CSJ - SP L.Romero(04-03-1972)3
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Romero(04-03-1972)3
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
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CORTE stJPfiEMA DE JUSTiciÁ
SAlA FENAL
l!lagistrarlo Ponerite: '-, Bogotá, ~ ~ cto e:41 ~~--y C!:O.
VI.STOS: · En es~ to presantádo ante le Procuradurfá Genaral ele le Nac16n el 20 de agosto del año pasado, Humbárto SMchéz Iregui manifiesta qua sus intereses han s1do atropellados pór un Juez CivU Circuital (sic) y pnr tres Magistrados del Tribunal Superior del Distrito Ju- - dicial de Bogot&, los doctores EDUAROO llURCIA PUUOO, PJARCO GERAROO UONRI;JV CABRA y ANTONIO RODRIGUEZ.
La Proa.rradurla ordeOO Paaai' la d~ e este Sala por ser la Corté competente para conocer da los prOcéSOS qua ea siguen .. cgntra los ~trados da los Tritn.anales Suparl.Ores. por dálitos de res o. ponsebiUdarl, segdn ló dispone el numeral 69 del ertfculo 32 del de..-
P. Penal.
Ante esta Corpóraci6n, el denuncian1:e rotifi~ bajo ~ ramento w deriuncia y la E:mpl~, seña).endo, a pat1c1dn del Magistrmtosustanciador, le feohe de la providsncia;en qua dice áe ~tieren los • deUtos ROl! los fJaaistradQs, fecha que rasult.S ser equivocada, pues, ha bi~ solicitado al Tribunal copia da tal provi.denc!tl, respond16 laSecretarla de esa entidad que, cgn e5a fecha no se hab1a d1ctado provide-nL..---------------------------------------------' r----------------------------- -2cia alguna dentro del juicio que se mencionará más adelante. Se hacen en la denuncia los siguientes cargos a losMagistrados qua ea dejan citados: a) Qua el reparto, en el Tribunal, del juicio de suc_2 ci6n del doctor JosA Antonio Iregui Jallade, de quien el denunciante se d di,ce heredero por ser hijo da una hermana aatural del causante, fue re partido en una hore distinta de aquella que se lea había mencionado a los abogados del denunciante; b) Que le TUS repartido al Magistrado Eduardo MurciaPulido, amigo intimo, seglin el mismo denuncianté, del doctor Guill~ - Rey Barrera, apoderado de cuatro colaterales que también espitan a la - "· mancionada herencia, cuyo monto, segOn aquél, sube_ a más da diez mUlonea de pesos. e) Que los Magistrados denunciados violaron de modoflagrante disposiciones civiles que regle:uentan los 6r.\ienes de sucesi6n, lo que hicieron, segOn la denuncia, "no por ignorancia o falta de experiencia sino por mala fe puesta al servicio de 5us ínti,mos amigos condeseonocimiento totai de nuestros derechos". Como !nti.mc) amigo del Magistrado lturcia Pulido califica la denuncia al dcotor Guillermo Rey Barrera a quien dice el denunciante que debe su carrera el Magistrado PAurcia. d) Que la Sala de Decisión del Tribunal Se deQlOró para pronunciar la providencia que el denunciante considera que le parJ ud!
.n, ca por cuanto, según desconoce sus derechos, cinco meses tiempo queL..------------------------------------------------- ....------------------------------ -------------- ------------- --- -¡ -3los Magistrados se tomm-on "para dar la impresión de un estudio a fondo _ del asunto, pero lo ven:Jad es que la providencia tenía por anticipado alsentido conocido" afirmación que basa en que, ses\in él, uno de los elien 1 . tes del doctor Rey Barrara, estaba, desde dos meses entes de que se dietara la providencia, "ofreciendo parte de los bienes en venta y lamen~ do ante varios amigos que determinada persona no se hubiera benef'iciado, lo cual está indic~d.ó, dice, que al sentido del fallo estaba_ preconceb.,! do desde el ruomento mismo en que se •acomodaren al reparto• según afirma textualmente en la denuncia. Añade; más adelante, que tanto el Juez como los Magis trados han "tragado entero" (sic) al aceptar pruebas supletorias comoprincipales pare acreditar el estado civil de los colaterales primos hS;!: cpilrt09 del cauaente y que son no m~~os de diez los que han in~do en un concurso de delitos que será denunciatfo por su apot!arado, enumerando entra ellos algunos particulares. Termina diciendo que los Magistrados, Monroy - ~'"utcia, Cabra y Roctr!guez han incurrido en los posibles de~s de denegación de justicia_ (sic) y prevaricato por lo cual pide al Procurador que se inv~ tigue la conducta •pecaminosa• (sic) de esos Magistrados. En la ratificación bajo juramento de la anterior denu!!
cia, el denunciante reiter6 que Carlos Iregui (e. El Mirlo) había manifeatado al doctor Pablo Emilio Varón que ya el ~~i to lo tenían ganadoellos, de la cual manifestaci6n afirma que tiene conocimiento el doctor José Antonio Galindo, a quien tembién se menciona en un papel que llevabe el denunciante y que conaul t6 varias veces en el acto de la ratifica-- ción juramentada, segOn se dejó conatancia en ella habiendosele agregado - ----- ------------------' ------ ---- --- ---- ---------------~ -4a esa diligencia el papel en ouesti6n. Como se ve CSe la s!ntesis que de la denuncia y su rati fioacicSn se deja consignada, el cargo contra los Magistrados Murcia Pu lido, Monroy Cabra y Rodríguez, se reduce a ctU9 dictaron, dentro del jui ' oio de suces16n del doctor José Antonio Iregui Jellada; una providencia que el denunciante considera injusta y perJudicial para Al y de la quedice fue pro~eride pgr amistad hacia el apoderado de la contraparte. Pero es el caso de que del cpntexto de la denuncia no aparece basa alguna para pensar que se hubiera cometido el delito dea prevaricato o el que llema denegaci~n de justicia y el denuncianteni siquiera sebe qu~ fecha llevaba la providencia, en qua dice fuerontraer ejecutados, por lo cual se ha hecho imposible su. copia para juzger ' prima facie~ .sobre su legalédad. No existiendo, mpuáS, elementos de juicio para pensar
que los Magistrados en mencidn hubieran cometido el delito citado \:1 otro cualquiera de loa llamados de responsabilidad, se hace necesario abstene.t se, por el momento, ~e abrir invéstigaci6n, aegOn lo dispone el art!culo 320 del C6digo de Procedimiento Panel. Por lo expuesto, la Corte Slfprema ..Sala Penaladmin~ trando justicia en nombre da la Rept1blica y por autoridad da la ley, se ABST"ItNE:, pmal momento, de abrir investig~ión contrS~ los doctoresEduardo ~ia Pulido, Marco Garanto Monroy Cabra y Antonio Ródrfguez, - - por loa presuntos delitos qua menciona la denuncia oiteda en la parte I'DOtiva de esta providencia. C6piesa; notif!que - : _________ j ....------------------------------ -5sa y cúmplase.