CSJ - SP L.Romero(06-03-1980)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Romero(06-03-1980)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1980
• •
- SALA t.-agiatrado P\¡I,f;¡'to: soro Or. RO~!:eRO ti • Acto 24 marzo ooia de mi1 lentos octl':"ilta COVE": , t
• •
VISTOS:
--- ---- El dO Santa Rona do Vitt,,,,,t;,.,) t , • , , , en favoi de la i , d.2 po!" la eC" ';6c1A$n de falosded en i q.II!; 1.e formuleS Gl , gado Fal.ipe ce Niño dirigif(loJj\1 • ii!aent6 ente la entidad deja do el 'p,e €lO SC3 j 1 iria da la Oi""'II.a al 9 do . , • • • • ,
- I oio, ol I Cll''Clrito da Yopal del (,,'e titul.m' . aara entcl'lCsa la QUQ PralXIil;ICUD de) un juicio raiv1n
- • entro , 6iOO\0I'10 E?rol" Ji. ¡Attaz ydentro dal ': e' d una diligr:ncia do
00 ,"I"l3ta 14 clan deb!a Ue"'1!I't en 01 irIJ,::"l!t:blra de la 11',10 si Jwicia} .t;UO El . ID c1pio dO Manl y cuya 1I1101.ac1&1 fij6 ol día 31 do agosto de 1978, pfil\l 00
Llcgas: io el Y no obotat.bD puoeto a 61spc'I'31ci6n de la f'uncioCI,al los do ¡-"Jad Pd'Op1 dQ al do,l,cgs'ido en da1 dS9f'€lcttu la funcian de reeedr;..\JU6' (','s'd"JE),
• • I _ , ._- - -- --------- ----- .. --- -_ -- - -_ . • - 2 - • la Juez pFJlwanan,fa en casa de aquellos sin hac(·,,! i'rer el fundo
- , ningGn • en el lugar de los Ag:t\1ya hacheso WlEl VOZ al y al danunc'anta reC Y'I"1E'i'Onla Q la doctore ~cntañ5z de Niño y allí alla ~13 ea diera C(¡ili1ei,iZO al Elcta de le y al le insinuara la oonvenieu¡.;ia de qua
CCIIIO • olla misma al f1und'o,os disgust6 y trasladar"se e CBoe dol poderdante de 'sta y d' qua al dia siguier,ta as levantar 01 sptJSO €;ICte, lo qua, en afecto ea hizo, habi~ola fi!',..)s¡!o la Juezo El Ot,::1;reta-, rio, dice la ,no p"I,,"i116(¡tIa se ctojeran conotanoiea sobre la no 6ata. de • l¡sdlOS relatan en le danuilcia, indQOtl"S 00 lo pt·)i,dient. 'Ilente de los que so dejBit pnr se ol'dcn6 natl'6.t0(3 Clla) 1"'" copia da lo peJlt"tinante para GUofueran investigados (fa. 7)
o • etlto de fecha 6 de • aobre el se deja J'etf1llmido,se trajo a loo su , tos c,opia do le dUigEl,lCle de inspGc:ci6n Judicial a que se rofiE1l'O lapertinonte, la c;ue os dice an lo c:;ue "le GeRora Juez en aso y Si, ¡ do su do los doctoras Falipa I'JojiCB N1ii.oy Harnán AristiCiD , , Galeano, apoderados do las par~, y do loo "AI'itos designed09 "de Felipe P6raz y F Sala zar , se declar6 on audiencia ~b11ca . I , del (a1c) del dant,'o resinto Juzgado y de ir·Ullr¡diato 80 tFssled6 can al a la vereda de Macolla de Guafa da la' 18ilSi6n municipal de CO!jlp t eanl, predio Va, ,,!I!'! te, cen al fin ya indice Acto dn o o o o o o o ru"guido la suscrita funcionaria con al ya Ci~'i¡dD la pr;¡"'Stlna El (ss idE:nti ficac16n dC3lir uuuoblo consignan loa lindE!]"'.s del as! o o o " o o o ,al bien) Dentro dol inmueble anteriot"mSilto cbsaro "o v6 loo aiguicntos oojorao ooo.o"oooo(sa -3- , • En la dil1gwie1a conatm ieia
miElllla • tanto del apodGredo de la pat'te actora del repr-esenta.\te do los do
CIIIIIO
• [tl;,17idadQ9~ Tl?tiDina el con la fime del f',nc1onoi'10 , de las demás . y
- • tanela da que la Juoz la prec f¡,6 o delsg6 pElTaGJllo a su 1 persOftallli'\f,to
:retE,r'loo Sil' So varias ca. aro.c10noo do :1 moo • • S l€Ui) impol'tent"'!9 dicen. en • 1171 1 Felipe (fno 43) quo la S p"er'Gz • ,1" Juez al
