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CSJ - SP L.Perez(18-02-1972)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Perez(18-02-1972)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

-¡, .< \' )

CORTE SUPREMA OE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL.

Aprobado: Acta N9. 4 de lS de fe brero da l. 9?2.

Magistrado Portante:

O~. LUIS CA~9$ PEAEZ •.

======= + =====~ ' aogot~, febrero diez y od1o de mil nov~ientos seten1:a yh· dos.

V I S T O S: - En providencia del 2? de octubre de 1. 9?1 el Tri

0• . bunal Superior del ·Oistrlto Judicial de Villavicencio con el voto 0 en contra de uno de los Magistrados da la Sala· de Decisidn sobres!;! 0 yd definitivamente en favor de OAGOBOOO 'PORTELA TELLEZ mayor de0 edad natural de Armero ( Tolima) vecino de Villavic.encio por ra 0 0 1 zdn del dE3lito de tohechQ que se le hab!a imput~do en su calidad de .. Juez Penal MUnicipal de Puerto Ldpez ·( Meta) y que did origen a la0 invastigacidn correspondiente. La· providencia ha venido a asta Sala por apela- . cidn que interpuso el Fiscal 6E3gundo del Tribunal recurso oportuna 0 y legalmente concedido. Por auto del 2 de/ diciembre de 1.9?1 se0 die¡puso fijar el ~unto. en lista, cumpliendo el artículo 566 del ~ digo de Procedimiento Penal el funcionario recurrente no sus 0 p~ró tentd la alzada. El Procurador Primero OelE!gádo en lo Penal cona~-

dera, en su vista de fondo que debe rovocarse el sobreseimiento d,! 0 finitivo y en su lugar h~cer un llamamiento a juicio contra Portela '1 - 2T&lez como autor responsable del delito de peculado. Se extracta-. 0 rén adelante las razones en que apoya su peticit$n el Agente del Mi..o nisterio P6blico. Se ha agotado el tr&nite para resolver y a ello 0 se procede en seguida.

ANTECEDENTES.

En memorial del 4 de agosto de 1.969 él abogado 0

Jedme Rafael-Pectrai: a denl.lnci6 a Oagobarto Portelo T!U+ezo Juez ·pe- - nal Municipal de Puerto Ldpez diciendo que &te hab!a retenido lar 0gamente una letra de cambio por· valor de cuatro mil pesos· ·en contra . da· por otro funcionario' al requil¡lar la vivienda de Márla VivianaPeña de Celstillo. dent~ d~l proceso que cureabé para averiguar la muerte violenta de ~ta. n_ instrumento fu~· cancelado despu& por Luis Eduardo Ualden5n M~a0. a nombre de Parmenio Cárdenas Medina 0 qua aparee:!a ~ otorgante del m~smo. El dinero acam~a.dD a loa0 por inte~es (un· mil p~oe máS) fue recibidO el Director de la. -

0 ! C~el de. Puerto Ldpe¡z Sam.uel P~acios~ quien lo dep~sitd en el0 l • ' ' en' cargo· • Juet Portela. Ttnl~ con el de que lo entn:igara a .los dosherederos de Uar!á Viviana PSRa de Castillo dStiomif:\ados Macla Flo· 0 rinda y Carlos.· Benedicto f!'efia.. Port9l.a T!Ulez hizo constar el reci- . . bo de los cinco,mil ~os el 25 de noviembre de 1.968 y lo entregd a los hel'8deroe por partes immles el. lS y el 17 de nóviembre de0 0 1.969.

