gaviria~ tenía ya personería reconocida en el proceso promovido co~ tra desde Bogotá, autenticado. un memorial ''' Ar~za, d1r~gi6 al juzgado servido por doctora Moscoso, en el que sust! 1~ tu!a· el poder en el abogado doctor Gilberto Giraldo. Pero la juez dispuso se estuviera a lo resuelto antes res• qu~ ,· /¡ 1 .. 1 \ . .~ li li l' 1 i ¡ pecto a la necesidad de 1nsc:ripoi6n del doctor Rendón, y se abstuvo de (1ec1dir sob:re el escrit.o de austituc16n. i.) ..... Ante esa dete-:t'm1naci6n, el doctor Rendón al Gavir1a envió un ~~morial Juzgado de Armero.,· en el ! ' : ~ - \ 1 que/afirmaba que no ee requer:ta nueva 1nsoripei6n suya 1 1 1 ereea oficina¡, porque los lib,ros del extinguido Juzgado ! 1 : Primero Penal Municipal eran documentos páblicos y ha-• 1 ' ' ' ( " ' rb eí ca on n p oa cs idad ao laa e ps ea r sd oe np ee rn íad e pn ac ri aa , ay p op do er rq au re a0 la d se inm dá is c, a dé ol Ate rn iz!a
a 1 i 11¡: ¡' i 1 : '' Macias. Concltda manifestando que suatitu!a elpgder, para 1 1i • ¡ J lo cual estaba facultado, en el doctor Rafael Kurmen Ro- : ' \ . jas (fl. 113). ;¡ ¡.'t i l ~).• De nuevo la Juez doctora Moscoao dispuso que ¡ ¡ l l se estuviera a lo resuelto en el auto de fecha 5 de dioies 1\ 1' '· bre de 1.969, es decir, insistió en .,que era indispensable - ! la insoripci6n del doctor Rendón Sa~11ria en su despacho an ,¡ \ tes de decidir su solicitud (fl.ll:r tn fine ). ~ 1 11 h) ... El 2 de enero Q.e rectificando en par ':,:, 1~970, - ·' ¡ ¡1 te su criterio; la mencionada funcionaria dictó una resolu 1 " . ,, oi6.n motivada, que conolufa aceptando la sustitución del : r' doctor Rendón en el abogado Kurmen Rojas; pues que ese no ,. era un acto propiamente l1t1gioso y reafirmando la tes!s 11 de que para litigar en este despacho se debe estar inecrl ' ,l to legalmentett ( fl.ll4) .• .j 1 1 ¡· LA CO R!eE CO N'SIDERA: ! .' ! 1.- El carácter de Juez Penal Municipal de Armero -i ¡. . : de la doctora Ana Luc!a Moscoso Rodriguez, a la de :¡
~poca 1 1 los hechos a que se contrae este proceso¡ se comprobó con ' 11 ;! las copias del acuerdo de nombramiento (fl.41), de la di• ligenoia de ;p·osesi6n ( fl" 5) y de las a!Btuaoiones por állacumplidas en el sumarioedelantado contra Ariza Ma Santi~go oiae ( fls. 29 y ss.) . ;1 ..,! ' \'. 1 \.1.¡ i 1\ - S2 en erJ"o:r la doctora .Moscoe,o Rodr! ~-:- Ino~16 guez al condicionar la actuac16n del Juzgado, acerca de la eol.icitud de revooaoi6n del auto de detenci6n dictado ·- contra Santiago Ariza, form-- ulada por su aJ)oderado doctor Gustavo Rend6n Gaviria, y de los memoriales de sustitución que 4ste. pretenü16 hacer del poder, porque el doctor Ren d6n ten!a ya aceptada la personer!a para representar jud.,! en oialmente a Ariza, lo que lo facultaba para cumplir el oargo hasta la tel'mtnac16n del proc:H~SGp 1 estaba igualme.s t(t autorizado por su mandante para sustituir el poder., Las $Xpl1caoion.es dadas por la doctora Moses ., o ¡ so en su 1ndagatori.a ( fle. 70 y es.), en el sentido de -- que obr6 de buena f4 • creyenc1o que as! observaba riguroe.! mente las Pt"evisiones dé las leyes 69 de 1.945 y 21 de
lo93l, vigentes entonces, en materia de 1neer1pc16n de a bogados, no han e1do desvirtuadas por el contrario, en y~ \ -~ ouentran oorroboraoi6n en algunos indicios, como son $l haber exigido 1nsoripoi6n no sólo al doctor Rend6n Gaviria sino a todos los abogados que quisieron actuar en el nuevo ~uzgado, y la falta de m.6vil censurable para no tramitar las peticiones del mencionado profesional. il ¡: ,. 1, 4ó- Por consiguiente, la doctora Moecoso Rodrí ~ 1 ·, ¡ guez n.o ocmet16 abuso de autoridad n1 mucho menos p:reva ¡' ¡. tioato, pues estas infracciones no se conciben sin dolot , • ,. . •11 elemento de culpabilidad que no acompaR6 la conducta de ¡i ¡ at;ú4lla, por lo cual prooed16 con arreglo a derecho el 1 Tribunal de primera instancia al pone:t fin al proceso oo.n '! i ,. sobreseimiento def1n1t1voo ' '¡. ;: DEOISIO!h 1 • \ ' ~ 1¡ '¡ :~ ' 1 ':;' En al"monta con lo. dicho, la Corte Suprema - Sala Penal .... de aeuer4o con el colabo:rator fiscal, administrando just,! . /¡ . ( . -_.:..:__ '1 \ L 1~ 1! l i 1 ' ·¡ i1l ' ~! 1. 1 ¡ eia en nombre de la Replibliea y por eutori<lad de la leyo
confirma e.l a.u.tc de sobreseimiento consul tat1o9 de fecha .¡ y origen en la parte motivao exp;resad~s ., 06p1eae ~ notifique se y chtVlU~l va e e. ) 1 1 r 1 1 .
1 \ LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO . MARIO ALARIO DI FILIPPO . 1 .
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ALVARO LtmA GOMEZ ·· LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LVIS OARLOS PEREZ i . • j.
JULIO RONOALLO AOOSTA JOSE MARIA VELASCO GUERRERO
'' J 1 : 1 ~ .1 v. 1. Jo Evenoio Posada '1 ··.- Sec:retario .... : 1 . 1 .. ·' .,¡¡' , . 1 ' ' ) 1 ¡' ,. ' ' ' 1 1 1 . /¡ 1