- • los toa fueron f}il1'¡,aetlooen Yopa} y al qu5 moti poSt vo a(lU61lo no hQbla Ito¡ ' "'ho' 000 a cabello, dijo qua IlOsib ';¡,Jcnto , 1 eso so dabieS a talan
• , • - Hactor Dei·io Rojas (fs 48), quien al'a el o -- del J.tZgado De viena me'H.,tmtetdo dijo QUa el primer die da QUa a le a la dE~rJ1cai11ii los y al a rocibir tsrJ'iSJiOS declarac1ones Afirma la Juez en detca.jlinado a1tio mientras o qut" , , , 1 , el daclaltr¡,¡nta y los i Il"itas rscorr!an ,¡el lo que ea corl-v1no 001 . I; • dificulto'" ülOntar caballo,
pera a OPI'"" las ooJorooo acta ro Qua oUa· tuvo tunidad da Agl'l3ga ol. qu:J 'r fua na in1ci6 el dia oigu Jate y qua laido el sin por , nedio hiciera lea d16 1 • . El t,c,¡,IQ9 00 o lo ~ a bien tuviJf}1f"'an ctice oue al C»(P¡II PI pl'op6oito ¡"¡¡¡. (f:-Dte o r';¡"lncic:nto PI'otcn 16 QUe privara a la . conli'aria da oída en d no aSI' lo diligencia a lo c.,o1 no so accedi60 - - --- 0-- o __ , < , J \ • FelilendoSalazar, otro de los peritos, CC,QOl'''''''' bnra lo dicho por al o sea ~rez, egr'Ei§8Jl Oque mientras olles. if t , esto ea. <31pai"SOnal de la diUgenc1a a caballo los I la funcionaria lo hizo en avionota, vo , I, , I en quo los inspecciona El cabal'oo (feo 64 siguientes) o y I , El -doctor jAn Ar la Hm de 'i i 9 I • asav,¡,r¡ tsnbib1 QUe la Juez el recol'l'ido da 109 lin tti ", El en avioneta y QUa paa"u identificar les mejores a pi~una , $tar'ta y otra a caballo AfiJ'illa tlO oar aierto qua se hubiera nega10 a
o lao el de¡eecho a hacw' aoontall('o 01 partes la patete do .... C',I:¡I," Qanded.a, dics, goza (aic) de todo Ell darccho y lag facultades do c10feansa , tal apar-aoo en la m diligencia" (f'so 72) C'lillQ 1fV!lS o , lndagada la doctJ I,'a Rosa Helena MootañOz de NiRo Q8Jtifest6 en vista do sus dolencias ll"li;'i,alas dijo a 109 p8i"ticipantf"ro en la dUigencia volaría al lugar do la tJ1CJoy (\1(,;;! , que el paoar ooln"a al a inapaccionar so le fueron explicando los • y dcmlia del de , agr'E,ua, al bajar l~Ejl'OS mi 'MIO o . dal apsl'ato hizo el l'ecorr 1 do da unas treinta hect&eas una parte acaba , . i , • QUi';Jra que uno de loo itas tuviera urgencia da venirse. no pudo firIla l , en el lugar da los el acta de la diligoncia la cual, tn6lJ'" 9in C1Ufue lGida en dicho a 109 dGJ.¡f§n,dejb1dooo 01 elebE111"gO, sitio telLins .1).18" mendantEl, la ccnstalicia da que ~9tG heb1a oolicltada por (ll y no sido do la expooici6n habla do loo • t!oJica quil,I', oanifoot6 si al acta no olet'.'IH"aba en la casa da su
5)3 cli,:tlte no Qu~aba bion rJsiJio pidi6 nada, dico, y el acta f'u~ leida en o vaz alto a loo psrtic1pf:.,b·"'l ninguno de cua hizo mega 109 1.?IS reclettl090 • -5I I lo dictw et. la dentsncia de no estuvo ella . te en el lugar del . reconacimiento y dice que le extraña mucno que el doctor Mojica af 11lUS • una cosa de eses tan y "~e, lo nubiera Clani festado el • • da la diligenciao Atribuya \lel danunc G'lte al ésa i \ hsf:ho da qua ella so dcclar6 impedida dAl"pu~s de esa diUgencia manif'S! que el Tribunal no acepta a partir de la cual el c1tsdo pr -o , , . • I feoiona.! na vellido denunciéndple y fomalando quajas anta la F'J\Jclij"eduTia cantra ella, les cuales ya atlNA'1 ceho o dioz Niega les o • mt-;Io;ionos del danunciante y raitl::I,"S ea tarmin6 la dili90ncia c¡uo cueJarto I , I , , olla . a 109 ~ootentas si qUer1an dejar alguna constancia habi~dosole respondido negativamente (fso 74 y aiguientoa) o ! Efraim Jim~neZ (fSo SS). q4lian el poder fllS del doctor Mojica Niño coz'l'ubora lo dicno loe otros testigos dante pt)i" t , , , en 01 sentido de qua el pz-edio en disputa era da unas ~ijtJlnta hE1ctáreaG,
