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CSJ - SP L.Romero(04-04-1972)2

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Romero(04-04-1972)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

CORTE SUPREMA OE JUSnCIA SALA PENAL Aprobado: Acta f1 lO de marzo 24 de l.9 72 Hagistrad_o Ponentes_ DR. LUIS ENRIQUE Rm!ERO SOTO Sogot6, ~U cuatro de mil novecientos setenta y dos. VISTOS . Procede la .Corte a resolyW :).a colisi6n de ccmp~ - cias negativa planteada entre el Juez ~ia!o Superior de Bogotá y_ el S~ __ -' ~ gundo Suparior _de Ibagu~ por el conocimiento del ~e ~ceso que -po~ los delitos de i'alsedad y estafa sa viene adelantando contra LUCIANO GON ZALEZ GARCIA o ARMANDO Gm!EZ ct.JRAN y -que se iniciara a virtud de hschos ocurrldos en la ciudad c1e lbaguA el 13 de agosto del año pasado. En la fecha. que se acabo da mencionaJ!" yettt:re lO y U de la mariana, se presentnron en dos de las oficine.a de la CaJa Agraria de lbagW dos sujetosuno de los cuales axhibi6 una libreta expedida _a nombl'9 de JosA Gabriel Barz6n Cemargo y con un saldo certificado en la meneipnada cuenta de ahorros sobre el cual y previa presen~16n de la ~~a de ciudadanía 1/17.055.522 expattida a nombre de la persona que se deja mencionada, procedi6 a retirar, en cada una de dichaa~E~Sencias, la suma de $9.SOO.oo. En las horas de. la tarde del mismo d1a y por comunicación que

a todas las Agencias túciera la Caja Agraria da Bogotá, se vino en conoo-i miento da qua los libretas presentados por los individuos en cuest16n, lo mismo que las c&fulo~ da ciudadania, eran falsas y ent6nces el Gerente de dicha entidad en lba;gu~ proced16 a poner ente la lnspecci6n Permanente ~ nicipal da esa ciudad,_ la_ denuncia que di6 origen a la presenta investis.g . _j ------ --- ------- -2ci6n, qua fue inbiada y adelantada -por el Juzgado Quinto de InstnlccicSn Cr,! minal con sede en la referida ciudati. Durante la misma se ha pmtido establecer en forma aceptabla por 1dentificec16n que sobre fotogrof{as hicieran los empleados de laCaja que el Slleto que acompai\6 a quien hizo los retiros ref'e:ri.dos fue Arman ' do G&tez Our6n quien tembihl se hace llmaar Luciano Gonillez Garcia (a. !El Tuerto Luciano) residente en Bogotá en el barrio San Fernando, p~ntor de c-a ~ y a quien en la que habita le fueron encontrados diverSoS elemantos co mo tinta, sellos falsos de diversa especie, papel manbreteado tcmbiAn falso etc. y del que se afirma que fue quien suministr6 no solo . al individuo que . . . - lo acompañaba en 1~ sino a otros que ejecutaron en Tunj~, Scgamoso y V.! . ' llavicencio, en la misma fecha· ya mencionatta, hechos e1m1láres a los narra- . . .

dos, los elementos adecuados para el~os, tales como c&tul.es fol.~, libretas de ahorros igualmente falsas, cartifieéldos tambi&. falsos • ...... El Juzsa!io OOOimo de Instrucci&l Criminal, al que pasa ron las diligencias, luego de habar practicado algunas_ pna:ebas, orden6 eñ- .. viarlo al J~z Superior (reparto) de Ibaguá, h®1!W1ole correspoodido al S!! gundo Supe:ri.or que ordan6 la práctica de otras. Este Juzgado, por auto de 0 da dic;ielubre del ·año pase® dispuso enviar el negocio a los Jueces Superiores de Bogotá. Se le reparti6 al Juaz o&imo Superior que, por auto da 13 de dsa mes, avoc6 el conoci - . miento. Paro luego este Juzgado 1 en prov ' idencia de 22 de e .n erodel año en curso, resolvió abstenerse de seguir conociendo del asunto y ard-e n6 el envio del exp~iente al Juzgado Segundo Superior de Ibegu§ Sostiene el Juez ~4;mo Superior que no está demostrado -3en lÓs autos el lugar donde se elaboraron los docl.mlentos ~aleas pero qua, en todo caso, la consumaoi6n del delito da ~elsedad, mmlianta el empleo de lOs misalos, tuvo lugar en Ibagu4 y quaf. por hebarsa iniciatfo alli la 1nves tigac16n, debe seguir en asa luSar hasta qua se conozca al sitio en qua se llev6 a cabo el delito da ~alsedad.

