🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP L.Perez(23-05-1972)3

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP L.Perez(23-05-1972)3
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

' - .,

CORTE SUPREMA DE JVSTICIA

SALA DE CASAOlON PENAL.

Aprobado: Aota·ua!l 17 de mayo/72•

~3d~ Mag1strado Ponente&

D;r. Ll1I:S CARLOS l?El1.EZ·. .

====== ====== + " l;3ógotá, mayo ve1ntitres (le mil novey dos. c~entos· t;~etenta

V I S O S: ~ El ~tribunal Superior del -Distr.:t to Ju dioiel de Bogott:1. Sala D1~Qiplinar1a, consulta la pro'9'! denoia d'el 17 de. ¡Junio Qe 1.971 (enviada a la Corte', junto con sus ant~cedentee Qólo el 13 d.e ab:r.1l 4e 1.972) • en la 9ual declareS la acción que se aeguia • pres~rita el abQgado PEDRO OADENA COPETE por a lacont~a ~altas Y:t en coneecuenoia, ordena en élla. - ~t1ea px;ofesion~l; la term1naoi6n de todó Pl"OOedimiento en oont]:'a dél imp_!! tado. También dispone se compulsen oopias.oon des1ino a loa M'U.l11cipe.¡es de. :Bogotá para que se 1nve$ti- - Ju~cee guen y fallen las p17~aurit~a infracoio:iles_ penales comet! 4aa por el mismo ciudadano. _a e ha agotado el trlimi te pat-a. re·solver y a ello se procede en segu~da.

.. 2Di6 origen a la inveet1gac16n la que• Ja de Pedro Pablo suscrita en Z1paqu1rá el 24 de P~do0 enero de lo 970, en la cual dijo que mediante una eeriede ,. el abogado Pedro Oadena. Copete ar:rebat6 subte~ioe a su colega Maria C6rdoba el poder para actuar enJos~ el de euoes16n de Joe4S Ignacio Pardo, que our&3a• ~llio1o ba el). t.mo de los O1 v iles de Bogotá, cuando ya Ju~gados casi estaba finalizado. Agrega que el abogado Cadena Cg pete le quedeS debiendo la sqma de m11 peeoe.o ba\iénclQle retenido otros dos mil cuatrocientos ochenta. Tramitado el aaunto. el Tribunal con• ·oluyd reconociendo. la preécr1poi6n, pues loe heohoa oc~ rrieron cuando estaba vigente la ley 69 de 1.945, de · • manera que el para la e_xtino16n del magisterio - ~iempo pun1 tiv o e e 011mple en un afio, conforme reiteradas j\U'i!, de la Corte. En (tatas lo 1nd1Qa• prudencia~ Qondic~onea do era el artículo 153 del C6digo de Proceciimig1 apl~car to Penal, como efect1"E,Unente lo hizo el Tribunal. El Plooot.U"ador .·Pr1llíero Delegado en lo oon Penal eatt1 de acuerdo esta determiraao16n; aunque - ·' ' \: ' •. formule aJ.!unae o.rft1caa ·a la entidad de primera 1net8!!

c1a por ·fo:rma deeou1dada como la investiga- - ~a manej~ c1dn. La prov1cieno1a 'habrá <le ser confirma- ' --·=···-----.::.:.---------~--~-~--~~------"~=----------~-....!1 ' ... .. da en todas eus parte.e.

Il E O I S I O N,

Por lo la Corte Suprema ~xpueeto0 -s~ la Penaladministrando just11f}1a.en.nomb%'e de la Rep\111 blica y por aut~ridad de la ley, C.OEFIRMA la providen~­ cia consultada de que .se ha hecho mlrito en la partemotiva de la presente. notif!queee y devu,lvaee. 06p~eee0

LTJIS EBRIQUE ROll!EBO SOTO MARIO ALARIO DI. FILXPPO

LUIS EDUARDO MESA VELASQ'(JEZ · LUIS CARLOS PEREZ

JULIO RONOALLO AOOSTA JOSE MARIA VELASCO GUERRERO

José Evenoio Poaada" V • . Secretario.

Consultar sobre este documento ...