-- ~~-- -;-:.-, -......... ---- -- - -· . ---~ ' ... 3La inspeccidn judicial practicada al proceso av~ , a riguatorio del homicidi-o de Mar!a Viviana Peñ~ó acredita la existB!!, cia de la letra de cambio por cuatro mil p~ en favor de la occi- - ea y a cargo de Parmenio C~r'denes Medina • el recibo da cinco mil pe sos por Saml,Jel Palacios, de peJ"te de Luis Eduardo Calderdn Medina 0• quien obraba como representante del de!udor. Tembi~ obra la cons tancia del recibo c1e ~os cinco mil peso!:) por el Juez Portela TQlez 0 qui, en, en su indagatori13. (folios 48 y s.s.), admitid los hechos ytodo aclard que en momento Quiso. buscar a los dos herederos de Márfa Vi viana Peña a ffn · de entregarles los cinco lllil P8f?09 que habfa re cibido, sin haberlo' lograJXl mlis que el 16 y. al 1?. da noviembre dé ... '· 1.969• a pesar de que et'l este empeño, hizo varios viajes a Cumaral

1 para encontrar a C'.arlos 9enedicto y Florinda Peña. Finalmente, lea • reinte~ la suma a ~dn . de dOs mil quinientos pesos para cada uno de los herederos. ·Entre las personas que ayudaron ~ localizar a los t'lerederos declaran · Jesl2s Morales Vel~quez At"!ierniro Gonz&e% More 0 no y óioselina Ledn (folios 6? a ?1). e:n el ~xpediente figuran ad~&3 loa reciijoa sus crl tos por los dos het'EI_cierca máncionados. Tambi~ figuran las· pru~bas qua acreditan la cali-· dad de jvsZ Penal Municip!U de Puerto L.ópez an la persona de DagQ berto Portela T& ,il:az.

CONSIOERACION!::S OEL TRIBUNAL.

____ .. ·-----~~......:~-~~-----~ ,'.', por Partel.a TlUl~ el de!lito de Cóh(!ChD POftiU'if no esta demostrado que el s1ndic;ado ~ r ecibir los cj,nco mil pesos Que lut§go devolvido0 mo violara ninguna de las disposiciones d~ Cap!tulo Tftulo IIIo .... Ubio II d~ Cddigó Penal y acoge~ h®er esta afim~idn el ei- · 0 guienta. concepto del colaboJ'Bdor ~f,isc¡al' los hechos probt1dos en la fonna como quec.Ja ~oe Elft-!oo teriormente ahalizado ae deduCe .con claridad que loa· ~tos 0 eJ~ por Oagober"to Portela T411ea no ccmstituyen del!

to de cohecho en ninguna tte sus mada11~fo ·No recibid P! · m sf A1 pan¡ una terct;!ra persona loa di.rili,I'Os de marros co mo pago de un acto Q\IG debiel"E';l ejec~ er;· ei. . ejerc1c1o d$ sus furtcianes élno que se hizo cargo· de &los a tftuló de 0 d~ tO p~cular• Los elementos esenc1ales Que integran el ~o de la infraccidn pmdv.lsta por el art.l60 del Cdd1go Palial nada t1Snen que ver con la condUcta de Portela re cogida en esta t;Jutnario. T$DPOco recibid la s&ml8 aludida pa ra om11:$r. o retanmr Un $C1:o propio d~ sus func1.onas o pa ra ejecuta~' un acto ccntJ!ari.o a &.las (art. lSl ~b.) ni in tervino en l~i! celebracic!Sn de coratrato algUnO dé donde ntst!. vase provecho {art-162 ib.); o1 tempcco actutJ en 1ost;téJ1ni rros dal Gl'to 166 1b1d.G:Jo ())nsecuand..almenteo la imi)Utacidn PQJ" tal delito eaJ"ée$ da to~ tunde.men1;D ••• • •• ~ •. Agre.ga el Tribu~~lil.q~ "Semi.llll Poi.~ n3CibicS· de una tercam petaona los cinco mil pesos en dinero efect1voo PBJ'O· en ret6n ~ quo triS que· dejar el. Carg'ó. qt;te ocu;mba. ~ opt6 pOrent~aia.l ·menc~on~ dinero en p~na de entera ·

