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CSJ - SP L.Romero(01-03-1971)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Romero(01-03-1971)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

-- ~ --~--·~~-----~----------------------~ '1

CORTE SUPREUA CE JUSTICIA

SilLA SENAL

MagiStrado POnente: ¡ Ófl. lUÍS, EMUQUE ROMERO SOTO j # ua· ¡: Aprobado: ACta 06 ~ 10 da \.971 !• r mu ... aoso~. ~ primero dS nnvacientao satan . ~ .. ., . .t a y uno.

VISTOS Consul~ .el Tribunal Sup~or del Distrito Judicial de C&kuta, su providenoia da diez de diciemtJre del año pasado, por medio da la cual eobrasay6 def1n1t1vamenta en ~avor de USAAOO MESA RINCON, ex-Juez Promiscuo Municipal da Hacar1.

HECHOS Y ACTUAClON PRtx: ESAL: El pres8nte sumario se 1nic16 por solicitud que en tal sentido hiciera al Presidente del Tribunal Supe rior menoionado, el Prccuredor del ~nismo 01str1toJqxu· comun1ce c16n da 23 de octubre da 1.967 en la cual manif~ta que el Juez Municipal de Hacarl concsd16 Ubartad a Celestino Ourdn Sangui. .. no, Jer6nimo Ourán Sanguino y Remiro Franco Martinez, . sind1cados par el dalit o de homicidio en Ua nual Dolores Sayona sin habar d,!!

Jada constancia en el expedienta da tal aotuagión y ancontrindo sa vigente el auto que decrat6 la datenc16n cautelar de dichaspersonas. Abierta la invest1gao16n se trajeron a los

autos esndas copias del acuerdo da ncmbremianto da Libardo Mesa Riru:ón como Juez Promiscuo Uunicipal da Hacarl y del acta de po eaai6n asi como tsmbién un certificado, proce:c1ante da la Alcaldia, en el sentido da qua ~te dasempeÍi6 tal cargo desda el 19de mayo da '-. 96? hasta el 30 de septiembre del mismo año. Se llev6 a cabo una inspacc16n ocular al s-u maria mielantado contra las parsonas mencionadas arriba consta tándose que no eparecia dil1genc1a alguna por la cual el Juzgado en cuest16n les concediera el beneficio da libertad provisionalni tampoco ninguna en que se ordenara a taleS im:livicfuos su CO!lJP.2 recencia al Juzgado. Se observ6 tembioo que contra los aindicados se habia dictado, por el mismo Juzgado, auto de d.atenci6n pre ventiva. Se oy6 en daelarae16n jurada a Isaac AguUar Toro, quien desempeñ6 las funcionas de saeretario del Juzgado en cuest16n 6urante la época ya mencionada y manifest6 que en el Mu nicipio de Haeari no he.bia c4rcel ni en su presupuesto partida ~ ra el sostenimiento de pres&s as! como tampat:a Jmra viáticos de .. tresl~o de los mismos a la Cárcel Oistrit al de Ocaña. Agrega que Cuando el sumario a que ea ha hecho referencia, ea encontraba en dicho Juzgado para el Cl.lmlllimien . to de una comisi6n, los sindicados solicitaran permiso para ir acoger unas cosechas y potSer pasar deudas contra.!das por concepto de alimantaci6n durante su pannanencia en la ~, presentando eamo nactor a Francisco Ortú Sánchez para qua respondiera por el regzoeso dé ellos a la cárcel'· lo cual fue aceptado y se les eonesdi6' el permiso previa fianza era quinientos pesos. Cuando los si-ndieados estuvieron en Ocaña can él 6n1mo de ir a presentarse a Ha . car!, alguna persona les aconsej6·, por parjud1c8r al. Juez acusado, que lo hicieran all! mismo en Ocaña, como en efecto bcurr16. Interrogado Celestino Our4n Sanguino dijoai tenún ~e habihu:fole cnanifestado Jeronimo, hijo suyo, Juez que una cosei:ha de arroz para perderse, el fUncionario les manifestcS - i qw3 como todav!a le quedaban algunos die antes de devolver el na 1. 1 : gocio al comitente, les iba a dar penniso para QUa ello;s recalce- . " \ taran la cosecha siempre que le presentaran un rnfiador,.\lo que h.! . . . . . \ ciaron, dando como tál a Francisco Ortiz SánChaz y otorg~ lafianza el Juez les advirt16 qúe al cábo de treinta días: tén!an - . ' . que·preseÓtarse, con lo cual ellos se vinieron para O~a en donda, . ewtplido· el~:rin~ mencionado • · se presentaro':' pcr.' cónsajoOrtiz

