CSJ - SP L.Perez(07-04-1972)6
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Perez(07-04-1972)6
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL.
Apr: ubado: Acta N!:l. 11 de ? de abril de 1.9?2.
Magistrado Ponente:
Dr. LUIS CARLOS PEREZ-.
======= ======= + ~o9oti§, abril' siete de nlil novecientOs setenta " y dos.
V I S T O S:
ElTribunal Superior del Distrito Judicial de - . ',. Medell!n, en providencia del 26 de enero de 1.9?2 se abstuvo de0 abrir investigacicSn por las faltas contra la ~ti ca profesional denunciadas por el abogado Fabio Marulanda Botero contra su colegaRAFAEL GI~LOO MONSALVE. El áuto ha venido en apelacicSn y se ha agotadoya el tremite pare resolver. Fijado en lista el asunto solo seha o! do al Agente del Ministerio Ptlblico P!Jes el interesado no0 1 . 11 se presenteS a-hacer valer las razones de la afuzada. 1 !1 1 Se atribuyd al abogado Giralda Monsalve haberJ¡ i! aceptado poder de \lictor Emilio Mart!nez sin que media~ la· ren~ i'l ·' cia ni la autorizacicSn del defensor, Fabio Marulanda Botero. Victor Emilio Mart!nez hab!a sido llamado a juicio por estafa y, e-- - l fectivamente, al notificarsele el auto de proceder nombrd como d~ fensor al abogado Fabio Marulanda. . ., ..., _·_.- :. ' ~:
- 2Dice el Procurador Delegado en lo Penal S~undo que la conducta del acusado estar!a contemplada en el numeral 2q- " del artículo 56 del decreto 196 de 1.971, cuyo texto tram~crlbe. • Luego agrega las siguientes consideraciones que la Sala comparte para revocar la providencia apelada y dieponsr que se inicie lainvestigacidn correspondiente! "Del contenido de la norma transcrita se colige, inequívocamente, que para que la sustituci.Sn de poderes no sea constitutiva de falta a la moral profesional espreciso demostrar alguna de estas tres situaciones: re nuncia o-autorizacidn del abogado reemplazado o concu~ cia de:algún' mq_tivo que justifique la situacicSn. "En ·el presente caso el ·querellant~ no renuncieS a la designacidn de defensor ni autorizd su reemplazo por el acusado y tert~poco se comprobtS alguna circunstanciaque justificara -la sustitucicSn del defensor".
D E C I 6 I O N.
Por lo expuesto, la Corte .. Suprema -Gala Penal-, adninistrendo justicia en nombre de 1~ Repúbliea y por autoridad de la ley REVOCA el auto dictado por el, Tribunal Superl,or del0 \ Oistrit o Judicial de M61dell!n el 26 de enero de l. 972, y en sulugar dispone que se inicie la' investigacidn disciplinaria por la falta que denun~cS el abogado Fabio Marulan_da Botero. -CcSpiese, notif!quese y devu~lvase.
LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO MARIO ALAAIO DI FILIPPO ¡'1 i
}.J ~--~~~-·----
- 3HUMBERTO BARRERA OOMINGUEZ ALVARo LUNA GOMEZ
LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS CARLOS PEREZ
'' .,- /'
JULIO RONCALLO ACOSTA JOSE MARIA VELASCO GUERRERO
JosA Evencio Po5Elda V. Secretario. ll J 1 )1 1 11 ,.,1, ____ _ 1 ¡ .....--- lJ - -¡ J