coni'iaiiza para Que procediera á entteaatlo ~ l.Q~ he:tedenJS Perta. de Viviana Y fui! p~emente Dagob~ PoTtela la • penaono escogida por Paledoso para qua et'i,~bm de.~ hi~· c1em .entrega da dic.hD dinsi'o a los hered~ ~é la Peña. • Eb el. Juagarm donde actusba Pottela no se acteiantaba~ ni ~ ere posible el juicio da sucosiSn de la Peñao y da· tonsi~u·· gui,énte· las propiedades de le eausanta no t~an ~~aeilnc--._-J J .........,_....¡_;_ _ ___:··--·--· -- ~~======~~==------------- - 5. - con las actividades del sindicado en el Juzgado Penal Municipal". Contrariando la opinidn de la mayoría de la Sala 0 e>epresada en la fonna de que se da cuenta, el Magistrado disidente pidid se llamara a responder en juicio criminal a Portela TtUlez., - ? por el delito de concw;3idn que consiste. en haberse aprovechado dela ignorancia o error· de los deudores a· f!n de o~ener un provecho o ilícito {fonna especial de la .concusidn descrita en ~1 Bl"'t!culo 159 del Cddigo Penal) y explica as! esta posicidn = 0 ,• nEn ,el casó de áUtos tenantes: que el señor Oago berto Portela TtUlez desempeña{la· el cargo de Juez Promiscuo Municipal de Puerto Ldpez; que en el ejercicio del car go avocd el conocimiento de la investigacidn por la muerte

violent1;1 de doña Merla' Viviana Pafia de Castillo; que conlas primeras diligencias investigativas recibid tembi~ - las pertenenaias de la víctima que. el Inspector de Policía recogid., inexplicablemente en la casa de &ta, entre lascuales se hallaba una letra de cambio por. valor de 04.000 • 0 .. oo a favor de doña \liviana y a cargo del señor Pannenio8i Calderd.n Medina; que entregar, el citado jueZ., las per tenencias de la víctima. a su heredera, Florinda Peña de - ,, - CaldenSn se reservd en su poder inexplicablemente, la le 0 0 tra de cambio sin agregarla al expediente; que el citadoJuez comisiqnd al Director de la ~real de .Puel'to LdpezPará que recibiera el dinero correspondiente a. la letra y ~ta le fuecancelada al citado Pirector con la suma dess.ooo.oo (pc;siblemente incluyendo intereses) por el seíior Luis Eduardo Calderdn Medina a nombm del deudor Pannenio Ualder4n; que el señor Director de la Cárcel le hizo ent~ '··' ga de los cinco mil pesos al señor Portela T&.l~ el día .. 25 de 1 .• 968 qué .obra en .. noviemt)nLd~ 0 .b~o ~ibo ~os au~ •• -·.:.• •• ;., ___ •• ~~-.,··~.:. . ¡ .... -·.J •• • .. .,_, '. . : .... ,;-~4¡,_,.-.,;.i ...... :::

tes; que el señor Portela TtUlez mantuvci ·en su poder los - --------·- -- 't !' ,J' .1. ¡-t .. a - «e SS.Or;JQ.c» hasta él le tfé novi$1\bre de l.gss, cuancfo • lOS. hiZo en~a de & a los harederQS de dofla Viviana ·"" y ti)UQho tiempo des~ de ~erso ~ (fé]:. J'-~Zgarb:J de Puerto, L8pea (10 da febJ'erO de 1.969); qua solo euandQ e1 ttactQr ~ Rafael PedraZ,a deru;,cJ1cid ante el sef.for P%1)~'11 dar Henerol. da la Nacidn (4 de esPSto da 1 .. 959) él hechodé la retenc16n indebida da lO$ Cinco mil pesos por parte • del aeftor ~rtala0 ~te se spresUJ\1 a ~ a los heredé ros d9· dóña \liviana .ptlr'a entregarles al dinero, gasti0ne9. qua ernP.,ez4 én septiS~~.bré de 1.969; ~egOn afirman las psrs,a náS . c.an las cuales h1ao la 9é$t16ntt. -

10. PnJ,e~1' Prtmaro OeléSatto an lo Panal o para 1:0S sustenta~' la patie16n d$ anjuici~i~to o vuelve sobre heehaa ~ tss de$crlt oa y particulaim~a se detiene en la 1nsPéeed4n judi• "'" ao • de folios 32 a 35 y' a 81' segdn la cu.al es 111Qussticnableque PQrtolá T&lez i'Gd.bid cinco mil pesos de Samual. ·Pal~ios para