que en tal sentido les d16 un amigo. Agrega qua como Sán - . . l ", - chez no e.ccediera a servir de fiador a RamirO Franco, :81 Juez con ' vino con el declarante en qua ~te le sirviera da f'iadorr y termi na diciendO qua luego de puestos en libertad por el J~e.tSo Supe0 . 1 jr.! -y-'' 1 1 1' -31 l· 11 rior de Ocaña, cada uno tom6 por su lado. Se oyó en declaraci6n sin·-juramento al ex...Vuez ·1 l ! denunciado quien exprés6 qué en Hacarl no habta cárcel y que losdetenidos se la pasaban durante el dia en la celle y par la noche se recogían en un cuarto· destinado al ~e:cto y qua teJ:lpoco se les comer~~ deba . de. el Munic1pio1no tenia partida para ello ni pa- ,/ ra el transporte de presos. En estas condicionas, los Duran y Ai cardtl Franco 1~ pidieron-permiso para ir á una i'inca carcana conel pro~osito de roooger une cosecha, pr-e:senthtdole como i'i-ador a - ¡' ; j

  • 1

Francisco Orttz _Y tompromati~ presentars_e a los treinta dias 1 ' J porque en el pueblo no tentan quien les diera de comer y estabaneguantando hembra. El exponente agrega que, mAs por humanidad que ... por pemitirselo aai la ley, les d1.6 el p~, ellos i'irmaron una ., i ;¡ ·i 'ienza y ent6~es los dej6 ir, réCalcandó que lo hiZo por humanidad

y que tatfo se htio de una manera vernal aun cuando en el Juzgado, i. añacte, debe reposar la diligenciade i'ianza, siendo aquel el motivo 1' 1 l; i por el cual no pidió eoncepto al Personero ni di6 noticia al Alcal ' i' '. de sobre lo qua estaba haciendo. i' l 1 Fue agregada al copia eutentica de exped~te la p~ición de libertad f"ermulada por los sindicados Celestino y. G~ ronimo Duran ente el Juez acus$ para que se les concediera la 11barted, lo mismo que otra, en igual sentido, da Remiro Franco Mart! naz as! como tambi~ de los eutos en qua se negaJ"Qn dichas solici~ des. El Tribunal, en le providencia qua se consulta considera qua Mesa Rinc6n no proi'irió d1ct&nan, resolución, auto o , sentencia al conceder a los detenidos un paJ"''DiSQ con el f"in da que comieran la eosecha y que, por lo tánto no denag~, rehun6, retard6 u omitió un acto propio de sus f"uncionaa por simpat!a o animadveraicSn a cúalquier interesado por lo cual no puada hablarse cta que h.!! biera com~ un prevaricato. Tampoco comat16 un delito de cohecho porqueno ha1pruaba de Qire el mancionmfo parm1.so lo hubiera coneadido por / dinero, ~vas o promesas rsmuneratorias. ,í \1 . 1 V que si bien pudiera creerse qua-!:W conducta encaja en el abuso da. autoridad da qua trata al art. 171 del Código

,' , Penal, asta rnmna exise, sin ahllargo, qu-e-el aujeto activo cometa 1' ¡1, o haga ccrneter acto arbitrarla a injusto contra· una paráona o una ... ,; ,¡ eutoridad, lo cual no pueda decirse en naste ·caso •ya c;ue el permi so fue concedido en f'avor dé los 'detenidos, n-o ·én perjuicio de ....... ellos. Agrega que· el Municipio de Hacarl no ~ia -

  • - partida para alimentación da ·los presos ni viaticos para su trasla do a la cárcal de Ocaña,· lo cual hece ~ la actuaci6n del si.ndir~ do carezca de dolo cuando ejer.o16. a favor efe los. datsn1ctos el acto ClUB motiv6 la 1nvestigac1.6n, o sea, que no mdstid p0r parte de ~ te· voluntad e prop6sito de ~i.tar una acc1.6n antijurldica, razo nes por léS cuales sobresee definitivamente en .su 'favor.