a1.tuedo entre dos do mayor t6JllsRo y qua el está de , tfU'TOiIO • "zuralGs" o monticulos que hacen muy dif'#icU su recwT'ido a I , - del Juzgado y los. tos 109 j)l!3J"i en' Elsta fOl\Ua, no eaí la Juez que lo vi6 desde al aireo _ I , _--- , En sl mismu sontido doclaran José BaGS1UIAn • (f90 90)" \9ictOl" Cn6n Espinal (fs~ '92) y Luis Alberto JemAnaz , • (fso 95) o
- , A autos se trajoron en copia aut~tica 109 loo siguientes piazas para demostrar la calidsd funcionario público do
, , , en la Juez acusada: a} Copia del Acuerdo 07 de 22 de agosto do 109?? por cual designa a la Helr::na~rontañ~z Beto Juez Pio 01 60 docotl'd Rosa miocuo Ciz'cuito do Yapal (fso 15) acta dicha profedel dEl posesi6n de I • siena! en al refGr"ido (fe" 113) y certificado dC3la Alcald!a da COlijO el ella venía Yops]. oontido da qt/ dC$c:,:'lpañartt1otales fl,Ancianas !é!,'1 $ ------ ----- - ------ -6da el 19 de septiembre de seguía ej'3t'ciendo a la fecha del o sea al 7 da junio de 1.979. -
- • En la providE!c.cia que se revisa, el Trlt'unal,
luego de transcribir las' pertes pertinentes da las QUa dejan , prUE,II>aS 5· H atrl1a mencionadas hace un det anMis1 s do una da las 3rlido CE'da f • . . "SS de la deJ'll'ncia. cot13Jéndolas con los referidos elsnentos convicdo cl6n para concluir qua los calyoa fOi'Ululadoscontra la funcionaria o cade en 109 m,t,ls o no constituyen dolitos sino, a lo sumo, I'Etspaldo '\'fICt·,I\ rre:gularidadss 10 traJ:litaci6n del do las cuales pocos 109 proceso son 1 .(3n caracen. que • Concluye el Que s1 el dertut'l: &-qU0 cienta MoJice Niño le diligencia en la &1 lo )mo man1 - , C 1 fiesta, de QUese había faltado a la von::t~ en ella, no , ObsEt,bva cu,e el Tribunal. responsabilidad tsmb1~ en Y la olla? i'at:uerda inspooci6n tuve lugar al 31 de agosto 01 profssional solo vino menc1onado , o ft1riüular denuncia el 9 de octubi'S. AsimisiiiO pone de la ene -
- , mistad entra dichO abogado y la Juez, todo 10 cual,unido al • e"ro isla de las lleva al a-quo a la concl usi6n de Que en el cajIJ'Uebas. de autos no ha estructurado el delito de fal . en docunlantos y 60 ss
- debe acbl'EiOO¡¡:¡'Se defln1tt. temonte en favor de la ir.Ipu
, • De mismo concepto es on la presenta 10sesa tanela al Pr"Ocurador T . OGlegado Penal qu1en ~1;(1da con el I Tribwtal en que co;i¡atiercn algunas en al trfmite irr'tlgulsc'idsdas de S9 la dil1genc1a de inca#lS-t~cian tentaa veces ¡cionadas paro ninmE;) qt.1'd , I do ellas tienen sntidad delictuosa por cuento se echa menos 9"'"0 de Q\IA hubiera actuedo con culpabilidad razón por la cual ta QUasa confir so11c1loa el proveido mataria da la o -
- - - - - - - -- , . - - -
•
- • Acusa el denunciante a la Juez electora Rasa • Helena ~Jontañ~zele Niño da no haber la e igenc1a en el Juzga .. l11
. . do, que las peritos juramentados al "opuerto, qua al acta no f"UW'Qtl Bt" 6 1-1 '0 fue leva.ntada el 31 da agosto como aparece en ella o1no el de saptiam no t16;t'la los' interesados dejar en el] constancia y, b,'e. (¡\le se pro mi a nalmente, que no fuA que la .. a denunciada estuviera Ill"asente en el lugar en Que aquella se llev#o a cabo ni que hiciera el r¡I'SBC'%%-Q0 !"rido del bien lit1gioso
