CSJ - SP L.Perez(15-03-1972)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Perez(15-03-1972)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
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CORTE SUPREMA OE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL.
Aprobado: Acta N9 • 8 de 14 de m~o de 1.972.
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Magistrado Ponente.: Dr. LUIS CARLOS PEREZ. ===== ·+ =a===o Bogotd, marzo Quince de mil novScientos seterlta y "dos. o V I S T O S: E.n providencia del 10 de diciembre de 1.9?1, - '· el Tribunal Superior ·del Distrito Judicial de Cali dispuso "noacceder a decretar la pr.ictica de las pruet;lás demandadas por elseñor apoderado de la encausada: decisión que el mismo apoderado apeló.
Se trata de la causa contra MELBA RUTH VERGARA· OE ESCOBAR., á quien, se lé dictd. auto de. proceder por el delito de abuso de autoridad¡, y del m81T1br1al que dentro del plenario pre 0 0 sentó el defensor de la funcionaria enjuiciada, para pedir la expedicidn de copias parciales de los procesos seguidos contra otras personas, paro el Tribunal, basi1Qdose en el ,arttculo 501 del Cdcf! \.... . go de Procedimiento Penal,. se abstuvo de autor.l,zarlas. '... Por autt;J del 14 de febrero· de lo9?2 se ordenó 0 .la fijacidn en lista del asunto, sin. que el interesado sustentara la alzada. El Procurador Segundo Delegado en lo Penal conside- ·.' - 2 ;.,.
., - re que hay sObrada raz6n para la negativa, pues "de la simple lec tura del memorial -petitorio dif~cil resulta precisar los hechos ~ que el memonalista pretelid:!a acreditar dentro del juicio o la ~ lacitSn tJ conducencia que las pruebas.: pedidas pudierán tener con - - los hechos atrlbÚidOs, a la incriminada. Basta obServar que las co pias demandadaS .ttac~ relacicSn a la. eituac16n jurídica de perso- , nas extrañilB a la acus~da para concluir que la solicitud es mani fiestaniente inconducenté0 En consecuencia, a juicio· del Miriiste- • rio Público, ea debe confinnar el auto recurrido.
SE CONSIDERA.
Dos obligaciones tiene el peticionarle de pruebas dentro del juicio de _acuerdo con al art!culo !?01 dsl Código 0 de Ptocedimiento P~ali indicar, no de cualquier modo, sino con-~~~ claridad y precisi.Sn, lo que se prop(,ne demostrar con cada una de ' tUles;. y señalar su conducencia, derivada de .la relelcicSn· que te.;... los ies prueb$8 tengan con hechos Clue se' debat·en, es decir·, conia9 i.mp~aciCmes co'ntenidas en ei auto ·de p'rnéeder. y resp!,:!eto de la prlmera .e xigencia es necesario que la eXplicación se refiera - • ' . ¡ no al conjunto de lo·a_ medios probatorios ·propuestos, sino en det~ lle a cada uno de ·ellos, 'parti~~arlt'and01o~·, pues de otra manara
''-.. no podría el. juez conocer la finalidad ·perseguida. Se eivi tan así - • 1 dilacioneS inutiles interferencias: que solo tienden a oscUreCer Q "· la razcSn del' juicio, cuendo no a complicaciones totalmente 'extr$- ñas a él. Eri otros t6'rminos la ley ·quiere que el debate se ci~ 0 · cunscriba a los cargos por que el imputado fue llamado ~ juicio· 0- '1 ·¡. '¡ 1 ,1 ··~· 1 con el objeto de que en el fallo decisorio pueda hacerse la vale~ cidn adecuada respecto de su continuidad o insubsistencia. No basta la indicacidn de lo qua quiere el peticionario con cada una de las pruebas, por clara y precisa que sea 0 ¡i. sino que es for:zoso alegar sobra su conducencia, .o aea sobre la - :¡· 0 <, . vinculaoidn con ·las cuestiones p~ant~~ e adas. Les dos exigencias secompletan racfprQcamente hasta el pl,Jnto da que la omisi6n de cualqUiera de éllas justifica el rechazo de la petici6n por al juzgador. ¡., ~ En el caso presente, el defensor ·se limi ~ a pedir copias de las· sentencias dictadas por el Juez Segundo Civil del Circuito de Cali dentro del juicio ordinario de Jaime Escobar contra :J;gnacio Arroyéve y otr'os asf como da los fallos dictados por0 .
' el Juez Quinto Penal Municipal de Cali en los Pn:»cesos por. abuso de confianza contra el mismo Arroyave y otros, sin explicar .qu~ se Pt:?. poné con ese medio prob13torio y sin alegar sobre la rale.ci~n exis tente entre los hechos a que se refieren los fallos y la causa qua . . se adelanta a Melba Ruth· Vergara de ~scobar0 Por lo mismo est~ - ' bien fundado el auto que las denegd y habrá de coñflinnarse.
O E. C I 8 I O " N . .\ . .. ..
En m~ri to da lo expuesto, ±a Corte Suprema -Bala . '; ' Penalattninistrando justicia en nombre de la RepQblica y por au0 , toridad de la ley, CONFIRMA la providencia apelada de que se ha h,! cho m-'rito en la parte motiva de la presente. Cdpiese- - - - ;.. 4 .. notif!qu$SS y devuélvase.
LUI~ ~E ROMERO SOTO MARIO ALARIO DI FILIPPO
HUMSERTO BARRERÁ OOMINGUEZ ALVARO .LUNA GOMEZ
LUIS EOUAROO MESA V~~U~ . LUIS .CARLOS PEREZ
JUUO RONCAWJ ACQSTA JO$E MARIA VEI,.ASCó GUERRERO
José .Evencio Posada V. · Secretan-o.· '1 ' ' ,, .. '• } . ' \ ¡ •' ~ ' t \ \ •, .\ '\ 1 ~ _. •.-·:. 1