·----- . '·-- entraserloa a los dos heredaras ds Marta Vivlena Perta, cosa '~ue sa .... eumplid tardt6lllente, cSsi. im aito dssl'u&. !;n estas condiciOnO$, ol• daU tp .c cmatido no es. c:»hechO n1 ccncl&S16n·. . sino e1 psctAedo de que • ~' t~ta al art(culo 3tt 4~ dscmto 1858 dé 1.951, austitl,ltiw del ~ tteul<:t· 151 ~ ~digo Penal• Y. quá el P.Geula.do se conf1~- porque"" al funcionario $;_usado. se eptJd$1'd e.1su propio pnwecho del dinoi'O -: ~ene. quo ~ ·tlaJO I$U eustz:ydia. los jugc(la· ~pt.)nden0 tomQ f~ ci.On~ ptlblioas QUé Sál1, da los valon3$ cani'iadP$ a .llll.Qa. y .que. qon parta de los procéS.09 e:lviles o QE!nales que adel.ª"tan-. ; ;e - -· ..... , · ... - ·- ? - Pl1blico¡¡ eón lga ~· 1nsp.accitme!3 jw:H;ciales y con la 1ndagátori~ .. del $indicada que Q recibid la letra de cuatro mil pesos y que se 0 apoderd de &la y_ lu~go de J3&.i valoro mt1s los intereses, apodaramiez!

to que se acredita as!: m ·~ no habsr onexado el instrum.ento al ex. •• á •••• o pedienta dé la 1mlest1gaei6i'l e p~ da qué lo co.nsid~ - da irttPOrtanc~a para la irtve$tigacidn importaneiá c;ue ~1 ..... 0 mismo e"x1 p llc• a • .al dec• i~ q• ué c~ i. n. : waba . l a especie • de c¡ue dS,. 0 ila ~~a Viviana la· habt~ muerto par robarle el valor de tál lett"a o para no pag4J"s$laJ el desaparecimiento del in¡ tnimenta, pueS,to qw no fu~ ar;t"eQe.dO al axpedienteó y .qua PQstertonnente result6 cartealado pt)l" l..uie EduardO Caldetd'n Medina qu1en0~ epmo ya se sabe; h~a compre~ a PaJtnenioCaldér6n (aceptante de la letra) la finca por ct:tya compra • se habta l.ibt'át:lD el . miamo instrumento; al hábai' com~iana­ t#1· a 6ámual P .a lacios, Oin;Jetor da la C4rcei da Pt.im'tQ (.d...., . . PEIZo .~ que percibiera dal aceptante del inS~":Jlllento al ... velo~ del m1$11l0 hecho éste que consta en el ret:UiO copia. .. 0 do ~ . la primém 1net~eqcidn ocul~,.; al haber marn f'estado ... en au. i,ndagatori~ Pórtsla T~.eo. qua rec1b16 da Palaciqs ....

lós os~ooo.oo valOr de la letra, {d:i.ceo es prScisO reeoiodaro -c¡ua. no ee éxPUt:a poi'-.Q~ entregaron' a PiÜ~ $5.000-.()Q=· ®~tb la letl"a éra por 04. • 000.ooó PQ!'O· olvida ql;le poaíbl.e... . ' •. - . ~ - . mente sa ~celattln tambi~ lOsi intereses); . $1 haber mani• féSt~ tát,nbiér\ en E$Y indagatoria QUS. esos 55o000oOO los • reei:~ na cerno jy~g $ino cotno mE;~ro r_t~culat' o lq cual no es cierto. Pórque él recit.IQ qqs .l.~ _s;.<pi,d1tS a Palácio ~. f'imd Elt' su éalidad de Juaa. e inel~· ~rEmd6 su 'f'trma ~ ' ' . tampendO el. sello del J~gac:io;. Yo en ~ttto haber ~antenido en su pQdar por aspac~o dé ~asi un año (del 25 de novi,sm-· l.sea. bre da al 16 del cm1amo mes da. l-o 989) 990$ '~nc~ mtl "'!>• . . . . . pSSo$ provenientes dél pago. del elt ado insti\a:!lento, p~ • 1 a si sab!a, CQ1:IlCJ ~ realidad lo sab1a, que esa swua era .... :;~ para pagar o cancelar la obl1ga#6n camb1aria s~ deber ... ·.