o
- • batlao los dos a sabe", que la diligencia na comenz6 el Juzt 9000 Y que los peritos juramentados en el aerop!,¡el·to o en al acta de la apai99ce Juez Qse que la declar6 audiencia pOblica dal ,'Ssinto (sic) dei'UO del Juzgado y de inmediato se trasladlS cen el "st'sanal a la 'verseta de • colla de Guafa Una vez all! los peritos no se hallaban y o o o o o o.. C' UliO Rosesione:doo. la Juez ante su procedi6 a recibirlas SañW"B POI' la (sic) gravedad del jlJrsmonto. o o o o o" •
•
- • Talea ef1mac1onoo, emparo, si bis... no
COl'4'e9
I penden a la verded te: mpoco estructuran una fe] 'dad punible ya qua ellas e+ no Isecuencias jur1dic6s especia] pues lo que importa al tierlOi\ COi tiS 011 ecto judicial aua se viena mencionando as la a,":I,'tura en si da la ctiU ... genciayy la poaasi6n, confflrma B la ley, de los paritos, no el sitio en qua ellos hubieran tomado la de sus c"",'9OS.
Bien dicen tanto el Tribunal la Pracf'i'a C')IIO • dur!o Qua se trata do simplos • sin la quo •
----- - • _ 8· _ . • pl'etenda darles el denunciante. tanto puade de la af ¡"¡naci6n•
- 01.1'0 decirse i se contenida en el acta, de que ~5ta inicieS el 31 de agosto de 1.978, lo mismo la diligencia, siendo as! que el escrito que contiene esta Que última solo ccmenz6 e redactarse al die siguiente o sea el ;9.de septiem , bre. cuando no fuera cierto lo asovera la Aun QUa funcionaria denunciada de que al acta se comenz6al primer dia de la di- , ligencia, o sea el de egosto, ",aro se lo aven~cdo do 31 pOJ' la el propia pidi6 se elaborara en casa d~ heli'a y (¡"'Pi ot.''O en su , al dia, no aparece que haberse consignado ella que se inici6 el pdner dia citado cuando en realidad lo fu4 en el segun- • do tenga importancia prObatoria da ninguna espacie ya ningGn derecho QUe pudo necer, modificarse o extinguirse en un dia o en otro, o sea que resul te completSJltsntei' ndiferente para los fines prObatorios el die consig en nado dicho el del C"'II' enza da la inspocci6n Judicial,
C',IIIQ • en siendo. por otra cierto tuvo lugar la diligencia, parte. quequé, segGn en el acta, comenz6el 31 do agosto y t'3tillin6 el prime • re da soptiembre dol año mencionado. • En cuanto a la pretendida falsedad omisiva , QUele imputa el denunciante a la Juez denunciada al af"i,-marqua &ata ss
- neg6 a consignar en al acta tantas veces cita:la las constancias dejadas por las partes del acervo probatorio resulta claramente establacid:o Qué
J , ninguna do estas hizo observaciones cuando el acta fu~ leida en su pre - ,
- _. senc1a Que el propio denunciante la fi sin reservas de ningune natu y r'l116 raleza lo significa eue estaba cOnfOl'tll9con su contenido al cual solo que • vino a formular reparos varios meses desp"§S de haberse llevedo a cabo la diligencia y oleborado acta respectiva. al
-- -9No se ve. pues, oue dicho documento pueda atto • • lecar de la felsedad qua le atribuye el doctor ~ftojica NiRo en este apeete de ::sudenuncia. otro tanto puede decirse • , de la y
- .acia" &te Que en forme indirecta. fOI"í,Jula de que la Juez no conot
- • . to la cual dice c:16 el inmueble objeto de la diligetlcia y a de qu.e ~St9 se disgust6 iJl le inainu6 la conveniencia de que ella "fuera, conociera, le f'inca por reivindicar".