CONCEPTO OEL MINISTER!O RJBUCO: j· El Procurador Segundo ~egado en lo Panal s-o licita que el euto consultado se I"'8VVqUS para ql;le, en su lugar, se SObresea temporalmente en favor del sindicado ya qua, en su concaa i . to, la 1nvast1gaoi6n se encuentra incompleta por cuanto faltan al .¡ ._ .¡ .: •1. guna~ pruebas de inlportanQia sin las cuales no. os pnsible llegar a la éonolusi.6n de qua el ex-JuáZ sindica® otn'6 conf'cmno a ~o.

CONS~IONES OE LA CORTE_: Eet6. demostrat!a en los autos la Cálidad defuncionario ~blico del sindicado ya que md.sten las pnsebas qua acreditan su condici6n de Juez PromiScuo Municipal. da Hacar! duran te la ~ d que se refieren los hechos materia dé la investigaci&l. Asimismo se ha establecido ~ua concadi6 a los sindicado$ Celstino Ourán Sanguino, Jar6nitno Our4n Senguino y Rero! ro Franco Uartinex permiso por treit a d1aa para QUa fueran a reco -ger una coset:ha da arroz en un lugar cercartQ a la ~e dal Juzga - -sdo. Os igual manara eparece qw no se conced16 esa panniso mediante una providsneia dentro del proceso qua contra ta - 'f las personas se venta adelantando par el dalit o de hcmicidio y que r de esa hacho no fue noticiado el Agente dal MiniateTio Pl1bllco. '¡ ¡1 T embi~ consta que en Hacari no habia cArcalpara mantensr a los detenidas y qua estos ambulaban pmla ciudad yendo a dormir a urt1¡1 pieza destinada al _efeeto. Pero no hay demostraci6n alguna da qua en elpresupuesto del Municipio no exiatiera partida pare ~ alimentac16n de los sindicados o para su tréslada a la cárcal da Ocafla, es clec1r, no se sabe si, en realidad, era forzo.zo mantenerlos en el pueblo sin pmfar atender a su subsistencia • . Tampoeo se han acreditado las c:ondicionas QUa

hicieran imperioso conce:darles a. las personas ya mencionadas permi so para recolest:ar sus cosachas y nD se han establecido por lo tar, to, las caractaristicas de gravedad de la sit ua:o16n que Juattficaran ese hecho •. Por eSa9 razones no es posible sobreseer defi nitivamente en favor del sirtd1.cado pues no aa saba si la ~tapor la cual ea abr16 la inve9tigac16n fue o no Justificada, qua se ria lo qua ~itiara llegar a la cnnclus16n a ClU$ ha arribal1o elTribunal. Se deba, en co~ia, ocbreseer temporalmente a fin de que, reabierta la invast1gac16n, áa traigan pruebas sobre las circunstamaiás anotadas y se pueda, con mejor ccnoc1m1en to de causa, adoptar una resoluc16n que califique en el fondo el ~ cm;lrio. Por lo expuesto, la Corte Suprema -sa:J.a Penal. a1fministrendo justicia en nombre de la ~lica y por autoridad de la ley, REVOCA el sobresa1miento def'initivo consultado, En su lu gar, se sobresse te'mporalmenta en favor del sindicado Libardo Masa- -e- - Rinc6n y ea crt1ana reabrir la investigaoi6n a fin da c;ua sean ~ ~ . ticadaa las pruabas qua se mencionan en la parte motiva y las dam4s qua f'uarGtn conducentes al pleno esclarecimiento da los hachos·. ·ctaVúavase c~ieSa~ notifiQuaSS 'y -~ ~edie.!! ·

te. ' t • f j

·MARIO Al.AAtb DI F'!UPPO i

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LUIS EDUARDO tl$A VELASmJEZ ·'· i

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LUIS .ÉNRIQÚE ROUERO SOTO JOUO ~ PCOSTA 1. \'

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J. EVENGIO ~ADA V. - Secretario - '¡f; 1 • i

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