0 -·--- ------.-==· " .. e ... · · ·e~ el dQ. tiaberlil consignw:to en la c~enta de los• depdflitos j.udicial~ -d~ "~doo y no. mantenerla en a.u .bolsillo pa- . ra ).~~ -e~c#l ya s~ h~a ~~icie.t;fe c;o.ntfa ~ el presen-. ya· te sumarl() da lo cual.."~~ente t.enfa rtati'Ci,as- ~ cer ~stfi.buy~ruiolá a st,t t~te entra los tt~s de la señon:¡ ~uya muerte inicialmente Q. há!:da tnvestigado •. ·Po-,.. dr!añ cit~e OtJ:'os iruftei,os • ~.el q"'a $1.tr'ge de~ ·Fm"Wo. tntet'l'ogánt~·:· p:or. q~ ·~ mtw,. Po~ela T6 li~ El~ di.s~ PU$0' a bob~ par intemedio del QiFe. ctor de la Ci!reel de - " Puerto ~pea. ctl.cha latre? _Por qui!, Gi 'S$ cau.a ~w awtom:a ecs{l, dO por alguien para. hae$r tal nx> ¡() qijl') @rilo eraobvioó en s~ extensa j.ndflgf:d:oria1 Qwi$1 $8· sustrae cte un de ·asa Prt.tee$l tán inatrum:entc el~a y luew aparece ~­ biendll pt~r ínten'Jda:tta pereona S\.1 valor, é!S PQZ"que 'áe ha- :da. á?OdOtado 6; .l con fines lt.iem . tivos

0 flsÍ heya .-eintegr .t lcfo_ o d.evUSlto a sus· duéñas d:!.clul · valor ~ tiesnpo des~ •· da haba.rl.o rt!Cibido •· Esta cifot:Ur1stancia s6J.o valdr'tt para .., .· mertauJY;lr la pená ai es que· ae llega a una S(:111t~ie defW., tiv a de carec:ter Contte:natono-,. en a1 oas9 de autos"~- ¡ La prueba ~ntatiZa® ,por _el Magistnté!!l ~$1~an;te y la qua exsmi~ al ~-c\iJ'Bdrll' Prtmej'o Q(ill~;~gado ·t31'l l,C) P$'1alo .t\Q o...- . ' - fteca n1~W$ :dUdan$ aobJ"é ei cuetpo d$1.·de]j,to· fd eo.bre l$. respon . sab$11dad da bágobertO ~rtela T.nlet, ~ata él $i~i!Cto de.~ au-. to da· proceder conti$ &1 por al. delit!l de peeulQC),' éA. laS condicl..o... .. . . nes .del atttetA~ 481 del Ccsdigo ds ~édimientó Penál•· las _diltgeJj_ · eias ~ ltta"-eecidn judiei~ y la inda(;ratorta tieneh m~ to ~~icil.31l, . ' 1:e Pát'a calificar el proee(30 en la f'(:lnna de quo· ea da c~ta. En efecto= aparece la entrega de la letra por