Toda la pt'ueba te:toimf,lnial de:nueatr's quo lo • 1J(36¡'acstwo en el . q,,!>t iba a 1n9p~.,COi,,t¡er y al cen 6C • la z6 a a pi~y a caballo las nta hactW69 qua con tl"li.i
los parta litigiosa del miStiio El resto del • cuya cabida, o testigos en particular el poder dente del docbJI' Cojica Niño, Si'a de y da m,il quinielitas hect~reas, 10 obsw'v6 desde el aire sin que e,;¡O haga falsfi la efii'lo9ci6n qua contiene al acta cuando dice qua ~n el 91- -_ • tio de ls diligencie hicie,'cn presentas los deraarldadosJcsti Ba 00 GWi¡ll3n . , e Acto Victor' Conan Espinal Homero seguido la y suscrita {'119r's, •
- • ,ianaria con el per'sanal citado prcJ·:edi6 a la identificaci6n del inmueble as! •••••••• despuAs de 10 cual ss consignan los linderos del fun
Ct • do denominado Ysr\Jmito los damAsdetalles observados, aagOn da y autos, parte' de ellos puz' la Juez en lo relativo al en disputa y ! sus mojoras, y el reato, en cuanto al ~undo total, por el sBCr'etario y los par! tes. En no as cierto qua ella se hu- • ,
- • birara t,t:9etlo a concurrir al sitio de la diligl3ltoie lo €l.f 01 doCOlOO 1t'iUa nWlciente o oua i18l;!,lta miada la aSElvor'aci6n da &l i~1 90ate 9f.,I're 01 particular. - 10 - • En conclusi6n: 8st6 perfectamente demostrado
- • de autos que no se CQI'lsti6 parte de la docti)I'S Rosa Helena Montañ~z pUl' de Niño ni por ninguna otra persona el delito de falseded documental qua la atribuyeS el clenunciante n1 aparece estructurada ninguna otra infrac - •• cién ,;Jenal, lo que hace legalmente Opel·'tuna la decis16n tomada al pllJ~.
Tribunal en la ~e se comenta la cual habrA de ser J ; • dao lo expuesto, la Corte Justicia Por de
SUP1"éJtI8
Sala Pe: nal, oído al concepto del Procurador Oaleget1o en lo
T(¡I'c~ru
RESUELVE: , CONFIRMAlaR providencia apelatfa •
• , • C6piese, notif!auese devu~lvase el y i!.iltpe:dian • al te Tribunal de origen. • •
I • flEtJRO El IAS se:RAANO ABAr~A
I •
DANTE FI OfU'i LO PUARAS
Gl.ISTAVO Gmn VEI,ASQU~
PLVAAO LUNA GO~Z ALFONSO REVES ECHANOIA - 11 -
, •
LUIS ENRIQUE SOTO OARIO GAVIRIA
• • , •, es
At.t3ERTO MORA CaGO! •
, 1 - SE·fC;retario ... • • • • • • • , , _- • • I •
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