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CSJ - SP L.Mesa(30-07-1971)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Mesa(30-07-1971)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

,, '' 00&& SUPAEMA 9§; JUSTICIA

BALA Of.t OASACIO!\l PENAl.

' '1.

Aprobado: Acta f}28

Magtstr$do Ponente: OA. LUIS EDUARDO MESA Vtl.ASQUEZ eOgoU treinta de julio de mil novecientos setenta 0 y uno. 1 ,, !

V I S T. Q S1

El. T'ri.bvnal Superiar dél otstrlto Judicial de Medalltn pcrmedio dé su Sf!Al,a Penal, en providtmcia da 4 de mayo del presente efioo de le cual ce, - noce la Corte pOr consulta, dsclerd Prescrita la acci6n disciplinaria a delantsda en este juicio contra el doctor TE:OO~O E. RAMIREZ DUQUE por supuestas f$ltes a la 6tica profesional del ·a bO$JBdo a 61 atribuidas por Antord.o Joe6 SaldeJTlaga Aguirre, y orden6 en c:Gneacuencia la cesación dé todo procedimiento .. El Procuredor Prilnaro Delegado .Penal o en vista qua precede, solicita la conf'irmac16n del auto 6!Ueritado por cuanto en verdad "ha transcurrido 0rtlás de un eño desde cuandO tuviér'On .e&.mJPlimiento loe hechos, ~rmino su \ f'iciente para la extinc16n de la ace16tt disciplinaria asimilada e ·con- ~~ trevsrtcicSn por "iterada Jurispru~nciS de ltJ H. Corte Suprema de Just!, '¡. 'J cia, al tenor del artiQUlo '115 dial C&tigo Pen$1 nol"m!!l aplicable al ca

0 so sub Jvdice0 • Motiv6 este proceso una queJa PI"SS8ntada por escrito ante el tribunal dela instencia el 1? de Julio de 1.969 QOr el seilor Antonio Joe6 Saldarria ga Aguirre, quien afirm6 que hab!a entregado al doctor T. E. A$nir. ez Ot.tqus, unos cinco afias atrás wna letra de c=cmb1o &:JGr $)1.0GO.oo eontra Jo 0 d Oamingo Pulgar!n, para $U cobro judicial~ como tetnbidn la suma de e250. oo, "dinero adelantado para el tt'ebado que se comprometi6 ·a llevar e efecto" y que no cumpli4 ( f'l. 1). Es r.taltneT que por el tiempo discurridó desde la hipo~tica falta danun ciada0 y aun tomando como fecha de referencia la de la f'ormulaci6n da la 1 ¡,l ,·. ' ,, 1 ~-~-----~-~. ~--- . --·--·-----·--· - 1: , r -21\ 'l J ' " ¡1 '! querella, la ecoi6n represora instaurada contra el doctor Aarofrea Duque, cuyo car4ctep' de abogado ln$cr1t o se. acred1t6 con la certif icaci6n del f¡, por dispuea lio 1:? vto. • se e~ingut6 preacripci6.n, teniendo en cuenta lo to et\ el articulo 115 dGl c. P. . aplicable al caso en rudn de la "'oca 11 da lo~ hechos y por loa motivos ql.na apunta el . tribunal a m&• y m habten

do renunciadO el· cmJfeei~ inculpado e, la ,p rescripc16n • para. lo cual lo facultaba él articulo t12 de aquel est&tuto procedla hacer las declara 0 ciones qt.tá hizo el juzgador de primara instancia en el. . auto que se revi sa o el qye' será por t~anto confirmado. D ·et C I 8 I O Nt Por lo elCJ'jJuesto, la Corte Supi"GGlla ..Sala Ptanal-,: de acuaJ"tb con el col.,. . . ~ borador fiscal o adminis~ justicia en nomb~ da la ~bli.ca y por autoridad de la ley CONFIRMA la providenéia oori$Ul. teda, de fecha y ori- · 0 gen e~resado.s. 1 1 1 l'l

MARIO AU\RIO 01 FIL.IPPO

ALVARO. l.UNA GOMtZ

LUIS OJRIQUE ACERO SOTO ,JULIO RONGAU.O. ACOSTA l,

~: ,:¡ ¡11,

J ~ EVENCIO POSADA V.

Secretario

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