_,. )..,_,, 1 - 9parte del f'uncionario de Polic!a al juez sindicado quien despu& ... 0 recibid el dinero a que ese instrumento se refer!a y lo retuvo en - . u5ando su poder cerca de un año ~ara eso el tttulo oficial que .te 0n!a y la f'uncidn inherente al cargo. Hasta el momento no existe jus tificacidn de ese acto, pues a los jliil§.ces les estt1 prohibido mantao ner valores ajenos de los que sé les c;:qnf'!an para su guarda, como0 . . en el presente caso. Ca violaoic5n de las nomas que as! lo prescri- . . ben mejor dicho la omisidn del depdsi to en los Baneos y dernds of!. 0 0 cines ·señaladas para CUI'l!Plir este encargo 0 es grave indicio de ap~ piacidn que debe ser explicado suficientemente. Todo indica que0 durante el t~nnino precisado el juez se eomPtirtd como dueño de un - . d~t '_,¡_ ihero que no le perte' n• ec!a. Mgg atln tam• poco pod!• a disponer • lu~ 0 de .~1 en la fonna en que lo hizo entregando los cinco mil pesos en 0 dos cuotas · qu·e arbit reriamente adjudi_c~ a los herederos si, tener 0 en cuenta el Juicio de sucesidn y que, dentro de &te figuraba la 0 letra como parte del activo. Tal .hecho completa p~icoldgicamente el elemento apropiacidn que consiste en manejar las cosas .con la li

0 bertad con que· sé disppne del petrimonio propio. ,· et cuerpo del .delito por su aspecto rigurQsemB!l 0 , te objetivo como lo describe E!l ~culo .310 del ·Cddigo de Proc& 0 dimiento Penal, se comprueba eon la inspeccidn judicial ya relacio nada y la responsabilidad del autor con !3U conf'esidn libre y espon tánea. Lo cual unido al indicio grave de la rstencidn indebida del . 0 ,· dinero 0 durante un tiempo largo 0 segtln se vio- Élntérionnente 0. y alindicio que se desprende del comportamiento subsiguiente a la denu~ cia f'onnulada en contra del juez sUministran la base ·de la imputa0 ,. - lOcic5n por apropiá.cidn, constitutiva del delito de peculado. 0 El auto recurrido habrá de ser revocado para dieter el que es pertinente. O E C_I SI O N. " En mArito de las consideraciones que anteceden 0la Corte 8Ul)rema -sala PenalacOninistrando justicia en nombre de 0 la Ae¡:n1blica y por autoridad de la ley DISPONE: 0 19. ·REVOCAR la providencia apelada mediante la0 cual se sobreseyd def>initivemente en favor de Oagoberto Portela T~ llez y en su lugar abrir causa criminal contra el mismo en su ca 0 0n1cter de Juez Penal Municipal de Puerto U5pez por el dell to de pé 0 ' culada de que trata el Cap!tulo I, T!tulo III Libro n del Cc5digo

0 Penal. Portela Ldpez es natural de Annero, Tolima vecino ·da Villa 0 vicencio0 casado e hijo de F'elix y Tedfila;

29. ORDENAR la. detencidn· preventiva· del procesa- .' . do sin beneficio de. eXC?SJ"Celacidn, por SS~!" cumplidos los presu 0 puestos del art!culo 439 del Cd.digo de Procedimiento Penal. Para ~ dar cumplimiento a esta detenninacidn se librar4 la correspondiente orden de captura.

39. Notificar personalmente esta providencia al1 procesado. En dicho acto se le harán las prevenciones de que trata el art!culo 485 del Cddigo de Procedimiento Penal.

r - ll ·- A 'f'!n de que se haga efectiva la captura y ordene la reclusidri del procesado en un establecimiento del lugar as! cg, 0 mo para la no tif icacidn ·a que ·se· contrae el numeral ante--· tambi~ ripr se comisiona· al Magistrado sustanciador del Tribunal Superior 0 del 01str1t o Judicial de Villavicencio a quien se lib1"8l''!n los0 despachos con lqs insertos del caso; los que sen1n devueltos a laCorte una vez cumplidos • .C dpiese notif!quese y devum~e. 0

LUIS ENRIQUE ROMERO S.OTO. , · MA.RIO AlARIO DI FILipPQ

HUMSERTO BARRERA DOMING.UEZ ALVARO LUNA GOMEZ

LUIS EOUAROO MESA VELASQUEZ WIS CARLOS PEREZ

JULia ACOSTA JOSE MARIA VELASCO GUERRERO ~ONCALLO .Jos~ Evencio ~sada V~ Secretario. . ,· ¡.

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