CSJ - SP L.Romero(01-09-1971)1
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Romero(01-09-1971)1
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA PENPL..
Aprobatio: Acta# 32 de agosto 31 de 1.971 l
Magistrado Ponente: / OO. LUIS ENRIQUE Rm!ERO SOTO sagotá. primero de septiembre de mil novecientos se tanta y uno.
VISTOS Consulta el Tribunal Superior de Neiva su provi dencia da 24 da junioldel año en curso, por medio da la cual sobreseyó d_!! finttivamenta en favor de JESUS ANTONIO ToVAJ;t, ex-Juez Penal Municipal deColombia (Huila) por los cargos que le formUlara en su denuncia AmaldoCampos.
HECHOS Y ACTUACION PROCESAL: La persona que se acaba de mencionar, en rpemorial de 21 de junio de 1.966, dirigido al Procurador del Distrito Judicial de Neiva, acusa a Jesús Antonio Tovar, Juez Penal Municipal de Colombia (Hu-i la) da haber exigido a Pablo Emilio Lozano O!az una súma de dinero por 0~ car perdedizo" (sic) un sumario qua se venía adelarrtando en dicho Juzgado contra un hijo de aquél, _agregando luego que días más tarda le pidi6 di~
1 ¡ ro también para hacer lo mismo con otro sumari.o esta vez contra él mismo Lozano e quien además le pidi6 prestado dinero. Abierta la investigaci6n se trajeron a ella sendas copias del acuordo de nombramiento de Diez como Juez en Colombia elcual lleve fecha 7 de febrero de 1.966, asi como tembi~ del acta de pose sión y se agreg6, igualmente certificado sobre el ejercicio del cargg.
Se llem6 a Pablo Emilio Lozano a declarar y en suintervenci6n manifest6 que en abril del año mencionado, el citador del Juzgado, Jorge Arevalo, le habia dicho que el Juez deseaba hablar con ~1 pero como no concurriera a la cita, el mismo sindicado le dijo, en la plaza pú blica de Ccbnbi~, que queria hablarle en forma reservada, sin qua el decl!! ,t . 1' 1- -. ------ =----------- -_ ·' ------~ - 2rente le hiciera caso. Ocho dias después, el sindicado fue a la casa del exponente y le manifestó que habia llegado de IbasW; un sumario en sucontra y que cuánto le pagaba por •traspapelar" eso. Como no le aespon diera, el Juez se refirió según el declarante, a otro sumario, esta vez1 contra el hijo suyo, y le pidió dinero para traspapelarlo, pero tem'P.oco - ,, el declarante accedió a darle nada. Por último, el Juez le pidió presta dos doscientos pesos, solicitud que más tarde le rapit 16 por intermediode Jorge ArfNalo. Jorge Arévalo, en su declaración, desmintió lodicho por el derwrjc±ante manifestando que si bien habia ido a casa da és te, lo hizo por ra2.Jnes particulares, no porQUe lo enviara al sindicado y que fue una vez a pedirle al favor da ¡]restarle doscientos pesos para vi~ jar a Naiva. También estwo otras veces, añade, paro a notificar a Nicé foro al hijo de Lozano. Indagado Jesús Antonio Tovar, negó rotundamente
habar pedido dinero a Lozano para los finas que ésté expresa aunque reco -nüce·~que si le solicitó algunos -préstamos pues Lozano Oiaz era su amigo - - -aunque dejó da serlo cuando se adelantó en su contra una investigación pe . nc:J_. En la providencia qua se revisa, el Tribunal ha ce var que el único testigo de cargo que existe sobre el qua se ·hicieraal Juez da habar pedido dinero a Lozano por traspapelar su proceso es el mismo Lozano y que la referencia a Arevalo hacha en la c:teclaración daaquel, no fue COf!firmada por éste quien, si bien no negó ~ ido a casa da Lozano, dice haberlo hecho para notificar a NicMoto, hijo del último. pa por demostrado el' ~o que al Juez Antonio - ¡ To var si pidió en prestsmo a Lozano la suma de cloScientos pasos y se fun da en la declaración del ya mencionado ArWalo asi como en la manifesta 1 ci6n del propio sindicado de que Lozano la prestaba dinero cuando era su :¡ amigo. Pero no cree que el Juez hubiera empleado amenazas para obtener - (¡ ese p~tamo y, por-lo tanto, considera qua falta uno da los elementosf que tipifican la concusión. Tampoco le merece crédito al dicho de Lozano CUB!! \· l -3do af"i.rma qua el Juez le pidió dinero para "traspapelar" un sumario quecursaba en su contra y acota la apreciación que hace el Tribunal Discipli nario sobre el mismo punto cuando dice que se trata de una declaración PTE 1 veniente de parte interesada. Además, señala las contradicciones ~ exi.-s J
i ten entre esa declarac16n y la de Arévalo, al cual se refirió Lozano para dar algunos detalles que este testigo no confirm6. De todo lo anterior deduce el Tribunal. que no es tan probados los cargos hechos al Juez To var y que, por lo tanto, es nece sario sobreseer definitivamente en su favor. ..r: CONCEPTO DE LA PROCUARDURIA: El Procurador Segundo Delegado en lo Penal compa-r ' 1 te f"undame talmente las apreciaciones del Tribunal pues estima que, en ~ ~· dad, las acusaciones hechas al Juez denunciado no tienen fundamentos en las \: pruebas ya qua la principal de estas • o sea el testimonio del tantas veces !,; mencionado Pablo Emilio Lozano no as digno de crédito no solo por cuanto la declaración de Jorge Manuel Arévalo lo desniente en lo principal sino por que hay discrepancias entre la qua aquél rindió ante el ProCurador Distri tal y la hecha en el Juzgado Municipal de Colombia, las cuales señala en su concepto que termina solicit anda la conf"irraación de la providencia con sultada.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE: En verdad las aeusacionas hechas al JUez J~s A!! tonio To var, a más de partir de p_ersona interesáda, como era uno de lossindiéados que estaban a su cargo ,en el Juzgado y haber sido recogidas para formular la denuncia por un jef"e politice del lugar a quien el mismo Juez habia dest it u ido del cargo que ocupaba en la misma dependencia judicial, - no encontraron respal~ en las pruebas aducidas al proceso ya que el test!
rnonio de Pablo Emilio Lozano presenta graves fallas que fueren anotadaspor el Tri.bunal y por la Procuredurla en razonamientos que la Sala COfTlPSl te por lo cual, no existiendo otra pnreba atendible, era menester conside rar QUa los cargos formulados contra Tovar en la denuncia no habianm sido- ·, 1· -4demostrados. En estas condiciones lo procedente era sobreseer definitivamente en favor del sindicado, tal como lo ha hecho el Tribunal
- - en la providencia que se revisa y que, por las razonas anotadas, debe con 1 fi.rmarsa.
! Por lo expuesto, la Corte Suprema -sala Penal- - ~ 1 administrando justicia en nombre de la República y por autoridad ,de lat ley, CONFIRMA la providencia consul teda. Cópiese, notifiquese y devu.élvase el expediente.
JOSE LtAAIA VEL.ASCO GUERRERO MARIO ALARIO DI FILIPPO
HUMBERTO BARRERA OOMINGUEZ
ALVARO WNA G~
LUIS EDUARDO !!ESA VELASQUEZ LUIS CAR..OS PEAEZ
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LUIS ENRIQUE RO"r!ERO SOTO JULIO RONCALLO ACOST A
J. EVENCIO POOAOA V. - Sewetario -
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