Por su parte al Juez Segundo Suparior da I~, enprovidencia da 19 de ~ebrero, sostiene que se han camatido dos dSlitos, - ~alsedad en documantos y estafa, kel primero· de los cuales f\Je llevado ahabar cabo en·Bogot6 y como al otro, a pesar da sido ejecútado en IbcguA, e es conexo can el anterior y la ~al.sedad es m&3 grave que la estaf'a, ~ ponde el conaeimiento de todos al ·Juez D~imo Superior da BogOtá, nm5n por la cual declara que no tiene campetenoia y ordena enviar al ~ente a ... la Carta para qua resuelva el conflicto.

CONSIDERACIONES DE lA CORTE:

. . Dal reaanen de hechos que se deja consignado al CCDJienm da esta providencia se puede deducir la posible comisi6n de varios deli tos de ~elsedad documental pmo la alteraei&l o creaci6n da documentos qua Uago ~uaron usados én I~ para engañar a los em¡)leados de las dos Agencios de la Caja Agraria y obj:e) ter qua estos entregaran sumas de dinero a los sindicados. - No entra la Salo a exeminar si se comet16 tsmbi~ el dalito de estafó porque aun cuando ast hUbiera sido, se tendrfa qua tol U! - cito seria con9l:CO con conaxitSn de medio o ~in con el de ~alsedad en documen tos y conoCerte de 'Al te:mbiAn el ~uncionario competente para juzgar esta 4-1 timo, o sea el Superior por sar el de mayor jerarqufa ( art. 39 e. P.P.)

----- ---------- -4Pero las .pn.rebas que se han recogido hasta ahora, pare ce desprenderse que el posible dell~ de falsedad tuvo ccurrencia en Bogotá . '· . ... . ya que aqut vive el principal sindicado y en su casa, ccmo se deja vi.ato, - . . se ern:ontraron elemantos aptos para la ejecuci6n de ese U!cit o ,. fuera .d ec¡ue, s~ el informe de los investigadores de la As®iaci&l Bancaria, qua a obra folios 33 y siguientes del expediente, las conductas .investigadas y- ' otras semejantes que han tenido oeurrenoia en distintas partes del territo rio nacional, son fTuto de la actividad de "una banda dirigida y organizada, compueato por reconacidos estafatfores en Bancos del pais• cuyo asiento principal está en Bogotá, Dadas estas circunstancias se tiene que el competantepara conocer del_ Uicito o los U!citos que se inveatigen en les presentes diligencias es el Juez O~imo Suparior de Bogo~. Por. lo expuesto, la Corta Suprema .Sala Penaladminis trando justicia en ncmbre de la R~lica y por autorida.t2 de la ley, PI~ la collsi6n de ccmpetancias negativa que se ha planteado en ~ presentesdiligencias eñ el sentido de que el conocimiento ele este proceso correspon de al Juez D~imo Superior' de 8og9t6, a quien se ordeno renitir el expediG!! . . te, previa noticia de lo aqut resuelto al Juez Sagundg Super1or de Ibagu6

C6piese, notiftquase y c&plase.

LUIS ENRIQUE ~Oli:ERO SOTO YARIO ALARIO DI Fll.IPPO ---, -------- - ----

. 5- ~

LUIS CARUS' ~

JUliO RONCAU.O ACOST AS JOSE MARIA VEi.ASco GUERRERo

J. EVE,NCIO PeSADA V • . . - Sooretari.o - - - -- - ___j

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